SIMULACRO DE AUDIENCIA DE CESACION A LA DETENCION PREVENTIVA

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  • čas přidán 10. 09. 2024

Komentáře • 16

  • @chichuriru2882
    @chichuriru2882 Před 3 měsíci +2

    Excelente material, muy puntual y el contenido sustanciado para materia de estudio, felicidades doctor

  • @marioronaldoalarcomquispe354

    Exelente, conferencia conceptos importantes para el proceso penal que ayuda mucho Alós colegas ..👍👏

  • @sandyquezada1061
    @sandyquezada1061 Před 2 lety +1

    Excelente contenido, por favor continúen con su trabajo . Muchas gracias

    • @abogadobolivia3857
      @abogadobolivia3857  Před 2 lety

      Muchas Gracias. Hoy tenemos estreno. Suscríbete para más contenido.

  • @Omi_bru
    @Omi_bru Před 2 lety

    Exelente, muchas felicidades, gracias por el gran aporte

    • @abogadobolivia3857
      @abogadobolivia3857  Před 2 lety

      Gracias por comentar, suscríbete activa la campanita para contenido.

  • @felixbasiliocabrera7134

    Muy bueno la exposición.

  • @richardroca881
    @richardroca881 Před 4 měsíci

    Bien perfecto solo quisieramos que los jueces sean asi como la suscrita juez en la vida real

  • @LAURAILONKAFRANCOCRESPO-ld3pp

    me encanto la juez muy serena

  • @rubenmolina983
    @rubenmolina983 Před 2 lety

    muy buen taller , gracias

  • @jainavaliente3430
    @jainavaliente3430 Před 2 lety

    Se supone que si apelan se tiene que resolver la apelacion primero...

    • @abogadobolivia3857
      @abogadobolivia3857  Před 2 lety

      Se hace reserva de apelación para que conste en Acta y una vez acabada la audiencia y elaborada el acta se habla con el/la Secretario/a para que remita a Sala.

  • @jainavaliente3430
    @jainavaliente3430 Před 2 lety

    Y para que apelan .....que fotocopien....

    • @abogadobolivia3857
      @abogadobolivia3857  Před 2 lety

      Recuerde que el derecho de recurrir se realiza cuando usted considera que una resolución ha vulnerado derechos y garantías constitucionales o la autoridad judicial ha aplicado erróneamente la ley, por lo tanto, la autoridad que revisa la resolución no puede ser la misma que ha realizado el agravio. En este caso, son los Tribunales de Alzada, Juez A Quem o Salas Penales.