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Herencia entre hermanos

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  • čas přidán 17. 12. 2016
  • Herencia entre hermanos.
    En este vídeo el abogado en Granada, Ramón Escribano Garés, experto en reclamaciones sobre herencias y derecho de sucesiones en general, explica si se tiene o no derecho a percibir una herencia que proceda de un hermano.
    En el vídeo explicamos como:
    .- Los hermanos no tienen la condición de heredero forzoso.
    .- Por ello, al no ser herederos forzosos, el fallecido puede hacer testamento y dejar sus bienes a personas que no sean sus hermanos, al no estar obligado a dejarle nada en herencia.
    .-Partiendo de lo anterior, lo primero que debemos saber es si hay testamento y comprobar a quien ha dejado sus bienes el fallecido, para seguidamente comprobar si podemos tener o no derecho a la herencia de un hermano.
    .- Si no hay testamento, y a la herencia solo concurren hermanos, (por no existir descendientes, cónyuge ni ascendientes), en ese caso si heredarían los hermanos, que lo harian a partes iguales.
    Tenemos que señalar que todo lo que decimos en el vídeo debe ser tomado con carácter general y divulgativo. Habrá que estudiar cada caso en particular para comprobar si se tiene derecho o no a recibir la herencia de un hermano.
    Nosotros ofrecemos en nuestro despacho la primera consulta gratis, y por ello pueden contarnos su caso en particular en el 958-274169 o enviando un correo a 4135@icagr.es. Le informaremos sobre la viabilidad de su reclamación de la herencia de su hermano y le haremos llegar un presupuesto sin compromiso. Ofrecemos facilidades de pago a nuestros clientes.
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