No pagues mas intereses a la SUNAT. Te explico como.
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- čas přidán 16. 01. 2021
- En el siguiente video les explicare que hacer si es que la SUNAT pretende cobrarles intereses moratorios a una deuda.
Recuerden que cualquier consulta podrá ser atendida en mi pagina de Facebook
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Dr, lo felicito gracias informarnos ,bendiciones de Dios
Dr. mientras la información sea verdadera y gratis tendrá todos los suscriptores que quiera incluyendo la mía. Gracias
Bien explicado, claro, directo. Gracias
Buen video, gracias, me sirvió, ya me acabo de suscribir. 👍
Muy buena explicación doctor Figueroa!
Gracias. Saludos
Gracias dr por tan valiosa información ¡
Dr una consulta cuando te ponen una multa la sunat de una UIT ,por tu no estar de acuerdo ya que la falta fue subsanada ,se presenta un reclamo y ellos responden que para que te acepten tu reclamo primero debes de abonar los más de 5000 soles (con interés) para que recieb te acepten tu reclamo .eso es correcto dr ?
Dr. buenas noches acaba de embargar la cta. personal x S/ 6,138 x deuda tributaria recién el 25 de este mes dejándome en cero y recibiendo la noticia mas difícil pasando a cuarentena total y no tengo dinero
Mmm que pena por ti... Si tu negocio es como persona natural o estás dentro de todas las demás categorías de renta excepto de la tercera como empresa entonces sí es factible que la SUNAT embargue tu cuenta. Hay que tener mucho cuidado con estos aspectos, es mejor prevenir que lamentar en un futuro. Suerte
POR FA DIME QUE MICROFONO USAS .D
GRACIAS
que debo hacer si podre recuperar mi plata
Buen video dr
Gracias! 😊
Doctor podria hablar sobre el prorrateo en el caso de alimentos. Porfavor
el maximo que se puede disponer de alimentos para que el obligado pueda pagar es el 60% de sus ingresos mensuales. si son varios los alimenticias entonces se divide el monto entre todos los que concurren a recibir este beneficio. Esto en lineas generales
Me parece demasiado injusto que un miembro del ejército no pueda renunciar a su trabajo como cualquier ciudadano y deba esperar a que el mismo ejército responda su solicitud de renuncia cuando le de la gana. Si pudiera explicar algo referente sería genial.
mire con cargo a profundizar en el tema me animaría a decir que el pedido de renuncia esta enmarcado dentro del derecho de petición que esta constitucionalmente protegido. Si no hay respuesta, y lo que le digo es preliminar, se podría interponer un proceso de amparo
@@miabogadoenlinea7873 Doctor yo solicité mi baja y me fue negada, pueden obligarme a trabajar y entonces? Y cuando me fui me denuncian