Clase gratuita: la incoación directa del delito de omisión a la asistencia familiar por el MP

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  • čas přidán 26. 08. 2024
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    Clase dictada por Nelvin Espinoza Guzmán.
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Komentáře • 13

  • @carmenhuarangadiaz6779

    Excelente ponencia. Muchas gracias

  • @victorartemiotavaracabrera9568

    MUCHAS GRACIAS AL EXPOSITOR Y A LP.

  • @vidalinacampos280
    @vidalinacampos280 Před 10 měsíci +1

    Acabo de escuchar esta clase, y estoy interesada en las Dispositivas, ¿ será posible que me lo envíen. ? Bueno previo pago.

  • @oscarpena3307
    @oscarpena3307 Před rokem

    Excelente felicitaciones

  • @grimaldosaturdinochongvasq9401

    Muchas gracias

  • @egosum2445
    @egosum2445 Před rokem

    Por favor, una consulta sobre un caso:
    El demandado ha sido notificado de la aprobación de una liquidación por un monto. El demandado ya había depositado unos montos en un banco diferente al Banco de la Nación (aún no se había creado la cuenta alimentista del BN) y otros montos en el BN. La suma de estos depósitos supera el monto liquidado (obligado al día en sus pagos). El demandado hace un escrito pasado los tres días de plazo y en este escrito presenta los voucheres de todos los depósitos. La jueza responde que tiene que pagar la deuda según ha sido notificado; porque ya pasó el plazo para observar la liquidación y que si insiste en decir que depositó más de lo liquidado le multarán con una URP.
    Pregunta:
    ¿El obligado, tiene que pagar por segunda vez?
    ¿Cómo hacer valer los voucheres que la especialista no consideró para la liquidación?
    ¿si el juez remite copias al ministerio público, el obligado sería sentenciado a cárcel si se niega a depositar por segunda vez un monto ya depositado?
    ¿puede pedir el demandado una liquidación global (desde el inicio de la obligación, hasta el día de hoy) para demostrar voucher a voucher que los depósitos se hicieron y que no hay deuda alguna?
    Graciasias por su respuesta.

  • @oscarpena3307
    @oscarpena3307 Před rokem

    Excelente....

  • @noeliacanario5163
    @noeliacanario5163 Před měsícem

    según mi criterio puede pasar que la liquidación este mal desde el juzgado de paz letrado tengo un caso que así lo corrobora

  • @ytaloemiliovallejosarmas5116

    Podría ser también la resolución judicial que declara la rebeldía de la parte demandada.

  • @consultalegaljc
    @consultalegaljc Před 6 měsíci

    Para que puso el legislador la acumulación de los medios de prueba PREVIOS A LA DECLARACIÓN DEL IMPUTADO.

  • @mariateresaquilianoescobed1395

    EN CASO DE QUE EN EL PERIODO DE LA PRESTACION DE ALIMENTOS SE LE HIZO YAPES Y ESTOS AL MOMENTO DE LA PRACTICA DE LA LIQUIDACION NO SE TOMO EN CUENTA, POR CUANTO EL REPRESENTANTE DEL ALIMENTISTA NO DIO A CONOCER Y QUE AL MOMENTO DE HACER LA APROBACION DE LA LIQUIDACION DE PENSIONES SE LE NOTIFICO EN OTRO DOMICILIO DISTINTO AL QUE HABITABA EN ESE MOMENTO

  • @mariateresaquilianoescobed1395

    EN CASO DE QUE NO SE ADJUNTARA LA NOTIFICACION CON EL AUTO ADMISORIO, LA NOTIFICACION CON LA SENTENCIA, CUAL SERIA EL PRONUNCIAMIENTO

  • @aliciaholgadoccheca7130

    que aser si el demandado apesar q le llega n9tificacion ñiega a q no le llega n9tificacion y asi alarga y alarga mucho por favor que aser .esmas busca abogados particulares pasando el abogado ase posible de alargar .el perjudicado es los ñiños sus nesesidades se q dan pribados .por q los hombres no se dan tiempos para sus hijos para atender alos hojos la mamá es mas trabajo y eso ..esa ley de alimentos mal echo .se olvidaron las horas q se tiene q dar tiempo para los hijos no contaron eso la madre es mas perjudicial y asi todavia cincueta por siento a medias madre y padre el baron tiene mas tiempo para trabajar .