Gracias por mantenernos al tanto mi Conta!!
Saludos.
Excelente Aporte, gracias por la Información
Gracias contador, está excelente y claramente explicado para nosotros los simples mortales, muchas gracias.
¡Gracias por la información!
Excelente, muchísimas gracias por compartir
Gracias,si un empleado gana 9,000 entonces,tiene subsidio y por lo tanto su retencion,es menor y esa cantidad se la descuento a su pago mensual.Gracias.Mil gracias por tenernos actualizados.
Gracias por la información contador, fue muy calro , espero el en vivo, salufos.
Gracias
Gracias por la información
Gracias por la info
Gracias por la actualización
Excelente, excelente información
Muy buena la información, ¡Gracias!
Excelente explicación,
Contador al empleado 3 por qué se le calcula retención y se le aplica el subsidio? Es de salario mínimo y a estos trabajadores no se les hace retención alguna, por lo tanto no les aplica el subsidio tampoco. Es correcto??
El salario mínimo está en 248.93 a partir de 248.94 ya aplica la retención. Es correcto lo que menciona
Saludos May
Pero a lo de salario mínimo no hay retención de ISR menos subsidio
Que de la no retención de isr a quienes solo obtienen el salario mínimo?
@JUAN son los mejores
en el cfdi, el salario va en la parte de ingreso gravado? entonces para que quede registro, debo poner todo el isr en deducciones y en subsidio solo el que corresponda?
Para timbrar la nómina directamente en el SAT como funciona? Tengo que agregar los conceptos de iSR y subsidio al empleo?
hola , que efectos tiene contabilizar primero los cargos y después los abonos?
Contador, buena tarde. Disculpe la pregunta, no es de este tema, no encontre otro apartado. Quiero elaborar una factura de persona fisica, regimen incorporacion fiscal (arrendamiento ) a una persona moral. El problema cuando selecciono retencion de ISR al querer guardar, no me acepta, me indica que debo registrarlo. Ingrese a configuracion basica, avanzada no encontre algun apartado para registrar la retencion. ¿puede decirme si estoy equivocado lo que trato de hacer, como puedo registrar dicha retencion? Gracias de antemano.
Excelente explicación, los noministas estarán a marchas forzadas wow, esto no nca acaba 😢... Gracias por la claridad al explicar
donde menciona el tope de 9,081 "sobre los ingresos mensuales que sirvan de base para calcular el impuesto", entonces el tope es sobre *ingresos totales* o solo sobre la base gravable
En mi nomina no salio nada solo el isr de $179 ,es semanal
el escrito solo se solicita por parte del patron a los empleados que le apica el sube?
Excelente, tengo una duda, en el caso de los salario minimos resulta un ISR a cargo, se les deberá retener ?
Y que pasa en los CFDI’s detallaremos por concepto el ISR a cargo y el Subsidio aparte o ya se refleja él NETO?
En mis nominas me descuentan entre 250 y 282 de Isr al mes son 500 de isr entonses si me tocaria ese subsidio
Si tiene algunas otras percepciones como horas extras, compensaciones estas se toman en cuenta para el paga del subsidio?
Una duda
El art 96, donde dice que el SM mensual no se le cobra impuesto queda obsoleto?
Hola, gracias por el dato, esto indica que los ajustes mensuales al subsidio ya no se aplicarán?
hola conta, bonita tarde al momento del llenado de nomina en el portal del sat, se colocara solo el isr ya con subsidio disminuido ?
Quiero entender que el cálculo se realizará de manera mensual, sin embargo en el caso de los trabajadores semanales que por ejemplo se les retiene un ISR de 147.00 se les va a retener a partir de la tercera semana para que pueda cuadrar o se les aplicado en la última semana sobre los 147 que se les retiene actualmente
Pero los 9081 pesos es de todas las percepciones? O solo de lo que si grava ISR? O exclusivo del sueldo? Eso me tiene pensando
Que onda Lic. @Contador Contado oye que pasa si mi empleador en este mes de mayo no me aplicaron el subsidio?? Y que puedo hacer para que se me aplique
hOLA hASTA Q SUELDO MENSUAL SE TIENE DERECHO A SUBSIDIO?.... 9,000?? DE ANTEMANO GRACIAS
Muy interesante tu explicación, sin embargo, en el caso del salario mínimo para el presente año (2024) existen dos salarios diferentes, quiero entender que al del Resto del País se le aplicará el subsidio, pero en el caso del salario mínimo de a zona Libre de la Frontera Norte, no se le aplicara subsidio alguno. Muchas gracias.
ok entonces si mi nomina sale quincenal seria 192.49 ese subsidio aparecería en la nomina quincenal verdad?
Hola , tengo un cliente que trabaja en el gobierno y en Sanborns, sufre mucho porque este país le dió $10,000. Apagar con $32,mil de deducciones , en este caso, le afecta esto nuevo del subsidio?
una pregunta y para las nominas semanales ?
Una duda, con esta nueva disposición desaparece el ajuste al subsidio ?
Solo un detalle no es la cantidad que mencionas de 9,000.82 centavos (min. 15:47) , son 9,081.00 pesos cerrados
Si a mí me descuentan 170 de isr cada semana y ganó menos de 9081 pesos mensuales en cuanto me tiene que quedar ?
Entonces en el ajuste mensual, si el ISR mensual resulta menor que la suma de las retenciones efectuadas en el mes, no habría retención en la última semana??
Muchas gracias Contador excelente video
que pasa cuando pagas prima vacacional o vacaciones en la mitad del periodo?, concepto que solicita el trabajador en forma inesperada
BUENAS TARDES CONTADOR, ALGUN NUMERO DE CONTACTO PARA SOLICITAR UNA ASESORIA, LE AGRADEZCO DE ANTEMANO
La pregunta es el Salario Mínimo General según la Constitución no debe ser objeto de descuento o retención alguna. Es correcto?
Buenas tardes en mi empleo no nos han dado el subsidio
Que pasa si solo gano, 2300 semanales, es decir si no estoy trabajando la semana completa.
Esto afecta los. Descuentos de infonavit
HOLA ¿esto como le afecta a las personas que estan en REsico?
Gracias contador ¿ Podría darnos un ejemplo para las nominas semanales en un video corto? y por lo que veo los trabajadores de salario mínimo tendrán ISR a pagar aún con este nuevo SPE ¿ Es así? o se seguirá aplicando que a trabajadores de salario mínimo no se hará retención.
ISR de las percepciones ordinarias:
1,740.00 Percepción ordinaria a la fecha
/ 7.00 X 30.40 = 7,556.53 Percepción ordinaria mensual estimada
= 7,556.53 Percepción total mensual estimada
Tarifa del ISR:
371.83 + 133.22 Cuota fija + impuesto marginal
= 505.05 ISR mensual
/ 30.40 X 7.00 = 116.27 ISR ordinario a la fecha
Tabla del SUBEM:
390.12 SUBEM mensual
/ 30.40 X 7.00 = 89.81 SUBEM del mes a la fecha
ISR a retener:
116.29 ISR ordinario a la fecha
- 89.83 - SUBEM a la fecha
= 0.00 No se retiene ISR a empleados del salario mínimo.
- 0.00 - Retenido en nóminas anteriores en el mes
= 0.00 ISR a retener
--------------
Está mal no retenerle ISR a los que ganan el salario mínimo. Lo correcto es hacer la retención, debes estar interpretando mal el artículo 96 de la LISR
Y que pasa cuando se paga semanal, y en los meses que son 4 semanas si aplica el subsidio y cuando son 5 semanas ya rebasa la cantidad para aplicar el subsidio?
Te recomiendo que veas el video del profe Mario Beltran, en una parte explica tu duda
Gracias por la información, lastima que yo no voy a disfrutar del beneficio, saludos contador
Excelente aportación Conta, sería bueno un ejemplo de una nómina semanal o quincenal ¿este factor de subsidio 390.12 sería hasta agotarlo, en caso de nóminas quincenales o semanales?
No, esos 390.12 mensuales se dividen entre 30.4 y el resultado lo multiplicas por los días de trabajo de tu nóminas, es decir, si tu nomina es semanal por 7, si trabajas catorcenal por 14, lo que resulte seria el subsidio proporcional aplicable de acuerdo a tu nomina. Reitero, es por los días de tu nomina, no por lo días que trabajo el empleado
Que tratamiento le das a los que no se les retiene isr por ganar salario minimo según el art. 96 el subsidio suma al total?? Por qué aquí vemos que si retienes isr al minimo
Que tal yo tengo una duda, que pasa con las horas extras y los días festivos que aumentan nuestro ingreso arriba de los 9081 pesos perdemos en automático el subsidio???
Buenos dias
APLICAR UN EJEMPLO DEL SUBSIDIO
NO LES DES TANTAS VUELTAS.
TIENES UN GRAN AUDITORIO DE CONTADORES
EN EL PAIS.
Y que pasa con el ISR de los accionistas qué están por asimilados
que pasa con los empledos que ganan salario mínimo, que no se descuenta isr, a ellos tambien hay que agregar el subsidio?
En teoría no debe aplicarse porque no debe de ser considerado como ingreso. Y lo que explica en el minuto 8:10 complementa, si el ISR es menor al subsidio este no podra sumarse o entregarsele al trabajador
Y cuando van adar ese subsidio al trabajador ??
si se paga el salario minimo, tienes el criterio de no retener isr, ya que veo que en el ejemplo si se retienen 116.00 saludos
yo tambien tengo esa duda, me confunde le aplico la retencion de isr o no, ojala el conta nos explique
No tenía idea de este cambio y mañana tengo una nómina.....
Si, el pago de nómina semanal y ya hay que aplicarlo y los sistemas de nómina no tienen este parámetro establecido
@@jairomotasantos1905 en la primer nómina de mayo, solamente si no vas desfasado
entiendo que si pagas de forma mensual entraria para la quincena del 01 al 15 de mayo
En caso de la nóminas semanales, se seguirá aplicando el ajuste a la 4ta o 5ta sem según corresponda?
O ya se manejará fijo por semana?
Les recomiendo al Contador Mario Beltran
Entonces el salario minimo no tiene derecho a subsidio porque no hay retencion de isr
Excelente explicacion!!!! que barbaro felicidades, saludos.
Entonces este subsidio solo sera mensual ?
Yo travajo en una compañia por temporada de diciembre a mediados de abril y gano de $7 a $8 quincenal
Entonces, por lo que entiendo no voy a recibir dinero por subsidio, pero mi salario se verá incrementado porque ya no se me descontará el ISR? O estoy entendiendo mal y en caso de que mi ISR sea mayor solo me retendrán lo que corresponde tomando en cuenta lo del subsidio
Saludos CDMEX wow e acudido a entrevistas de trabajo hace unas semanas y en la vacante publican el sueldo y ya en la entrevista dicen que por ganar 9,000.00 descuentas 900.00 de isr y me dicen tu sueldo quedaria a 8,000 ¿y los 100.00? que esos salen volando? y ya mejor me levanto le digo gracias me retiro de la entrevista buen dia
Que nos actualicen de ya los sistemas de nosotros nómina ...gracias por la información tan valiosa
😂😂😂😂 mejor actualiza la manera en que escribes.
Ni se entiende lo que estás diciendo.
Buenas tardes contador, un gusto saludarlo y agradecerle que comparta tan claramente sus conocimientos. Respecto a este nueva forma de calcular el subsidio, aplica también para las personas que ganan el salario mínimo?
aplica para todas las percepciones que sirvan d e base para calculara el ISR, el salario minimo ESTA GRAVADO
el subsidio no aplica para asimilados o si??
Sin embargo, para los salarios minimos aún con la aplicacion de este nuevo subsidio, se les sigue determinando un ISR a retener 😵💫😵💫
Los programadores no van a cambiar la configuración hasta que el sat publique las regla
En el supuesto dónde el ISR es menor que el subsidio y que la diferencia no se aplica a favor, ¿Cómo lo podriamos contabilizar los empleadores? Gracias
ya no hay subsidio a favor y ni se les va entregar al trabajador, el beneficio es en ISR hasta 390 pesos
Muy claro el video, aunque aun me intrga como va a queddar el ajuste al subsidio, o va a desaparecer?
Pues ya no estaría, porque tendria vigencia el nuevo subsidio y solo será aplicado a quienes sobre pasen el SM. Ya no existirá a como entiendo el Subisidio a favor. Está en el art. Segundo del decreto
Muy buena explicación. Que pasa con el ajuste mensual de subsidio aplicado, ¿se seguirá haciendo?
por lo que entendí, lo tienes que aplicar por los días que pagas, si tiene faltas aplicas lo proporcional en ese período que estas calculando (14,13,12 días los que fueran), por lo tanto no tendría que hacerse un ajuste.
por ahi del minuto 10:25 dice que es por los días trabajados pero no es por los días de trabajo, dice por los días a que corresponde el periodo de pago, si fuera por los días de trabajo la aplicación fuera diferente, porque si me pagan quincenal fera de 15, pero si de ese pago quincenal solo fui a trabajar 12 dias ¿por cuantos días se multiplica por 12 o por 15 segun su ejemplo? ya ven que ya cambia
Yo también me quede con esa duda, ojalá que alguien nos aclare. Saludos
Qué pasa cuando hay bonos variables en la última semana y que pudieran subir su ingreso mensual
Se ajusta el subsidio si en su última nómina sube sus percepciones el subsidio otorgado en las anteriores se regresa es decir si le diste los 390, ahora en su nómina le tienes que quitar -390 al final tienes que hacer el efecto cero.
Buenas tardes yo cobro por semana y isr me están descontando si supuestamente entro este primero de mayo y cobro el minimo
SON CRITERIOS VALIDOS DE LAS EMPRESAS, SEGURAMENTE EN EL AJUSTE ANUAL DE SALARIOS, Y NO TE SALDRIA NADA A PAGAR, ES MEJOR QUE TE DESCUENTEN EN LA QUINCENA, QUE EN UN SOLO PAGA EN EL MES DE DICIEMBRE, ES MI OPINION PERSONAL, NO ES VERDAD ABSOLUTA
Hay quienes opinan que NO EXISTIRA RETENCION por estar hasta el limite de los 9,081, creo que si falta interpretación de la autoridad SAT gracias.
Cómo será el procedimiento para la frontera ya que el SD es de 374.89
Si gana el mínimo se le calcula impuesto como está en el ejemplo y en donde queda que salario mínimo no se le. retiene nada ?
El primer párrafo del artículo 96 de la LISR no se modificó, por lo que supongo que estos trabajadores siguen sin retención. Puede apoyarme?, vi en las diapositivas que si hay cálculo, pero no estoy segura.
A lo que entiendo es que algunos empleadores dan algunos pagos extras. Y ya no se consideran salarios min. porque en el mes estan obteniendo un ingreso mensual mayor al considerado. Para esos se aplicará en subsidio de los 390.
En el ejercicio que nos muestra hay un ejemplo entre los trabajadores 3ero (que por ser SM no tendria que tener ret) y el 4to ya sobre pasa un poco el SM y ya aplica para el subsidio
@@AlexisBaszler es lo que veo tambien, en su calculo para un Salario Minimo le esta dando ISR a cargo de 116.12 a retener, pero en el articulo 96 LISR dice que no hay que retenerles ISR a los que ganan SM, entonces si tengo esa confusión tambien, con esta modificación los que no se les retenia isr ahora ya vamos a retenerles
@@user-bp4df7ev7y No, si es salario min. no se les debe retener. Solo que algunos salarios min durante el mes estarían recibiendo ingreso extra por lo que segun el art 96 ya su ingreso no se considera SM.
DUDA POR FAVOR !!! 🙏🏽
Tengo dados de alta a empleados con el Salario MÍNIMO , el pago que hago a IMSS ya me incrementó por lo del incremento a salario mínimo tengo entendido hasta ahí ,
Me informa mi conta que tengo que cobrarles a mis empleados ahora los casi $200 al mes , ? pero si están con el salario mínimo aplica esto ? O sea ya es inevitable entonces ?
Y este pago de ISR me llegará en un recibo a parte de lo del IMSS ? Es lo que no entiendo 😩😩😩
lo malo con esto es que habría que configurar nuevamente los sistemas contables para el calculo de nóminas y esto no va a ser ni sencillo ni gratuito
Tampoco aplica para los finiquitos (partes proporcionales)?
solo exceptua por indemnizacion y pagos por separacion, podriams decir que puede ser aplicable para los conceptos de prima vacacional y aguinaldo
En el ejercicio empleado 3 tiene salario mínimo, no tendria porque tener ret de isr o si?
Que pasa con la zona fronteriza? , todos sobrepasan el minimo de $9,081.00 de ingreso mensual
El empleado 3 está ganando el salario mínimo, por lo tanto la retención automáticamente sería 0
Buen día, tengo una duda, si se trata de un trabajador con salario minimo, sigue igual tratamiento? no genera ISR ??
genera ISR a cargo, pero no se retiene a partir de 1 de mayo x el efecto del aplicar el decreto y antes del 1o de mayo 24 , por el art. 96 1er. parrafo de la ley de ISR
Si adicional a su salario diario, recibe ingresos por prevision social o bonos dentro del mes... Y exceden los 9082 ya no se le aplica subsidio tampoco??
Muchas gracias! Siempre un paso adelante!