Requisitos de trazabilidad en el marco del RDUE. Avances en georreferencia y trazabilidad en Perú.

Sdílet
Vložit
  • čas přidán 12. 09. 2024
  • A partir del 30 de diciembre de 2024, las empresas reguladas por el Reglamento (UE) 2023/1115 relativo a la comercialización y exportación de materias primas y productos asociados a la deforestación (EUDR, por sus siglas en inglés), deberán garantizar que los productos de su cadena de suministro tienen un origen legal y están libres de deforestación. Las micro y pequeñas empresas, excepto si comercializan productos de madera, podrán hacerlo a partir del 30 de junio de 2025.
    Este Reglamento impone obligaciones de diligencia debida a importadores, exportadores, comerciantes y productores y empresas transformadoras nacionales de los productos recogidos en su Anexo 1 para operar en el mercado de la UE.
    Ante este reto, la Iniciativa Española Empresa y Biodiversidad (IEEB), junto con la Subdirección General de Política Forestal y Lucha contra la Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, organizó un ciclo formativo de tres webinarios técnicos con objeto de orientar a los sectores regulados en el Reglamento EUDR.
    Este ciclo formativo ha contado con el apoyo del programa AL-INVEST Verde, financiado por la Unión Europea, que presta asistencia técnica al sector público latinoamericano a través de la Fundación Internacional y para Iberoamérica de Administración y Políticas Públicas (FIIAPP) y la Organización Internacional Ítalo-latinoamericana (IILA).
    Durante la sesión del 18 de junio sobre «Recursos para la diligencia debida: geolocalización y trazabilidad», César Ricardo Santisteban Pérez, director general de Seguimiento y Evaluación de Políticas MIDAGRI (Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego de Perú), presentó el padrón de productores agrarios que está desarrollando el Gobierno de Perú, un ejemplo de gran utilidad para todos los actores afectados por la aplicación del EUDR.

Komentáře •