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¿A que edad debes jubilare si cotizas para el ISSSTE? (Decimo Transitorio)

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  • čas přidán 3. 03. 2021
  • Conoce en este video las 3 modalidades de jubilación a través del esquema Décimo Transitorio.
    Si deseas más información de los requisitos para tramitar alguna de las pensiones bajo el esquema Décimo Transitorio, dejame un mensaje en la bandeja de comentarios, o bien, ingresa al siguiente enlace: www.gob.mx/con...

Komentáře • 1,1K

  • @Jesus_hg-og8gm
    @Jesus_hg-og8gm Před 10 měsíci +3

    Lo que IGNORAN muchos abogados es que con el decimo transitorio estan aplicando una retroactividad en perjuicio pues los que entraron a laborar antes del 2007 se regian por la ley de 1983 la cual establece que un trabajador se puede jubilar a los 30 años de servicio para los hombres y a los 28 años de servicio para las mujeres INDEPENDIENTEMENTE de la edad. Las leyes no se aplican retroactivas en perjuicio.

  • @JosePerez-ej5nd
    @JosePerez-ej5nd Před 3 lety +33

    Lic los créditos. De fovisste de vivienda son impagabled se pagan altos intereses y nada a capital

    • @normaangelicazepeda
      @normaangelicazepeda Před 3 lety +3

      Según yo es todo lo contrario, yo lo pague en 12 años. Estoy pensando en sacar el segundo crédito fovissste, aunque dicen que ahora sí son impagables x lo de los UMAS. Alguien que sepa algo al respecto?

    • @mariareynosa1849
      @mariareynosa1849 Před 3 lety +9

      @@normaangelicazepeda pues tuviste suerte pork yo saqué un crédito en el 2007 por la cantidad de 241. Mil pesos claro hay k estar consciente los intereses pero estos se mandaron de Fovissste ya llevo pagado más de 490 mil pesos y falta 120 mil pa liquidar la vivienda los intereses el triple están creciendo 😒😒

    • @lupitaa.castaneda9074
      @lupitaa.castaneda9074 Před 2 lety +1

      @@mariareynosa1849 Así es lo mismo le paso a una compañera de trabajo, no acaba de pagar su deuda de su casita en Fovissste y ya se va a jubilar. Lleva añisimos así y los interés subiendo.

    • @luckyhernandez6915
      @luckyhernandez6915 Před 2 lety +3

      Estoy en el mismo caso en el año 2012 obtuve un crédito fovissste por la cantidad de $444.000 llevo pagando 10 años y mi deuda ahora es de $596,000

    • @eitm4312
      @eitm4312 Před rokem +2

      Verifiquen las condiciones de los préstamos, anteriormente, si mal no recuerdo si se llegaba a los 30 años con deuda, ,(o cierta cantidad de años, no recuerdo) la deuda quedaba cancelada. Verifiquen las condiciones actuales.

  • @iluzyon1814
    @iluzyon1814 Před 3 lety +13

    Cómo siempre apoyando a todos los que visitan su canal, felicidades abogado por su labor y por compartir sus conocimientos
    👏👏👏👏👏👏👏👍👍👍👍

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +2

      Licenciada Iluzion 18, que enorme gusto volver a saber de usted! Muchas gracias por visitar mi canal de youtube y ver mi video. Aprovecho para comentarle que ahora mi correo electrónico es: consultasabogadovirtualmx@hotmail.com Tambien por aquel medio electrónico me pongo a sus ordenes. Como siempre, Bienvenida! :)

    • @iluzyon1814
      @iluzyon1814 Před 3 lety

      @@TuAbogadoVirtualMx muchisimas gracias abogado, un abrazo

  • @neburmoreno8236
    @neburmoreno8236 Před 3 lety +1

    Hola excelente video muy didáctico yo llevo 27 años de servicio y tengo 53 años y por lo que noto me jubilarse hasta los 59 años

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Buen dia Nebur, muchas gracias por su comentario, me da mucho gusto que este video le sea de utilidad. En efecto, usted podrá jubilarse hasta el año 2027 al alcanzar la edad mínima que es de 59 años.

  • @haNasilE
    @haNasilE Před 3 lety +28

    Buenas tardes. Podría hacer un video similar pero ahora para cuentas individuales??
    Se lo agradecería muchísimo.

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +10

      Claro que sí! Voy a investigar del tema para poder exponer un video de manera clara y facil de comprender. Muchas gracias por ver mi video. Le invito se suscriba a mi canal de youtube y active la campanita que le notifique de nuevos videos. Saludos Cordiales.

    • @erickalilianaarceozarza5389
      @erickalilianaarceozarza5389 Před 3 lety +5

      Buena tarde me gustaría saber cómo funciona la pensión si no se opto por el décimo transitorio si no por la otra forma y otra cosa hay posibilidad de regresar al sistema del décimo transitorio??? Gracias

    • @MarthaRodriguez-zc3mb
      @MarthaRodriguez-zc3mb Před 3 lety +3

      Buenas tardes. Un gusto poderme comunicar con usted. Quiero regresar al régimen de jubilación por el décimo transitorio...... qué puedo hacer?

    • @lg6179
      @lg6179 Před 3 lety +2

      @@MarthaRodriguez-zc3mb acude a defensoría pública del poder judicial de la federación a que te asesoren para un amparo

  • @amk8012
    @amk8012 Před 3 lety +45

    Que mal plan ya me urge jubilarme y no puedo por la edad... cómo se las ingenian para perjudicarnos con la ley😡😡

    • @silviamiramontes4731
      @silviamiramontes4731 Před 3 lety +16

      Totalmente de acuerdo.el caso es jodernos.estos politiquillos mas q pensar en una jubilación digna.pensaron en que te murireras antes.porque trabajar como docente en mi caso de preescolar casi 55-60 años.u sted cree q voy a tener la.misma energía.? Claro que no.los niños necesitaran un docente que pueda estar al 100% ya q los niños son dinamismo.energia.etc...Que feo pusieron esto.d jubilaciones

    • @aliciapaismaravillas237
      @aliciapaismaravillas237 Před 3 lety +5

      Siempre! Esos fueron los prian

    • @aliciapaismaravillas237
      @aliciapaismaravillas237 Před 3 lety +8

      Siempre! Esos fueron los prian

    • @angelcastaneda5266
      @angelcastaneda5266 Před 3 lety

      Soy profe angel tengo 33 año de servicio edad 55 edad soy decimo transitorios

    • @arandaaltamiranobeatriz1807
      @arandaaltamiranobeatriz1807 Před 3 lety

      Las reformas del prianrd

  • @josejesuschavarriamendoza4987

    Tengo 65 años y 13 años de servicio tengobdetecho a cesantia por vejez. Los ultimos 10 añosnfueron frsde el 2012 y los anyeriores fueton en 1988 a 1983. Gracias por tus videos

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia José Jesús, es correcto, a usted le corresponde jubilarse bajo el régimen de Pensión por Cesantía en Edad Avanzada, con la cual usted podrá jubilarse con el 40% de su salario mensual por concepto de pensión, si es que decide jubilarse este año 2021. Le agradezco mucho su comentario y sigo a sus ordenes por este medio, y a través del correo electrónico: consultasabogadovirtualmx@hotmail.com Saludos cordiales.

  • @CarmenGarcia-sv7wi
    @CarmenGarcia-sv7wi Před 3 lety

    FELICIDADES Y GRACIAS POR EXPLICARNOS, LA VERDAD YO NO SE NADA NI COMO HACERLE

  • @juancv3700
    @juancv3700 Před 3 lety +6

    "A ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna..."
    Por favor, háblanos de eso. Para quienes salimos muy perjudicados por esta ilegal ley.

    • @placidahernandezchavez7837
      @placidahernandezchavez7837 Před 3 lety +1

      Tengo 56 años y 37 años de servicio cuando podré juvilarme

    • @Jesus_hg-og8gm
      @Jesus_hg-og8gm Před 10 měsíci +1

      Exacto! es un tema que muchos abogados no saben que existia una ley previa a la del 2007 donde establecia que un trabajador podia jubilarse a los 30 años de servicio INDEPENDIENTEMENTE de la edad.

  • @luisvidal1
    @luisvidal1 Před 3 lety +14

    A los 30 años de servicio me voy, me den lo que me den. Mi salud es primero.

    • @normahernandez5946
      @normahernandez5946 Před 3 lety

      Sería un retiro voluntario?

    • @Jesus_hg-og8gm
      @Jesus_hg-og8gm Před 5 měsíci +1

      Si usted entro a laborar antes de la nefasta ley de Felipe Calderon del 2007 a usted le corresponde la ley en la que entro a laborar (28 Y 30 años respectivamente SIN IMPORTAR LA EDAD). Existe mucha ingnorancia entre los afiliados al ISSSTE y desonocen que las leyes NO se aplican retroactivas en perjuicio, el hacerlo es un acto incostitucional y para hacer valer su derecho tendra que solicitar un juicio de amparo.

  • @LAURAROJAS-bu4zd
    @LAURAROJAS-bu4zd Před 3 lety +1

    Gracias al pendiente de toda la valiosa información que nos proporciona....👍🏼

  • @lourdesvelazquez1385
    @lourdesvelazquez1385 Před 3 lety +2

    Son de mucha ayuda sus videos,tengo una duda,mi papá fue policía auxiliar de CDMX por 17 años , dándose de baja en el año 2000 ,después entro y cotizo al imms y ya está pensionado pero le dijeron que ahí no le pueden contar los años que trabajo en la policía que tiene que ir al ISSSTE pero mi para tenía en la policía un seguro particular pero que lo financiaba el ISSSTE,que puedo hacer su no tengo ningún documento que avale que en la policía auxiliar tenía isste

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia Lourdes Velázquez, respecto a los años que prestó sus servicios a la policia auxiliar de Cdmx, no es posible juntarlos con el IMSS, a efecto de sumar años de servicio o antigüedad; no obstante, si es posible juntar las AFORES de ambos, para unificarlos y que así tenga todo su dinero disponible en una sola cuenta común. Esto se supone se hace automáticamente sin que su papá haga nada mas, sin embargo, si en su resumen de saldos, no aparecer reflejado el saldo de sus aportaciones hechas al ISSSTE, eso quiere decir que no se le ha unificado la cuenta, por lo que es necesario que acuda al banco que maneja su AFORE (BANORTE-IXE, BBVA BANCOMER, INBURSA, ETC.) y que le unifiquen los saldos de sus cuentas AFORE, para que pueda cobrar ambas aportaciones. Tambien puede realizar dicho trámite en las oficinas del ISSSTE de su localidad. Si desea conocer en que AFORE se encuentra su papá, le dejo el siguiente enlace: www.e-sar.com.mx/PortalEsar/public/consultaAforeInicio.do
      Si desea conocer más información, le dejo el siguiente enlace: www.gob.mx/consar/es/articulos/unificacion-de-cuentas-imss-issste?idiom=es Sigo a sus ordenes. Saludos cordiales.

  • @raulrubiocastillo
    @raulrubiocastillo Před 3 lety +4

    Buen día, una pregunta. Coticé al ISSSTE de 1991 a 1998, después me volví independiente y más tarde empecé a cotizar al IMSS del 2004 a la fecha. ¿ Que me recomienda hacer para planificar mi jubilación? ¿Son aprovechables de alguna manera los años que coticé al ISSSTE?

  • @acamapichtlysolinn
    @acamapichtlysolinn Před 3 lety +5

    Buenas tardes! Excelente información, tengo una duda: si para el año de 2027 tengo 30 de servicio pero para entonces tendría 57 años de edad,me puedo retirar por años de servicio? aún y cuando me faltaría 2 años de edad según la tabla proporcional? Si es afirmativa la respuesta qué porcentaje del sueldo base me tocaría? Estoy bajo el décimo transitorio, gracias de antemano.

    • @Jesus_hg-og8gm
      @Jesus_hg-og8gm Před 5 měsíci

      @karlaguzman01 Si ella entro a laborar antes de la nefasta ley de Felipe Calderon del 2007 le corresponde la ley en la cual ella entro a laborar (28 y 30 años de servicio respectivamente SIN IMPORTAR LA EDAD) El decimo transitorio NO le corresponde que se lo apliquen. Existe mucha ignorancia entre los afiliados al ISSSTE y desconocen que las leyes NO se aplican retroactivas en perjuicio, el hacerlo es un acto incostitucional, tendra que solicitar un juicio de amparo para hacer valer su derecho.

  • @marioquintero8477
    @marioquintero8477 Před 2 lety +2

    Trabajé 12 años en el gobierno federal y renuncie en 1996. Tengo derecho a la pension por cesantia en edad avanzada? . Puedo solicitar algun derecho o beneficio por el tiempo laborado.Actualmente tengo 64 años. Gracias por su asesoría.

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 2 lety

      Buen dia Mario, como requisito indispensable para obtener una pensión por cesantía, es contar con al menos 65 años de edad. Una vez que cumplas esa edad, es posible solicitar la pensión, de la cual te correspondería el 40% de la percepción salarial mensual que recibias mientras estuviste activo en tu puesto. Si deseas más información sigo a sus ordenes por este medio o en mi correo electrónico: consultasabogadovirtualmx@hotmail.com Saludos cordiales.

  • @mariaeugeniacastilloayala4131

    Buen día entre a trabajar y cotizar al issste en 1982, estuve como 10 o 12 años y regrese después de varios años al reintegrarme no me preguntaron sobre el régimen de jubilación y me inscribieron en el de cuentas individuales afores, mi pregunta es puedo cambiar el régimen de cuentas individuales por el décimo transitorio, y si es así cual es el procedimiento gracias y saludos

  • @soniaruiz4633
    @soniaruiz4633 Před 3 lety +15

    Y qué ocurre cuando tenemos aportación en ISSSTE y en IMSS?

  • @ladylu4057
    @ladylu4057 Před 3 lety +9

    Hola Abogado!!!. Podría hacer un vídeo pero ahora de los que cotizan a IMSS o las Afores???... Muchísimas gracias y saludos!!. 🙋😍

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Diana G, por supuesto! El objetivo de estos videos son principalmente ayudar a que obtengan información clara y entendible, y por supuesto, me comprometo a investigar más del tema. Por ahora, le dejo el enlace de este video que explica las modalidades de pensión a partir del 2020, esperando le sea de mucha utilidad: czcams.com/video/vL_DhnmBTyg/video.html

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Diana G, por supuesto! El objetivo de estos videos son principalmente ayudar a que obtengan información clara y entendible, y por supuesto, me comprometo a investigar más del tema. Por ahora, le dejo el enlace de este video que explica las modalidades de pensión a partir del 2020, esperando le sea de mucha utilidad: czcams.com/video/vL_DhnmBTyg/video.html

    • @libreros72
      @libreros72 Před 3 lety

      Que sucede si decidi tomar el bono por no quedarme en esa ley y estoy ahorrando el 4% de mi sbc. Como funciona ese sistema de pensiones. Tengo 48 años

  • @bernardinorodriguez4407
    @bernardinorodriguez4407 Před 3 lety +1

    Que conceptos se deben incluir en una plantilla de liquidación por cobre de salarios caídos en una reinstalación.Gracias

  • @armandotellezsanchez8624
    @armandotellezsanchez8624 Před 3 lety +1

    Gracias x la atención saludos

  • @adrianagamez6257
    @adrianagamez6257 Před 3 lety +8

    Hola mil gracias por su video, muy informativo. ¿ podría hacer este análisis para los que somos de cuentas individuales?

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Por supuesto Adriana, me comprometo que el proximo video será respecto a cuentas individuales. Le invito a que se suscriba a mi canal de youtube y active la campanita que le notifique de nuevos videos. Saludos cordiales.

  • @danielosvaldoromeromartine9617

    Ojalá y AMLO quite estas pinché ley o reforma basura que nos perjudica a gente que estamos por jubilarnos y NO nos podemos ir por la edad 🤬 confiamos en que AMLO haga y ajuste que nos convenga ambas partes 👍🏽

    • @Veronica-oh7hh
      @Veronica-oh7hh Před 3 lety

      Si hay iniciativa sindical para hacer la solicitud? Al igual que usted cuando puedo, yo hago este tipo de comentarios, pues a mí me afecta mucho, me aumentan 7 años, pero no veo nada al respecto y menos iniciativa sindical, o será que me equivoco? Si alguien sabe, sería bueno replicarlo a ver si logramos ser el escuchados.

    • @aracelivelazquezmarquez3784
      @aracelivelazquezmarquez3784 Před 3 lety +1

      Este nueva reforma debe ser aplicada para los que van entrando y que no batallaron nada para tener una plaza, solo dicen pues hicimos examen, pues muchos de los que nos afectó la reforma también hicimos examen para ingresar y los de carrera, deben comprender que las.enfermedades, agotamiento físico, nuevas generaciones rebeldes, estrés entre otras nos restan energías, y debieron respetar que ingresamos sabiendo que a los 28 o 30 años nos podíamos jubilar, no que ahora ya pasamos de 30 años y nada que podemos jubilarnos.

    • @AlfredoNull
      @AlfredoNull Před 3 lety +1

      Totalmente de acuerdo, pero sabe que lo más triste es ver como las personas, siguen votando por los partidos que propusieron y ejecutaron tal reforma

    • @salvadorgaytan1536
      @salvadorgaytan1536 Před 3 lety

      Si insistir con nuestros delegados sindicales, es una ley que por todos lados no beneficia.

  • @cecycastellanos2128
    @cecycastellanos2128 Před rokem

    Gracias que tengas un excelente y bendecido día espero tu respuesta gracias

  • @julianazamarron3662
    @julianazamarron3662 Před 3 lety +1

    Buenas noches Lic. En febrero del 2022 cumplo 30 años de servicio y tengo 50 años a que edad podre jubilarme

  • @letymartinez6311
    @letymartinez6311 Před 3 lety +6

    Buena noche, corto algún riesgo laboral, si no me vacunó, padezco de alergias y asma, estoy con tratamiento y no quiero arriesgarme con la vacuna, doy maestra en Jalisco.

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +4

      Buen dia Letu Martínez. Vacunarse es opcional, aunque es muy recomendable tomando en cuenta la actual pandemia mundial. Sin embargo, no vacunarse no es motivo de despido bajo ninguna circunstancia.

  • @henrysimons8963
    @henrysimons8963 Před 3 lety +5

    Buenes tardes, tengo 40 años de servicio y cincueta y nueve de edad, estoy en la modalidad del decimo trancitorio y me quiero jubilar. Me faltaria un año para poder hacerlo?

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Buen dia Henry, de hecho usted ya puede jubilarse este mismo año 2021, ya cuenta con la edad y años de servicio mínimos para poder solicitar su jubilación. Le dejo el siguiente enlace (a usted le corresponde el apartado A) en el cual se señalan los requisitos para solicitar su jubilación, así como el procedimiento a seguir. Si dese más información, le dejo mi correo electrónico: consultasabogadovirtualmx@hotmail.com Saludos cordiales.

  • @juaneusebioramos7677
    @juaneusebioramos7677 Před 2 dny

    Amigo buenas tardes, estube trabajando en una plaza federal soy el ISSSTE, cause alta en el año 1997 y baja en año 2011, desde entonces no aporte mas, pero la cuentan me genero intereses, como le puedo hacer para retirar todo.

  • @victormartinrincon1386
    @victormartinrincon1386 Před 3 lety +2

    Buenas noches, tengo 55 años de edad y 18 años cotizados en el issste, actualmente ya no trabajo en gobierno, me puedo jubilar o pensiones por la segunda opción que usted comparte, y le agradezco la atención a la presente, ya que un abogado me comenta que sí puedo pelear mí pension ,Saludos

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Buen dia víctor martin rincon, estas opciones de jubilación aplican para los trabajadores activos, es decir, que se encuentran en funciones actualmente; no obstante, comparto la opinión del abogado que le dice que si puede solicitar una pensión, pero no bajo estas modalidades, sino bajo la contradicción de tesis 97/2016, la cual le permite acceder a una pensión, reuniendo los siguientes requisitos:
      1.- Que se haya separado del servicio, es decir, que ya no esté activo en su cargo,
      2.- que haya cotizado cuando menos 15 años, y
      3.- que no haya dispuesto de sus aportaciones, es decir, que se encuentren intactas.
      Si usted reune estos 3 requisitos, es posible acceder a una pensión una vez cumplido 55 años, todo esto bajo el amparo de la Ley del ISSSTE abrogada, es decir, anterior a la reforma del 2007. Si usted cumplió 55 años antes del 1 de Enero del 2010, es posible solicitar su pensión conforme lo hemos explicado en este mensaje. Por otro lado, si usted cumplió 55 años despues del 1 de Enero del 2010, entonces deberá someterse su edad a la nueva ley del issste reformada en el año 2007. Sigo a sus ordenes por este medio o en mi correo electrónico: consultasabogadovirtualmx@hotmail.com Saludos cordiales.

    • @victormartinrincon1386
      @victormartinrincon1386 Před 3 lety

      @@TuAbogadoVirtualMx Buenas tardes, cumplo los 55 años en julio del 2021,que opción me podría ofrecer para poder pencionarme ,Saludos

    • @victormartinrincon1386
      @victormartinrincon1386 Před 3 lety

      Disculpe la molestia la reforma del 2007,como usted menciona a que edad me podría pencionarme si tengo 18 años cotizados y no estoy activo, Saludos

  • @hectormontielquintero6523
    @hectormontielquintero6523 Před 3 lety +11

    SI TENGO 54 AÑOS DE SERVICIO Y ESTOY EN EL DÉCIMO TRANSITORIO CUANTO RECIBIRÉ DE PENSIÓN

    • @blauengel7013
      @blauengel7013 Před 3 lety +1

      54 años de servicio?
      Su pensión depende del salario cotizado durante el último año laboral, tengo entendido. La cantidad de años de servicio extra laborados después de los requeridos, no le aporta más salario.

  • @cesarvillanueva8831
    @cesarvillanueva8831 Před 3 lety +4

    Mi esposa esta activa con 50 años de edad y 31 años de servicio. Ella definitivamente le urge jubilarse que debe hacer. Le agradezco de antemano su respuesta. Saludos

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia César, lamentablemente es correcta la información que le dicen en el sindicato. No es posible aún, ya que de acuerdo con la ley del issste vigente, el mínimo de edad para jubilarse este año (2021) es de 54 años, edad mínima que se incrementa 1 año por cada 2 años que transcurran, con un tope de 58 años. Entonces, en consecuencia, su esposa podrá jubilarse una vez que cumpla los 58 años, por los motivos antes señalados. De cualquier forma le dejo mi correo electrónico para cualquier duda al respecto: consultasabogadovirtualmx@hotmail.com Saludos cordiales.

    • @veroaguilar9851
      @veroaguilar9851 Před 3 lety

      Holaaa licenciado gracias por la información tengo 52 años de edad y ya 28 años de servicio a que edad podré jubilarme al 100% , agradezco su atención

    • @Jesus_hg-og8gm
      @Jesus_hg-og8gm Před 5 měsíci

      Me imagino que ella entro a laborar antes de la nefasta ley de Felipe Calderon del 2007, si es asi NO le corresponde que le apliquen una ley retroactiva en perjuicio, pues la ley en la que entro a laborar establece solo los años de servicio SIN IMPORTAR LA EDAD, el aplicar una ley retroactiva en perjuicio es un acto incostitucional, tendra que solicitar un juicio de amparo, pero asegurarse que el abogado que lleve el litigio TENGA conocimiento de las dos leyes tanto la de 1983 como la del 2007.

  • @arturoandradebravo3638

    Excelente información. Yo quise averiguar el número de semanas cotizadas, tanto en la página del imsss como del issste y en ninguna pude. En la del imsss me dice que el número de seguridad social y no coincide con la curp, y en la página del issste, que es el que él tiene, tampoco pude.

  • @irmaleticiaojedamartinez3687

    Buena tarde como saber en que lado me dejaron?? Trabajo p/ Issste, tuve trabajo p/ Imss en 92, y a la fecha estoy en el año 24 de labor??
    Agradezco su gran información , SALUDOS

  • @felizardomanriquez5517
    @felizardomanriquez5517 Před 3 lety +6

    Buenas noches, tengo 52 años de edad y 34 de servicios, en que año me corresponde jubilarse? Ya cumplo con uno de los dos requisitos en tiempo de servicios, con que porcentaje me podría pensionar??

    • @windwind6144
      @windwind6144 Před rokem

      Ya tiene los años de servicios más que completados, el problema es que la nueva ley del ISSSTE se aplicó de manera retroactiva lo cual es anticonstitucional por lo tanto tiene que demandar al ISSSTE para hacer valer su derecho a jubilarse.

    • @felizardomanriquez5517
      @felizardomanriquez5517 Před rokem

      Muchas gracias,

  • @yoannyblancas538
    @yoannyblancas538 Před 3 lety +3

    buenas tardes, estoy con el régimen decimo transitorio, tengo 30 años de servicio, conque porcentaje me retiraría y que modalidad me conviene, gracias

  • @josefinavaldez1468
    @josefinavaldez1468 Před 2 lety

    Excelente información, Abogado, muy agradecida🙋☺️

  • @tonantzinalvarado2442
    @tonantzinalvarado2442 Před 3 lety +1

    Hola! Tengo 48 años y 20 años de servicio, a que edad podría jubilarme soy décimo transitorio, con cuenta mixta porque cotice un tiempo al IMSS y tengo afore. Gracias por su atención.

  • @Mr1968terminator
    @Mr1968terminator Před 3 lety +3

    Buenas noches. Tengo una duda sobre el "sueldo base". Tengo conocimiento que unos compañeros en el 10° transitorio se jubilaron, y al momento de acudir a firmar papeles al ISSSTE, el monto de su pensión se fué al máximo que marca la Ley, ya que se les calculó sobre la totalidad de su ingreso como personal de confianza. Antes de eso, tenía conocimiento que se debía hacer una demanda al ISSSTE, la cual regularmente se ganaba. ¿Podrías comentarme algo al respecto? Muchas gracias

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Buen dia Tonatiuh, en Décimo Transitorio, el máximo es el 100% del sueldo percibido en el úlimo año de servicio activo. Actualmente con las reformas a la Ley del ISSSTE el máximo permitido es de hasta $26,000 pesos mensuales por concepto de pensión. Todo aquello que rebase ese tope, se descontará para ajustarse a esa cantidad. A lo mejor la situación en particular de sus compañeros permitió exigir sus derechos ante el ISSSTE mediante una demanda, pero su servidor no tengo conocimiento de casos particulares de esta índole.

    • @eduardoalcantara9405
      @eduardoalcantara9405 Před 3 lety

      Hola buenas noches ya acudí a las oficinas del ISSSTE y me dijeron que ya no se podía hacer el retiro por que tenía más de 15 años que me di de baja yo cause baja en el 2006 que me puede decir es verdad o no gracias.

    • @juventinoguevara7310
      @juventinoguevara7310 Před rokem

      @@eduardoalcantara9405 tengo 70 años y 28 de servicio cual de las 3 me conviene soy 10 transitorio

  • @rosaliaortegazuniga4640
    @rosaliaortegazuniga4640 Před 3 lety +4

    Tengo 62 años y 24 de servicio y me calcularon el 72 5% pregunto eso es una pensión justa ?

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +2

      Buen dia, bajo la modalidad de pensión por edad y años de servicio, si es un cálculo correcto. Ahora bien, si desea jubilarse con el 100% de pensión, mi recomendación es que se jubile en la modalidad de pensión por jubilación, la cual como requisitos tiene contar con 28 años de servicio, en este caso, usted podrá jubilarse en el año 2025 con el 100% de su salario mensual por concepto de pensión. Por otro lado, si desea conocer mas información de los requisitos para tramitar su jubilación, por favor escribame a mi correo electrónico: consultasabogadovirtualmx@hotmail.com Saludos cordiales.

    • @rosanamancilla3308
      @rosanamancilla3308 Před 3 lety

      Buenas tardes disculpe tengo,58 años, de edad y en noviembre de este año cumplo 27 años cotizando cuando me puedo jubilar?gracias

  • @maryrommar813
    @maryrommar813 Před 2 měsíci

    Una pregunta se pueden rescatar años cotizados al ISSSTE? Si se dio uno de baja en el issste habiendo recibido el finiquito,

  • @mariadelosangelesramirezro2652

    Hola una pregunta ya
    Tenemos 4 mese que
    Metimos nuestros copias de talones y el ofició de baja
    Y hasta la fecha no nos
    Pueden entregar la hoja
    Unica que mandan de
    Mexico y no nos pagan

  • @juancarloshernandezaguilar3026

    Mi fecha de ingreso es de mayo de 1993 y tengo 50 años, cuánto tiempo me faltaría para la jubilación?? Gracias 😊

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Buen dia Juan Carlos, tomando en cuenta sus años de servicio y edad, a usted le corresponde jubilarse bajo el esquema de pensión por jubilación, sin embargo para acceder a este esquema de jubilación, es necesario contar con al menos 56 años en este 2021, y el cual se incrementa un año por cada 2 años que transcurran, con un tope máximo de 60 años. Luego entonces usted podrá jubilarse a los 60 años, es decir, en el año 2031, con el 100% de su salario mensual por concepto de pensión por jubilación.

    • @juancarloshernandezaguilar3026
      @juancarloshernandezaguilar3026 Před 3 lety

      Muchas gracias

    • @Jesus_hg-og8gm
      @Jesus_hg-og8gm Před 5 měsíci

      Si usted entro a laborar antes de la nefasta ley de Felipe Calderon del 2007 le corresponde la ley de 1983 la cual establece solo los años de servicio SIN IMPORTAR LA EDAD. Muchos afiliados al ISSSTE tienen el deconocimiento que las leyes NO se aplican retroactivas en perjuicio, el hacerlo es un acto inconstitucional, tendra que solicitar un juicio de amparo con un abogado de su confianza pero OJO!!! este debe tener conocimiento de las dos leyes 1983 y 2007.

  • @mariaorgaz1028
    @mariaorgaz1028 Před 3 lety +3

    Tengo 52 años de edad y en septiembre cumplo 30 de servicio me podría jubilar a los 55 con 33 de servicio por qué la tabla de edad no se alcanza y eso está mal que nos haya afectado desde 2018 si uno ingreso en 1991

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia, tomando en cuenta su edad y años de servicio, usted podría jubilarse hasta el año 2025 con la edad de 56 años, con el 100% de su salario por concepto de pensión por jubilación.

    • @Jesus_hg-og8gm
      @Jesus_hg-og8gm Před 5 měsíci

      Si usted entro a laborar antes de la nefasta ley de Felipe Calderon del 2007 si es posible jubilarse mediante un juicio de amparo, muchos afiliados al ISSSTE tienen el deconocimiento que las leyes NO se aplican retroactivas en perjuicio, el hacerlo es un acto incostitucional, solicite un juicio de amparo con un abogado de su confianza PERO asegurese que este tenga conocimiento de las dos leyes del ISSSTE, 1983 y 2007.

  • @rosyxado9951
    @rosyxado9951 Před 3 lety +1

    Yo fui a ver particulares en mayo me dijo que puedo tener ELA una doctora familiar me dijo que yo tuve ECV

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia Rosy, le acabo de responder en su ultimo mensaje. Saludos cordiales.

  • @mariadelcarmengallegosdomi4575

    Lic. Tengo 50 años de edad y 30 años de servicio por lo que vi es hasta los 58 que me corresponde jubilarme??? No puede ser

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia Marica del Carmen, es correcto; si bien es cierto que usted ha alcanzado el mínimo de años de servicio, no reune la edad mínima suficiente para acceder a la pensión por jubilación, por tal motivo, si deberá tener al menos 58 años para acceder a este tipo de jubilación el cual le permitirá tener una pensión del 100% de su salario mensual.

    • @mariadelcarmengallegosdomi4575
      @mariadelcarmengallegosdomi4575 Před 3 lety

      @@TuAbogadoVirtualMx Muchas gracias Lic. Realmente me quisiera jubilar tengo cambio de actividad permanente no hay nada que hacer
      Bendiciones

    • @iraisreyes7898
      @iraisreyes7898 Před 3 lety

      Hola abogado tengo 52 años cumplidos y 28 de antiguedad, hasta cuando me podre jubilar?

    • @marisolfraga1317
      @marisolfraga1317 Před 3 lety

      Ay maestra, así estamos muchos, nos aplicaron la ley del Issste retroactiva, nos metieron a fuerza la listita esa de la edad mínima, que no existía cuando nos contrataron.

    • @socratesmartinez19
      @socratesmartinez19 Před 3 lety

      @@iraisreyes7898 hasta que tenga 58 de edad.

  • @marisolfraga1317
    @marisolfraga1317 Před 3 lety +7

    Tendré que trabajar 14 años más para poder jubilarme, estoy a meses de cumplir mis 28 de servicio y no me podré ir.

    • @fabyiiolamartinez736
      @fabyiiolamartinez736 Před 3 lety

      Estoy igual que tú estoy por cumplir los 28 pero la edad no me ayuda 😢 estoy muy chica le trabajaré 12 años para los 60 y si es hasta los 65 pues ya ni para que decir😭

    • @almaangelicarodriguezramir2345
      @almaangelicarodriguezramir2345 Před 3 lety +1

      Yo estoy igual, pero por edad pues no puedo, no habrá alguna manera jurídica de podernos jubilar por años de servicio?

  • @mariopedraza6966
    @mariopedraza6966 Před 3 lety

    Lo que me interesa es el monto en dinero de que me sirve saber el porcentaje si no se cuánto voy a recibir al mes

  • @albertoviveros4033
    @albertoviveros4033 Před 3 lety +2

    Hola buenas noches maestro, disculpe yo tengo 36 años de servicio y 56 años de edad, en que momento me puedo jubilar y recibo el 100% de mi salario ? Gracias

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia Alberto Viveros, usted ya cumple con la edad y años de servicio mínimos para poderse jubilar. Le dejo el siguiente enlace (a usted le corresponde el inciso A) donde se explican los requisitos y tramites para poderse jubilar: www.gob.mx/consar/articulos/retiros-totales-issste?state=draft

  • @antonioavila7242
    @antonioavila7242 Před 3 lety +4

    Solicitamos un video para los que cotizados en cuentas individuales y que ingresamos después de la reforma de 2007

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Buen dia Antonio Avila, me comprometo con usted, que hare mi próximo video de cuentas individuales. Por favor le invito a que se suscriba a este canal de youtube y active la campanita que le notifique de nuevos videos. Bienvenido :)

  • @adrianaescalante7141
    @adrianaescalante7141 Před 3 lety +3

    Buenas noches estoy en el décimo transitorio con 19 de servicio y 55años de edad cuando me podré jubilar

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Buen dia, tomando en cuenta sus años de servicio y su edad, usted puede jubilarse bajo la modalidad de pensión por edad y tiempo de servicio, sin embargo para acceder a este tipo de pensión, es necesario que cumpla la edad mínima que es de 60 años. Una vez cumplido esta edad, sería en el año 2026 y usted habra acumulado 24 años de servicio, por lo tanto usted podrá acceder al 72.5% del monto de su salario, por concepto de pensión.

    • @adrianaescalante7141
      @adrianaescalante7141 Před 3 lety

      Muchas gracias licenciado y si me convendría jubilarme a esa edad

  • @emilytohui4646
    @emilytohui4646 Před 3 lety +1

    Buenas tardes gracias por sus comentarios. Una pregunta cual de las tres opciones que menciona seria la mejor, yo tengo 75 años de edad, actualmente trabajo tengo 23 años de cotizar al issste. Gracias y Saludos

  • @aracelirizo5926
    @aracelirizo5926 Před 3 lety +1

    Quiero saber si hay algún procedimiento legal para jubilarme con la ley anterior del ISSSTE, ya que de forma particular a mi me perjudicó la modificación. Tengo 33 años de servicios y actualmente tengo 52 años de edad. Me encuentro cotizando en el décimo transitorio. ¡Gracias! ¿Podría jubilarme aunque no sea con el 100%? ¿ Se puede promover un amparo?

    • @windwind6144
      @windwind6144 Před rokem

      Fue ilegal aplicar retroactiva una ley, lo dice la constitución.

  • @estrellita66
    @estrellita66 Před 3 lety +1

    Buenas noches, con 55 de edad y 23 de servicio, ¿cuál es el régimen más adecuado para mí?

  • @carlosacostanunez7905
    @carlosacostanunez7905 Před 3 lety +2

    Buenas Tardes tengo 69 años, cotice para el ISSSTE de 1981 a 1991, me di de baja en la institución donde trabajaba, volvi a cotizar septiembre 2007 a la fecha julio 2021 que procede para pensionarme. Gracias.

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia, es probable que las aportaciones se acumulen en una única cuenta de AFORE, más no así los años laborados, ya que como se suspendieron en su continuidad, estos no son acumulables; por tal motivo, y tomando en cuenta su edad y año de servicio, usted podría jubilarse en la modalidad de Pensión por edad y tiempo de servicio, una vez que cumpla 15 años de servicio activo, los cuales los cumplirá el año que entra (2022), y entonces usted podrá jubilarse con el 50% de su salario por concepto de pensión.

  • @odysc3593
    @odysc3593 Před 3 lety

    Buena tarde ABOGADO. Una duda: Estoy en el REGIMEN de ESQUEMA DÉCIMO TRANSITORIO. ingrese al servicio el 1 de Septiembre de 1992. Tengo 50 años cumplidos y cumplo 30 AÑOS DE SERVICIO EL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2022. (según mis cálculos). ¿Cuándo me puedo jubilar? ¿Cuál sería el monto a recibir mensualmente? Gracias por su atención, saludos.

  • @pilarramirez6449
    @pilarramirez6449 Před 3 lety

    Disculpe me puede decir que significa hacer un planchado de régimen?

  • @gilbertogonzalez1340
    @gilbertogonzalez1340 Před 3 lety +2

    Buenas noches, soy trabajador del STC metro, tengo 33 años laborados y 53 años de edad, me puede decir ya para tener en cuenta en qué año me puedo pensionar? Por su atención muchas gracias

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Buen dia Gilberto, tomando en cuenta su edad y años de servicio, usted podrá jubilarse en el año 2027, ya que la edad mínima requerida se incrementa un año de edad por cada 2 años transcurridos.

  • @jllanes07
    @jllanes07 Před 3 lety +2

    buenas tardes abogado, mis preguntas son: tengo 26 años de servicio y 56 años de edad, en que momento me puedo retirar al 100%, que me da el ISSSTE y que me da la institución? hablando de días por año de servicio, meses, etc. no tengo claro que percepciones son las que tengo derecho en ambas. Gracias de antemano y saludos.

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia Xook Uúk, a los varones, los años mínimos de servicio son de 30 años, con lo que la jubilación se alcanzaría hasta el año 2025; y en cuanto a las damas, los años mínimos de servicio son 28 años, con lo que la jubilación se alcanzaría hasta el año 2023. Además de la pensión por jubilación con el 100% de sueldo, tambien tienen derecho a: Retiro 2008, Fovissste 2008, Sar Issste 92 y Sar Fovissste 92 (estos últimos 2, serán entregados una vez que cumpla 65 años de edad).

  • @Jesus-lj3oj
    @Jesus-lj3oj Před 9 měsíci +1

    Yo soy trabajador de la Universidad autónoma de Nuevo León, estoy contratado con la nueva ley pero no se si me corresponde la jubilación en el isste porque mi atención medica es en el hospital universitario, al final de cuestas soy académico en una universidad pública, por lo que soy un servidor público ya que me pagan de los impuestos. Ahí cómo aplica mi jubilación?

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 9 měsíci

      Buen dia. Aplica dependiendo del año en que entró a laborar y la edad que actualmente tenga. Si entró a trabajar bajo el esquema anterior del Issste, tal como lo explico en el video, podra apreciar en que año podra jubilarse. Por el contrario, en caso de no reunir los requisitos de antiguedad solicitados en este esquema Decimo Transitorio, es posible jubilarse bajo el esquema de Cuentas Individuales, tal como explico en el siguiente video, le dejo el enlace: czcams.com/video/r_Nl4k18HKs/video.htmlsi=XyBk5B2hiM9l9jSt
      Cualquier duda al respecto, estoy a sus ordenes. Saludos cordiales 🙂

  • @teresagonzalez3991
    @teresagonzalez3991 Před 3 lety +1

    Abogado buen día, por favor dígame qué es indemnización global mi esposo falleció el año pasado y quisiera también saber si por sus años tanto en el Estado de México como en la Ciudad de México podría recuperar la pensión o recursos por tantos años trabajados, en espera de su atenta respuesta o bien pensión por viudez el dejo de trabajar por el 2012

  • @ricardoarriagacampos
    @ricardoarriagacampos Před 2 lety +1

    ¿Hubo cambios recientes a 2021 para jubilación por décimo transitorio? Ya no entiendo si sigue vigente la tabla en la que yo tendría derecho con 30 años de trabajo y 57 años en 2022? ¿Cómo puedo ponerme en contacto con ustedes y cuánto costaría la asesoría para hacer mi trámite de jubilación?

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 2 lety +1

      Buen dia ricardo, el tipo de pensión se determina tomando en cuenta su edad y años de servicio; en su caso es correcto, usted podrá jubilarse el año que entra... le paso mi correo electrónico para cualquier duda o aclaración: tuabogadovirtualmx@hotmail.com No me especializo en tramites de AFORE, pero me pongo a sus ordenes para dudas o comentarios. Saludos cordiales.

  • @anaberthaarriagacruz1034

    Hola yo en diciembre 2023. Cumplo con los dos requisitos Justo cumpliría con la edad mínima 55 años que se requiere, pero mi baja sería a partir del 31 de diciembre. Al día siguiente que sería 2024 ya la edad cambiaría. Mi pregunta es si al iniciar mis trámites ante el issste siendo 2024 me afectaría ya que en ese año la edad mínima sería 56 años de edad

  • @yvonnedemariemasseebrard6684

    Hola Lic. En la Afore Banamex no dejan cambiarse como quien dice tienen secuestrada la cuenta de décimo transitorio. Pues le dicen que no hay ningún problema pero en la otra Afore yo fui a Pensionissste y me dijeron que no puedo cambiarme.
    Esto es una descriminacion y negación a nuestro derecho que tenemos como ciudadanos al querer cambiarnos de Afore.

  • @marthaleal1051
    @marthaleal1051 Před 3 lety +2

    Buenas tardes licenciado.
    Me puedo jubilar a los 60 años y 23 años de servicio con algún porcentaje? Yo elegí el décimo transitorio

    • @antonioangulo1861
      @antonioangulo1861 Před rokem

      Recuerda edad biológica y 28 años de servicio para las mujeres la ley ISSSTE, pide ( décimo transitorio)

  • @eduardoalcantara9405
    @eduardoalcantara9405 Před 3 lety +1

    Hola buenos días trabajé en la SSP por 11años no estoy activo esos son los años que cotize en isste, actualmente necesito hacer un retiro voluntario por desempleo como le pueden hacer muchas Gracias. Por tu orientación.

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia Eduardo Alcantará. Es necesario que tramite su pensión por jubilación como lo explico en el video. Como no reune los requisitos para poder obtener dicha pensión, le resolverán con una resolución de negativa de pensión, y con este documento, usted podrá acudir al banco donde está la AFORE para solicitar la devolución total de sus recursos aportados en los años que laboró. Para más información, le dejo el siguiente enlace: www.gob.mx/consar/articulos/retiros-totales-issste-97191?state=draft

  • @lissamartinezsantiago2640

    Buenas noches tengo 19 años de servicio y 44 años, cuándo y bsjo qie régimen me toca jubilar, de ante mano gracias.

  • @victoracosta2003
    @victoracosta2003 Před 3 lety

    Buen día...en el primero de los casos no es cierto q el 100% te dan un tope salarial...te quitan lo de carrera magisterial.

  • @pruebauno8
    @pruebauno8 Před 3 lety +2

    Hola...me gustó la información que da y me gustaría que me informara sobre mi caso, estuve cotizando en el IMSS por algunos años, pero actualmente cotizo en el ISSSTE ahí como sería el proceso de jubilación??? Se juntan ambas cotizaciones o se manejan separadas??? Ojalá pueda orientarme, gracias.

  • @hcromahernandez6570
    @hcromahernandez6570 Před 8 měsíci +1

    Buenas tardes. Me vaya retirar de mi empresa. Y para ello me piden que firme el documento basado en el Art. 20, opcion 3er, capítulo 5○ para No sindicalismo y renunciar al Pago contractual por Retiro. Podrás ayudarme a saber co certámenes a qué se refiere. Para saber si me conviene firmar o no.
    Agradezco tus atenciones y tu recomendacion

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 8 měsíci

      Buen dia. Dependiendo del pais en el que me escribe, a fin de conocer de manera integral su caso y analizar detenidamente, si recomendaria mucho que pudiera acercarse a un despacho de abogados en materia laboral, a fin de que puedan brindarle esta atencion mas personalizada, ya que en casos muy particulares, una asesoria juridica a distancia puede ser incorrecta e inexacta y mas que ayudarle podria causarle un perjuicio al no saber los parametros de su situación y expediente laboral.

  • @rosyxado9951
    @rosyxado9951 Před 3 lety +1

    Buenas tardes yo soy docente de preescolar pero estando en mi casa me aperecio no poder hablar comunicarme las cosas son muy lentas en la clínica del issste tengo cita hasta el 26 de agosto con neurólogo

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia Rosy, le acabo de responder en su ultimo mensaje. Saludos cordiales.

  • @juancarlossanchez2792
    @juancarlossanchez2792 Před 3 lety +2

    Si coticé algunos años en el IMSS se pueden juntar las cuentas?

  • @bernardodiazdelgadillo3156

    Estoy en el décimo trancitorio y tengo 37 años de servicio con cumplo 54 años de edad en diciembre. Quiero saber si ya puedo jubilarme y que capital me regresarían.

  • @lydiasoriano5485
    @lydiasoriano5485 Před 3 lety +1

    Buenos días abogado; yo estoy en la modalidad anterior y este año (2021) cumplí 27 años laborados, en mayo cumplo 54 de edad y me gustaría me orientase si puedo jubilarme con el 100%.

  • @josecortez178
    @josecortez178 Před 3 lety +1

    Buenas tardes, Lic, como puede tramitar su jubilación, una maestra, con 28 años de servicio, pero teniendo actualmente halshaimer, sin esposo ni hijos, a cargo desde hace años con su hermana, sin tener poder firmado por ella para hacer todos los tramites

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia Jose Cortez, este caso en particular, si requeriria una atención más personalizada en el area de pensiones del ISSSTE, ya que es probable que tengan ciertos requisitos en particular para llevar a cabo un tramite en ese sentido. Le suplicaría que si se acercara a las oficinas de ISSSTE de su localidad, a fin de solicitar la información correspondiente. Es probable que se requiera un juicio que determine el estado de interdicción de la trabajadora, a fin de que le sea designado un tutor.

  • @araceliresendiz9684
    @araceliresendiz9684 Před 3 lety +2

    Hola soy maestra con 30 años de servicio, solo que hice 20 años en escuelas particulares y llevo 10 años en el servicio. Quiero pensar en que mis cuentas de issste y del seguro ya están fucionadas. Quiero laborar cuando menos unos 5 años más. Qué me recomienda que pueda ir haciendo para un buen retiro?

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia, es importante verificar que le tomen en cuenta los años laborados en escuelas particulares, a efecto de que lo cuenten como antigüedad. Si usted en todos esos años estuvo cotizando para el ISSSTE, entonces si debería tener sumados los años laborados. De ser el caso, habria que tomar en cuenta su edad y así poder hacer un calculo de los años que le restan para obtener una jubilación en Décimo Transitorio. Si desea más información, sigo a sus ordenes en este medio o en mi correo electrónico: consultasabogadovirtualmx@hotmail.com Saludos cordiales.

  • @aclm7027
    @aclm7027 Před 3 lety +2

    Hola, todavía tengo dudas sobre el modelo de pensión que me corresponde. Yo entré a la SEP en el 2009 y adquirí un crédito fovisste en el 2011. Actualmente tengo 54 años y 8 meses. ¿Qué modelo de pensión me corresponde? Gracias

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia AC LM, todos aquellos trabajadores que hayan ingresado a cotizar al ISSSTE a partir del 1 de Abril del 2007, les corresponde el esquema de pensión de CUENTAS INDIVIDUALES. Le dejo el siguiente enlace, donde explico con detalle, como jubilarse bajo el esquema de cuentas individuales: czcams.com/video/r_Nl4k18HKs/video.html Espero le sea de utilidad este video. Saludos cordiales :)

    • @aclm7027
      @aclm7027 Před 3 lety

      @@TuAbogadoVirtualMx Muchas gracias por la pronta respuesta.

  • @virginiamartinez4574
    @virginiamartinez4574 Před 3 lety +1

    Muchas gracias por su información 🙏🙏

  • @neliasetoain2740
    @neliasetoain2740 Před měsícem

    Hola que tal tengo una pregunta es sobre una persona que cotizo durante 12 años en el ISSSTE y tiene casi 30 sin cotizar tiene una edad de 62 años como podria hacer para obtener una pension gracias

  • @martindelacruzregalado4688

    Hola abogado un gusto saludarlo, la semana pasada por primera ves acudí a pensionissste a solicitar un estado de cuenta de mi Afore, nunca lo había hecho durante casi 19 años, mi inquietud es cómo puedo saber si lo que se refleja (saldo) corresponde a mis años de servicio, gracias por su respuesta, saludos

  • @juanmontejo-x4i
    @juanmontejo-x4i Před 15 dny +1

    El 16 de octubre del 2024 cumplo 30 años de servicio docente.Tengo 57 años cumplidos el 16 mayo 2024. Me puedo jubilar al 100 % de mi salsrio?

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 15 dny

      Buen diaz asi es, bajo el decimo transitorio usted reune requisitos para jubilarse con el total del porcentaje de su afore

  • @deliamarialopezlopez6009
    @deliamarialopezlopez6009 Před 3 lety +1

    Buenas noches Lic, encontré este canal y me encantó. Miré próxima a cumplir 56 años en noviembre y 29 años de servicio cumplidos, como me voy con el 100% de mi sueldo o ya tengo derecho de irme con el 100%, estoy en el régimen décimo transitorio

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia, es correcto Delia. Usted ya reúne los requisitos para jubilarse con el 100% de su salario mensual por concepto de pensión por jubilación. Los documentos que requerirá son los siguientes:
      Identificación oficial (Original y copia)
      1.- Estado de cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE)
      2.- Carta de no adeudo de crédito para la vivienda (FOVISSSTE) (original y copia)
      3.- Estado de cuenta bancario a tu nombre con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
      Los pasos a seguir son los siguientes:
      - Acude al Departamento de Pensiones de la Delegación ISSSTE que te corresponda. Para mayor información marca a ISSSTETEL 54 48 89 03 / 01 800 710 46 66
      - La Delegación del ISSSTE te proporcionará el Documento de Aceptación de Datos donde deberás verificar que tus datos están correctos y la Solicitud de Concesión de Pensión y firmar. En caso de que haya inconsistencias en tus datos deberás acudir a la Ventanilla de Afiliación y Vigencia del ISSSTE para actualizarlos.
      - Después preséntate en la AFORE, quien te entregará el formato de Solicitud de Disposición de Recursos que deberás llenar y firmar, además de entregar los documentos antes mencionados junto con la Concesión de Pensión en original y copia.
      - Una vez que la AFORE haya ingresado tu solicitud de retiro, los recursos se te entregarán en un plazo máximo de 30 días hábiles y serán:
      a).- SAR-ISSSTE 92 (Recursos acumulados de 1992 a 2007)
      b).- SAR- FOVISSSTE 92 (Recursos acumulados de 1992 a 2007 y si no hay crédito de vivienda vigente)
      c).- FOVISSSTE 2008 (Recursos acumulados de 2008 y si no hay crédito de vivienda vigente).
      Cabe señalar que el tramite ante el ISSSTE es para tramitar la pensión, y el tramite ante la oficina de AFORE es para solicitar la devolución de las aportaciones realizadas, osea tanto obtiene su pensión como sus aportaciones de AFORE.
      Si tiene más dudas o comentarios, sigo a sus ordenes por este medio, o a traves de mi correo electrónico: consultasabogadovirtualmx@hotmail.com Saludos Cordiales.

    • @deliamarialopezlopez6009
      @deliamarialopezlopez6009 Před 3 lety

      @@TuAbogadoVirtualMx oh muchas gracias por tan su explicación 😃🙏
      Gracias, gracias, gracias.

  • @elespiritudelradium4805
    @elespiritudelradium4805 Před 3 lety +2

    Yo entré por primera vez al gobierno en 86, y trabajé en 6 dependencias, pero me reconocen solo dos y desde el 91, ¿Qué puedo hacer para regularizar esa situación?

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Anteriormente las cuentas AFORE fueron unificadas, para que no hubiera problemas de duplicar la misma persona, no obstante, en algunos caso no fue así. Si usted presenta este problema, es necesario que unifiquen su cuenta de AFORE, le dejo el siguiente enlace: www.gob.mx/consar/es/articulos/unificacion-de-cuentas-imss-issste?idiom=es Respecto de que tomen en cuenta sus años de servicio, si es necesario comunicarse a ISSSTETEL para que lo orienten de que opciones hay para que se cuenten sus años de servicio, para poderse jubilar. Los telefonos son: 54 48 89 03 / 01 800 710 46 66

    • @elespiritudelradium4805
      @elespiritudelradium4805 Před 3 lety

      @@TuAbogadoVirtualMx Gracias, se me olvidó comentar que en el ISSSTE estoy en el régimen Décimo Transitorio.

  • @jorgecampos7626
    @jorgecampos7626 Před 3 lety

    Una pregunta tengo 30 años de servicio y tengo 53 años de edad puedo prejubilar cotizo para el ISSSTE estoy en décimo transitorio. Porfavor me podría decir Lic.?

  • @mariamedina2028
    @mariamedina2028 Před 2 lety +2

    Licenciaso hay manera de pasar de cuenta individual a Décimo Transitorio? Es posible?

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 2 lety +1

      Buen dia Maria Medina. No. No es posible. De hecho, las reformas a la ley del issste no permiten que trabajadores que comenzaron labores a partir del 97 se puedan retroceder a la ley anterior del issste. De ahi que no sea posible la afiliación a decimo transitorio. Tampoco es posible si el trabajador le correspondia decimo transitorio y decidió optar por cuentas individuales, ya que son decisiones irrevocables.

  • @user-tq5nn5ut5o
    @user-tq5nn5ut5o Před rokem

    Buenas tardes disculpe usted me pudiera informar si yo que .e jubile en el 2006,primero de enero y solo me devolvieron el 5% de Fovissste, puedo aún solicitar el reembolso total 100% de mis aportaciones pues nunca solicite casa. Espero su respuesta, muchas gracias. María Luisa Garcia Pozos.

  • @rosamaria3365
    @rosamaria3365 Před 3 lety +2

    ¡ Hola !
    Abogado Virtual, le pregunto:
    ¿ Sí cumplí en diciembre pasado del 2020, 54 de edad y 30 de servicio, entonces este año 2021, ya me puedo jubilar al 100 % ? ¿ Y sí me quedo otros dos años, puedo tener problemas, por tener que quedarme más años para irme al 100 % ?
    Estoy con el décimo transitorio, soy docente, cotizó al ISSSTE
    Gracias por su respuesta.

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +2

      Buen dia Rosa María, usted ya puede jubilarse este mismo año 2021 con el 100% de su salario por concepto de pensión por jubilación. No hay ningun problema que usted pueda quedarse más tiempo, más sin embargo tome en cuenta que las disposiciones de gobierno pueden cambiar y en un futuro ampliar las edades mínimas para jubilarse, lo que entonces si le podría afectar pues ya sería más dificil jubilarse, sin sonar a cliché pero ya ve como estan nuestros gobiernos de cambiantes y no vaya a ser que nos den una sorpresita de la noche a la mañana. Saludos cordiales.

    • @rosamaria3365
      @rosamaria3365 Před 3 lety

      Le agradezco mucho, por su tiempo y atención.

  • @jorgeluishernandezcacho3630

    Buenas tardes...Tengo 53 años de edad y el próximo año (2022) cumplo 30 de servicio... cuando me toca jubilarme si estoy por el décimo transitorio???

  • @almacarrascodiaz6325
    @almacarrascodiaz6325 Před 3 lety +2

    Con todo respeto le pido respuesta a mi duda, yo trabajé cotizando para el IMSS por 24 años, ahora tengo 11 para el ISSSTE, mi pregunta es, se pueden unificar cotizaciones, cómo puedo saber cómo y cuando podría jubilarse y si puedo hacerlo o no, mil gracias por su atención 🙏 (tengo 53 años y en septiembre cumplo 54)

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety +1

      Buen dia María Martínez, es probable que en cuanto a años de servicio, no puedan ser unificables, por ser de distintos sistemas (IMSS e ISSSTE). No obstante, le dejo el telefono de ISSSTETEL para que pueda solicitar información si es posible que le sumen los años de ISSSTE e IMSS en uno solo: 54 48 89 03 / 01 800 710 46 66 Por otro lado, si es posible unificar cuentas de AFORE, ya que un empleado no puede tener 2 cuentas simultáneas. Para más información le dejo el siguiente enlace: www.gob.mx/consar/es/articulos/unificacion-de-cuentas-imss-issste?idiom=es Ahora bien, respecto a sus años de servicio cotizados en el ultimo sistema de gobierno que labora (ISSSTE) tomando en cuenta que tiene 11 años laborando, usted podría jubilarse bajo el esquema de Pensión por Edad y Tiempo Determinado, el cual le permite jubilarse una vez obtenido al menos 15 años de servicio activo y 60 años de edad, lo cual acontecerá en
      Septiembre del año 2027, el cual le permitirá jubilarse con el 50% de su salario percibido. Si desea más información sigo a sus ordenes por este medio y en mi correo electrónico: consultasabogadovirtualmx@hotmail.com Saludos cordiales.

    • @almacarrascodiaz6325
      @almacarrascodiaz6325 Před 3 lety

      @@TuAbogadoVirtualMx agradezco mucho su respuesta, haré las llamadas pertinentes y seguiré en contacto con usted, mil gracias, dios le bendiga 🙏🙏

  • @doloresluna6267
    @doloresluna6267 Před rokem

    Buenos días LIC pues yo no me dieron todo eso que comenta yo pertenecí al ejército yo preste 7 años de servicio entre Enel 2003 al 2010 y me dieron de retiro con la segunda categoría fuera en actos de servicio aber si me puede asesorar o una orientación

  • @brendaguilar5448
    @brendaguilar5448 Před 3 lety +2

    Podría usted orientarme, qué pasa cuando en ISSSTE a parece con 15 años de servicio y en la SEP estoy con 7 años de base, en el ISSSTE empecé a cotizar desde el 2005 porque estuve cubriendo interinatos y desde el 2014 obtuve una base, mi pregunta es en qué año me puedo jubilar, tengo 47 años.

  • @jorgemartinmartinezchavez633

    Lo que no se me hace justo es que me contrataron en 1993 con la ley del issste de ese tiempo y al parecer la cambiaron en el 2007 para jubilarnos por edad y años de servicio y mi molestia es porque a los que ya estábamos contratados con la ley anterior no nos respetan la jubilación de 30 años de servicio sin importar la edadcomo era antes? Eso debieron aplicarles a partir de la modificación a los que fueron ingresando y no se si se pueda hacer algo al respecto para que nos respeten con la ley que nos contrataron? Espero respuesta gracias.

  • @Fortnitegg3000
    @Fortnitegg3000 Před 3 lety

    Puedo acceder la modalidad de pensión por edad y años de servicio, teniendo 55 de.edad y 28 de servicio, esto bajo la jurisprudencia de la.scjn del año 2016? Que dice que se puede pensionar a los 55 años de edad, ya que ninguna ley es retroactiva?

  • @user-ni9qt4br2t
    @user-ni9qt4br2t Před rokem

    Buena tarde Lic. Oiga yo entre a trabajar al magisterio en septiembre del 2007. Y estoy en cuentas individuales por mal informacion me hicieron firmas la duda es Me puedo cambiar al 10 trancitorio

  • @cristinaherrera9122
    @cristinaherrera9122 Před rokem

    Hola lic. Oriente por favor labore 32 años en el gobierno tengo ,64 años de edad, y deje de laborar para el gobierno 10años, y ya me quiero jubilar, ha pero labore en varias dependencias de gobierno, estoy consiguiendo las hojas de servicio de cada dependencia es correcto, otra pregunta quiero retiarar mi afore, podre retirarlo sin jubilarme, muchas gracias

  • @JayMontesdeOca
    @JayMontesdeOca Před rokem

    Hola me podrías ayudar como se desde cuándo o bajo que régimen me encuentro ya que yo cotize al ISSSTE un tiempo y después trabaje por mi cuenta y después en el 2007 empezé a cotizar de nuevo.

  • @mirandygomez6018
    @mirandygomez6018 Před 3 lety +1

    Hola duda yo tengo 28 años d servicio con 50 años d edad cuando m jubilaria ya con grupo m siento cansada y ya quisiera retirarme estoy con el decimo transitorio

  • @pluvius2009
    @pluvius2009 Před 3 lety +1

    Disculpe. Yo tengo un crédito de FOVISSSTE. NO ME PUEDO JUBILAR? Soy del X transitorio y tengo 34 años de servicio y 72 años de edad.

    • @TuAbogadoVirtualMx
      @TuAbogadoVirtualMx  Před 3 lety

      Buen dia Manuel, tomando en cuenta su edad y años de servicio, ya es posible jubilarse con el 100% de su pensión. Si actualmente cuenta con un crédito FOVISSSTE activo, es posible jubilarse, ya que su crédito se lo seguirán descontando de su pensión.

  • @uhane09
    @uhane09 Před 2 lety +1

    Y LOS DE CUENTAS INDIVIDUALES?? POR FAVORRR!!

  • @yadiraaguilar5255
    @yadiraaguilar5255 Před 3 lety +1

    Buenas noches Lic. Tengo 45 anos y 21 años de servicio a qué edad me puedo jubilar

  • @daniellopez-qx6qn
    @daniellopez-qx6qn Před 3 lety

    Tengo 26 años de servicio en el sistema soy maestro y estoy con el décimo transitorio, esas clausulas que sacan recientemente se aplican a los que tenemos más de 26 años de servicio?.. es decir, no voy a poder jubilarme a los 30 años de servicio?.

  • @evelynmenjivarresendiz8047

    Hola buenas noches mi papá tiene 68 años de servicio 19 años y 9 meses de servio en septiembre cumple los 20 años de Servicio, que le conviene mas para su retiro, quiero la devolución total