Derecho fundamental de Habeas Data (Habeas Data Financiero) en Colombia

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  • čas přidán 2. 04. 2017
  • Desarrollo constitucional y legal del derecho de habeas data financiero y procedimiento de realización de los reportes negativos antes las centrales de información (Procrédito, DataCrédito y Cifin).
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Komentáře • 18

  • @irisbarrera9028
    @irisbarrera9028 Před rokem

    Muy buena explicaciòn, gracias.

  • @osmanvelasquezs.3091
    @osmanvelasquezs.3091 Před 5 lety +2

    Excelente video, muy didáctico.

  • @gabrielperdomo5357
    @gabrielperdomo5357 Před 3 lety

    Excelente, muchas gracias

  • @yesidgalvis8650
    @yesidgalvis8650 Před 6 lety

    una deuda en que momento prescribe desde que inicio con la deuda o en la que terminaria por ejemplo saque un electrodomestico en el año 2003 lo saque a 15 meses la prescripcion empieza en el momento en que lo saque o cuando se cumplan los quince meses

  • @santiagoyepes7127
    @santiagoyepes7127 Před 7 lety +1

    JUAN NO ENTIENDO EL COMPUTO DEL TIEMPO .ES A PARTIR DE QUE SE HACE EL CREDITO ,O DE CUANDO SE ENTRA EN MORA, O CUANDO FINALISA EL TIEMPO PACTADO ENTRE EL ACREEDOR Y DEUDOR PARA CANCELAR LO PRESTADO POR FAVOR ME PUEDES COLABORAR Y SI UN ACUERDO DE PAGO SOBRE LA MISMA DEUDA CAMBIA EL TIEMPO DE PRESCRIBCION MUCHISIIIIIMAS GRACIAS

  • @seniorlocalguide
    @seniorlocalguide Před 4 lety

    Hola Juan... ¿y la privacidad bancaria contitucional en Bancolombia y PSE, por ejemplo, que? tu saldo diario privado? tus pagos privados? tus depositos privados? tus transferencias privadas? tus consignaciones privadas? tus inversiones privadas? favor explicar los derechos a la intimidad financiera y bancaria. En los EEUU, pro ejemplo, tu banco nunca viola tu derecho a la intimidad en todas tus transacciones inferiores a $10.000 USD (o, digamos $8.000).... El IRS no puede vulnerar de forma derecho a la initimdad bancaria (tus transferencias, saldo, depositos, consignaciones, etc.). Gracias...

  • @cielogutierrrz3379
    @cielogutierrrz3379 Před 3 lety

    Hola buenas noches, soy codeudora y después de 8 años me reportaron a las centrales de riesgo y enviaron la comunicación a una dirección que desconozco se puede solicitar su eliminación ? Mil gracias

  • @santiagoyepes7127
    @santiagoyepes7127 Před 7 lety +1

    JUAN DIEGO GRACIAS POR TU INFORMACION Y CUANDO LA PERSONA A SIDO DEMANDADA PERO LA DEMANDA NO PROSPERA. O TERMINA CON DESESTIMIENTO TACITO .O TUBO SENTENCIA PERO NO PUDO PAGAR .QUE PASA EN ESE CASO?

    • @LNJColombia
      @LNJColombia  Před 7 lety

      Muy buenos días señor Santiago Yepes.
      Con respecto a las preguntas que planteas, a continuación procederé a darte una repuesta de cada una de ellas y al final de la contestación te adjuntaré los enlaces donde puedes consultar más al respecto.
      1) Conforme al primer comentario, puedo sustraer que lo que requieres es entender es desde que momento se cuenta el término para los reportes negativos.
      De lo anterior pueden presentarse generalmente dos casos:
      a) Que a la obligación se le hubieren realizado pagos,
      b) Que a la obligación nunca se le hubiere hecho un pago.
      Caso A) Conforme al primero, cuando a la obligación se le han realizado pagos, la norma establece que cuando en el transcurso del pago de una obligación se recurre en mora, se procederá a la realización de los reportes negativos - previa notificación a la persona deudora. Si esta mora presentada en el crédito es inferior a 24 meses, el tiempo del reporte negativo sólo podrá durar el doble del tiempo de la mora generada por el no pago del deudor, por ejemplo, si presentó una mora de 6 meses, la información negativa permanecerá 12 meses más, contados a partir del momento en que se realice el pago de la deuda. Ahora, si la mora generada es superior a 24 meses, el reporte negativo deberá permanecer un término de 4 años, contados igualmente desde el momento de realizar el pago o extinguirse la obligación por cualquier modo.
      Caso B) Cuando a una obligación que se contrajo nunca se le realizó pago alguno, la norma establece que el término de duración de los reportes es de 14 años por lo siguiente. Primero, el tiempo cuenta a partir del momento de la exigibilidad de la obligación. Los primeros 10 años corresponden al término máximo de prescripción establecido en la normatividad civil colombiana y los otros 4 años restantes, corresponden a la sanción que establece la Ley de Habeas Data o Ley 1266 de 2008 por moras superiores a 24 meses. De allí que una obligación que se contrajo y nunca fue cancelada, por ejemplo contraída en el año 2008, deberá primero pasar los 10 años de prescripción (hasta 2018) y 4 años más del dato negativo (2022), por tanto para el año 2022, el reporte negativo deberá ser retirado de las centrales de información.
      2) ¿El establecimiento de un acuerdo de pago modifica los términos de prescripción?
      Debo dejarte claro que si el acuerdo de pago es un acuerdo entre las partes para cancelar la deuda vigente, este no genera un nuevo término de prescripción, PERO si lo que se ha generado entre las partes es una refinanciación o una obligación nueva que cancela la anterior, en este caso el término de prescripción comienza a correr nuevamente.
      3) ¿Si una persona ha sido demandada como opera los reportes negativos en las centrales de información?
      En este caso es muy importante anotar que la presentación de la demanda interrumpe el término de prescripción, lo que quiere decir es que al presentarse una demanda la prescripción deja de contar no corre más. Pero esta interrupción de la prescripción sólo es para el proceso judicial que busca el pago de la obligación, pues para los reportes negativos el término sigue siendo el mismo para las obligaciones que nunca se han cancelado, es decir, igual a lo ya mencionado los primeros 10 años corresponden al término máximo de prescripción establecido en la normatividad civil colombiana y los otros 4 años restantes, corresponden a la sanción que establece la Ley de Habeas Data o Ley 1266 de 2008 por moras superiores a 24 meses. De allí que una obligación que se contrajo y nunca fue cancelada, por ejemplo contraída en el año 2008, deberá primero pasar los 10 años de prescripción (hasta 2018) y 4 años más del dato negativo (2022), por tanto para el año 2022, el reporte negativo deberá ser retirado de las centrales de información.
      Es muy importante anotar que para la protección del derecho de habeas data la interrupción de la prescripción no aplica, porque ello significaría que el dato negativo sería indefinido en el historial de las personas y por la misma Ley de Habeas data se prohíbe los reportes negativos de por vida.
      Ley de Habeas Data: www.bancoldex.com/documentos/1291_Ley_1266_de_2008_(Habeas_Data).pdf
      Sentencia T 658 de 2011 Corte Constitucional: www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2011/T-658-11.htm
      Superintendencia Financiera: www.superfinanciera.gov.co/SFCant/Normativa/PrincipalesPublicaciones/boletinej/boletin3311/habeasdata.html
      Superintendencia de Industria y Comercio Habeas Data Financiero: www.sic.gov.co/sobre-el-habeas-data-financiero

  • @elverisantiagosalazarmunoz2166

    entonces la unica consecuencia si violan el habeas data es que se elimine el reporte, esa es la unica consecuencia por violar un derecho fundamental ?

    • @j.sebastianceron8956
      @j.sebastianceron8956 Před 4 lety

      De forma general, puede decirse que es así, pero si la empresa ademas de eso da un mal manejo a esos datos, pueden haber sanciones de índole económico u operacional, es decir, multas de hasta 2.000 SMLMV, y sanciones operaciones temporales o permanentes para la empresa.

  • @samantaquintero2755
    @samantaquintero2755 Před 5 lety +1

    alguien me ayuda? tengo un contrato de internet con tigo une, hace mucho tiempo me cambie el nombre en mi cedula, y tigo une no ha negado a actualizar mi nombre, que hago?

    • @LNJColombia
      @LNJColombia  Před 5 lety

      Muy buenos días.
      Cordial saludo.
      Señor(a).
      SAMANTA QUINTERO.
      Muchas gracias por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados. Tus comentarios, dudas, sugerencias y felicitaciones son muy importantes para seguir construyendo este proyecto de comunidad académica virtual, en la cual todos aprendemos.
      Para proceder con la actualización de la información deberás realizar un derecho de petición en el cual debes adjuntar la pruebas de los trámites de cambio de nombre y contar la historia que permite a la empresa TIGO UNE determinar que lo que sucedió fue un cambio en el nombre pero que la identidad (número de identificación) le pertenece a la misma persona. Una vez realizada esta gestión espera la respuesta y en caso que no sea positiva escríbenos al Consultorio Jurídico de Barrera Arias Abogados y te orientaremos que proceder.
      Muchas gracias nuevamente por ser parte de La Nota Jurídica de Barrera Arias Abogados.
      ANOTACIÓN - IMPORTANTE - AVISO LEGAL. Barrera Arias Abogados informa que las consultas o dudas contestadas por este medio versan sobre la información brindada por cada una de las personas que nos escriben por diferentes formatos y plataformas digitales. Por tanto, en caso de requerir una información más acorde con las necesidades y situaciones, se les invita acercarse y verificar con un abogado de confianza o un Consultorio Jurídico de una universidad.

    • @j.sebastianceron8956
      @j.sebastianceron8956 Před 4 lety

      El procedimiento como tal es el siguiente, el primer paso es interponer el reclamo (que hace las veces de derecho de petición), por medio del cual se le solicita a la empresa que actualice tu información, en este caso, pues que corrijan tu nombre, toda vez que lo cambiaste, para lo cual debes anexar las pruebas, en caso de que la empresa omita tu solicitud, procede la queja ante la SIC (Superintendencia de industria y comercio) y si la entidad hace caso omiso a ello, en ultima instancia debes intentarlo vía tutela.

  • @simplementeyojose6785
    @simplementeyojose6785 Před 3 lety

    XD