Day to day on bike to Lima 02.07.24-PART 2

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  • čas přidán 2. 07. 2024
  • Para que quede claro
    Según TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO NACIONAL DE TRÁNSITO - CÓDIGO DE TRÁNSITO -DECRETO SUPREMO Nº 016-2009-MTC
    Artículo 44.- Preferencia de paso.
    La Autoridad competente considerando las características de las vías, puede establecer la preferencia de paso
    en las intersecciones o cruceros, mediante señales de “PARE” o “CEDA EL PASO”.
    El conductor que enfrente una señal de “PARE” debe detener obligatoriamente el vehículo que conduce, permitir el paso a los usuarios que circulan por la vía preferencial y luego reanudar su marcha.....
    Si me pongo faltoso es que parece que aquí "PARE" no existe, porque o bien no hay una señal vertical con luces y del tamaño de un catedral para que la veas o un policia de tránsito te lo diga, porque las señales del suelo, que también sonm señales.....os la suda total y absolutamente.
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