Pago de seguridad social, los parafiscales y las prestaciones sociales en contratación por días
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- čas přidán 8. 09. 2024
- ¿En qué casos se puede contratar una persona por días? ¿Cómo se paga la seguridad social, los parafiscales y las prestaciones sociales bajo estas circunstancias?
#ActualíceseVideo #DerechoLaboral
En este consultorio, la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social, analiza en qué casos se puede contratar una persona por días.
Adicionalmente, menciona cómo el empleador debe pagar la seguridad social, los aportes parafiscales y las prestaciones sociales bajo estas circunstancias.
Cabe mencionar que los aportes parafiscales están conformados por las siguientes contribuciones:
• Caja de compensación: 4 %.
• Sena: 2 %.
• ICBF: 3 %.
Esta obligación debe ser asumida sobre el valor del salario percibido, sin importar el número de trabajadores vinculados a la empresa o el tipo de contrato de trabajo pactado.
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Super chica muy clara explicacion
Estas normas para el ciudadano de a pie son muy difíciles de entender. Sugiero un video explicando con un caso de una empleada domestica que la labora un dia a la semana cuanto en realidad debe ser el aporte, donde se aporta, y que debemos hacer las empleadoras para cumplir con la norma y ser justas con ellas
Feliz vjjjjjjjjjjjbjjjjjjjjhj
Sera usted de a pie🐸🐸🐸
si una persona trabaja por dias pero gana mas de un salario minimo, se da lugar para aportes parafiscales? gracias (=
Como funciona la nomina electronica en estos casos que se contrata por dias? Se debe reportar?
Cordial Saludo : pregunto por favor ,el decreto 2616 quedó derogado ? como empleador puedo seguir pagando (además de lo del 15% que habla éste decreto 1174 ), lo que tiene que ver con seguridad social, de acuerdo a esa norma ?, o no pagar lo del decreto 1174 y pagar la seguridad social de decreto 2616?. Muchas gracias.
Saludos Luis, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 3 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
2. Ingresa a nuestro canal de CZcams y accede a todo nuestro contenido en el cual abordamos diferentes temáticas czcams.com/channels/J_uPCWfBQY5WwusMDh-RrA.html?view_as=subscriber
3. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por los mismos conferencistas, aquí te compartimos los horarios: Lunes (Laboral) 2:00 p.m. y Jueves (Impuestos): 2:00 p.m. Este horario está sujeto a cambios por ocupaciones de los conferencistas.
Cordialmente,
Equipo Actualícese
Buen día muchas gracias por la información y es lo más justo que puede hacer un empleador con los trabajadores y que pasaría cuando solo le pagan el día laborado ? Me imagino que deben tener sanciones gracias
Saludos, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 3 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
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Cordialmente,
Equipo Actualícese.
Su vocabulario tecnico jaaaaa 908 y Pico ....Tenas dra jaaaaa
Si mi contrato de prestación de servicios inicio el 1 de Feb de 2022
Debo presentar planilla de pago de salud y pensión de Enero? Estoy obligado?
O en marzo presento la de febrero?
Si un empleado gana más de un salario mínimo legal vigente se puede afiliar con el valor del salario mínimo? Aunque gane más?
Saludos Nelson, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 3 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
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Cordialmente,
Equipo Actualícese
Y si se afilia al trabajador a seg social y no al piso mínimo, la base para esta cotización puede ser inferior al salario mínimo?
Buena pregunta
Saludos Janneth, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 3 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
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3. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por los mismos conferencistas, aquí te compartimos los horarios: Lunes (Laboral) 2:00 p.m. y Jueves (Impuestos): 2:00 p.m. Este horario está sujeto a cambios por ocupaciones de los conferencistas.
Cordialmente,
Equipo Actualícese.
A partir del 1 de febrero, si quieres cotizar a seguridad social y no a este precario piso, el IBC NO puede ser inferior al mínimo. Precisamente por eso, lo ideal sería que el gobierno no hubiera eliminado de la planilla la antigua figura del cotizante 51 - trabajador de tiempo parcial, creada por el Decreto 2616 de 2013, pues en esta sí había seguridad social como tal y se cotizaba en proporción a los días laborados, pero lamentablemente si la eliminó para reemplazarla por este inconveniente modelo del piso de protección social. Ojalá alguna de las demandas que cursan ante las altas cortes prospere para tumbar este piso y revivir el Decreto 2616.
tambien tener en cuenta q muchas petsonas ya no qeremos trabajar todos los dias si no uno o 2 y por lo tanto se cobra por dia laborado y no sd gana esos 30 o 33 mil pesos cafgados sino entre 60 y 70 mil q tal
Petsonas????? De que habla?????