Tiempo de convivencia y pensión del divorcio.

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  • čas přidán 4. 09. 2024
  • En este vídeo, el abogado en Granada Ramón Escribano Garés, especialista en divorcios y derecho de familia explica la relación que existe entre el tiempo de convivencia de la pareja y la pensión compensatoria que se puede solicitar por uno de los cónyuges en el momento de su divorcio.
    Una pensión compensatoria se puede definir como aquella que un cónyuge tiene que pagar al otro en el momento del divorcio cuando éste, es decir el divorcio, provoque al otro un desequilibrio o perjuicio económico. El cónyuge perjudicado tendrá derecho a percibir una pensión compensatoria a cargo del otro cónyuge.
    Dentro de los factores que se tienen en cuanta para establecer si existe o no desequilibrio económico que haya que corregir, uno de los más importantes es el tiempo de duración del matrimonio.
    Es muy habitual en el día a día que las parejas, antes de contraer matrimonio hayan convivido en el mismo domicilio años antes, surgiendo por ello la siguiente pregunta ¿ese tiempo de convivencia antes del matrimonio se tiene en cuenta para establecer la pensión compensatoria?.
    En el vídeo explicamos detenidamente el caso en particular haciendo referencia a la posición actual del Tribunal Supremo en esta materia.
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