Liquidación de Prima Para el Servicio Doméstico en Colombia

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  • čas přidán 8. 09. 2024

Komentáře • 105

  • @PierinaGuerra
    @PierinaGuerra Před 6 lety +1

    Excelente video profe, ojalá mucha gente sobretodo los empleadores lo vean :)

  • @patriciamorales9019
    @patriciamorales9019 Před 2 lety +4

    Pregunto por que multiplica $50.000 x 30 días al mes siendo que únicamente van 8 días al mes

    • @sawes
      @sawes Před rokem +1

      Asi es.. No se deberia multiplicar por 30 ya que si no daria una prima igual a alguien que trabaje todos todos los dias del semestre

  • @lidiamarcelaflorezcasallas8311

    Gracias, por fin una explicación sencilla y muy fácil de entender.

  • @azbyzyverazambrano5675
    @azbyzyverazambrano5675 Před 6 lety +1

    Uyyyyy genial profe este video lo esperaba😘😘😘😘😘😘😘😘

  • @nicolesoto5848
    @nicolesoto5848 Před 4 lety +3

    no estoy de acuerdo con la fórmula del salario base de ingreso , ya que ella no trbajo los 30 días para deducir ese salario, recomiendo seguir l cartilla del servicio doméstico del ministerio del trabajo, ya que en este ejemplo no se promedio el salario como debe ser

  • @LaProfLinaM3
    @LaProfLinaM3 Před 6 lety

    Excelente info. Muy importante el vídeo. Conozco mucha gente que le puede servir. Lo comparto con gusto

    • @ksand02
      @ksand02 Před 6 lety

      Gracias excelente información. Una pregunta cuál es la manera correcta de pagar 2 horas de trabajo al día por dos días a la semana de una señora realizando labores de aseo. Gracias

    • @tumentoraelsamaracontable
      @tumentoraelsamaracontable  Před 5 lety

      @@ksand02 Como convengan las partes de común acuerdo y el arreglo les sirva.

    • @consueloespinosahernandez7367
      @consueloespinosahernandez7367 Před 4 lety

      Por que coloca sueldo de la persona que trabaja 1 dia a la semana $1500 si realmente ha ganado solamente $200.000.oo NO ENTIENDO POR FAVOR ACLARARME ESTO

  • @patriciamendieta856
    @patriciamendieta856 Před 3 lety +3

    El 1500000 si trabaja 30 días pero como trabaja 8 días al mes la base de liquidación no serían mensual 400000???esto lo deben replantear

  • @edisontorres4842
    @edisontorres4842 Před 5 lety +2

    Para hacer el cálculo hay que considerar que un mes tiene 4,33 semanas. Entonces, si son dos días a la semana de multiplica 2 x 4,33, y en el semestre serían 52 días y no 48.

  • @Liliana-gi6dn
    @Liliana-gi6dn Před 2 lety +2

    Tiene un ejemplo de como liquidar prestaciones sociales para una empleada domestica que trabaja un día a la semana

  • @maiamm9514
    @maiamm9514 Před 3 lety

    Este video es hace dos años. Q bueno q ya se preocupen x una persona q hace los oficios xq abusan mucho de las personas q no saben

  • @laverdadueleduele3467
    @laverdadueleduele3467 Před 3 lety +1

    buena informacion. muy clara y concreta, sin embargo me parece de mal gusto el comentario que hace de las empleadas, hace usted ver que las internas se están llenando los bolsillos por el hecho de recibir un jabón de baño. pero no se dice que muchas internas trabajan hasta avanzadas horas de la noche. por lo demás, bien manejado el tema de base.

  • @alejandrocasellacardona3513

    La liquidacion de esa empleada domestica no es la q corresponde a la que aparece en la cartilla del MINISTERIO DEL TRABAJO DONDE se cuentan los dias realmente trabajados sino los dias de tiempo corrrido.Cartilla de empleada domestica del MINISTERIO DE

    • @tumentoraelsamaracontable
      @tumentoraelsamaracontable  Před 5 lety

      Revisemos por favor el ejemplo de la clase, la señora gana 400.000 al mes porque va dos veces a la semana:
      4 Semanas x 2 dias que va a trabajar = Total 8 días al mes X 50.000 = $400.000 Sueldo del mes
      Si atendemos el art 306 del Código Sustantivo del Trabajo, tenemos que darle en diciembre y en Junio, una quincena ó en otras palabras 15 días de sueldo.
      Para este ejemplo gana 400.000 mensual y le daremos $200.000 porque es el valor de su quincena... ES CORRECTO? claro que es correcto !
      Es lo mismo que decir ($1.500.000 * 48 ) 360 = $200.000
      No te enredes !!! es muy fácil.... Saludos
      Código Sustantivo del Trabajo
      Artículo 306. De la prima de servicios a favor de todo empleado
      El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
      PARÁGRAFO. Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.

  • @evalozano5542
    @evalozano5542 Před 5 lety

    excelente explicación

  • @otaloralopez3954
    @otaloralopez3954 Před 6 lety +3

    por que 1500000 si trabaja 48 días y el valor de base seria 50000 por 48 días

    • @tumentoraelsamaracontable
      @tumentoraelsamaracontable  Před 5 lety

      Revisemos por favor el ejemplo de la clase, la señora gana 400.000 al mes porque va dos veces a la semana:
      4 Semanas x 2 dias que va a trabajar = Total 8 días al mes X 50.000 = $400.000 Sueldo del mes
      Si atendemos el art 306 del Código Sustantivo del Trabajo, tenemos que darle en diciembre y en Junio, una quincena ó en otras palabras 15 días de sueldo.
      Para este ejemplo gana 400.000 mensual y le daremos $200.000 porque es el valor de su quincena... ES CORRECTO? claro que es correcto !
      Es lo mismo que decir ($1.500.000 * 48 ) 360 = $200.000
      No te enredes !!! es muy fácil.... Saludos
      Código Sustantivo del Trabajo
      Artículo 306. De la prima de servicios a favor de todo empleado
      El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
      PARÁGRAFO. Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.

  • @marlimildremorenogomezmore2500

    Buenos días mi sueldo es 600.000 mil mensual, trabajo de lunes a viernes de 6.15 a 5 pm, cuánto es mi liquidación

  • @danielasanchez1282
    @danielasanchez1282 Před 4 lety +1

    Me hace un favor puede hacer la liquidación completa de una empleada por dias

  • @stephanybenavidesmelenje7587

    Si una persona trabaja 2 veces al mes, osea cada 15 días como puedo sacar el auxilio de transporte por aparte osea que no se incluya? muchas gracias.

  • @conniepeac
    @conniepeac Před 6 lety

    Gracias elsy, genial el video !!! gracias por hacerlo te quiero ;)

  • @ClaudiaCq19
    @ClaudiaCq19 Před 5 lety

    Una pregunta señores proyección financiera: mi empleada ingresó en septiembre de 2018 (4 meses a dic2018) y en 2019 no trabajó los 6 meses del primer semestre sino 5 meses. Debo liquidar prima de septiembre a dic de 2018? y cómo realizo la fórmula de este año que dejó de venir 1 mes? Gracias.

  • @normaaya6160
    @normaaya6160 Před 3 lety

    Buenas días doctora yo trabajado 3 días en un apartamento y me pagan 58000 pesos el día me pues informar de cuanto es mi prima y mis cesantías yevo 3 año y mi nombre es .Consuelo gracias

  • @analilisuarez7724
    @analilisuarez7724 Před 5 lety +2

    No entendi porque dice que 50 mil por 30 dias si no laboro todos los dias, solo 8 dias la mes

    • @iizasada6499
      @iizasada6499 Před 4 lety

      También me perdí ahi

    • @patriciamendieta856
      @patriciamendieta856 Před 3 lety

      Si esta mal liquidado solo se debe ha er por los días trabajados

    • @MD-ud9bp
      @MD-ud9bp Před 2 lety

      Es que para sacar liquidación a trabajadores parciales, es por 30 días, cómo si fuera de tiempo completo, y no por los días que el trabajador labora!!

  • @yazminarana7862
    @yazminarana7862 Před 2 lety

    Gracias

  • @rosapena5801
    @rosapena5801 Před 4 lety

    Rosa soi de santo Domingo tengo nueve año yocho mese quiero saber si aquí en República Dominicana ya se aplica para liquidación porque aquí no se sa todavia

  • @yeriselfrontadomolina5402

    Buenas como ago para saber cuanto me toca por 4 meses de grabajo yo trabajaba de lunes a sabado

  • @gloriaestrada9007
    @gloriaestrada9007 Před 3 lety

    Hola me puede decir si una liquidación es lo mismo que una cesantias dicen muchas que las liquidaron yo trabajo en una casa solo me hacen las cesantia no me dan lo que mis compañeras me puede decir porfa

  • @yoliby
    @yoliby Před 4 lety

    yo tengo una señora que me trabaja cada 15 días desde julio de 2019 y solo ha venido 11 días este año, como se liquida

  • @consultoriodrcarloseduardo2640

    buen día. De acuerdo a su explicación y teniendo en cuenta que esta liquidando sobre el año, el pago de la prima seria la mitad teniendo en cuenta que son 15 días de prima?

    • @tumentoraelsamaracontable
    • @tumentoraelsamaracontable
      @tumentoraelsamaracontable  Před 5 lety

      Revisemos por favor el ejemplo de la clase, la señora gana 400.000 al mes porque va dos veces a la semana:
      4 Semanas x 2 dias que va a trabajar = Total 8 días al mes X 50.000 = $400.000 Sueldo del mes
      Si atendemos el art 306 del Código Sustantivo del Trabajo, tenemos que darle en diciembre y en Junio, una quincena ó en otras palabras 15 días de sueldo.
      Para este ejemplo gana 400.000 mensual y le daremos $200.000 porque es el valor de su quincena... ES CORRECTO? claro que es correcto !
      Es lo mismo que decir ($1.500.000 * 48 ) 360 = $200.000

  • @yoealexvelaides2163
    @yoealexvelaides2163 Před 4 lety

    Hola mi compañera trabaja 3 veces ala semana y la engañaron porque como usted explica no da la cuenta y ella gana 50 mil por día y de prima solo le dieron 190mil por 110dias trabajados me pueden ayudar por favor gracias.

  • @dignadinorabeltre4339
    @dignadinorabeltre4339 Před 4 lety +1

    Hola.una.persona.con.5año.cuanto.le.tocan.cobra..12mil

  • @leydaleonorhernandezsalaza2012

    doctora me puede hacer el favor de aclarar si tiene derecho a demandar una empleada de servicio domestico, que empezo a trabajar en el año 1999 hasta el año 2020 fueron 22 años de trabajo. fue despedida sin justa causa.
    solo en el año 2017.2018.,2019 y 2020 .la afiliaron a seguridad social . los 18 años anteriores no le pagaron acreencias laborales .solo el sueldo .
    tiene derecho a demandar .
    mi pregunta es la ley dice que prescriben a los tres años las acreencias laborales. pero como fue despedida en diciembre de 2020. desde ese momento se toma el termino .para demandar .agradezco me resuelva la pregunta mil gracias

    • @marlenepaez9456
      @marlenepaez9456 Před 2 lety +1

      Demande . vaya al ministerio de trabajo Tiene Todas de ganar por no haberle pagado todos años Son unas multas enormes.... No se deje Robar

  • @williandejesuscaballerogua5585

    Como va ser el ingreso base $1.500.000? Si solo gana $400.000 al mes

    • @MD-ud9bp
      @MD-ud9bp Před 2 lety +1

      Es que hizo falta la aclaración, de que a los trabajadores parciales se les líquida x 30 días, cómo si fuera de tiempo completo, más no por los días que labora, por eso es la confusión!!

  • @claudiamonicahernandez4132

    Q pasa si contratan a una niñera y le toca todos lo q haceres de él aseo incluido lavar y a planchar gracias

  • @andreamususu1166
    @andreamususu1166 Před 4 lety

    Yo tengo unapersona que trabaja una vez al mes (o menos ya que el ia se puede correr por que no estamos o salios y viene luego) como seria en ese caso?

  • @andresfelipeortegacastro9809

    Perdón.me podría decir por favor cuál seria mi prima de servicios,trabajo 2 meses al mes y mi sueldo del año pasado era de 50.000 mas transporte y teniendo en cuenta que no estoy afiliada a una eso ni a nada.muchas gracias

  • @kimberlyalmonte9104
    @kimberlyalmonte9104 Před 2 lety

    Pero yo kiero saven para cuado else un metos

  • @mariorodriguez-ns4eg
    @mariorodriguez-ns4eg Před 6 lety +1

    Hola, si la persona solo trabaja dos días al mes también accedería a la prima digo legalmente?

  • @dorishurtado4433
    @dorishurtado4433 Před 4 lety

    llo.trabajo2dias.por.smana.i.salario.son.130.quincenales.no.tengo.derecho.a.prestaciones.y.llevo.6años.quiciera.saber.serian.mis.prestaiones.muchas.gracias

  • @elizabethlatino3191
    @elizabethlatino3191 Před 3 lety

    Si llevo trabajando cinco meses tengo derechos a liquidación

  • @diegovalois9402
    @diegovalois9402 Před 6 lety +1

    Tengo una duda, si se supone que trabaja 2 días a la semana y recibe $50.000 cada día, cómo el mes le cuesta $1.500.000..? como indica en el minuto 8:37

    • @manuelfernandonino4710
      @manuelfernandonino4710 Před 6 lety

      la multiplicacion se hace es sobre los 30 dias y no por los 2 dias y si no, no sale la liquidacion

    • @tumentoraelsamaracontable
      @tumentoraelsamaracontable  Před 5 lety

      Revisemos por favor el ejemplo de la clase, la señora gana 400.000 al mes porque va dos veces a la semana:
      4 Semanas x 2 dias que va a trabajar = Total 8 días al mes X 50.000 = $400.000 Sueldo del mes
      Si atendemos el art 306 del Código Sustantivo del Trabajo, tenemos que darle en diciembre y en Junio, una quincena ó en otras palabras 15 días de sueldo.
      Para este ejemplo gana 400.000 mensual y le daremos $200.000 porque es el valor de su quincena... ES CORRECTO? claro que es correcto !
      Es lo mismo que decir ($1.500.000 * 48 ) 360 = $200.000
      No te enredes !!! es muy fácil.... Saludos
      Código Sustantivo del Trabajo
      Artículo 306. De la prima de servicios a favor de todo empleado
      El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
      PARÁGRAFO. Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.

    • @tumentoraelsamaracontable
      @tumentoraelsamaracontable  Před 5 lety

      Revisemos por favor el ejemplo de la clase, la señora gana 400.000 al mes porque va dos veces a la semana:
      4 Semanas x 2 dias que va a trabajar = Total 8 días al mes X 50.000 = $400.000 Sueldo del mes
      Si atendemos el art 306 del Código Sustantivo del Trabajo, tenemos que darle en diciembre y en Junio, una quincena ó en otras palabras 15 días de sueldo.
      Para este ejemplo gana 400.000 mensual y le daremos $200.000 porque es el valor de su quincena... ES CORRECTO? claro que es correcto !
      Es lo mismo que decir ($1.500.000 * 48 ) 360 = $200.000
      No te enredes !!! es muy fácil.... Saludos
      Código Sustantivo del Trabajo
      Artículo 306. De la prima de servicios a favor de todo empleadoEl empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
      PARÁGRAFO. Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.

    • @sandramonroy8681
      @sandramonroy8681 Před 5 lety

      Diego Valois tengo exactamente la misma duda,ese cálculo NO se hace así 👎🏻

  • @milagrosrivero8166
    @milagrosrivero8166 Před 2 lety +1

    Disculpe saludos yo soy imigrante y a mi solo me pagan 800 y no tengo contrato firmado tengo los mismos derechos

    • @UberAlfonsoMedinaHernandez
      @UberAlfonsoMedinaHernandez Před měsícem

      El bloque de constitucionalidad en materia laboral te es favorable, independientemente de tu nacionalidad tienes los mismos derechos mirado desde la dignidad humana que es un derecho universal.

  • @CarlosAlberto-wp2wb
    @CarlosAlberto-wp2wb Před 6 lety +1

    Buen dia
    Porque se tomo los 50.000 pesos por 30 dias si la señora solo va 8 veces al mes?

    • @yeiverarias1637
      @yeiverarias1637 Před 6 lety +1

      Carlitos Idarraga Lo mismo pienso yo, por que se supone que al Mes gana 400 mil, 8 días a 50. 000. Ya me enrede jajajaja

    • @tumentoraelsamaracontable
      @tumentoraelsamaracontable  Před 5 lety

      Revisemos por favor el ejemplo de la clase, la señora gana 400.000 al mes porque va dos veces a la semana:
      4 Semanas x 2 dias que va a trabajar = Total 8 días al mes X 50.000 = $400.000 Sueldo del mes
      Si atendemos el art 306 del Código Sustantivo del Trabajo, tenemos que darle en diciembre y en Junio, una quincena ó en otras palabras 15 días de sueldo.
      Para este ejemplo gana 400.000 mensual y le daremos $200.000 porque es el valor de su quincena... ES CORRECTO? claro que es correcto !
      Es lo mismo que decir ($1.500.000 * 48 ) 360 = $200.000
      No te enredes !!! es muy fácil.... Saludos
      Código Sustantivo del Trabajo
      Artículo 306. De la prima de servicios a favor de todo empleado
      El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
      PARÁGRAFO. Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.

    • @tumentoraelsamaracontable
      @tumentoraelsamaracontable  Před 5 lety +1

      @@yeiverarias1637 Revisemos por favor el ejemplo de la clase, la señora gana 400.000 al mes porque va dos veces a la semana:
      4 Semanas x 2 dias que va a trabajar = Total 8 días al mes X 50.000 = $400.000 Sueldo del mes
      Si atendemos el art 306 del Código Sustantivo del Trabajo, tenemos que darle en diciembre y en Junio, una quincena ó en otras palabras 15 días de sueldo.
      Para este ejemplo gana 400.000 mensual y le daremos $200.000 porque es el valor de su quincena... ES CORRECTO? claro que es correcto !
      Es lo mismo que decir ($1.500.000 * 48 ) 360 = $200.000
      No te enredes !!! es muy fácil.... Saludos
      Código Sustantivo del Trabajo
      Artículo 306. De la prima de servicios a favor de todo empleado
      El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
      PARÁGRAFO. Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.

    • @yeiverarias1637
      @yeiverarias1637 Před 5 lety

      @@tumentoraelsamaracontable Muchas Gracias por despejar mi duda Profe, DIOS la bendiga por siempre enseñarnos 😊

  • @bleidysmarcelasanchezpalom940

    Mi hermana trabaja tres días por semana y su jefe le dijo que no tenía derecho a prestaciones sociales. Entonces mi pregunta es tiene o no derecho a liquidación en diciembre

    • @Jhoa..
      @Jhoa.. Před 4 lety

      Hola si la tiene yo trabajaba un solo día por semana y todo me lo cancelaron

    • @stephanybenavidesmelenje7587
      @stephanybenavidesmelenje7587 Před 4 lety +2

      Tiene derecho a todo

    • @idalbahidalgo6816
      @idalbahidalgo6816 Před 4 lety

      Si tiene derecho ,vaya a ministerio de trabajo ,aya le dan una buena orientación ,y de paso obligan a la señora a pagar

  • @tatianaandrearodriguezbola5520

    buen dia necesito hace la liquiacion definitiva del todo un años a una señora que trabaja dos veces al mes, lo que no endendi es por que se saca asi el promedio del salario

    • @tumentoraelsamaracontable
      @tumentoraelsamaracontable  Před 5 lety

      Consulta la ley 1788 del 7 de julio de 2016

    • @tumentoraelsamaracontable
      @tumentoraelsamaracontable  Před 5 lety

      Revisemos por favor el ejemplo de la clase, la señora gana 400.000 al mes porque va dos veces a la semana:
      4 Semanas x 2 dias que va a trabajar = Total 8 días al mes X 50.000 = $400.000 Sueldo del mes
      Si atendemos el art 306 del Código Sustantivo del Trabajo, tenemos que darle en diciembre y en Junio, una quincena ó en otras palabras 15 días de sueldo.
      Para este ejemplo gana 400.000 mensual y le daremos $200.000 porque es el valor de su quincena... ES CORRECTO? claro que es correcto !
      Es lo mismo que decir ($1.500.000 * 48 ) 360 = $200.000
      No te enredes !!! es muy fácil.... Saludos
      Código Sustantivo del Trabajo
      Artículo 306. De la prima de servicios a favor de todo empleadoEl empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
      PARÁGRAFO. Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.
      Lea más: leyes.co/codigo_sustantivo_del_trabajo/306.htm

  • @yeiverarias1637
    @yeiverarias1637 Před 6 lety +1

    Profe por favor me podría decir por que multiplico los 50 mil por 30 días que da 1.500.000 si al mes solo trabaja 8 días?

    • @andreaordonez7663
      @andreaordonez7663 Před 6 lety +1

      Yo tengo la misma.pregunta profe Elsa

    • @xldavidavilalx7320
      @xldavidavilalx7320 Před 6 lety

      buenas señorita Andrea por que la fórmula le indica paso a paso ¿ que es el salario base * 48 días que se trabajó en el semestre de 6 meses que por ley a todo empleador esta obligado a pagar espero haya sido de ayuda bye saludos profe Elsa Mara like 38...que buen video

    • @yeiverarias1637
      @yeiverarias1637 Před 6 lety +1

      Genio Contable pero la ley no dice que el salario base es 1.500.000 o si?, no he entendido por qué se le cálculo como ingreso base 1.500.000

    • @yeiverarias1637
      @yeiverarias1637 Před 6 lety

      Por favor quien me aclara la duda

    • @xldavidavilalx7320
      @xldavidavilalx7320 Před 6 lety +1

      señor Yeiver el salario de una persona natural puede variar en este caso con el ejemplo de la profe Elsa en el servicio doméstico la señora presta un servicio cada dos dias ala semana entonces decimos 2 días al mes son 8 días que presta se presta el servicio y la prima es cada 6 meses en calendario que es Junio fecha límite y diciembre fecha límite dos veces al al año entonces ocho(8) se multiplica por seis(6) el resultado es = 48 días servicio prestado.
      En los seis meses entonces decimos que cada día de servicio le pagan $50.000 transporte incluido se multiplica este valor por (*) 30 días que es el mes según la fórmula y como resultado = $ 1.500.000 (*) 48 días = $ 72.000.000 seguimos la fórmula este valor se divide / en 360 = es $20.000 la prima ...

  • @YovissGioGar
    @YovissGioGar Před 6 lety

    Profe y si la persona, va de ves en cuando, ejemplo en enero un día, en mayo dos días, vuelve hasta en octubre un día.... tambien se calcula esa prima? Y toca buscar a la persona en diciembre para pagarle la prima?

  • @dignadinorabeltre4339
    @dignadinorabeltre4339 Před 4 lety

    Perdón.una.persona.con.5año.cuanto.letoncan.liquidación.cobrando.12mil

  • @ninfadelcarmenajanelelias5341

    Como me puede ayudar

  • @estefaniamarin6647
    @estefaniamarin6647 Před 5 lety

    Buenas tardes sera que alguien me podria ayudar con un taller?lo agradeceria enormemente

  • @julimiramda8089
    @julimiramda8089 Před 6 lety

    Cómo sería mi liquidación trabajo interna de 5 a 8 pm con salario de 500 mil pesos al mes

    • @tumentoraelsamaracontable
      @tumentoraelsamaracontable  Před 5 lety

      El video fue grabado para que cada empleado pueda realizar su propia liquidación, realízala y la colocas por acá para revisártela, saludos

  • @carmencalvete5132
    @carmencalvete5132 Před 4 lety

    El 1500000 porque

  • @jhonjairoatehortuapatino1197

    Donde consigo copia de la ley 17 88 de diciembre de 2016

  • @luciafermin892
    @luciafermin892 Před 5 lety

    Hola cuanto seria mi liquidación de ocho años de servicio

  • @gollarubio802
    @gollarubio802 Před 4 lety

    Yoetrajo onseoras dos se alasemana antes trabajá diario ensetravjo yedo nueveaños

  • @vilmarubio9015
    @vilmarubio9015 Před 5 lety +1

    Es imposible que el salario mensual sea $1.500.000 , es mejor mirara la liquidación que hace el Ministerio de Trabajo.

    • @tumentoraelsamaracontable
      @tumentoraelsamaracontable  Před 5 lety +1

      Revisemos por favor el ejemplo de la clase, la señora gana 400.000 al mes porque va dos veces a la semana:
      4 Semanas x 2 dias que va a trabajar = Total 8 días al mes X 50.000 = $400.000 Sueldo del mes
      Si atendemos el art 306 del Código Sustantivo del Trabajo, tenemos que darle en diciembre y en Junio, una quincena ó en otras palabras 15 días de sueldo.
      Para este ejemplo gana 400.000 mensual y le daremos $200.000 porque es el valor de su quincena... ES CORRECTO? claro que es correcto !
      Es lo mismo que decir ($1.500.000 * 48 ) 360 = $200.000
      No te enredes !!! es muy fácil.... Saludos
      Código Sustantivo del Trabajo
      Artículo 306. De la prima de servicios a favor de todo empleado
      El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
      PARÁGRAFO. Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.

    • @kmilogomez8419
      @kmilogomez8419 Před 5 lety

      la liquidacion esta totalmente correcta, aca el ignorante es usted vilma

  • @kimberlyalmonte9104
    @kimberlyalmonte9104 Před 2 lety

    Esbuenos siporke avusa mucho des un no

  • @saquironaleyjhesanchezguev2065

    A una niñera tambiem se le paga la prima?

  • @yamileespitia9086
    @yamileespitia9086 Před 8 měsíci

    😂