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Webinar: "Cómo queda la Ley de Segunda Oportunidad tras la reforma concursal de la Ley 16/2022"

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  • čas přidán 22. 11. 2022
  • Os dejamos por aquí el webinar "Como queda la Ley de la Segunda Oportunidad tras la Ley 16/2022" @economistjurist2220, donde nuestros abogados Pepe Domínguez y Andrea Olcina, explicaron todas las novedades introducidas en el procedimiento concursal de personas físicas.
    Entre los puntos mas destacados de la "nueva Ley de Segunda Oportunidad" destacamos:
    - Una mayor agilidad en los procedimientos
    - Menores costes para el deudor
    - La posibilidad acudir a la exoneracion de pasivo insatisfecho, sin tener que liquidar bienes.
    - La inclusión de la exoneración de créditos de Derecho Público
    Os invitamos a revisar el webinar completo, tanto si sois profesionales como particulares interesados en el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad y cómo se gestiona desde el 26/09/2022.
    Estamos para ayudar a todo aquel que no vea salida a sus deudas, ya sean empresariales o de otro origen.
    Visita nuestra web: www.liberatusdeudas.es

Komentáře • 24

  • @anjell9159
    @anjell9159 Před rokem

    Buenas noches

  • @ivanginercanizares6466
    @ivanginercanizares6466 Před rokem +1

    Me encantó todo bien esplicado estoy dentro de un proceso concursal sin masa y me sirvió de ayuda

    • @asociacionayudaendeudamien7335
      @asociacionayudaendeudamien7335  Před rokem

      Muchas gracias por tu comentario, esperemos que disfrutes de tu nueva vida sin deudas. Si conoces a alguien interesado en la Ley de la Segunda Oportunidad, recuerda que le podemos asesorar gratuitamente: www.liberatusdeudas.es

  • @amadocarballo911
    @amadocarballo911 Před rokem

    Buenas compañeros y compañeras:
    Muy ilustrativo.
    Para los casos en que el empresario persona física solo tenga en el activo su "actividad económica" como comercio, bar, restaurante...¿se consideraría sin masa?
    Saludos

  • @anjell9159
    @anjell9159 Před rokem

    No sé entiende a la srt

  • @c.alejandrocm4724
    @c.alejandrocm4724 Před rokem +1

    La nueva Ley de segunda oportunidad, contempla algún trato especial para las personas con discapacidad?. A la hora de conservar la vivienda habitual y no incluirla en este procedimiento, cómo se puede hacer teniendo en cuenta el "limbo" en el que están muchas familias que fueron ejecutadas y que gracias a la sentencia del TJUE se han sobreseído esas ejecuciones sin llegar a ser desahuciados, con lo cual, si el banco no se ha vuelto a poner en contacto y por más burofax que envíes no dan respuesta, no puedes pagar lo que no sabes que te corresponde pagar y que con las fusiones, tampoco sabes a quien.
    Observo que uno de los requisitos es estar al corriente de la hipoteca, pero como vas a estar al corriente si tan siquiera sabes la cantidad que tienes que pagar cada mes ni a quien?.
    Un saludo.

    • @asociacionayudaendeudamien7335
      @asociacionayudaendeudamien7335  Před rokem +1

      Muchas gracias por tu comentario, Alejandro, es una pregunta muy interesante.
      Realmente, a priori, el hecho de ser discapacitado no garantiza mantener la propiedad de la vivienda. Aunque puede ayudar de cara a mantener la posesión con un alquiler social.
      En el caso concreto que planteas de no saber a quién ni qué cantidad pagar por la hipoteca, lo ideal sería presentar una diligencia preliminar judicial para exigir la identidad del nuevo acreedor y por qué cantidad ha adquirido el crédito.
      Si quieres que profundicemos en el estudio, te invitamos a contactarnos por la web: www.liberatusdeudas.es

    • @c.alejandrocm4724
      @c.alejandrocm4724 Před rokem +1

      @@asociacionayudaendeudamien7335 Muchas gracias por vuestra respuesta.
      Al presentar diligencia judicial y con ello saber quien es el acreedor y cuando pagó por el crédito, se podría ejercer el derecho de retracto?.
      Gracias.

    • @asociacionayudaendeudamien7335
      @asociacionayudaendeudamien7335  Před rokem +1

      @@c.alejandrocm4724 A priori, sí.
      Esta acción de retracto se materializaría en recomprar ese crédito por el precio que pagó el nuevo acreedor (sin opción normalmente de pagar cuotas mensuales) en 20 días.

    • @c.alejandrocm4724
      @c.alejandrocm4724 Před rokem +1

      @@asociacionayudaendeudamien7335 Tenéis un mail al que dirigirme y explicar todo con detalle para seguir el hilo?. Tenía entendido que el derecho de retracto se ejerce dentro de los 9 días desde que te comunican de manera fehaciente en cuanto se vendió el crédito. Es así o lo de los 20 días responde a otra cosa?.
      Un saludo y muchas gracias por todas las aclaraciones.

    • @asociacionayudaendeudamien7335
      @asociacionayudaendeudamien7335  Před rokem

      @@c.alejandrocm4724 disculpa, Alejandro, se nos había quedado sin responder este comentario.
      Efectivamente, tienes razón son 9 días desde que tienes conocimiento (desde que se puede probar objetivamente este conocimiento de la venta del crédito).
      Si quieres, podemos estudiar tu caso, escríbenos un mensaje a través de la web para poder contactarte respetando tu privacidad: www.liberatusdeudas.es.
      Un saludo

  • @nacionalidadespanola9710

    Yo tampoco he entendido a la chica... me parece que esta leyendo, hubiera sido mejor que explicara, como lo hizo el chico, yo veo que se limita a leer y no explica nada, por consiguiente no he entendido lo que ella ha hablado.

  • @onix2015
    @onix2015 Před rokem +1

    Hola a mi me exoneraron 75000€, si alguien tiene dudas o me quiere preguntar algo, aquí estoy

    • @TheSpiritSant
      @TheSpiritSant Před 3 měsíci

      Hola, buenas. Te bloquearon la cuenta bancaria, de serlo, cuanto tiempo Tomo

    • @onix2015
      @onix2015 Před 3 měsíci

      @@TheSpiritSant Hola, nunca me bloquearon la cuenta, solo que mi administradora concursal me la controlaba, pero nunca me la bloquearon

    • @TheSpiritSant
      @TheSpiritSant Před 3 měsíci

      Vale, pero mi caso es sin masa. Influye en algo?

    • @TheSpiritSant
      @TheSpiritSant Před 3 měsíci

      Al parecer no tengo tampoco intervención ni administradores

    • @TheSpiritSant
      @TheSpiritSant Před 3 měsíci

      Y sin embargo me cancelan la cuenta y no puedo utilizarla

  • @CocinaConSeby
    @CocinaConSeby Před rokem

    A la chica no se le entiende bien

    • @asociacionayudaendeudamien7335
      @asociacionayudaendeudamien7335  Před rokem

      Hola, ¿nos podrías decir qué aclaración necesitas? Podemos responderte por aquí o llamándote si nos dejas tus datos por el formulario de contacto de nuestra web: www.liberatusdeudas.es

    • @CocinaConSeby
      @CocinaConSeby Před rokem

      @@asociacionayudaendeudamien7335 me refiero a la manera de expresarse. me refiero al video