Nueva obligación de cotizar por las prácticas no remuneradas - Podcast Café Laboral ☕️#6

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  • čas přidán 29. 02. 2024
  • Charlamos con Salvador Fernández, Legal & Payroll Director de PayFit España, sobre la cotización de becarios no remunerados.
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Komentáře • 5

  • @Blancadum85
    @Blancadum85 Před 3 měsíci

    prácticas extracurriculares también pueden ser las prácticas de la universidad que se ofrecen de forma extracurricular, son optativas pero se encuentran en el marco de la formación universitaria, firmándose un convenio de cooperación por prácticas con las empresas.

  • @Blancadum85
    @Blancadum85 Před 3 měsíci

    Hola, soy graduada y quiero acceder al trámite pero no lo encuentro por ninguna parte. ¿Tenéis alguna idea de cómo se solicita para cotizar? gracias!

    • @payfit_es
      @payfit_es  Před 3 měsíci

      Hola Blanca,
      Exactamente…¿Qué quieres cotizar? ¿Has realizado alguna practicas que no han sido remuneradas? Recuerda que las prácticas que hayas realizado tienen retroactividad, siempre que no hayan pasado más de cinco años desde que las realizaste.
      Si tienes alguna duda más, no dudes en ponerte en contacto con nosotros,
      Un saludo.

  • @pedrorodriguezparajon
    @pedrorodriguezparajon Před 4 měsíci

    Tengo una empresa y voy a firmar un acuerdo con la universidad por unas prácticas que me dice no remuneradas, pero si me dicen que tengo que pagarle al alumno una bolsa por gastos de estudios ¿Esto sería salario? ¿Hay que declararlo?

    • @payfit_es
      @payfit_es  Před 3 měsíci +1

      Hola Pedro,
      Es importante aclarar que, la bolsa de gastos de estudios ofrecida a los estudiantes en prácticas no remuneradas no se clasifica como salario. Este tipo de apoyo está diseñado específicamente para sufragar los costos asociados con la realización de las prácticas, incluyendo gastos de transporte y material didáctico, y no para compensar el trabajo realizado. Aunque estos importes no se consideran salario de manera convencional, es esencial que el empresario realice la declaración apropiada de los mismos.
      No obstante, es vital señalar que, según la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda, a través de las Consultas nº 1770/02 y nº 1992/00 sobre las prácticas de estudiantes universitarios, se determina que las ayudas al estudio otorgadas por las empresas a los alumnos universitarios mediante Convenios de Cooperación Educativa se categorizan como rendimientos del trabajo. Esto significa que tales ayudas están sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y por ende, al importe de la bolsa o ayuda al estudio recibido por el estudiante debe aplicársele la retención pertinente del IRPF.
      Esperamos haber resuelto tu duda,
      Un saludo.