361.-EJECUCIÓN DE HACER, NO PERSONALÍSIMO

Sdílet
Vložit
  • čas přidán 23. 08. 2024
  • CON EL SIGUIENTE ENLACE PODEIS OBTENER MUCHAS VENTAJAS PARA PREPARAR VUESTRA OPOSICIÓN EN LA PLATAFORMA OPOSITATEST:
    clk.tradedoubl...
    En esta clase os pongo un supuesto práctico de una ejecución de hacer no personalísimo.

Komentáře • 10

  • @junkmail783
    @junkmail783 Před rokem

    Hola Belén gracias por toda esta información. Puedes hacer un vídeo hacerca de la historia de mi amiga,te cuento. Ellos se conocieron hace 11 años, mi amiga y su pareja regresan a España sin nada de dinero ,pero unos 3 a 4 años la suerte les cambio ahora son millonarios, cuando ellos cumplieron 10 años juntos el le dijo a mi amiga para casarse , se casan y un mes después le dice a mi amiga que tienes que firmar capitulaciónes como cosa de rutina ya que el tiene un caso con el gobierno solo para protegerla. Llegan al notario el abogado y mi amiga y esposo ,el notario le dice que si comprende la separación de bienes y allí se da cuenta y le dice que su esposo le explicó.Además cabe decir tienen 5 niños y el papel que ella firmó dice que ella dejó todo a el. Que se puede hacer en este caso. Ahora el compro otra casa, mi amiga se acaba de enterar que tiene otro hijo y que le es infiel.

  • @sergimonllor8400
    @sergimonllor8400 Před rokem +3

    12800 seguidores que locuraaa!!!
    Bien merecidoss Belén y el equipoo😉!

  • @xabiercormenzana147
    @xabiercormenzana147 Před rokem +1

    Hola Belén!
    Soy opositora de Gestión y tus videos me están ayudando mucho, haces una gran labor!
    Podrías poner videos sobre los procedimientos penales, sociales o administrativos?
    Muchas gracias!!

  • @dubon9999
    @dubon9999 Před rokem +1

    Interesante y muy útil esta información. Ahora entiendo mejor las obligaciones de hacer no personalisimas 👍👍👍👍👍

  • @anaml5439
    @anaml5439 Před rokem

    Hola Belén!! muchas gracias por tus vídeos!!
    ¿Puedes subir vídeos sobre la tercería de mejor derecho, por favor? Para repasarlo antes del examen.
    Muchas gracias

  • @anaa2017
    @anaa2017 Před rokem

    buenos dias !!! tengo una duda sobre la presentación de escritos a ver si puedes ayudarme por favor. En el artículo 46 LJS establece que en el mismo día o al siguiente hábil de presentarlos , el LAJ dará a los escritos y documentos el curso que corresponda. En el proceso civil no veo este plazo. Lo único que leo es sobre las admisiones a trámite, pero no desde que se presenta el escrito. No sé si me he explicado bien. ¿¿¿Hay un PLAZO MÁXIMO para que "COJAN LOS ESCRITOS"???? Muchas gracias y por favor sigue subiendo más contenido! Un abrazo

    • @belenoposicionesjusticia2528
      @belenoposicionesjusticia2528  Před rokem

      Hola. Cuando la ley expresamente lo dice, art. 453, por ejemplo, si que hay plazo.
      Si no , lo establece, es sin dilación .
      Un saludo.

    • @anaa2017
      @anaa2017 Před rokem

      @@belenoposicionesjusticia2528 muchas gracias, lo confundía con la dación de cuenta del artículo 178 LEC

  • @conchisanz8305
    @conchisanz8305 Před rokem

    Que bien lo explicas. Lo haces super sencillo.

  • @inesg5601
    @inesg5601 Před rokem

    Belén, como me puedo poner en contacto contigo? Es para saber si además de todos estos videos que tienes eres preparadora. Gracias