En qué momento el adjudicatario satisface la deuda de los acreedores anteriores? Se le paga al juzgado y éste al acreedor? Emite el juzgado algún tipo de documento con el cual poder ir al registro una vez rematada la subasta? EDITO: veo que se trata en la 319, muchas gracias por éstos vídeos. Muy detallados.
Buenas tardes. Tengo una duda, espero que pueda ayudarme. Yo adquirí una vivienda en subasta, quedó un remanente tras el pago al acreedor, que en este caso era el mismo ayuntamiento por el impago del IBI. El anterior propietario, al que embargaron la vivienda, se encuentra fallecido, sin herederos. No hay ningún acreedor más. ¿Quién tiene derecho a reclamar el remanente? ¿Podría reclamarlo yo, tras adquirir la vivienda? Muchas gracias, un saludo.
Hola. Yo lo intentaría. Presenta un escrito. Pidiendo la devolución, sin especificar más detalles. Y antes de que se archive el asunto definitivamente , por caducidad. Tienen que resolver sobre ese remanente. Presenta escrito y deja pasar el tiempo. Un saludo .
hola Belen, existe un orden para remitir el sobrante si hubiera "varias" orden de retención, tanto de otra ejecución como de procedimiento concursal? Muchisimas gracias por tus enseñanzas
Hola . Cuando existe un procedimiento concursal, todas las ejecuciones se paralizan , y en el procedimiento concursal se establece el orden de quien vaya a cobrar , es decir el primero que a s cobrar, el segundo, etc Si no existe procedimiento concursal , que solo hay procedimiento -s de ejecucion , cobrará antes el que haya embargado antes. Si el sobrante viene de la venta de un inmueble, se respeta el orden en el que aparezca en el Registro de la Propiedad, acreedores anteriores o posteriores, que tantas veces lo nombro en mis clases. Un Saludico. No te desesperes, ya se que es una materia difícil de digerir.
Eres la mejor!!! lo único que el procedimiento de ejecución es larguísimo y eso que lo estás explicando estupendamente.
Pues , siempre faltan cosas, gracias.
Suscribo eres la mejor!!! Gracias por seguir con nosotros, gracias por tu Enorme labor!!!!
💞💖😍
jajaja la tortuga :3 Abrazos maestra!!
En qué momento el adjudicatario satisface la deuda de los acreedores anteriores? Se le paga al juzgado y éste al acreedor? Emite el juzgado algún tipo de documento con el cual poder ir al registro una vez rematada la subasta? EDITO: veo que se trata en la 319, muchas gracias por éstos vídeos. Muy detallados.
Hola.
Se liquida en Juzgado , y este emite mandamiento.
Un saludo .
Muchísimas gracias!! 🥰🥰🥰
Te echaba de menos. Un saludo.
@@belenoposicionesjusticia2528 Gracias por el comentario 😉 Me ha dado mucho ánimo para seguir😘
Buenas tardes. Tengo una duda, espero que pueda ayudarme.
Yo adquirí una vivienda en subasta, quedó un remanente tras el pago al acreedor, que en este caso era el mismo ayuntamiento por el impago del IBI.
El anterior propietario, al que embargaron la vivienda, se encuentra fallecido, sin herederos.
No hay ningún acreedor más.
¿Quién tiene derecho a reclamar el remanente? ¿Podría reclamarlo yo, tras adquirir la vivienda? Muchas gracias, un saludo.
Hola.
Yo lo intentaría. Presenta un escrito. Pidiendo la devolución, sin especificar más detalles. Y antes de que se archive el asunto definitivamente , por caducidad. Tienen que resolver sobre ese remanente.
Presenta escrito y deja pasar el tiempo.
Un saludo .
hola Belen, existe un orden para remitir el sobrante si hubiera "varias" orden de retención, tanto de otra ejecución como de procedimiento concursal?
Muchisimas gracias por tus enseñanzas
Hola . Cuando existe un procedimiento concursal, todas las ejecuciones se paralizan , y en el procedimiento concursal se establece el orden de quien vaya a cobrar , es decir el primero que a s cobrar, el segundo, etc
Si no existe procedimiento concursal , que solo hay procedimiento -s de ejecucion , cobrará antes el que haya embargado antes.
Si el sobrante viene de la venta de un inmueble, se respeta el orden en el que aparezca en el Registro de la Propiedad, acreedores anteriores o posteriores, que tantas veces lo nombro en mis clases.
Un Saludico.
No te desesperes, ya se que es una materia difícil de digerir.
@@belenoposicionesjusticia2528
Genial¡¡¡ Muchas Gracias de nuevo por tus ánimos, eres el motor que consigue hacernos marchar hacia adelante!!!
;)