CORTE DECLARA INCONSTITUCIONAL EXIGENCIA DE 1300 SEMANAS DE COTIZACIÓN PARA LA PENSIÓN DE MUJERES
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- čas přidán 6. 06. 2023
- La Sentencia C-197 de 2023 de la CORTE CONSTITUCIONAL, estableció:
Se declaró la inexequibilidad del inciso 2° del numeral 2° del artículo 9° de la Ley 797 de 2003, que modificó el inciso 2° del numeral 2° del artículo 33 de la Ley 100 de 1993 y el apartado final del inciso 5° del artículo 10 de la Ley 797 de 2003, que modificó el artículo 34 de la Ley 100 de 1993, en relación con sus efectos para las mujeres. Es decir, se declaró inconstitucional la exigencia de 1300 semanas de cotización para que las mujeres obtengan la pensión de vejez.
Le corresponde al Congreso, en coordinación con el Gobierno Nacional, definir un régimen que garantice en condiciones de equidad el acceso efectivo al derecho a la pensión de vejez para las mujeres, especialmente de aquellas cabeza de familia, y que contribuya a cerrar la histórica brecha por el género.
Ahora bien, y en atención a la necesidad de atender el principio de sostenibilidad financiera del sistema pensional, se estableció que los efectos de la decisión se aplicarán a partir del 1 de enero de 2026, por cuanto si para esa fecha no se ha adoptado dicho régimen, se dispuso por la Corte que el número de semanas mínimas de cotización que se exija a las mujeres para obtener la pensión de vejez en el régimen de prima media se disminuirá en 50 semanas por el año 2026 y, a partir del 1° de enero de 2027, se disminuirá en 25 semanas cada año hasta llegar a 1000 semanas.
Deberian ajilizar saquen la norma y pencionen alos que ya estamos en espera porque ya no hay como cotizar gracias
Mucho tiempo de espera estamos esperando pencionarce en colmbia es un carma mucha espera para los que ya tenemos 1.150 semanas y 66años y todabia cotizando luchsndo
Doctor mil gracias
Atento!
Diga q declare 2000 para q le sigan cotisando metiéndole más dinero a Colpemciones y sigan enbolcillando
Dr muchas gracias
Como se actualiza el valor IBC para calcular el valor de penson con el IBL con respecto al IPC?
El IBC se actualiza teniendo en cuenta el Incremento del salario mínimo o el Índice de Precios al consumidor teniendo en cuenta el más favorable
Dr un video de los viáticos de los empleados públicos.. X favor🙏
Buen tema lo tendré en cuenta muchas gracias
Cómo se pueden contactar
www.baronallanos.org
Dr. tengo una inquietud respecto a esta sentencia, ¿también aplicaría a las mujeres del magisterio? Lo pregunto porque es un régimen especial pero la ley 812 del 2003 hace remisión expresa al artículo de las semanas de pensión de la ley 100 y 797.
Aplica para todos en virtud del principio de favorabilidad
Para las mujeres que se pensionado en Colpensiones con más de 1.300 sanas pueden después pedir reliquidación de su pensión, por efectos de esta norma. O sea a partir de las mil semanas?
Se puede pedir reliquidacion pero una vez entre en vigencia el término del fallo
Dr. Yo tengo la edad y 1.100 semanas (colpensiones) no se me3 reconoce el derecho aún?
Hola Martha Liliana muchas gracias por escribirnos, inicialmente debes esperar que el Congreso profiera una ley, sino lo hace en ese caso la Corte dijo que la sentencia empieza a regir el 1 de enero de 2026
Martha mejor complete las doscientas semanas que le faltan , está norma no favorece , tiene que esperar diez años más para reducción de mil semanas es una bobada está norma 😮.
Somos muchos adultos mayores se 65 años y tenemos más de mil semanas que pasa hay gracias
Lo más conveniente es esperar el fallo completo y analizarla
Gracia don dios lo escuche❤
Está ley de las 1000 samanas para las mujeres sería retroactiva. Me pensiono este año y tengo 1700 samanas cotizadas.
Se puede pedir reliquidacion pero una vez entre en vigencia el fallo de la Corte Constitucional
Si me despiden 3 dias antes de cumplir los 54año y me faltan 3 añosde cumplir los 57 me puden despedir
En este caso podrías ser despedida porque no gozas de la estabilidad laboral como prepensionada.
Doctor para preguntarle: una señora se le.murió el marido pero ella ya hacía varios años se había separado pero no legalmente, sino por cuestión de violencia intrafamiliar. De la relación existen dos hijas mayores de edad, una de ellas está estudiando. La pregunta es si la cónyuge tiene derecho a pensión de sobreviviente aún cuando ella convivió cerca de 18 años pero no los últimos cinco años de vida del esposo fallecido. Gracias por su respuesta
Apreciado Germán como no acredita convivencia los últimos 5 años no tiene derecho a la pensión de sobrevivientes
Gracias doctor por su respuesta@@baronallanosabogadosconsul9313