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Concurso exprés para deudores sin bienes

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  • čas přidán 8. 01. 2023
  • En este vídeo exponemos nuestras experiencias recientes con el concurso de persona física no empresaria sin bienes o con bienes de ínfimo valor desde la última reforma de la Ley Concursal, que entró en vigor el 26 de septiembre de 2022. Se denomina popularmente "concurso exprés" porque regula un procedimiento sencillo y garantista para todas las partes, con menores costes que en la modalidad anterior y que habilita una verdadera Segunda Oportunidad.
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Komentáře • 17

  • @juanfranciscogarciaabogado

    Estimado compañero, el contenido del video es buenísimo, muy bien explicado y documentado. He adquirido conocimiento del proceso en apenas un cuarto de hora. Enhorabuena!. Tan solo, como apunte constructivo, sería interesante mejorar el sonido, que es un poco hueco y cuesta de entender. Muchas gracias por tu aportación. Os sigo desde ahora y doy like.

    • @DuroAAbogados
      @DuroAAbogados  Před rokem +1

      Muchas gracias compañero. Se agradecen este tipo de comentarios. Sobre el sonido, para el próximo vídeo intentaremos mejorarlo. Saludos.

  • @solsolymar5936
    @solsolymar5936 Před 4 měsíci

    Hola , gracias por la información. Quería preguntarle, el juez me ha ha declarado en concurso hace unos días. Ayer recibí una carta de Informa D&B FIJ , donde me informan que me han dado de alta en un fichero Experian. Podría esto frenar mi EPi? Yo no tengo deudas públicas ,ni hacienda ni social ni nada. Les he pedido queme informen y me borren con el auto de concurso.No se si habré hecho bien o no Gracias y saludos.

    • @DuroAAbogados
      @DuroAAbogados  Před 4 měsíci

      Bajo nuestro criterio no tiene incidencia ninguna en obtener el EPI, ni tienen obligación de sacarte hasta que obtengas la exoneración, pues en ese concurso probablemente hayas reconocido la deuda. No obstante, te recomendamos consultar con tu abogada/o porque será quien mejor conozca tu caso.

  • @elixandrahernandezvelasque6370

    Muchas Gracias por tu información he llegado a este vídeo ahora, una pregunta
    Después k tu concurso he declarado sin masa
    Cuánto tarda para k dicte un juez exonerada la deuda
    Gracias

    • @DuroAAbogados
      @DuroAAbogados  Před 10 měsíci

      En la práctica, según nuestra experiencia, estos procesos se dilatan entre 6 y 10 meses, no más. Podemos decir que es de los procesos más rápidos que hay ahora mismo en los juzgados civiles y mercantiles, por lo que nuestra experiencia es positiva.

  • @JoseDiaz-lh6bp
    @JoseDiaz-lh6bp Před 15 dny

    Holaa. El viernes se me declaró auto de declaración del concurso, quien se encargaría de paralizar mi embargo con hacienda? El abogado? O el juzgado?
    Gracias

    • @DuroAAbogados
      @DuroAAbogados  Před 15 dny

      @@JoseDiaz-lh6bp si no hay designación de administración concursal, tú mismo puedes realizarlo a través de la sede electrónica de la agencia tributaria, también tu abogado. Si hay administración concursal, debería ser quien se encargara de comunicarlo. En todo caso, conviene realizarlo según se reciba el Auto y una vez verificado que consta publicado en el BOE.

  • @tarikabaraka2251
    @tarikabaraka2251 Před 5 měsíci +1

    Los juzgados de lo mercantil conocerán de cuantas cuestiones se susciten en materia concursal, en los términos previstos en su Ley reguladora.

  • @dianablanes8995
    @dianablanes8995 Před 8 měsíci

    Hola buenas tardes, donde podemos consultar si ha salido la auto declaración del concurso?

    • @DuroAAbogados
      @DuroAAbogados  Před 5 měsíci

      En el registro público concursal. Web: www.publicidadconcursal.es/ y poniendo el nombre completo o DNI.

  • @carlosmagnos86
    @carlosmagnos86 Před 5 měsíci

    Buen dia, yo estoy en proceso de la ley.
    si tengo deudas en otra comunidad autonoma y pido la 2 oportunidad en cataluña donde se decide el proceso, gracias.

    • @DuroAAbogados
      @DuroAAbogados  Před 5 měsíci

      El proceso se sigue ante el juzgado de lo mercantil donde el concursado tenga en el centro de sus intereses principales, lo que salvo algunas excepciones será el lugar de su domicilio, independientemente que tenga bienes o deudas en diferentes lugares.

    • @carlosmagnos86
      @carlosmagnos86 Před 5 měsíci

      @@DuroAAbogados muchs gracias

  • @JoseIgnacioFernandez-vw1zm

    Muchísimas gracias por el video. Acabo de aterrizar en esto de la abogacía y el video me ha ayudado bastante a terminar de entender las últimas modificaciones. La única duda que tengo es en relación al salario del deudor. En el caso de que un deudor no tenga bienes pero en cambio tenga un salario superior al SMI pero insuficiente para hacerse cargo de las deudas, ¿se podría solicitar el concurso sin masa?

    • @azaelbabiano5796
      @azaelbabiano5796 Před rokem +1

      Sí, del anterior desarrollo de los concursos sin masa en cuyo auto se declara simultáneamente la apertura y conclusión, se considera que aunque estemos ante una retribución superior al SMI, siempre que se argumente debidamente y no resulten cifras exorbitadas, estamos ante concurso sin masa, al igual que si el patrimonio lo integra, por ejemplo, un vehículo de ínfimo valor. Para estos casos se ha incluido el supuesto C del artículo 37 bis del TRLC. A modo de ejemplo, tenemos un expediente abierto con nómina superior a 2.000 euros, pero hemos acreditado que las cuotas mensuales de las obligaciones económicas contraídas superan dicha cifra, por lo que el embargo mensual de 300-400 euros no soluciona la insolvencia y la dilatación en el tiempo de los impagos sólo la agravaría. El juzgado acogió nuestros argumentos, declaró el concurso y transcurridos los 15 días hábiles ningún acreedor ha solicitado el nombramiento de Administración Concursal, por lo que hemos pasado recientemente a la fase de exoneración del pasivo. Un saludo y gracias por el comentario.

    • @JoseIgnacioFernandez-vw1zm
      @JoseIgnacioFernandez-vw1zm Před rokem

      @@azaelbabiano5796 Muchas gracias por la respuesta. Desde luego es un caso muy curioso con ese salario conseguir el BEPI, lo tendré en cuenta si se presenta la ocasión. Gracias de nuevo por el contenido.