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Omlouváme se.
MS Informa #93: Las vacaciones no se pierden, se acumulan.
Vložit
- čas přidán 16. 04. 2021
- Hola comunidad!
Buenas tardes, esperando que estén muy bien hoy hablaremos sobre las vacaciones. Como les hemos contado en otras oportunidades, estas no se pierden, se acumulan. Este video de hoy, es posible gracias a nuestros Auspiciadores y colaboradores:
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Nos vemos en el siguiente video!
Y q sucede cuando el trabajador se rehúsa de hacer uso de vacaciones? Como lo hace el empleador para obligarlo a q se las tome?? Hay trabajadores q lo hacen para q les sea pagado en el finiquito.. Le agradecería mucho su respuesta..
supongo que se debe dejar constancia en dt
Hola Buenas tardes
Excelente la informacion Gracias
Llevo 1 año con el mismo empleador hace 3 meses tengo contrato indefinido, tengo derecho alas vacaciones
Hola.
El requisito para tener derecho a las vacaciones es en relación a la antigüedad laboral por sobre 30 días. Ahora, para hacer uso de ellas, el requisito es que como mínimo lleve 1 año de servicio indiferente del tipo de contrato de trabajo. Saludos.
Qué pasa si el trabajador no desea tomar vacaciones ? se pueden acumular más periodos
Excelente video
Hola buenas yo el 24 de febrero cumplo dos años y me dicen que si paso esa fecha perdere el primer periodo ? Y al parecer quedan dos meses de trabajo , creo que quieren darnelas hobligados para bajar el costo de mi finiquito.
Hola hola
Mmmm. Sali de vacaciones y aun no me las pagan.. que debo hacer
Esta es la nueva ley, o la ley vigente?? Consulto....
Holaa 🤗
Es en base a la ley vigente que lleva muchos años operando de esta forma. Saludos.
Consulta por favor
Tengo 5 años y solo me he tomado 3 días de vacaciones, puedo negociar esas vacaciones? Que opción tengo para tomar la mitad y la otra mitad qué me la paguen? Agradezco comentarios
Holaa 🤗
Si puede negociar esas vacaciones, pero legalmente hablando lo que no puede hacer es vender dichos días, a menos que se trate de vacaciones progresivas que la ley si permite vender. Otra cosa que debe tener presente es que el empleador si o si le debe otorgar los primeros 3 períodos de vacaciones ya que por ley no puede tener más de 2 períodos acumulados. Otro punto importante, es que si lo despiden o renuncia el empleador le debe pagar absolutamente todos los días de vacaciones como si hubiera hecho uso de ellos, eso quiere decir que debe sumar los sábados, domingos y festivos a los 5 períodos de vacaciones acumulados. Saludos.
@@circulolaboralcl muchas gracias por su respuesta, mi empleador recién ahora me dice que tengo que programar vacaciones los años anteriores no dijo nada por eso se acumularon y yo tampoco los solicite. Cuando se refiere a vender eso quiere decir que no puedo decirle a la empresa que me pague 2 periodos y tomarme 1 este año?
Hola amigo siempre los veo ,yo sali de vacaciones solo de palabra con la jefatura ,llevo cuatro dias sugeriendo el documento de mis vacaciones para poder firmarla y respaldarme en caso que puedan tomarme como abandono de trabajo ,cuanto tiempo hay para firmar dicho documento
Hola 👋
Lo ideal es siempre firmar dicho documento antes de salir de vacaciones. De hecho la norma establece que deben ser olicitadas con 30 días de anticipación y el empleador responder en ese lapso y si no responde se asumen autorizadas. Dicho esto, si usted tiene respaldos de la solicitud de las vacaciones y las conversaciones posteriores, entonces se encuentra resguardado en caso de cualquier eventualidad. Saludos.
Tengo 3 periodos acumulados, para 4 ya, si me finiquitan o renunció ¿me pagan los 4 o solo 2 y el resto se pierde?
Tengo la misma duda
@@wolfhunter3465 Ya lo encontré te cito textual lo que dice la dirección del trabajo ,mas te dejo el link:
“No obstante, si por cualquier circunstancia, y a pesar de la prohibición antedicha, se hubiere acumulado más de dos períodos, la doctrina reiterada de esta Dirección, manifestada, entre otros, en dictamen Nº 78, de 12.01.82, ha señalado que el trabajador tiene derecho a impetrar la totalidad de los días que comprende la acumulación, y sostener que se pierda alguno de los períodos involucraría imponer una renuncia de derechos al dependiente, lo que se encuentra prohibido por el artículo 5º del Código del Trabajo. Agrega que la acumulación excesiva de períodos constituiría sólo una infracción a la legislación laboral, que en ningún caso puede traer como consecuencia la privación del derecho al descanso, procediendo únicamente sancionarla administrativamente respecto del empleador con multa a beneficio fiscal.”
www.dt.gob.cl/legislacion/1624/w3-article-114328.html
te deben pagar todo si es por la necesidades de la empresa mas los años de servicio y mes de aviso. en caso de que sea renuncia voluntaria solo te pagarían las vacaciones pendientes sean los años que sean. tu empleador debe ser bastante poco empático como para que te deje acumular tanto tiempo sin vacaciones. yo recuerdo que me faltaban casi dos meses para los dos años y me dijo tomate vacaciones por favor fijamos la fecha y todo. como debe ser. a si que si te despiden sacaras muchas lukas pero ante cualquier duda si es que te despiden no firmes nada aun y pide asesoramiento a un abogado y anda ese mismo día que te despidieron a la inspección del trabajo para ver si esta todo en orden y aclarar tus dudas. ( también mira si tienes todas las cotizaciones pagadas , todos esos detalles debes ver)
@@eljoseneger gracias por la info, saludos
Hola,consulta los días de feriado progresivo son acumulables igual, osea no se pierden??
Hola, yo tenia 2 periodos y posteriormente me enferme y me encuentro con licencia médica, se me junto un 3er periodo. Entonces si me despiden o se termina la relación laboral. Deben pagar todas mis vacaciones acumuladas,?? Gracias!!! Slds.
Holaa 🤗
Efectivamente 👍 deben pagarle todos los días de vacaciones y no le pueden descontar o desconocer ningún día de vacaciones no utilizado y acumulado durante este período. Saludos.
@@circulolaboralcl gracias, mundo sindical, son maravillosos!!! 🧡🙏
Hola. Yo sali de vacaciones el lunes 12 y me corresponde entrar el lunes 26. En donde trabajo se trabajn turnos 6x1 y se trabaja fin de semana y feriados. Que pasa yo el sabado 10 tenia que trabajar pero me dieron permiso para una operación y el domingo era mi descanso. Hoy pasaron el programa de trabajo y aparece que entro a trabajar el sabado 24. Es legal?
y si el trabajador es el que no se quiere tomar las vacaciones??
Hola. Mientras exista el mutuo acuerdo no hay problema, pero si por cualquier motivo hay una fiscalización de la Inspección del Trabajo y encuentran trabajadores con 3 o más periodos de vacaciones acumulados, aun que exista voluntad de los trabajadores, el empleador arriesga multas por este concepto. Saludos.
No es la pregunta
Tengo una duda, en relación a las vacaciones de los profesores
Mi señora estuvo con post natal durante los meses de enero y febrero, y el colegio no le pago sueldo, ni tampoco le acumulo los días de vacaciones
Podrían comentar esto por favor
Obvio que bo le paga sueldo po si esta con licencia
@@ricardosilva5013 si vas a responder tonteras mejor no hables
@@ricardosilva5013si no tienes idea no comentes amigo
Tengo entendido que esto no es vacacion, porque se supone que los profesores tienen estos mismos 15 dias habiles para descanso legal. En cambio lo que si deberian de ver es el hecho del pago porque esta en un periodo igual de contratacion a menos que tenga un contrato diferente a todos los que he visto de profesores. Por lo general no es asi y simplemente deberian buscar asesoría con alguien que este mas capacitado en lo legal y asesorias de causa laboral. Al menos a alguna parte de mi familia que son profesores han podido resolver muchos inconvenientes con los pago y con vacaciones.
las vacaciones progresivas NO