𝗥𝗲𝘃𝗶𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗼𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼 🤯 (te lo explico mejor que la universidad)
Vložit
- čas přidán 27. 07. 2024
- En este vídeo te enseño de manera resumida pero concreta lo esencial sobre la revisión de oficio regulado en el Código Orgánico Administrativo.
Conoce acerca sobre que actos procede, su procedimiento, sus límites y algunos ejemplos.
Te dejo el número de las sentencias sobre los dos fallos contradictorios
𝗖𝗼𝗿𝘁𝗲 𝗖𝗼𝗻𝘀𝘁𝗶𝘁𝘂𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹: Sentencia N° 30-18-SEP-CC de 24 de enero de 2018.
𝗖𝗼𝗿𝘁𝗲 𝗡𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗝𝘂𝘀𝘁𝗶𝗰𝗶𝗮: Sala Especializada de lo Contencioso Administrativo de la Corte Nacional de Justicia, Resolución 780-2021 de 29 de septiembre de 2021 dictada dentro del Juicio N° 17741-2017-0165
𝗧𝗲 𝗲𝘀𝗽𝗲𝗿𝗼 𝗲𝗹 𝗱𝗼𝗺𝗶𝗻𝗴𝗼 𝟮𝟭 𝗱𝗲 𝗮𝗴𝗼𝘀𝘁𝗼 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗹𝗶𝘃𝗲 𝗽𝗼𝗿 𝗲𝘀𝘁𝗲 𝗺𝗶𝘀𝗺𝗼 𝗰𝗮𝗻𝗮𝗹 😎!
Time del Vídeo
0:00 INICIO
2:10 Actos contra los que procede la revisión de oficio
6:40 Procedimiento
15:15 Límites a la revisión de oficio
16:40 Ejemplos
Recuerda usar mi aplicación para que puedas contar de manera mas sencilla y rápida los términos y plazos aquí te dejo el link
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Gracias por ver, compartir y comentar mi vídeo. - Zábava
Excelente explicación.....Dr...
Gracias por coysus conocimientos.....
muy acertado es su información genial D. ADM. ASI DEBE DE SER Dc.
Excelente Dr.
excdelente maestro buena explicacion
Excelente
Muy buen video abo. Felicitaciones, sus pensamientos se están posicionando en lo más alto del derecho administrativo nacional.
Pd: Su investigación respecto de la suspensión del término de Caducidad de la acción subjetiva me sirvió de base para escribir un artículo en el que se realiza un examen de proporcionalidad respecto del derecho de acción y el derecho del Estado a que sus actuaciones cobré solidez. Muy agradecido 🙏
Gracias esa es la idea ir generando debate y discusiones académicas que bueno que estos comentarios nos hagan reflexionar
Gracias por ser tan didáctico
Gracias a ti por verlo y permitirme enseñar
Excelente!
Gracias por verlo y dejar un comentario 🫡
Genial Andrés mis estudiantes siempre te siguen la disposición transitoria undécima otorga el beneficio a los funcionarios en un intervalo de tiempo, si la corte constituciónal la descalifica se contradice el garantísmo de los derechos de los funcionarios del Art 229 C.R.E
Si pero veamos cuál es el análisis este domingo gracias Danny por recomendarme con tus estudiantes
Muchas gracias,muy ilustrativo
Mi opinión es que también el artículo de la revisión de oficio está mal redactado. Dice: "el acto administrativo NULO puede ser anulado" debería decir: "el acto administrativo puede ser declarado nulo". La apreciación es que los actos son válidos mientras no se declare la nulidad, si ya se habla de un acto nulo yo entiendo que el acto ya fue declarado nulo.
Excelente doc por sus aportes....
Podría hacer una clase de la vía administrativa
Claro que sí, voy a subir la próxima semana algo sobre impugnación en esta vía
Muchas gracias estimado Andrés, una pregunta, cual sería entonces la diferencia entre la acción de lesividad y la revocatoria de oficio de los actos favorables
Se podría pedir una revisión de oficio en el caso que el ANT levanta un gravamen sin orden de acreedor y este bien es enajenado y el gravamen sigue vigente en el registro mercantil.
Ampliando el ANT responde que le hackearon.
Excelente clase. Una consulta... La revisión de oficio al final del día la resuelve la máxima autoridad administrativa, es decir el Ministro? Ej: resolución de Intendencia, la revisión de oficio la revisa el Ministerio de gobierno? Saludos
En contratación pública (catálogo electrónico) la entidad sanciona con la exclusión del catálogo, se puede proponer este recurso ?se debe aplicar la ley y reglamento de contratación pública o el
COA?
No porque este no es un recurso y aplica solo para actos favorables
@@Legalite pero se debe aplicar algún otro recurso del COA , o de la ley de contratación ?
Revisión de oficio contra actos administrativos favorables con vicios de nulidad radical el resultado es la declaratoria de nulidad y por lo tanto extinción del acto. Lesividad contra actos administrativos favorables con vicios convalidables o favorables legítimos por razones de oportunidad, el resultado es la revocatoria de acto y por lo tanto también la extinción . Actos desfavorables así sean nulos, convalidables o legítimos se debe aplicar la revocatoria del acto desfavorable. Es así? Confirme estimado Dr.