Cálculo de la prima para trabajadores del servicio doméstico que laboran por días
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- čas přidán 3. 06. 2021
- ¿Cuál es el valor que debe tomarse como salario base para la liquidación de la prima de servicios de un trabajador del servicio doméstico que labora por días?, ¿es el valor promedio de lo efectivamente recibido cada mes o es un cálculo de lo que ganaría si trabajara todos los días como un trabajador de tiempo completo?
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La prima de servicios es una prestación social que consiste en el pago de 30 días de salario por cada año trabajado, o en proporción al tiempo trabajado cuando este es inferior a un año. Se liquida y paga semestralmente.
En esta publicación, la abogada Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social, explica cuál es el valor que se debe tomar como base para liquidar y pagar la prima de servicios de un trabajador del servicio doméstico, de acuerdo con lo establecido en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo -CST-.
En nuestro análisis Prima de servicios: plazos, restricciones, sanciones y mucho más encontrarás una síntesis de la normativa que la regula, los plazos, beneficiarios, ejercicios prácticos y mucho más.
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Muchas gracias. Muy bien explicado
Valiente ejemplo REDONDIANDO
Una pregunta. ¿Y como se calcula si el empleado no trabajo los 6 meses del semestre sino solo durante 2 meses del semestre? Creería que no tiene sentido también multiplicarlo por 180, debido a que la prima no puede ser la misma si trabaja 6 meses que si solo trabaja 2 meses, ya que daria el mismo valor. O para ir mas lejos, si el empleado solo trabaja 6 dias en todo el semestre como se calcula eso??. Para mi no tiene sentido multiplicarlo siempre por 180 ya que sin importar lo que trabaja siempre dará la misma prima.
Gracias querida me sirvió de mucho tu vídeo. Todo desmenuzado.
Excelente explicación. Mil gracias!
EXCELENTE EXPLICACIÓN. GRACIAS
Mil gracias muy claro
Hola buenas tardes Dra Bendiciones
Si trabaja una vez mes como funciona?
por que no tan solo se suma todo lo legal sobre el minomo, se divide en 12 meses y despues en 20 o 25 o los dias que sean laborales segun la ley y se quita tanto enredo solo es para saber un precio de referencia pero que este con todas las de la ley
La formula para liquidar por dias en salario diario * dias trabajados/7 multiplicado por 30. Ahi da el salario promedio y se liquidan comun.y corriente.
El pacto de hace x escrito o verbal?
Doctora me puede esplicar? Gracias
Porque se debe pagar 180 dias en la base si los dias al mes son menos ?
grasias yo pensé que el que trabaja por días no tenía derecho a prima
Mi nombre es Giovanni tengo un problemita no me han pagado las primas de diciembre y estoy incapacitado por accidente laboral que hago ayuda porfa
Buenos días , yo quiero hacer una pregunta, me está sucediendo que trabajo en una finca hace 10 años , ellos vienen a descansar por días y me pagan por días , en 10 años nunca he recibido prima y si se quedan todo el mes todo el mes trabajo sin descanso alguno, fuera de eso trabajo de 7y media de la mañana y salgo hasta las 4 de la tarde y vuelvo a entrar a las 6 y media y salgo hasta las 10 de la noche , ya me cansé de esta situación
Buenos días , quería hacer una pregunta yo trabajo en una finca hace 10 años y ganó por días, en 10 años nunca he recibido una prima y del descanso menos hice todo el proceso y media mucha plata por qué ganó hoy en día el día me lo pagan a 47.000 y otros a 57.000 trabajo por día más de 12 horas que debo hacer al respecto si no he recibido nada de prestaciones en 10 años y el decir es que salgo sin nada según los patrones
Tengo una pregunta si la persona le pagan horas extras en estos 2 días laborados como se sacaría el promedio igual al promedio de descanso
Saludos Miguel, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 3 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
2. Ingresa a nuestro canal de CZcams y accede a todo nuestro contenido en el cual abordamos diferentes temáticas czcams.com/channels/J_uPCWfBQY5WwusMDh-RrA.html?view_as=subscriber
3. Nuestros consultorios en vivo donde puedes realizar una pregunta y en muchas ocasiones son resueltas por los mismos conferencistas, aquí te compartimos los horarios: Lunes (Laboral) 2:00 p.m. y Jueves (Impuestos): 2:00 p.m. Este horario está sujeto a cambios por ocupaciones de los conferencistas.
Cordialmente,
Equipo Actualícese
que tristeza que una empleada por días solo tenga un día de descanso
Yo trabajé 2 días por semana con un abogado solo me pagaba el día trabajado no más. Esos son bien pícaros que diremos de los demás 😳
Esa gente no cumplen las leyes solo les gusta que les limpien el mugrero
Me asalta una duda y si en vez de dos (2) dias trabajados en semana, trabaja (DIECISEIS) 16 al mes o 4 en la semana el procedimiento seria otro
Saludos Pablo, te informamos que por este medio no resolvemos este tipo de preguntas, sin embargo, te ofrecemos 3 opciones donde posiblemente podrás encontrar una respuesta a tu inquietud:
1. El grupo de discusión donde nuestra comunidad contable puede realizar consultas, las cuales son resueltas entre los mismos colegas que pertenecen a dicho grupo. Si estás interesado en ser miembro, ingresa al siguiente enlace: facebook.com/groups/actualiceseOro/?source_id=88020452606
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Cordialmente,
Equipo Actualícese
Buenas tardes, en mi concepto no cambia el procedimiento, pero si tienes que tener en cuenta otros conceptos como que de acuerdo a la cantidad de dias que labora varia el valor de los parafiscales.
Es el mismo proceso, se trata de un cotizante a tiempo parcial. Véalo de esta forma, para sacar el salario semanal o mensual, usted aplica la fórmula q da el ministerio, simplemente los días trabajados se convierten en una variable, q cada quien reemplazará de acuerdo a la cantidad de días trabajados, si en su caso el trabajador labora 4 días a la semana, ya usted sabe q debe multiplicar el salario diario por 4, y con ese valor resultante lo multiplica por 4,33, que corresponderá al salario mensual. Teniendo esos valores, usted ya los puede reemplazar en las diferentes fórmulas para liquidar prestaciones
No señorita usted es muy enrredada para explicar y repite mucho lo que conlleva a confundir a sus oyentes. Mil gracias por su esfuerzo.
Para que no se enrede, pague asesoria
Buen día un favor yo trabajo 3 días ala semana en un apartamento comense en abril a trabajar con ellos me pagan 57.000 por día. En estos momentos mi gefe me dise que en los 57.000 pesos me esta pagando prima, sesantias, vacaciones, salud. La salud que tengo es sisben. Y no me quiere pagar nada que hago. Por favor ayúdenme. Gracias
pase x el ministerio de trabajo allá le sacan hasta la risa al abusador
Depende si tiene contrato
Acude al ministerio del trabajo
Tienes derecho a liquidación de prestaciones sociales
Quede más perdida de lo qué estaba
Qué no entendiste?
Repite muchas veces.
Ud va para el cielo y va llorando. Que tal que tuviera que pagar por ver