PUNTOS PRINCIPALES DE AUDIENCIA INICIAL, violación y otros delitos lic FERNANDO CAÑEDO ZAVALETA

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  • čas přidán 15. 08. 2020
  • AUDIENCIA INICIAL PUNTOS PRINCIPALES:
    (antes de empezar la audiencia léele sus derechos Constitucionales y Procesales, para cuando le
    pregunten diga que si ya se los informaste, aunque no asi; esto en caso de que no te de tiempo de decírselos, en caso contrario si te da tiempo se los informas, en otro video te digo cuales son esos derechos)
    JUEZ: ¡Para efectos de identificación, Ministerio Publico!?:
    MINISTERIO PÚBLICO: ¡Buenas tardes su Señoría, comparece el licenciado …… quien se identifica con credencial …, expedida a mi favor por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, con datos de identidad ya proporcionados al Auxiliar de esta Sala!.
    JUEZ: ¡Quien lo acompaña!?:
    ASESOR JURÍDICO: ¡Buenas tardes su Señoría, comparece el licenciado …, quien se identifica con cedula profesional numero …, expedida a mi favor por la Dirección General de Profesiones, con datos de identificación ya aportados al auxiliar de esta H. Sala!... y me acompaña (si el Juez no lo pregunta).
    VICTIMA: ¡La señora Virginia …, soy la victima!.
    JUEZ: ¡Defensa!?:
    DEFENSA: ¡Buenas tardes su Señoría, comparece el licenciado Fernando Cañedo Zavaleta, quien se identifica con cedula profesional numero 09163037, expedida a mi favor por la Dirección General de Profesiones, con domicilio procesal y cedula ya proporcionados al Auxiliar de esta H. Sala; y me acompaña!:
    IMPUTADO: ¡Buenas tardes su Señoría, soy JUAN MALOZNOB ….!
    JUEZ: ¡Defensa? Ya esta usted reconocido en etapa de indagatoria? O va a tomar cargo en este momento!?.
    DEFENSA: ¡Su Señoría, voy a tomar el cargo en este momento, previa designación del imputado!.
    JUEZ: ¡Señor JUAN MALOZNOB …, usted tiene derecho a una defensa técnica y adecuada, … es su deseo designar al licenciado Fernando Cañedo Zavaleta, como su defensor particular o ser asesorado por un defensor público!?.
    IMPUTADO: ¡Es mi deseo designar al licenciado Fernando Cañedo Zavaleta, como mi defensor!.
    (si no hay detención en flagrancia se analiza primero la legalidad de detención y si el
    Juez la declara valida, se pasa a las siguientes líneas)
    JUEZ: ¡Defensa pronúnciese!:
    DEFENSA: Su Señoría, acepto y protesto el cargo.
    JUEZ: ¡Señor JUAN MALOZNOB, ya le explico su defensor sus derechos Constitucionales y Procesales, así como el objeto de esta Audiencia!?
    IMPUTADO: Si su Señoría.
    JUEZ: ¡Ministerio Público!?
    MINISTERIO PÚBLICO: ¡Su Señoría, solicito autorización para formular imputación!.
    JUEZ: ¡Señor JUAN MALOZNOB, el Ministerio Público le va a informar los hechos de la imputación en su contra, le pido ponga atención; Ministerio Público?!.
    MINISTERIO PÚBLICO: ¡Gracias su Señoría, señor JUAN MALOZNOB …, usted con fecha 14 de Febrero del año 2022, en la esquina de Tlalpan y Eje 5 Sur, con dirección al Sur de la Ciudad, siendo las 18:30 horas del citado, realizó propuestas a una persona de sexo femenino ofreciendo treinta y cinco pesos por tener relaciones sexuales con ella; a lo que la señora Virginia … se negó tajantemente diciéndole que tenia 73 años de edad, que no era una sexoservidora y que era virgen, a lo que aprovechando que una patrulla pasaba a un lado, solicito el auxilio de los policías que iban dentro de la patrulla, quienes le auxiliaron y lo remitieron a la Agencia del Ministerio Publico número 3 en Tlalpan; por lo que se configuran los artículos XXX del Código Penal, por el delitos de Acoso Sexual y Tentativa de Violación!. (aquí el MP lee como síntesis los hechos que se imputan y no proporciona las pruebas que tiene en su contra, eso es poco después en la misma audiencia).
    JUEZ: ¡Defensa, alguna precisión!?
    DEFENSA: ¡Si su Señoría, en la parte que dice que la victima al ver pasar una patrulla y pide auxilio a los policías que iban en su interior, que precise el Fiscal, cuantos elementos iban en su interior, sus nombres y que numero de patrulla era?.
    JUEZ: (el Juez analiza si es procedente la precisión solicitada) ¡Ministerio Público, haga la precisión!.
    MINISTERIO PUBLICO: Si su Señoría, iban 3 elementos, sus nombres son Tortulio, Gandallón y Pasadin … y la patrulla era la número TL-666.
    JUEZ: ¡Señor JUAN MALOZNOB, si es su deseo el rendir declaración respecto a la imputación del Ministerio Público, puede realizarla, lo que puede serle perjudicial, y si NO rinde declaración, no podrá ser utilizado en su contra, consúltelo con su abogado!. (el IMPUTADO consulta con el abogado que lo mas aconsejable es que NO DECLARE, solo que sea un cliente demasiado inteligente, la mayoría son muy estúpidos).
    IMPUTADO: No su Señoría, no es mi deseo declarar.
    JUEZ: ¡Ministerio Público!?
    MINISTERIO PÚBLICO: ¡Su Señoría, solicito autorización para vincular a proceso al señor JUAN MALOZNOB, por el delito de Acoso Sexual y Tentativa de Violación, previsto en los artículos XXX del Código Penal vigente y párrafo 1º del artículo 19 Constitucional, y 313 del Código Nacional de Procedimientos Penales!.
    CONTINUARA...

Komentáře • 35

  • @carloslondinense5834
    @carloslondinense5834 Před 2 lety +6

    Que madriza te puso la Juez compadre pero gracias por enseñarme lo que no debo hacer.

  • @monv1918
    @monv1918 Před 9 měsíci +4

    Que buen análisis y argumentación de género de la jueza.

  • @javierdejesusgordilloramir241

    Fue un error del defensor, al no pedir la duplicidad del plazo constitucional para interponer una mejor defensa, lesiona el derecho del probable responsable a una defensa adecuada.

  • @mariocapquique728
    @mariocapquique728 Před měsícem

    😮lic. Fernando Cañedo violencia familiar es delito

  • @ilajinur
    @ilajinur Před 2 lety +12

    ¿Es correcto que la Juez manifieste que "le cree a la victima"?
    Y entonces ¿dónde queda el principio de PRESUNCIÓN DE INOCENCIA?
    Además, la función del MP es "esclarecer los hechos" y no evidenciar un supuesto delito.
    Y con ello no quiero decir que no haya sucedido un hecho delictuoso, sino que las actuaciones de la autoridad dejan mucho que pensar.

    • @eliasdagdug2234
      @eliasdagdug2234 Před 2 lety

      Muy cierto

    • @omarrangelu
      @omarrangelu Před 2 lety +5

      A la víctima se le debe ver cómo víctima en todo el proceso; al imputado o acusado según el caso, se le debe ver como inocente hasta que esa presunción no se rompa con una sentencia condenatoria, de lo contrario a la víctima se le estaría revictimizando y al imputado se le estaría violando su derecho humano de presunción de inocencia.

    • @juanandrade9036
      @juanandrade9036 Před 2 lety +1

      principio de imparcialidad, la presunción de inocencia, a de ser familiar la juez de la victima 🤔

    • @juancarlosgarcia6034
      @juancarlosgarcia6034 Před 11 měsíci

      la jueza se puso de su parte de la victima por que son del mismo genero ya que si se noto su PARCIALIDAD hacia la victima @@juanandrade9036

    • @pauloeduardoalfaromoreno1417
      @pauloeduardoalfaromoreno1417 Před 4 měsíci +1

      La presunción de inocencia solo existe en el libro de leyes en un juzgado no existe

  • @urialavaradosalinas3617
    @urialavaradosalinas3617 Před 2 lety +3

    datos de identificación del juzgado al que se asisten?

  • @rosygonzalez5074
    @rosygonzalez5074 Před 2 lety

    Usted es licenciado!!

  • @heidiechenique2589
    @heidiechenique2589 Před 2 lety +1

    donde se llevo a cabo esta audiencia no dice y en que sala

  • @zairazepeda6148
    @zairazepeda6148 Před 3 lety +3

    Cómo se llama la juez ?

    • @yolinflak
      @yolinflak Před 3 lety

      maximas de expereiencia

    • @ilajinur
      @ilajinur Před 2 lety

      Hay que hacer públicos los datos de estos pseudo jueces, que no hacen más que evidenciar las deficiencias del sistema judicial, y como con su actuar negligente afectan las vidas no tan sólo de los imputados sino de sus familias.
      Ya basta de tanto inútil haciendo las veces de jueces y ministerios públicos.

  • @ivanpaniagua76
    @ivanpaniagua76 Před rokem +1

    Nada mas atoro a su cliente, por que lo subes. No defendio a su cliente.

  • @josejuarez6272
    @josejuarez6272 Před 3 lety +3

    Sin embargo, el MP no llevó las pruebas que serían contundentes como el pepino y la zanahoria, ahí quedarían impregnados el sudor, y otros líquidos corporales.

    • @alejandromontalvo4087
      @alejandromontalvo4087 Před 3 lety +3

      Te sacaste un 20 con tu comentario

    • @JoseLopez-iu1mf
      @JoseLopez-iu1mf Před 2 lety +1

      Si pendejo un pepino y una zanahoria ya podridas, como si se conservaran en el mismo estado al momento de la violacion🙄

    • @buscandoelpasado2022
      @buscandoelpasado2022 Před 2 lety +6

      Para empezar no son pruebas,son datos de prueba...

  • @yolinflak
    @yolinflak Před 3 lety +1

    tendenciosa abosulutamente

  • @yolinflak
    @yolinflak Před 3 lety +7

    desgraciadamente juez mujer

  • @probidadhonradez905
    @probidadhonradez905 Před 2 lety +6

    43: 28 se equivoca en la victima sostuvo una relación con la víctima, válgame Dios las pendejadas que dicen estos disque jueces. Y al 47:15 dice otra pendejada, que el acusado intenta prenderle fuego, se menciono que si le predio fuego quemándola. En el minuto 52:50 dice otra pendejada, que el dicho de la victima es el principal dato de prueba, un dicho no es un dato de prueba, y que soporta para establecer todos los elementos de los delitos. Es una idiota. Y sobre los dos meses que pidió el ministerio público para la investigación complementaria, el defensor no tuvo ninguna objeción, ¿qué clase de abogado es? Le da mas oportunidad a la parte para hundir más al acusado. Y al ultimo les dice la juez que pasen buena semana, jajajajjaja que no mame.

    • @hiramsoto6248
      @hiramsoto6248 Před 2 lety

      El plazo de investigación complementaria no puede ser menor de dos meses

    • @BarackOb4m4
      @BarackOb4m4 Před rokem

      @@hiramsoto6248 Sí puede