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Reglamentación del trabajo; la jornada de Trabajo y los descansos - Parte1

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  • čas přidán 5. 09. 2016
  • Profesora Silvia Pinto Varela
    La presente clase forma parte del curso: Conceptos e Instituciones del Derecho Individual del Trabajo
    www.derecho.uba.ar/academica/d...
    Sobre la clase
    Parte 1
    Tras ofrecer una definición conceptual del régimen de la reglamentación del trabajo, la Prof. Pinto Varela examina el tema de los límites a la jornada de trabajo, el concepto y su evolución, los tipos de jornada (diurna, nocturna, insalubre, mixta), la jornada flexible, las excepciones, las horas extraordinarios y sus modos de retribución.
    Parte 2
    En la segunda parte, la Dra. Pinto Varela se ocupa de los descansos: entre jornada y jornada, el descanso hebdomadario y las vacaciones anuales.
    Material de estudio asociado
    “Estudio General sobre las horas de trabajo (2005)” de la Organización Internacional del Trabajo
    “Jornada y Descansos” por Miguel A. Pirolo y Cecilia Murray en “Tratado de Derecho del Trabajo”, dirigido por Mario Ackerman, Ed. Rubinzal.
    “La jornada de trabajo en las normas de la OIT” por Mario Ackerman en Revista de Derecho Laboral, 2006-1 Jornada y descansos, Ed. Rubinzal
    “Reflexiones sobre la jornada promedio” por Javier Adrogué en Revista de Derecho Laboral, 2006-1 Jornada y Descansos, Ed. Rubinzal
    “Algunas consideraciones acerca del descanso semanal” por Silvia E Pinto Varela en Revista de Derecho Laboral, 2006-1 Ed. Rubinzal

Komentáře • 27

  • @nicolasdg2188
    @nicolasdg2188 Před 4 lety +13

    Quien es norma y por qué dice tantas cosas

  • @belgranopropiedades1876
    @belgranopropiedades1876 Před 7 lety +3

    Excelente introducción dando la fundamentacion contractual segun los caracteres, no perdiendo de vista la situacion de hecho y la historia que liga al negocio juridico

  • @milojos6721
    @milojos6721 Před 3 lety +2

    Si la jornada es de 8hs corridas (comercio). ¿el descanso de 30 minutos está incluido dentro de esas 8hs o es, a parte ?. En mi trabajo con el tema de la pandemia empezaron a hacernos ir de 9:00hs a 18.30hs. Dentro de ese horario tenemos una hora para comer, que no es paga) y nos pagan solo 8hs. Estamos desde las 9:15hs que fichamos hasta (en mi caso) después del cierre 18.30hs (porque tengo que cerrar caja).... Es eso así? ... cuantas horas por semana debe ser el máximo laborable. Porque luego nos hacen trabajar 3 horas extras los sábados a la tarde también. Terminamos destruidos después de la semana laboral. si no trabajamos los sábados a la tarde, no nos dan el medio franco de esa semana. Saludos!

  • @machi96133
    @machi96133 Před 4 lety

    Gracias

  • @andreafedele4914
    @andreafedele4914 Před 3 lety +2

    tremendo que desde 1924 nadie haya vuelto a plantear en arg la necesidad de reducir la jornada aún más .. como si han hecho muchos países europeos, donde ya incluyo se discute la jornada de 40 hs semanales... es algo para reflexionar.

  • @alejandro1204
    @alejandro1204 Před 5 lety +3

    por favor se puede fijar el audio del vídeo se escucha un canal gracias

  • @dammab3683
    @dammab3683 Před 3 lety +1

    No se cumple para los trabajadores de farmacia muchas de las cosas.... trabajar 12 todos los domingos y como franquera hace 4 años.... o sea sin cobrar doble los domingos y terminando destruida y sintiendo que no tengo derechos....

  • @sheveehama513
    @sheveehama513 Před 2 lety +1

    La jornada laboral del docente no tiene límites de horario, menos ahora con las clases virtuales. Falta reglamentaciones

  • @toychikito1133
    @toychikito1133 Před rokem

    Hola mañana cobro lo q trabaje la semana pasada.. tube un franco.. y trabaje del lunes a lunes.. me van a pagar el franco? O solo los 6 días trabajados?

  • @sneakyblogs3795
    @sneakyblogs3795 Před 6 lety +1

    disculpa me gustaria que me aclararas un tema. digamos que una persona trabaja solamente fines de semana en ese caso es legal darle a dicha persona (sin su consentimiento) mas de 8 horas de jornada laboral ? o sigue siendo priotario lo de las 8 horas diarias? gracias

    • @yamilehtdelcarmenlopezsanc9345
      @yamilehtdelcarmenlopezsanc9345 Před 5 lety +1

      Una pregunta porque a uno le asen un contrato de trabajo de 40 horas ala semana y le canses trabajar las 24 horas y el fin de semana no selo estamos dando a uno y por un salario bajó y le existen mucho a uno como enpliada de hogar yo creo que todos somo seres humanos y alos emigrantes nos asen trabajar más 24 horas y le asen un contrato de 40 horas y uno trabaja ñas 24 oras

    • @ernesbortnai5104
      @ernesbortnai5104 Před 4 lety

      @@yamilehtdelcarmenlopezsanc9345 TENES QUE EXPRESARTE MEJOR EN LA DESCRIPCIÓN NO SE ENTIENDE MUY BIEN. VOS QUÉ RES DECIR QUE TE EXPLOTAN TRABAJAS MAS.DE 40 HS. SEMANALES. EJEM. 1 SEMANA TIENE 7 DIAS (SÁBADO Y DOMINGO LIBRE)8HS. X5 =40 HASTA ahí va bien? Si te hacen trabajar fuera del convenio.... BUENO TE.ESTAN ESTAFANDO.

    • @francopechin2650
      @francopechin2650 Před 4 lety

      Sí pero hay q pagarle dsp de las 13hs del sabado como extraordinaria.

    • @JuanRomero-dd2fs
      @JuanRomero-dd2fs Před 4 lety +1

      En ese caso, legalmente la jornada diaria tiene que ser de ocho horas (o nueve horas si el empleador lo decide), esto en caso de trabajo diurno. Si es nocturno, son 7 horas, también extensible una hora más. Si es insalubre, 6 horas.

    • @thisistruein
      @thisistruein Před 3 lety

      @@ernesbortnai5104 como seria el caso de un cadete de delivery? Te hacen trabajar de lunes a lunes. 7 hs corridas sin pausa. Pausas para esperar otro pedido pero mientras no podes ir a comer algo a tu casa.
      Los convenios en gral son 8 hs si o si? Y con pausa para almorzar? En Argentina.

  • @pablocari9204
    @pablocari9204 Před 4 lety

    Existe la posibilidad de retractarse de una denuncia laboral: supongase que denunció un despido injustificado y deseo retractarme de la denuncia... se puede? Como hay que hacer? Que consecuencias puede tener?

    • @JuanRomero-dd2fs
      @JuanRomero-dd2fs Před 4 lety +1

      Estimado, no se entiende la pregunta. Si Ud como trabajador, en el marco de un intercambio telegráfico con el empleador, se consideró despedido, no se puede retractar. Nadie puede alegar su propia torpeza, salvo en caso de vicios en el consentimiento, por ej ante un acto de renuncia forzado por el empleador. En caso de que en el telegrama posterior se haya retratado de su accionar, probablemente el empleador haga uso de la propia torpeza y de la intención rupturista, pudiendo considerarlo como injuria que habilite un despido con causa, esto es una posibilidad aunque habría que ver como se dieron las cosas.

    • @pablocari9204
      @pablocari9204 Před 4 lety

      @@JuanRomero-dd2fs no me he considerado despedido sino que a través de un intercambio geográfico solicite a mi empleador aclarase si situación laboral dado que me ha dicho que no siga asistiendo al trabajo pero no de manera formal( es decir a partir de un telegrama)

    • @JuanRomero-dd2fs
      @JuanRomero-dd2fs Před 4 lety

      @@pablocari9204 esta bien, entonces entiendo que esta asesorado por un abogado que es lo ideal. Si luego de ese telegrama, y la contestación o no, hizo efectivo el apercibimiento de considerarse despedido y fue recibido por el empleador, ya esta notificado por lo que no podría, en principio, retractarse como mencioné en el otor comentario.

  • @carlosgabrielvillamayorval5153

    Me enamore 😍

  • @dankoh9626
    @dankoh9626 Před 5 lety

    CUANDO ENPIESA MIS 10 MIUTOS DE DESCANSO, CUANDO ENTOY SENTADO EL EL BRAK ROOM O CUANDO TODAVIA ESTOY TRABAJAND

  • @valentinocardinale4629

    Ahhhhhhhh

  • @juliane.freteiommi6745

    Tenemos derecho a guardar silencio y ser negros esclavos. La justicia no existe

  • @teresamartinez3126
    @teresamartinez3126 Před 3 lety +1

    Este aquí que no le entendió nada

  • @roxanaguadalupebobadilla9810

    Por lo general nada de esto se cumple