¿COMO CALCULAR UNA LIQUIDACIÓN?

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  • čas přidán 12. 01. 2020
  • La liquidación procede cuando la empresa es la que decide dar por terminada la relación de trabajo sin causa justificada como la señalada en el articulo 47 de la Ley Federal del Trabajo.
    Las prestaciones que deben pagarse son: vacaciones proporcionales, prima de antigüedad, prima vacacional, aguinaldo proporcional e indemnización constitucional de 90 días de salario diario integrado, recuerden que la indemnización señalada en el articulo 50 de la Ley Federal del Trabajo puede reclamarse cuando se ha iniciado un procedimiento, es decir, un demanda laboral y tu acción principal se la REINSTALACION
    Les comparto jurisprudencia al respecto:
    INDEMNIZACIÓN DE 20 DÍAS DE SALARIO POR CADA AÑO DE SERVICIOS PRESTADOS, PROCEDENCIA DE LA.
    En atención a que los artículos 123, fracción XXII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 48 de la Ley Federal del Trabajo, no disponen que cuando se ejercitan las acciones derivadas de un despido injustificado procede el pago de la indemnización consistente en 20 días de salario por cada año de servicios prestados, a que se refiere el artículo 50, fracción II, de la Ley citada, se concluye que dicha prestación únicamente procede en los casos que señalan los artículos 49, 52 y 947 de la Ley mencionada, pues su finalidad es la de resarcir o recompensar al trabajador del perjuicio que se le ocasiona por no poder seguir laborando en el puesto que desempeñaba por una causa ajena a su voluntad, bien porque el patrón no quiere reinstalarlo en su trabajo, bien porque aquél se vea obligado a romper la relación laboral por una causa imputable al patrón, o sea, que tal indemnización constituye una compensación para el trabajador, que no puede continuar desempeñando su trabajo.
    Les comparto el tabulador de vacaciones.
    AÑOS DE SERVICIO PRESTADO DIAS DE VACACIONES ART. 76 L.F.T.
    1 6
    2 8
    3 10
    4 12
    5 A 9 14
    10 A 14 16
    15 A 19 18
    20 A 24 20
    25 A 30 22

Komentáře • 282

  • @gricelramirez1689
    @gricelramirez1689 Před rokem +1

    Gracias 😁

  • @claudiaubaldo4632
    @claudiaubaldo4632 Před 4 lety +2

    Excelente muy bueno

  • @Bardo374
    @Bardo374 Před 3 lety +3

    Me encanta que usted sepa calculara y nos explique tan claramente. Generalmente los calculos, los realizan los contadores.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety +1

      En materia laboral es fundamental saber calcular y conocer las prestaciones de los trabajadores porque de eso depende una buena negociación con las empresas o viceversa.

    • @Bardo374
      @Bardo374 Před 3 lety +2

      @@kellylaboral Si, es solo que algunos abogados esperan que los contadores hagamos los calculos y no se preocupan por aprender sobre todo los que traban en una empresa.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety +3

      @@Bardo374 por eso tienen este canal para aprender 😁😁

  • @ricrhdz
    @ricrhdz Před 8 měsíci +1

    Muy buen video, gracias.

  • @oscarcalderon7035
    @oscarcalderon7035 Před rokem +1

    MUCHAS GRACIAS...

  • @edgarvaldez6989
    @edgarvaldez6989 Před rokem

    ¡Excelente explicación! 👏👏👏

  • @octavioherrera9967
    @octavioherrera9967 Před rokem

    Mil gracias Licenciada Kely, por su información !

  • @claudiaaparicio1625
    @claudiaaparicio1625 Před 3 lety +2

    te agradezco mucho, explicacion excelente

  • @edu6562
    @edu6562 Před rokem

    Gracias Lic!!!!!!

  • @venustianoraramuri5276
    @venustianoraramuri5276 Před 4 lety +2

    Excelente explicación Abogada, saludos.

  • @user-zh1ey3bq2l
    @user-zh1ey3bq2l Před 2 lety +6

    Kelly lo único que te faltó son las partes excentas que se encuentran en el 93 ISR y existen dos formas de retener el impuesto el normal con aplicación de tablas 96 y la del reglamento ISR . Porque el importe que sacas es correcto pero está en bruto antes de ISR. Saludos

  • @reynatrujillo6984
    @reynatrujillo6984 Před rokem

    Gracias 🎉

  • @gabrielamoracortes8793
    @gabrielamoracortes8793 Před rokem +1

    ¿En cuánto tiempo se debe pagar la liquidación? ¿Cuándo prescribe la acción?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před rokem +1

      Para prestaciones un año, para indemnización por despido 2 meses

  • @salmasaraicejaarreola3987

    Me Gusto Mucho tu video!!!!

  • @Chiqqopech
    @Chiqqopech Před 4 lety +5

    apenas soy egresado de la universidad y me estoy formando en el área laboral, muchas gracias por la información!

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Espero que le sirvan los videos que hemos subido, gracias por seguir el canal. saludos

  • @eduardovillafanarejon3999

    Por qué sería 274 días trabajados, si del 2 de abril de 2019 al 06 de enero de 2020, son 280 días. No se cuentan los 6 días del año en curso?

  • @luismotopiter9752
    @luismotopiter9752 Před rokem

    Buen día .
    Una pregunta; de liquidación cuánto sería en un trabajador con un año de antigüedad con salario de 1365 pesos semanales ? Gracias de antemano.

  • @manuelzamora8094
    @manuelzamora8094 Před 4 měsíci

    Lic, unos dicen que los años son de 360 días (meses de 30 conforme a la LFT) 12 meses x 30 = 360 días
    Y otros dicen que el año se toma de 365 días, ¿que sería lo correcto? Por favor y muchas gracias, espero su respuesta Lic, saludos

  • @javierpachecozavala1067
    @javierpachecozavala1067 Před 3 lety +1

    muchas gracias.! excelente video saque 10 en mi examen gracias a ti preciosa.

  • @cesaraguilar7400
    @cesaraguilar7400 Před 4 lety +3

    Me caban de despedir de mi trabajo que por "reestructura" y me querían liquidar con el minimo
    Ahora ya se lo que debo cobrar
    Muchas gracias 😊
    Saludos

  • @laurdz8873
    @laurdz8873 Před rokem

    Si te corren y tenías 12 días acumulados que no disfrutaste del año anterior, te los deben pagar o se pierden, muchas gracias por el video está muy bien explicado

  • @ricardochavez6380
    @ricardochavez6380 Před 4 lety +1

    Gracias Kelly, muy buena información, seria interesante señalar si hay cambios respecto de la nueva reforma laboral. Si es que las hay respecto de las liquidaciones e indemnizaciones. Saludos y esperamos (seguramente más de mi) nuevos vídeos informativos.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Gracias por seguir el canal y si realizaremos video de la reforma laboral, quedamos pendientes. Saludos

  • @omar55654
    @omar55654 Před rokem

    Si la empresa vende no hay reinstalación, aplica los 20 días por año también ??

  • @marcoantonioguerrerotrejo2561

    Lic. Kelli, puedes hacer un video de como calcular el pago por accidente de trabajo por perdida de alguna extremidad? Sería interesante. Gracias por orientarnos en tu canal y saludos.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety +2

      Si quedamos pendientes para hablar de esos temas de seguridad social.

  • @joselaramunoz7898
    @joselaramunoz7898 Před 2 lety

    Si dure 6 meses y no me dieron contrato y ganaba 2 mil pesos por semana cuánto me tocaría .

  • @mariamaria7247
    @mariamaria7247 Před 4 lety +1

    Hola muy bien tu vídeo ....podrías dar un ejemplo. Con un sueldo. Diario. De 285 pesos con. Fecha de. Ingreso. El. 6 de. Enero. Del. 2003. En total de años. Son 17..........por. Tu. Atención. Gracias

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Aguinaldo 70.27 antigüedad 50,273.76. Indemnización 26,955.90. Vacaciones si no las disfruto 5,130 y prima vacacional 1,282.5 atendiendo a que la fecha de despido fue el 6 de enero de 2020

  • @generacionz1129
    @generacionz1129 Před 4 lety +2

    Que bonita mi maestra 😍😍😍😍

  • @AR26865
    @AR26865 Před rokem

    Hola kely donde te contacto para una asesoria laboral para que lleves mi caso?

  • @kellylaboral
    @kellylaboral  Před 4 lety +11

    Con gusto los ayudo a calcular su liquidación, sin embargo hagan el intento de hacer el ejercicio y les menciono que es lo que están calculando mal, para así resolver dudas.

    • @lauri0058
      @lauri0058 Před 4 lety +1

      Hola oyes me podrías ayudar es que no me sale bien el calculo
      Entre a trabajar el 16 de abril del 2018
      Y me despidieron el día 23 de septiembre del 2019
      Mi salario era de semanal de 1350
      Si me puedes ayudar 🙏
      Ya lo intenté y no entiendo

    • @Bardo374
      @Bardo374 Před 3 lety +1

      Es usted, muy linda al preocuparse por que la gente aprenda.🥰😍😊

    • @neurogamers2688
      @neurogamers2688 Před 3 lety +1

      Que lindo gesto de tu parte

    • @usernewuser1529
      @usernewuser1529 Před 3 lety

      Hola k tal empecé a trabajar en agosto del 2020 y nos despidieron por termino d trabajo el día 15,1,21 mi sueldo fue 300 pesos diarios cuanto nos tocaría gracias

    • @PaolaCastro-dx2fr
      @PaolaCastro-dx2fr Před 2 lety

      Yo tengo algunas dudasss

  • @hasleyhernandezlopez3241

    Me puedes ayudar cuánto le toca de liquidación

  • @adrianmartinezramirez2992

    PERO SI SOLO TRABAJASTE SEIS MESES AUN ASI TE TIENEN QUE PAGAR PRIMA DE ANTIGUEDAD?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety

      Si fue despido justificado o injustificado si deben pagar.

  • @lucydzul5246
    @lucydzul5246 Před 2 lety +1

    Hola buenos días e estado viendo tu vídeo, porque me estoy informando es muy buena , tengo una duda a mí me están despidiendo la duda que tengo es que yo cumplí 15años en septiembre apenas este viernes me dijeron que me van a liquidar y me quieren dar 40mil está bien esa cantidad mi sueldo es de 5000mil. Aún no e firmado y si yendo a trabajar si me puede contestar selo agradecería mucho.porq no se que hacer.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 2 lety

      Si lo despiden deben darle además indemnización constitucional que son 90 días de salario más sus prestaciones y prima de antigüedad, solo de prima son aproximadamente $30,000

  • @jesusalanyarojas9077
    @jesusalanyarojas9077 Před 3 lety +2

    Hola buenas tardes me gustaría que me ayudes a calcular por favor trabaje 1 año y 3 meses

  • @chankaunatalydelosangelesd758

    Buenos días Lic, cómo puedo calcular las proporcionales, es decir un trabajador que haya laborado siete meses en la empresa no llegó al año

  • @qkiiqke13
    @qkiiqke13 Před 3 lety

    Hola qué tal, me gusto la explicación es muy clara, solo tengo una duda, para efectos de ese ejemplo al principio se menciona que el trabajo tuvo un tiempo laboral de 15 años 9 meses y 4 días, no se tiene que calcular lo correspondiente a los 15 años netos y lo proporcional a los 9 meses y 4 días ??

  • @josezapatarodiles3033
    @josezapatarodiles3033 Před 2 lety

    Muy útil. ¿ahora bien abogada ? ¿ qué pasa si por ejemplo en el hipotético caso de una PANDEMIA, que obligará a diferir durante MESES una audiencia de conciliación.? Ahí como calculas el interés que genera todo ese tiempo sin resolverlo?

  • @irmama.santiago1859
    @irmama.santiago1859 Před rokem

    Hola Kelly. Que sucede si en el ejemplo que manejas al trabajador se le adeuda el aguinaldo correspondiente al año inmediato anterior, es decir, el corresndiente al año de 2019 y las vacaciones correspondientes al año anterior, es decir, las que generó al 2 de abril de 2019?. Entran en la liquidación?

  • @xavierescobedo4220
    @xavierescobedo4220 Před 3 lety +1

    Muy bien explicado todo solo un detallito el salario mínimo en el norte es diferente me parece.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety

      Se debe realizar el cálculo con el salario mínimo del lugar donde residen.

    • @xavierescobedo4220
      @xavierescobedo4220 Před 3 lety +1

      @@kellylaboral Si gracias soy de Monterrey y creo que es de 185.56

  • @michellemiranda3810
    @michellemiranda3810 Před 2 lety

    Hola. me podrías decir por que los meses en materia laboral se calculan a 30 días?

  • @gerajacobo
    @gerajacobo Před 4 lety +3

    Muchas gracias por el video, es de mucha utilidad... En tu experiencia, ¿Vale la pena reclamar la indemnización de los 20 días de salario por año? Sé que esto puede llevar a pagos a representantes legales que podría ser perjudicial y al final termines pagando más que el total de la indemnización.
    Que tengas buen día!

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      El reclamo de la indemnización de 20 días entra en función una vez que la acción principal es la reinstalacion, es decir, si los trabajadores ya tienen antigüedad en la empresa y lo que les beneficia son las prestaciones que la empresa les da,ves ahí cuando se solicita la reinstalación, si la empresa no reinstala debe de pagar esa indemnizacion, y en materia laboral se cobra en base a lo obtenido por el trabajador por lo cual no considero que sea un pago perjudicial para los actores.

  • @saidpulidoarechiga1296
    @saidpulidoarechiga1296 Před 5 měsíci

    Disculpa los años en materia laboral no son de 360?

  • @justiciareal2957
    @justiciareal2957 Před 4 lety +1

    Hola bien por tu video. Solo una pregunta...estos. es aplicable. en. la CD. de. México. O. Es para otro país......... Porque en otros vídeos. Mencionan que los 20 días por año si se pagan aunque la. Empresa no esté demandada?........ bien entonces esa es la duda. Si Pudieras hacer la. Aclaración. Te. Agradecería mucho......... Espero tu respuesta gracias

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Gracias por sus comentarios y si es aplicable, la indemnización de 20 días por año se reclama cuando en el escrito inicial de demanda la acción principal es la reinstalación o se está rescindiendo la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Jurisprudencia INDEMNIZACIÓN DE 20 DIAS DE SALARIO POR CADA AÑO DE SERVICIO PRESTADO, PROCEDENCIA DE LA.

  • @abrahamcanales3104
    @abrahamcanales3104 Před 4 lety +1

    Hola, sigo tu canal y me agrada mucho el conocimiento que compartes muchas gracias.
    Sólo tengo una pequeña duda, para el cálculo se utiliza el salario bruto o el salario neto ? Es decir, los 220 pesos que consideras como SD son brutos o netos? Gracias nuevamente.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Hola buena noche atendiendo a tu comentario, primero que nada gracias por seguir el canal y segundo se calculan las indemnizaciones por el salario bruto.

  • @Centauro-x7d
    @Centauro-x7d Před 2 lety

    Haz un vídeo por favor explicando cómo calcular los intereses en laudo condenatorio.

  • @carloscabreravillanueva6453

    Hola me ayudarías a sacar mi liquidación entre a trabajar el 10 de enero de 2022 y termino el 3 abril de 2022 SDI es de $250.84

  • @aureaaliciamartinezlinares8607

    HE SEGUIDO TUS VIDEOS Y SON MUY BUENOS TENGO UNAS DUDAS CUANDO TIENES UN CONTRATO POR TIEMPO DETERMINADO U OBRA DETERMINADA TAMBIEN TE DEBEN PAGAR UNA LIQUIDACIÓN O FINIQUITO

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      Solo deben de pagar finiquito, ya que la liquidación se da cuando despiden a un trabajador por causa injustificada.

  • @rodrigosanchez5187
    @rodrigosanchez5187 Před 4 lety +1

    Buenas noches lic. Kelly podría subir un vídeo sobre el cálculo de una liquidación a servidores públicos gracias

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Gracias por seguir el canal y esperamos pronto comenzar a hablar del apartado B. Saludos

  • @aldanahdezs
    @aldanahdezs Před 4 lety +1

    Me ha servido tu video donde explicas la prima de antigüedad, pues el 162 LFT menciona 15 años para efectos de renuncia por parte del trabajador, pero te puedes confundir para el supuesto en el que la empresa decide rescindir, sea justificado o no el despido.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      Es correcto en caso de que rescinda el patrón la relación de trabajo ya sea justificada (art 47) o injustificadamente debe de pagar prima de antigüedad. Saludos y gracias por seguir el canal

  • @solnava7454
    @solnava7454 Před 3 lety +1

    Hola Lic. Buena tarde. En una conciliación que se puede negociar? El procurador auxilisr de la defensa de trabajo me dijo que no podia exigir mas de 45 dias. Lo que se me hacr injusto

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety

      Esos son lo parámetros que maneja la procuraduría, por lo cual le recomiendo acuda con un abogado particular, para que demande todas las prestaciones a las que tiene derecho.

  • @sebastianmorenomartinez2285

    Lic mi duda es esta me despidiero luego me reistalaron y el mismo dia de la reistalacion me corrieron
    Ingrese una segunada demanda
    Y gane
    Pero mi duda es la siguiente me dicen que todavia falta resolver la primera demanda ¿lo que no entiende es si los salarios caidos se cobran desde el primer despido hasta hoy en dia? O como es este procedimiento
    Te agradesco tus videos son muy buenos bendiciones y gracias por la ayuda que nos das 🙃😉

  • @ernestodelarosa9216
    @ernestodelarosa9216 Před 3 lety +1

    Muy bueno su videos. Una duda, que pasa con las cartas de recomendación si no firmas tu renuncia ya que la mayoría de !as empresas por no pagar una liquidación te hacen que firmes una renuncia voluntaria y siempre te dicen que hasta que no firmes tu renuncia no te van a dar tus cartas de recomendación y también tienen la costumbre de citarte después para entregarte tu cheque aunque hayas firmado la renuncia. Es legal esto que hacen que aún habiendo firmado la renuncia te citen después para entregarte tu cheque y tus cartas de recomendación.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety

      Siempre lo recomendable será firmar renuncia siempre y cuando en ese momento se pague, ya que de lo contrario en ocasiones nunca les llaman y deben entonces reclamarse por demanda el pago de las prestaciones.

  • @arturomendozatrejo2519
    @arturomendozatrejo2519 Před 3 lety +1

    No tengo abogado la PROFEDET en dos ocasiones me a negado la asesoría necesito quien me represente mi audiencia de conciliación es el 20 de septiembre 2021

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety

      La PROFEDET no puede negar asesoría a los trabajadores, si tiene conciliación es porque ya inicio un procedimiento, solo que no especifica si la conciliación es ante la Procuraduría, ante las Juntas o ante en centro de conciliación

    • @arturomendozatrejo2519
      @arturomendozatrejo2519 Před 3 lety +1

      @@kellylaboral No es ante la junta federal No 5 presente demanda de nulidad de convenios

    • @arturomendozatrejo2519
      @arturomendozatrejo2519 Před 3 lety +1

      De montó de liquidación y terminación de relación laboral

  • @gabrielamoracortes8793

    ¿Si el trabajador no ha cumplido un año se paga parte proporcional de antigüedad o no aplica?

  • @mariadelpilarbuenrostro3226

    Hola Lic. Tengo duda de los 20 días de indemnización, solo se aplica si se solicita la reinstalación y si la empresa no quiere reinstalar se piden los 20 días más a parte los 12 días de antigüedad por cada año esto ya estando en juicio claro!! Si aplica o no

  • @yatzirireyes6790
    @yatzirireyes6790 Před 3 lety +1

    al final para tu total sumaste, la prima vacacional mas el aguinaldo, mas la prima de antigüedad mas la indemnización constitucional y nada mas ? es que lo sume para comprobar que así se hacia y sale un resultado diferente.

  • @miguelvega6632
    @miguelvega6632 Před 4 lety +1

    Hola muy buena tarde, como pregunta que procede cuando una empresa te deja de pagar, normalmente o sea te retrasa tus pagos hasta por varias semanas

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      En termino del artículo 51 de la ley federal del trabajo en su fracción V establece la causal por la cual el trabajador puede rescindir la relación de trabajo sin responsabilidad. Por lo cual puede usted dejar de presentarse a laborar siempre y cuando quede acreditado que usted si laboro esos días

  • @eyairmendieta4490
    @eyairmendieta4490 Před 4 lety +1

    El SD es lo mismo que el SBC?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Hola buena noche, en atención a su pregunta no es lo mismo el salario diario y el salario base de cotización ya que el primero es el que paga la empresa por un trabajo subordinado y el segundo es el importe con el que se determina el monto de las cuotas obrero patronales y está compuesto por ciertas prestaciones del trabajador.

  • @jorgeluna491
    @jorgeluna491 Před 4 lety +1

    Buen día, la empresa donde laboro liquidará personal por la nueva ley de adquisiciónes.
    Mi pregunta es , en el mes de Marzo solicite un crédito de Infonavit utilizando el 95% del ahorro de vivienda, ésto cómo me afectaría en la liquidación, en éstos casos qué es lo que procede , qué tanto me descontarán de la liquidación.
    Ahora según la empresa, aparte de la indemnización de ley , nos va a pagar 20 días por año laborado, en este caso se deben de tomar años trabajados completos ó también la parte proporcional del año y también saber con qué salario se calcula ésto con salario diario integrado ó el salario normal.
    También te quería hacer llegar mi calculo que hice para checar si está bien pero no hay ningún correo para mandarte los resultados
    Muchas gracias y buen día

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Le descontarán el porcentaje que ha venido cubriendo en estos tiempos, es como el ejemplo de una pensión alimenticia ahora bien las indemnizaciónes se pagan con el salario integrado y si no se cubrió el año completo se pagará en parte proporcional. Le comparto mi correo consultoria_juridica_laboral@outlook.com

    • @jorgeluna491
      @jorgeluna491 Před 4 lety

      @@kellylaboral
      Hola buenas tardes, el día lunes mandé mis cálculos que hice de mi ejercicio de liquidación y me mandaron una respuesta, supongo yo que es la respuesta de mis cálculos y observaciónes, nada más que no lo puedo abrir el archivo
      Necesito alguna aplicación para abrirla, me manda mensaje que no tengo la app necesaria para abrirlo.
      Gracias por su atención

  • @amelie2187
    @amelie2187 Před 4 lety +1

    Es nuestro derecho solicitar a la empresa cómo se calculó el monto que quieren darnos por la liquidación? Hay empresas que generan 3 cheques con montos diferentes y si el empleado se fue con el cheque menor ya se lo fregó

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Es correcto desafortunadamente cuando se da de baja a un trabajador tratan de negociar la indemnización y comienzan con mes y medio, después dos meses y luego los tres, como bien mencionas por eso llevan tres cheques y claro que están en su derecho de decirles que conceptos y montos les están pagando, pero por lo regular lo estáblecen en el formato de finiquito que de igual manera les hacen firmar.

  • @andygutinhan343
    @andygutinhan343 Před 4 lety +1

    Yo tengo una duda con el aguinaldo(no es acerca del una liquidación), supongamos que el empleado tuvo 5 faltas en todo el año, ya por esas faltas el aguinaldo tiene que ser proporcional?

  • @edgaralifuentesarres710
    @edgaralifuentesarres710 Před 3 lety +1

    Oye y las utilidades también deben de ir incluidas, no?

  • @JoseVazquez-rt3bo
    @JoseVazquez-rt3bo Před 3 lety +1

    Hola muy buenos tus vídeos, una pregunta, si en 6 años mi patrón no me ha dado vacaciones no puedo reclamarle esas vacaciones vencidas, o somos se reclaman las del último año

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety +1

      Están prescritas ya que el término para reclamarlas es de un año.

    • @JoseVazquez-rt3bo
      @JoseVazquez-rt3bo Před 3 lety +1

      @@kellylaboral gracias, me ayudas mucho, abusando de tu amabilidad, cual es el fundamento

  • @salvadorcocombernardo9148

    Una pregunta el aguinaldo y las vacaciones se calcula con sueldo bruto o neto? Y otra pregunta si en la indemnización en lugar de 15 días de aguinaldo son 30 , se calcula sobre 15 o 30.?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Se calcula con el salario bruto, y si es correcto para calcular el salario integrado si usted tiene prestaciones extra legales como es en si caso un aguinaldo superior si debe de calcularse con los 30 días.

  • @dianbiz6357
    @dianbiz6357 Před 3 lety +1

    Buenos días Lic. me podría ayudar tengo una duda con este caso, ¿se realiza el mismo procedimiento que hizo usted pero sin realizar las vacaciones? ¿y la prima vacacional siempre se tomara en cuenta a lo ultimo en la IC?
    Caso: Pedro trabajo en la ferretería el clavo durante 9 años, ganando un sueldo de $4,350 pesos quincenales y lo despidieron el primero de mayo 2020, sí logró disfrutar las vacaciones del año. Realiza su indemnización constitucional conforme a la ley.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety

      Es correcto, no se debe calcular las vacaciones y como bien lo mencionas la prima vacacional entra dentro de la indemnización constitucional en base al porcentaje que le correspondía por vacaciones, es decir 14 días.

  • @zadquielivanberriozabalmar273

    Ola buenos días uno pregunta si me van a despedir por la epidemia que hay esos puntos que explicas son por los que me deben liquidar

  • @edgarvalenzuela2370
    @edgarvalenzuela2370 Před 2 lety +1

    Buenas tardes Licenciada, si tengo un audio grabado del despido que me hicieron por parte de Recursos Humanos, es una prueba válida que puedo presentar para la demanda? Y si así es, en qué parte del proceso la debo de presentar?, muchas gracias!

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 2 lety +1

      Si puede presentarse como prueba y se ofrece justo en la audiencia de ofrecimiento y admisión de pruebas.

  • @bedasoriacastaneda8848
    @bedasoriacastaneda8848 Před 4 lety +1

    Hola! Tendrás algún ejemplo para indemnización de un servidor publico de carrera profesional?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Hola, espero pronto estar subiendo videos del aparato b)

  • @alexabenavente5654
    @alexabenavente5654 Před 4 lety +1

    Hay confusion en este tema por sig. Algunos señalan incluso la propia jcya que la indemnización es: prima vacacional, prop. De aguinaldo, 90 dias de sdi, prima de antigüedad y 12 dias mas por cada año laborado, es precisamente en esto ultimo donde surge mi duda, ¿son estos 12 dias los mismos de la prima de antigüedad o son otro concepto?? Gracias y excelente video.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Si coincido contigo por lo que mencionas que la propia junta lo señala, pues entiendo que si estas en la junta es porque ya iniciaste un procedimiento y por consiguiente reclamar los 20 días por año, porque tu acción será la reinstalacion.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Quizá el pago fue si por concepto de la indemnización del artículo 50 de la ley pero en lo consiguiente a la fraccion I, es decir, era una relación por tienpo determinado y sólo se le pagaría el importe de la mitad del tiempo de los servicios prestados

  • @saorydominguez5496
    @saorydominguez5496 Před 3 lety

    Hola. Lic. Una pregunta como se liquida a un trabajador que le pagan por hora? Y con diferente salario, cual se tomaría para efectos de la liquidación. Gracias

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety

      Recordemos que la ley establece que la jornada diaria puede ser máximo de 8 horas sin embargo el hecho de que trabaje menos no repercute, se toma como día trabajado, por lo cual se deberá tomar el salario mayor otorgado y siempre y cuando no sea menor al mínimo.

  • @mayraochoa9740
    @mayraochoa9740 Před 3 lety +1

    Hola buenas noches, quisiera q me sacaras de la duda. Si no trabajaba para una empresa, trabajaba en una casa particular como empleado doméstico y mi patrón falleció y por ello su esposa se muda de ciudad y se ve terminada el trato laborar ¿me corresponde liquidación, finiquito o indemnización? Porfa te agradecería me respondieras.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety +1

      Hola en atención a los hechos se entiende que la fuente laboral en tu caso, es la casa en dónde prestabas servicio y si está deja de existir por qué se mudará entonces deja de existir la fuente laboral, por ende solo deben pagarte tus prestaciones como son vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y prima de antigüedad

  • @benedictorodriguez2083
    @benedictorodriguez2083 Před 4 lety +1

    Hola, acabo de ver éste video y tengo una duda; Este cálculo contempla las reformas a la LFT 2019?

  • @danielsalinas2671
    @danielsalinas2671 Před rokem

    Buenos días Lic Kely
    Soy parte actora, mi asunto laboral ya lleva 2.5 años. Apenas vamos en la etapa de desahogo de pruebas
    Mi pregunta es. , si usted me puede ayudar en asesoría sobre las cosas que están sucediendo en mi asunto.
    Cuanto me cobraría por la asesoría y análisis de mi caso, quedo en espera de sus comentarios...gracias

  • @dulcesalazar1310
    @dulcesalazar1310 Před 3 lety +1

    Hola lic, tengo una duda, que indemnización le toca a una persona embarazada que fue despedida? Son las mismas prestaciones las que se reclaman? O es un poco más, por el motivo de descriminacion hacía ella

  • @claudiaaparicio1625
    @claudiaaparicio1625 Před 3 lety +1

    una pregunta el 14-sept-2020 me despudieron,me hicieron firmar la baja,puedo demandar??

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety

      Son varias situaciones que se deben de analizar, por ejemplo si te pagaron tu finiquito sino fue así puedes demandar el pago de ello, se revisaría tu jornada laboral para ver si coincide con la fecha de renuncia, si es posible demandar pero ya tenemos la atenuante de haber firmado renuncia.

  • @nancyflores1694
    @nancyflores1694 Před 3 lety +2

    Hola Lic me dieron la opción de seguir en el trabajo o liquidarme porque no hay trabajo por la contingencia yo preferí liquidación que beneficios hay?

    • @nancyflores1694
      @nancyflores1694 Před 3 lety

      Entre en 30 julio 2019

    • @nancyflores1694
      @nancyflores1694 Před 3 lety

      Sueldo 105

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety

      Deben pagarle prestaciones (vacaciones, prima vacacional y aguinaldo), prima de antigüedad e indemnizacion constitucional.

  • @rociotinoco7737
    @rociotinoco7737 Před 4 lety +2

    Hola!
    Tengo una duda
    La indemnización del artículo 50 no se incluye?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      Se solicita el pago de esa indemnización una vez que se demanda y que la acción principal sea la reinstalacion.

    • @rociotinoco7737
      @rociotinoco7737 Před 4 lety +1

      Cierto!
      Buen análisis de jurisprudencia
      Gracias!

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Saludos los invito a que revisen la pestaña de comunidad, comparto tesis y jurisprudencias. Saludos

  • @7eveneleven7
    @7eveneleven7 Před 4 lety +1

    Buenos días Lic. hace una semana me despidieron de mi trabajo y no me quieren pagan mi liquidación de acuerdo a la ley, no sé si me pueda orientar al respecto por favor

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Lo invito a que me pueda escribir por medio de este enlace api.whatsapp.com/send?phone=525530498136&text=Solicito%20m%C3%A1s%20informaci%C3%B3n

  • @rogelioperez7280
    @rogelioperez7280 Před 3 lety +1

    Duda. Si el término de la relación de trabajo es por tramite de jubilación que conceptos le corresponden al trabajador y en cuánto tiempo se debe cumplir si es que caduca ese derecho?. Cuál es el sustento jurídico?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety +1

      Se entiende que es una renuncia, por lo cual solo deben de pagaré un finiquito y su prima de antigüedad si laboro más de 15 años, no deben darle indemnización en virtud de que la empresa no es quien lo está despidiendo y por ende no deben de pagar dicho concepto. La prescripción es de un año para el reclamo de prestaciones artículo 516 LFt.

    • @rogelioperez7280
      @rogelioperez7280 Před 3 lety +1

      Muchas gracias Licenciada.

    • @rogelioperez7280
      @rogelioperez7280 Před 3 lety

      Si tengo otras dudas como puedo comunicarme con usted?

  • @cynthyasls3555
    @cynthyasls3555 Před 4 lety +2

    hola, tengo dificultad con los dias. tcomo llegaste a ese 274 dias? xq es lo unico que no entiendo

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +2

      Hola buen día se llegó a ese resultado en virtud de que cada año el trabajador debe de disfrutar de sus vacaciones, es decir, su aniversario es cada 2 de abiril, sin embargo como no llego a cumplir su año porque lo despiden en enero entonces deben de pagarle las partes porporcionales de vacaciones, no los que corresponden a 365 sino solo 274 que es lo que va del 2 de abiril al mes de enero, espero quede más claro. Saludos

  • @alanperez6877
    @alanperez6877 Před 3 lety +1

    Lic el calculo de los 20 días por año trabajado no proceden?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety

      En el aparato de descripción les compartí criterio, y solo se reclama cuando se inicia un juicio laboral.

  • @lic.juanalejandroayabarper3208

    Que pasa con las vacaciones no disfrutadas? se pueden reclamar para que se integren en la liquidación?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      Es correcto se reclamen las vacaciones no disfrutadas pero solo las del último año.

  • @iselatrinidad3426
    @iselatrinidad3426 Před 3 lety +1

    Hola, que hacer cuando no se recuerda la fecha exacta del ingreso a trabajar???

  • @raulmedinareyes
    @raulmedinareyes Před 3 lety

    Como te puedo localizar

  • @Srmostacho24
    @Srmostacho24 Před 3 lety +1

    Hola los 90 días de indemnización se pagan aunque el finiquito es por termino de contrato y el proyecto duro solo 5 meses ? Aún así sería mi SD x 90 ?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety

      En los casos de contrato por obra, no se paga indemnización. Solo prestaciones

  • @nancym5192
    @nancym5192 Před 4 lety +2

    Hola, buenas noches! Yo estoy muy confundida con la indemnización del artículo 50, mi empresa cerro definitivamente y a la hora de la liquidación, no nos contaron dicha indemnización, ¿ Es correcto o como podríamos demandar reinstalación si cerraron definitivamente? nuestro contrato era por tiempo indeterminado. Mil gracias por tu explicación... Ahora me quedo más claro... Salvo lo que te comento 🙂

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      Si fue una terminación colectiva de la relación laboral solo tienen derecho a que se les pague sus prestaciones proporcionales, prima de antigüedad e indemnización de 3 meses de salario.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      Artículo 436 de la ley federal del trabajo. Saludos

    • @nancym5192
      @nancym5192 Před 4 lety +1

      Mil gracias por responder! Excelente explicación. 🙂

  • @ximenaguadalupecruzreynoso57

    Esto aplica para el despido injustificado también? Y las horas extras no pagadas cómo entrarían?

  • @l.e.f.mariaelenaninocruzni4074

    Hola Kelly interesantes tus videos. M proponen liquidación,pero al desglosar los conceptos cai en cuenta
    Tengo 23 años 8 meses laborando y m qieren pagar un aprox d 14años 6 meses
    Q se hace?? T agradezco

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Las prestaciones que le corresponden por liquidación son: vacaciones, prima vacacional, aguinaldo en partes proporcionales, prima de antigüedad e indemnizacion constitucional, en caso de que no le quieran pagar lo más recomendable es demandar, siempre y cuando no se haya firmado renuncia.

    • @jorgeestudillo3029
      @jorgeestudillo3029 Před 3 lety

      @@kellylaboral buenas tardes me podría apoyar con el tema entre laborar desde enero 05 del 2013 hasta la fecha ..de ante mano le agradecería si apoyo tengo un sueldo de $550 diarios...

  • @reynazarco9732
    @reynazarco9732 Před 4 lety +3

    Ojala y me pudieras ayudar en la empresa k laboro estan despidiendo mucho personal no se si me despediran pero m gustaria estar informada ingrese el 15/03/2004 sueldo 223 diarios y con 16 años trabajados pero 14 de base y 2 de contrato espero y me puedas ayudar

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +2

      Me gustaría que intentaran hacer el ejercicio y yo revisar en que fallan
      Vacaciones $989.75
      Prima vacacional $247.43
      Aguinaldo $1,512.12
      Prima de antigüedad $43,475
      Indemnizacion $20,070

    • @reynazarco9732
      @reynazarco9732 Před 4 lety +2

      Aprendiendo derecho laboral con Kelly si tiene toda la rrazon muchas gracias y muy amable

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Saludos

  • @victhorvillar8879
    @victhorvillar8879 Před 4 lety +1

    En el minuto 8:34 usted menciona los 20 dias por año de indemnizacion. Si regreso a la empresa por medio de un orden juridica, se reinicia mi contrato como si fuera nuevo empleado???

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      Hola gracias por escribirnos, y si la junta ordenó la reinstalación, se respetará la antigüedad generada y en caso de no acatar la reinstalación puede condenarse a los 20 días por año, más indemnización constitucional, salarios vencidos y prestaciones reclamadas.

    • @victhorvillar8879
      @victhorvillar8879 Před 4 lety +1

      @@kellylaboral Muchas gracias por responder mi duda

    • @lilianaguillen5178
      @lilianaguillen5178 Před 2 lety

      Una pregunta a que se refiere la antigüedad generada ?

  • @rosaliagomez8877
    @rosaliagomez8877 Před 4 lety +2

    Buenas tardes Lic., no comprendo de donde saco el resultado de los 274 días de vacaciones, agradecería me explicara. Excelente tarde.
    De antemano agradezco el apoyo.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      En el ejemplo la trabajadora inicio a laborar en abril y fue despedida en el mes de enero, por lo cual no alcanzo a cumplir su aniversario que es cuando se paga la prima vacacional, luego entonces no cumplió el año es decir 365, solo cumplió los 274 días, que es la parte proporcional.

    • @rosaliagomez8877
      @rosaliagomez8877 Před 4 lety +2

      @@kellylaboral yo utilice una calculadora entre dos fechas y el resultado fue de 279 días, no me corresponde con los 274, (cuando volví a ver el vídeo me quedo claro) me apoyaría revisando un ejercicio que yo hice? por favor

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Si por supuesto

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Recuerden que en mi ejemplo el cálculo lo hice tomando de forma general 30 días para los meses.

    • @rosaliagomez8877
      @rosaliagomez8877 Před 4 lety +1

      @@kellylaboral
      tendrá algún mail que pueda compartirme?

  • @bazanful
    @bazanful Před 4 lety +1

    Hola,
    Tengo una duda no se si podrias ayudarme a resolverla.
    Acabo de ser despedido injustificadamente en el trabajo donde estaba laborando como contratista.
    De acuerdo a mi contrato esta conformado según la LFT (Ley Federal de Trabajo).
    La chica de RH me comento que segun por ser contratista no tenia derecho a la liquidación/indemnización de que me pagaran mis 3 meses.
    Que solo me darian mi finiquito, obviamente no lo firme pero estoy revisando esto para ver si es verdad lo que dijo o no.
    Llevo trabajando para la empresa mas de un año, este trabajo es por contratos, cumplí con el primero de un año y me dieron otro por otro año.
    Me podrias ayudar a resolver esta duda, porfavor?
    Gracias de antemano.
    Saludos!

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      Hola buena noche la relación de trabajo se acredita con la subordinación y el pago de un salario, y más bien lo que realizan este tipo de empresas es darlos de alta a través de varios razones sociales, lo que debemos de observar son los recibos de nómina, pero claro que tiene derecho a indemnización.

    • @bazanful
      @bazanful Před 4 lety +1

      @@kellylaboral
      Veré eso entonces.
      Muchas gracias!

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      @@bazanful saludos

  • @joshramirez5278
    @joshramirez5278 Před 2 lety

    Como contaste los 274 días de vacaciones?

  • @DavidMorales-vm2bz
    @DavidMorales-vm2bz Před 3 lety +1

    Tengo duda en el aguinaldo, multiplicas 0.24 x $220 (salario diario) y te sale 54.24, a mí me sale 52.8 , ¿Sabes por qué será esa diferencia de resultados?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety +1

      Quizá porque lo hice con todas las decimales que resultan de multiplicar 6*15÷365

  • @VeroNica-nr1gd
    @VeroNica-nr1gd Před 4 lety +1

    HOLA, UNA DUDA, EN EL CALCULO DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD SE CONSIDERA 12 DIAS POR AÑO Y SI PASA 6 MESES Y DOS DIAS MÁS, TAMBIÉN SE CONSIDERA ESA PARTE PROPORCIONAL? EN EL EJEMPLO QUE DAS, VEO QUE SI LO CONSIDERAS PORQUE CONSIDERAS EL TOTAL DE DÍAS TRABAJADOS, PERO EN OTRO VÍDEO VÍ QUE SOLO DICEN QUE POR AÑOS COMPLETOS CUMPLIDOS, Y ME QUEDÉ CON ESA DUDA. ESPERO ME PUEDAS AYUDAR. ME GUSTÓ MUCHO TU VÍDEO, ME ACABO DE SUSCRIBIR ")

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Gracias por suscribirse al canal, en atención a su pregunta si debe pagarse la parte proporcional si no se cumplió el año completo. Saludos y lo invito a que revise el video de A QUIENES DEBE PAGARSE LA PROMA DE ANTIGUEDAD. dejo el link saludos

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      czcams.com/video/B35rIOFYWN0/video.html

  • @victhorvillar8879
    @victhorvillar8879 Před 4 lety +2

    ¿Por qué el S.D.I se multiplica por 90?
    ¿Es así en todos los casos?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +2

      El salario diario integrado se utiliza para el pago de indemnizaciónes, en el caso que presentamos se calcula la indemnización constitucional que contempla el pago de 90 días de salario integrado.

  • @paomoedano1538
    @paomoedano1538 Před 4 lety +1

    Si me.despidieron injustificadamente al mes de laborar¿aún asi tengo derecho a la.indeminzazio de 3 meses?

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety

      Depende del tipo de contrato que hayan celebrado, puede estar sujeto a prueba y en caso de que no hayan celebrado contrato y no le dieron aviso de RESCISIÓN si tiene derecho a indemnizacion.

  • @SuperEnfermoDeHipHop
    @SuperEnfermoDeHipHop Před 4 lety +1

    Hola! Mi liquidación da calculo con mi sueldo total percibido o con el sueldo total con deducciones???

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      La liquidación se calcula con el salario diario sin deducciones.

    • @SuperEnfermoDeHipHop
      @SuperEnfermoDeHipHop Před 4 lety +1

      @@kellylaboral Muchas muchas gracias 🙌

  • @ernestodelarosa9216
    @ernestodelarosa9216 Před 3 lety +1

    Que pasa si demandas. Te tienes que esperar hasta que acabe el juicio para que te entreguen tus cartas de recomendación.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 3 lety

      Pueden solitarse en la demanda, o cuando se acuda a audiencia.

  • @sairavelazquezosorio6140
    @sairavelazquezosorio6140 Před 4 lety +1

    Hola! una pregunta, ¿de donde sacaste ese total? Ya que yo sume la prima vacacional, el aguinaldo, la prima de antigüedad y lo de la indemnización y me da un resultado un poco menor a tu total.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      Hola no entiendo tu pregunta ya que el total lo saqué sumando todas las cantidades que describo vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, prima de antigüedad y indemnización. Quizá como lo mencionas te faltó sumar las vacaciones

    • @sairavelazquezosorio6140
      @sairavelazquezosorio6140 Před 4 lety +1

      @@kellylaboral tienes razón olvidé sumar las vacaciones. Oye abusando de tu confianza quisiera saber si me puedes guiar en una tarea. Ya saqué la liquidación paso por paso como explicas en el vídeo (solo me falta sumar las vacaciones jaja) pero el problema me pide aparte tres cosas que no estoy segura como agregar. Te pongo el problema completo para que me entiendas mejor:
      Calcule la liquidación de un colaborador que tiene como fecha de ingreso el día 8 de enero del año 2000 y como fecha de baja el día 8 de mayo del año 2020 y cuyo salario corresponde a la cantidad de 25,000 pesos mensuales, y que dentro de su liquidación le corresponden además las siguientes prestaciones:
      • Vacaciones correspondientes al año 2019
      • Prima vacacional correspondiente al año 2019
      • 11 horas extras laboradas dentro de su última semana de trabajo
      cómo le agrego esas prestaciones? la liquidación ya la saqué.
      agradezco tu ayuda.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +2

      Ok me alegra saber que te sirven los videos y en atenciom a tu tarea como bien lo mencionas además de calcular las partes proporcionales que le corresponden del año 2020, debes de contemplar el pago de las prestaciones del año 2019 porque no las disfruto, es decir, se pagan completas y para el cálculo de horas extras recuerda que la ley permite solo 9 hrs que se pagan al doble y las demás al triple. Haré un vídeo respecto a horas extras

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      Para las vacaciones proporcionales contemplaste del 8 de enero al 8 de mayo 2020, sin embargo para las de 2019 debes contemplar del 8 de enero 2019 al 7 de enero de 2020 porque recuerda que su aniversario son todos los 8 de enero y contemplar cuántos días le corresponden por los años laborados, espero te quede más claro y no olvides multiplicar por la.prima vacacional.

    • @sairavelazquezosorio6140
      @sairavelazquezosorio6140 Před 4 lety +1

      @@kellylaboral así es contemple 120 días, ¿entonces para las del 2019 debo contemplar 364 días?

  • @joseescarcegavenegas2215
    @joseescarcegavenegas2215 Před 4 lety +2

    ¿es válido en términos jurídicos no otorgar indemnización en los 2 siguientes supuestos: a) cuando el trabajador por voluntad propia renuncia, b) cuando la empresa despide justificadamente? Muchas felicidades por este trabajo, nos sirve de mucho, continua así y llegarás muy lejos. En hora buena.

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      Cuando el trabajador decide dar por terminada la relación, la empresa no otorga indemnización. Y si la empresa da por terminada la relación fundamentandonse en el art 47 de la lft tampoco otorga indemnización pero si prima de antigüedad. Saludos

    • @kellylaboral
      @kellylaboral  Před 4 lety +1

      Si el trabajador decide dar por terminada la relación otorgando su renuncia, la empresa no paga indemnización. Si la empresa da por terminada la relación de trabajo fundando su acción en el art 47 de la ley Federal del trabajo tampoco debe dar indemnización, pero si prima de antigüedad. Saludos