¿Cómo calcular finiquito y liquidación? - PLANTILLA INCLUIDA | JFZ Consulting Firm S.C.
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- čas přidán 27. 02. 2023
- Compartimos Excel utilizado en el video: buencontador.com/descarga-de-...
¡Bienvenido al tutorial sobre cómo calcular tu finiquito y liquidación! Si estás en proceso de terminar tu relación laboral con una empresa, es importante que entiendas cómo se calcula el monto que te corresponde recibir al finalizar tu contrato. En este video te explicaremos los conceptos básicos que necesitas conocer para hacer este cálculo de manera correcta y sin complicaciones.
Aprenderás sobre las diferencias entre el finiquito y la liquidación, los elementos que componen cada uno y cómo se calculan. También te mostraremos algunos ejemplos prácticos para que puedas aplicar lo aprendido a tu caso particular.
No te pierdas esta guía esencial para entender cómo calcular tu finiquito y liquidación de manera fácil y rápida. ¡Comencemos!
Para más información, visita: buencontador.com
Es una lástima que esta información que es realmente de calida y muy importante; la cual le costó tiempo y recursos, solo tenga 32 likes y la hayan visto 1834 personas apostando que hasta hayan descargado las hojas de cálculo y no tuvieron la desencia de inscribirse a su canal...Saludos u muchas gracias por tu invaluable apoyo a la comunidad.
tiene errores, tuve que solicitar ayuda a alguien que conoce excel para que corrija pues no cuadraban las sumatorias de las 3 hojas,
para hacer mas correcto el calculo te falto anexar fecha de ingreso y fecha de despido o abandono, ademas de hacer un ejemplo pero con alguien que tenga un salario superior a los dos salarios minimos, ya que ahi pudiera entrar la controversia, ya que algunas formulas no estan con esta restriccion y puede confundir al consultante
gracias y buena explicacion en tu video
Excelente video amigo, muchas gracias 👏👏
Gracias por tu información,me está sirviendo mucho
Excelente !! Bendiciones !!
gracias por tu archivo solo hay que parametrizar bien las vacaciones lo demás del archivo super bien gracias
Muchas gracias por la información. Saludos
Gracias por la información amigo 🤙👏
Muchas gracias por la información.
muchas gracias por tomarte el tiempo de compartir esta informacion
excelenteeeee!!!! en todos los sentidos felicidades!
Hola! Gracias por la información 👍
Excelente video ya me suscribí 🎉
Muy bien informado saludos
Hola David , gracias por la información!! Dtb
Muchas gracias por la información
excelente , muy buen video
Excelente video, muchas gracias por compartir tal cual se aplica en la vida real, muy pocos comparten su conocimiento. Se ha ganado una nueva suscriptora.
x2
Gracias, me sirvió mucho ❤
Excelente video
Muchas gracias, me funciono mucho, gracias por compartir tu conocimiento y ya me suscribí, dios bendiga
Saludos.
Muchas gracias broooo!!!!
MIL GRACIAS YA TIENES UNA NUEVA SUSCRIPTORA
GRACIAS POR TU TABLA """EXELENTE EXPLICACION"""
exito bro, gracias por la info
Muchas gracias por tu apoyo gracias
Che gente enserio, todo lo quieren ya solo para poner cantidades, inviertan tiempo investigando tambien en un curso basico de excel o pongan atencion en el video y veran las formulas caray.... Por otra parte gracias por tu aportacion JFZ
Excelente muchas gracias
muy bueno el video
grcias !!!! mil graias
Muchas gracias
Buen video y muy buena explicacion! gracias por compartir el archivo excel
Hola me puedes compartir el archivo
Bro, con la ultima actualización a la LFT se eliminó el requisito de 15 años para recibir la prima de antigüedad
Buen video, pero hace falta aclarar algunas cosas, a saber:
1.- Los 20 días de salario por año trabajado son una indemnización especial que se da en términos del art. 49 y 50 de la LFT y sólo se da cuando el trabajador solicita la reinstalación y esta le es negada por encuadrar en una de las hipótesis previstas para tal negativa. Si no solicitas la reinstalación, únicamente tendrás la indemnización constitucional de 3 meses de salario.
2.- La Prima de Antigüedad SÍ se les paga a trabajadores que tengan menos de 15 años laborados (en algunos supuestos), pues el artículo 162 de la LFT, en su fracción III, establece que: ''III. La prima de antigüedad se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido;''
De la cita anterior, podrás advertir, que la prima se paga también a aquellas personas despedidas justificada o injustificadamente, así como a los que se separen con responsabilidad para el patrón.
3.- Los días de vacaciones se pagan de manera proporcional a los días trabajados en el año, si trabajaste 1 año 2 meses, no se te pagarán los 12 días de vacaciones, sino su proporcional.
Tengo una duda. Mi aniversario de 5 años en la empresa es el 26 de junio y quiero renunciar el 26 tmb. Me tocara que me paguen mis 18 días de vacaciones? En mi finiquito? 😅
Si
Creo que se debio considerar la fecha de INgreso y la fecha de Baja estaba corroborando tus datos con mis calculos y me faltaron esas fehcas la explicacion excelente
Buenerrimo
Muy buen video muchas gracias por la info y por el archivo.
Una duda con respecto a los impuestos se puede calcular con respecto al salario libre o el que aparece sin ese descuento.
Solo tengo una duda, para el cálculo de los 90 días de liquidación y los 20 días no se debe ocupar el salario diario integrado?
Resolviste la duda tengo la misma??
Los 20 días por año solo aplica si el trabajador demanda a la empresa y gana el juicio, sino no aplica.
excelente te llevaste de calle con todo respeto otros que parecían mas lobos siendo un jovencito..¡
Tengo algunas dudas, ¿Por qué no se contemplo el proporcional del aguinaldo al realizar la suma total?
en la primer hoja (calculo) en la columna de liquidación realizas la suma y además sumas el total de finiquito ¿es duplicar los datos?
Esta muy padre el video me sirvió mucho, pero me gustaría que me compartieran el formato por favor!!!
esta en la descripci, lo dice al inicio del video jajajja
Disculpa David para empleada domestica tendrás algún caso de finiquito??
La indemnizacion aplica si llevas solo unos meses trabajando en la empresa?
Buenas tardes Lic una pregunta si me despiden injustificadamente y me faltan tres meses para dos años cuánto me corresponde grasias bien día
SALUDOS! Si cada año se le dieron los días de vacaciones, aun así se incluyen en finiquito?
Buenas noches, me llamo Sergio Viveros , estoy por pensionar me, es igual el finiquito calculado , un finiquito normal por renunciar que renunciar por pensirnarse?
Buenas tardes amigo.
No puedo bajar el excel
Tienes otra manera de que me lo puedas enviar?
Te felicito por tu explicacion
Solo es mencionar que la liquidación es en sueldo diario integrado no?
Excelente información, donde esta el exel
Disculpa tengo una duda el finiquito se saca con el salario mínimo o el que esta en la nómina muchas gracias
Miiilllll gracias x esta genial infooo
Hola, muy completo tu video, pero soy un poco lento, me quedo duda de como se pagan las vacaciones en una liquidacion, ya que me adeudan 50 dias, mi salario diario es de 300 pesoso
tiene errores la formula, no coincide la sumatoria,. en el archivo descargado dan diferentes calculos cada hoja. al igual que en el ejercicio de dividir los dias trabajados entre 365 difiere el resultado en casilla de vacaciones al de aguinaldo
Hey compa la indemnización se paga con SDI no con salario diario. buen video
Los bonos se cuentan para el finiquito ????
Hola buenas tardes. M podrías ayudar con mi calculo de liquidación. Entre el 16-10-2006
Último dia 28-04-2023
Salario inegrado 288.74
15 dias aguinaldo
26 dias vacaciones
Gracias
Hay un apartado del cual no entendí muy bien.
Con lo del aguinaldo, ¿se pagará proporcional al tiempo trabajado (por ejemplo, 1 año 5 meses) o proporcional al tiempo que se transcurre dentro del año que se transcurre la renuncia o despido (siguiendo el caso, 5 meses)?
Y con lo de las vacaciones, ¿se tomará en cuenta lo proporcional al tiempo trabajado (siguiendo, lo de un 1 año 5 meses) o los días de vacaciones correspondientes a los años laborados completamente (en este caso, 12 días porque no se completaron los 2 años)?
Agradecería su ayuda, muchas gracias 😁
NO SE CALCULA POR EL 1AÑO 5 MESES SOLO SE CALCULA POR LOS 5 MESES POR QUE SE SUPONE QUE EL AÑO TRANSCURRIDO YA SE PAGO EL AGUINALDO COMPLETO
Pregunta, sobre los días de vacaciones de adeudo ( que no se han tomado ) esos se pagan en parte proporcional o en día completo conforme al salario.
ejemplo: me restan 14 días y mi salario es de 200 pesos (14x200=2800 )
asi es
Completo
Por que en la formula no agarra el aguinaldo dentro de la suma total? saludos
Una pregunta tengo 9 años ya lo cumplí y me pagaron mi prima vacacional y quiero renunciar cuanto me darán de finiquito?
HOLA TENGO DUDAS POR YO TRABAJE 2 AÑOS 9 MESES, PERO EN LA TABLA SOLO CONSIDERA LOS AÑOS COMPLETOS ESO COMO LO METO
Es información incorrecta, nunca hablo de SDI, está mal .
Las indemnización por despido se calcula sobre el salario diario integrado.
Hola a todos, cuando el despido es por embarazo, la liquidación se calcula igual ?
Disculpa alguien que trabajo para la secretaria de educación pública por contrato definido también tiene derecho a liquidación? Espero y agradezco me pudieras responder.
Hola me puede ayudar con mi finiquito me despidieron no he firmado
A dónde acudir si no me quieren dar lo que me corresponde?
En ciudad de México.
No entiendo esto de los 12 dias y 20 dias de prima? Porque hay dos tipos de prima de antigüedad?
Una observación ustedes dicen el cálculo para el finiquito o liquidación nunca lo respetan las empresas siempre ganan los sindicatos no ayudan al contrario nos unden más las empresas te dan liquidación el 50 por ciento de lo que nos corresponde yo trabajé 11 años y solo me dieron 5000 pesos y por tantos fui a concilacion y arbitraje me dió el citatorio y no se presentaron 2 semanas después me sale concilacion que la empresa se declaró en quiebra y los demás empleos no me dieron ni un centavo
tu acalculadora esta mal esta sumando 2 veces el finiquito
Hola me pueden compartir este formato
Para sacar los 90 días de salario y 20, se usa el salario diario integrado.
La descarga está en japonés 🫠
muy buena información, pero no sé puede descargar. saludos
Avir si me puedes ayudar a calcular me finiquito me acaban de echar de me trabajo por favor😫🙏🙏💓?????
Hola quise manipular el Excel q compartes pero no pude… me lo podrías mandar por favor… buena noche
Una duda en la liquidación los 20 días lo máximo que se pagan son 2 salarios mínimos?
Hola, Hermilo. La liquidación de 20 días no se topa con dos salarios mínimos. Lo que se topa en 2 salarios mínimos es la prima de antigüedad. ¡Saludos!
Yo voy a cumplir 3 años y solo dedan 3 de vacaciones dice que no me puede dar más porque no es una empresa y porque tampoco meda seguro
urge
A mí no me sirvió, ya que no explica el procedimiento del cálculo, solo pones valores y se cambian en automático, pero no entiendo como lo hizo.
Siempre balbuceando a favor de las empresas
Faltan algunas cosas que la empresa debe considerar, bonos y otras prestaciones complementarias o extras de Ley las debe pagar proporcional, dependiendo de las políticas de la empresa, sólo ponen las prestaciones de Ley...
y si tengo menos de un año? :/
JA JA JA y el ISR?
Creo ke debería de haber una ley .......para ke nos likiden al cien....ya sea por despido o por renuncia voluntaria....
No, porque no faltaria él que este cambiando de empleo cada tres meses, para que le paguen todo completo... Por eso el aguinaldo y la prima vacacional son proporcionales, no te pueden pagar todo si solo trabajaste unos meses del año...
NO MAMES GANA MAS QUE YO
Te van a demandar por pagar un salario menor al SM