Gracias, excelente video. En el caso de derechos indigenas en sucesion de derechos agrarios, la lista bastara que quede constancia en lista en asamblea u en su defecto ante las autoridades tradicionales, o por ley ante el RAN. Biendo y partiendo del principio de autonomia y libre organización de acuerdo a sus usos y costumbres lo cual lo cita la CPEUM.. SERIA GENIAL UN VIDEO HABLANDO DE LOS PUEBLOS Y PERSONAS INDIGENAS COMO SUJETOS DE DERECHO PUBLICO. EXCELNTE CANAL JURIDICO..
Mi esposo se divorcio en noviembre 2020 y tuvo 3 hijos de 51, 45 y 40 años ,se junto conmigo en 2017 y caso conmigo 2021 conmigo de 49 años no tuve hijos , el hizo su lista en agrar en susces pero su hijo tomo el documento cuando queria agregarme como actual y legitima esposa, puedo ir al agrario a apuntarme y que me tomen en cuenta?
HOLA Amigos de Juridicamente. tengo una pregunta, cual seria el procedimiento a seguir cuando hay para una sola propiedad una lista de 5 sucesores depositada Esta en el RAN y definitivamente como en todas las herencias no hay acuerdo entre los enlistados y a estos no les llena el ojo una subasta como la mejor opción? existe alguna otra opción?
Hola hay que tener en cuenta que la Ley de la materia es muy precisa para el tema de sucesión. Cuando refieres que ya hay un sobre en depósito y hay 5 personas en la lista, se respeta el orden de preferencia es decir el número uno es el beneficiario directo, a falta de este o negativa se va al dos y así sucesivamente Por lo que hace a un proceso de subasta este emerge ante la ausencia de una lista de sucesion y generalmente cuando la causahbiencia son los hijos o en dependiente económico. Por qué la Ley es muy clara solo una persona es la que se beneficia de los derechos.
Gracias, excelente video.
En el caso de derechos indigenas en sucesion de derechos agrarios, la lista bastara que quede constancia en lista en asamblea u en su defecto ante las autoridades tradicionales, o por ley ante el RAN.
Biendo y partiendo del principio de autonomia y libre organización de acuerdo a sus usos y costumbres lo cual lo cita la CPEUM..
SERIA GENIAL UN VIDEO HABLANDO DE LOS PUEBLOS Y PERSONAS INDIGENAS COMO SUJETOS DE DERECHO PUBLICO.
EXCELNTE CANAL JURIDICO..
Mi esposo se divorcio en noviembre 2020 y tuvo 3 hijos de 51, 45 y 40 años ,se junto conmigo en 2017 y caso conmigo 2021 conmigo de 49 años no tuve hijos , el hizo su lista en agrar en susces pero su hijo tomo el documento cuando queria agregarme como actual y legitima esposa, puedo ir al agrario a apuntarme y que me tomen en cuenta?
Saludos cordiales JURÍDICAMENTE
Saludos!
Muy bien video, pero, si la persona que está en la lista de sucesión se desconoce su paradero, que pasa??
Gracias.
Gracias por comentar
HOLA Amigos de Juridicamente.
tengo una pregunta, cual seria el procedimiento a seguir cuando hay para una sola propiedad una lista de 5 sucesores depositada Esta en el RAN y definitivamente como en todas las herencias no hay acuerdo entre los enlistados y a estos no les llena el ojo una subasta como la mejor opción? existe alguna otra opción?
Hola hay que tener en cuenta que la Ley de la materia es muy precisa para el tema de sucesión.
Cuando refieres que ya hay un sobre en depósito y hay 5 personas en la lista, se respeta el orden de preferencia es decir el número uno es el beneficiario directo, a falta de este o negativa se va al dos y así sucesivamente
Por lo que hace a un proceso de subasta este emerge ante la ausencia de una lista de sucesion y generalmente cuando la causahbiencia son los hijos o en dependiente económico.
Por qué la Ley es muy clara solo una persona es la que se beneficia de los derechos.
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