Hola, y si me han hecho retenciones porque facturo a una institucion educativa, en que parte debo poner esos valores o ya el sistema los asume automaticamente?, please su ayuda, muchas gracias
Estimado contribuyente, debe realizar una sola declaración, utilizando el formulario de Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas, ahí ubicara los valores de las retenciones de aquellas actividades que estuvieron excluidas de régimen RIMPE, en el casillero 845. No obstante, el formulario por formar parte de régimen RIMPE y si sus ingresos fueron de $0,00 a $20.000,00 durante el año 2023, el pago mínimo es de $60.00. A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Buenas noches entonces para hacer la declaración en regimen negocio popular no es necesario presentar notas de venta fisicas de ventas o servicios prestados yo soy costurera
hola @doryconfecciones5334, cuando se trata de solo ingresos en hola régimen RIMPE negocio popular no necesita detallar el monto total de sus notas de venta, a menos que sobrepasa el valor de USD 20.000
Disculpe yo lo cerré en diciembre 2023 claro que use el ruc desde marzo hasta diciembre y de igual forma como lo cerré debo pagar o no y yo me pase en compras como 70 mil dolares pero reviso en el sistema y me sale que estoy al día ya que tengo un ruc de taxi y ese aun esta activo y ya ise la declaración pero cuando quiero imprimir el documento que necesito de que no debo nada me sale que tengo una declaración pendiente pero busco y no me sale nada que solo estoy al día nada más de pronto alguien que me ayude
Hola @kevinmotorsec5704, si solo tenías actividades régimen RIMPE negocio popular, podrás declarar el impuesto a la renta hasta mayo; pero si adicionalmente tenías registrada una actividad en régimen general la presentación era en marzo de acuerdo al noveno digito de RUC. Te sugerimos revisar tu estado tributario aquí: srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriDeclaracionesWeb/EstadoTributario/Consultas/consultaEstadoTributario
Buenas, disculpe yo presto mis servicios para vender terrenos/lotes para un proyecto inmobiliario de una empresa Century21 pero aún no he firmado nada con ellos, gano por comisión si vendo gano (mis ingresos no superan los $20 mil anuales). Qué tipo de RUC debería tener?? También debo dar factura o notas de ventas?? Qué obligaciones tributarias tengo?? (Considerando que no es un trabajo estable y gano si vendo nomas)
Estimado contribuyente, en virtud de lo previsto en el artículo 97.4 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la actividad económica de comisionista se encuentra excluida del RIMPE. Podrá verificar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/d8fe2b8b-a4e9-4a05-b8cf-3115ec868213/LRTI_ultima_actualizacion_25032024.pdf Por lo tanto, al abrir el RUC, será un contribuyente de Régimen General y en consecuencia, deberá facturar electrónicamente. En relación al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, al tener las comisiones tarifa de IVA diferente de cero, deberá presentar declaraciones del IVA de manera mensual. Además, en el caso de que sus ingresos superen el valor de la fracción básica de Impuesto a la Renta (de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de la ley antes mencionada, deberá presentar esta declaración de manera anual.
Una pregunta yo saqué ruc por mi profesión pero también agregue otras actividades y me salió que era negocio popular cuando tenía q hacer las declaraciones me salió la del otro "IVA Semestral" por mi profesión (no genere factura) y también se que tengo que pagar por "negocio popular" el asunto es que cuando hice la del Impuesto me salía observaciones por la declaración del "IVA" como puedo solucionar eso para que me salga el valor de los 60
hola @ISABELMARTINEZ-vr2nc, al momento de contestar las preguntas de perfil usted debe considerar la información que tiene, revisar el resumen impositivo casilleros 127 y 128 que este reportado que formo parte del régimen RIMPE como negocio popular. Le invitamos a revisar el instructivo de llenado que lo encuentra en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Buenos días Escuela SRI. El video es útil e informativo. Hay algo que la ‘conductora del video’ dijo: ''aparte de emitir todas tus notas de ventas o facturas electrónicas para todas tus transacciones comerciales' que me tiene cuestionando. 🔹Yo he trabajado como freelancer desde que abrí mi RUC. 🔸En mi primer empleo me pidieron emitir notas de venta. Pero lo dejé (mi empleo) por motivos personales. 🔹Ahora estoy trabajando remotamente para un instituto de idiomas y también me pidieron RUC. Pero ellos no me solicitaron notas de venta o facturas electrónicas, ya que, el sueldo se hace mediante transacciones en plataformas de pagos electrónicos como Paypal, Bitcoin, etc. 🔸¿Estoy aún obligado a emitir facturas o notas de ventas? No estoy seguro de cómo funciona la emisión de ''estos papeles'' para freelancers en trabajos remotos. Estaría agradecido si me ayudaran con esa información.
Estimado contribuyente, es necesario que posea un RUC en estado activo, cuando usted realiza una prestación de servicios hacia el exterior se considera una exportación, por consiguiente, usted debe sustentar esa prestación con comprobantes de venta, en relación a la prestación de FREELANCERS esta considerado como servicios profesionales y dichos comprobantes serán electrónicos. Le compartimos el siguiente enlace donde va a encontrar el boletín de prensa número 16 con información relevante a este tipo de prestadores de servicios: www.sri.gob.ec/boletines-2024
tenemos que sumar el valor de las notas de venta y ponerlas en el formulario o no gracias. yo las tengo físicas gracias o solo pagamos los 60 dolares y nada mas gracias por la infromacion
hola @user-bk5xn3cw6v, cuando se trata de solo ingresos en régimen RIMPE negocio popular no necesita detallar el monto total de sus notas de venta, a menos que sobrepasa el valor de $20.000.
@@SRIECUADORinformagenere la declaración pero no avance a cancelar el mismo día, fui al día siguiente a cancelar pero me dijeron q no se podía xq estaba caducada la declaración, q debo hacer para poder cancelar el valor de la declaración del rimpe??
Buenas noches, es obligatorio desglosar los ingresos ya que vi un vídeo donde por hacer la declaración simplificada y no poner ingresos y gastos, el sri le mando un correo diciendo que debe presentar la información real además le pusieron una multa a pesar de no haber superado los 20000, entonces es obligatorio o no el desglose de los ingresos? mas que nada quiero evitar algún tipo de inconvenientes.
Estimada contribuyente, al elaborar la declaración de Impuesto a la Renta como régimen RIMPE negocio popular, si no sobrepasa los $20.000,00 no tiene que desglosar el valor de sus ingresos, sin embargo, por cruce de información se puede determinar la obligatoriedad de ubicar a detalle esa información. El instructivo de llenado del formulario lo encuentra en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Buenos días mi pregunta es, si no reporto los ingresos anules y quiero pagar de una vez y genero la orden de pago para el 2024 me seguirán cobrando los 60 dólares por no reportar los valores en el sistema del sri ? Por que son 1 o 2 notas de ventas que se da en mi caso ,eso influye al monento de que cobren en valor anual para el 2024?
Estimado contribuyente, le recomendamos verificar la tabla progresiva para el pago del Impuesto a la Renta en el artículo 97.6 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Podrá descargar la normativa por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/d8fe2b8b-a4e9-4a05-b8cf-3115ec868213/LRTI_ultima_actualizacion_25032024.pdf En el caso de que los ingresos percibidos se encuentren en un rango de 0.00 a 2.500 USD no existe impuesto a pagar.
Estimada contribuyente, sus obligaciones tributarias asignadas son generadas hasta la fecha de cese de actividades, como, por ejemplo, si usted suspendió con fecha 28 de diciembre 2023 y se encuentra en régimen RIMPE, dependiendo de la categoría su declaración de impuesto a la renta, debía ser presentada en este año, RIMPE emprendedor en marzo y RIMPE negocio popular en mayo, de acuerdo al noveno digito del RUC. Le sugerimos verificar en el siguiente enlace la fecha de cese de actividades: srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriRucWeb/ConsultaRuc/Consultas/consultaRuc Y en el siguiente enlace su estado tributario: srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriDeclaracionesWeb/EstadoTributario/Consultas/consultaEstadoTributario
Estimada, soy persona natural no obligado a llevar contabilidad, estoy categorizado en RIMPE Negocio Popular y he emitido Facturas + el 15% IVA Actualmente tengo crédito tributario por adquisiciones y vengo arrastrando este crédito desde el año 2021 y hasta la presente fecha no he logrado descontar en su totalidad este crédito tributario. Tengo que facturar + el 15% IVA, de lo contario, no vamos a poder descontar el crédito tributario NUNCA. PREGUNTA: ¿puedo realizar la declaración semestral con ingresos y egresos, para descontar del crédito tributario que tengo a favor? OBSERVACIONES: a la final veo, que lo importante es la declaración de impuestos, ¿Existe sanciones, por lo indicado anteriormente? Yo personalmente pienso que no debería existir ningún tipo de sanción, ya que se está cumpliendo con las obligaciones tributarias. Por favor su respuesta, muchas gracias
Estimado contribuyente, las personas que están adheridas a régimen RIMPE negocio popular, no tienen la obligación de hacer declaraciones de IVA, por lo tanto, no poseen crédito tributario, ya que el régimen RIMPE negocio popular por su naturaleza, conforme a sus ingresos de $0,00 a $20.000,00; debe elaborar la declaración anual simplificada de Impuesto a la Renta. Respecto a la emisión de sus facturas la tarifa del IVA es 0%. Le compartimos el siguiente enlace donde encontrara información sobre dicho régimen: www.sri.gob.ec/rimpe En lo referente a las sanciones, en procesos de control la Administración Tributaria, emitirá la notificación correspondiente, sobre el incumplimiento a la normativa tributaria vigente.
Estimada contribuyente, el sistema de formularios esta parametrizado de acuerdo a normativa vigente, para el cálculo de interés y/o multas de acuerdo a la información reportada. Sin embargo, usted puede guiarse en el siguiente enlace donde encontrara la calculadora tributaria para conocer el cálculo: www.sri.gob.ec/calculadora-tributaria
Hola @edithsandoval1164, cuando se trata de solo ingresos en régimen RIMPE negocio popular no necesita detallar el monto total de sus notas de venta, a menos que sobrepasa el valor de USD 20.000
hola @katherineguachamin3923, en el anexo de gastos personales, debe ingresar las cargas familiares y volver hacer un reenvío del mismo, para lo cual debe ingresar a SRI en línea con usuario y contraseña, en la opción de Anexos, Anexo de gastos personales en línea, Generación anexo, escoge el período y envía el anexo. En un tiempo promedio de 48 horas el formulario contara con la nueva información de su anexo, le sugerimos no utilizar borradores en la declaración de Impuesto a la Renta.
Buenas tardes, en la pregunta ¿Requiere efectuar la declaración y pago del régimen RIMPE NEGOCIOS POPULARES cuyos ingresos no superan los USD 20.000 y no provienen de actividades económicas diferentes al régimen RIMPE? me sale premarcado el "No", y no deja cambiar a "SI". puede porfavor indicarme que hago.
hola @luisfelipebouttomolina5655, las preguntas de perfil viene autorespondidas, cuando no cumple todas las condiciones específicas que cita las consultas, en consecuencia si usted durante el año 2023 se encuentra adherido al RIMPE y además posee actividades o ingresos pertenecientes al régimen General, debe declarar el Impuesto a la Renta separando los ingresos por cada régimen, en el caso de RIMPE que no supere los $20.000, la cuota fija, es de $60 y si lo supera en base a la tabla del art. 97.6 de la ley del Régimen Tributario Interno. A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
hola @manuelcumbal8420, el facturador Off - line se encuentra en proceso de actualización, sin embargo, el facturador SRI se encuentra en producción con los cambios respectivos de acuerdo a la normativa tributaria vigente, sin antes mencionar que la aplicación requiere firma electrónica en archivo. Le sugerimos mantenerse informado a través de nuestras cuentas oficiales.
saludos si usted me dice mis ingresos deben ser menor o iguales a $20000 que pasa en el caso que yo he facturado $30000 pero son productos de articulos que yo he vendido entoces yo pague el costo del producto mas el iva del mismo osea mis ingresos reales no son $30000 expliqueme que debo hacer sigo pagando los $60 y me mantengo en rimpe o que tengo que hacer ????
Estimado contribuyente, si durante el año 2023, los ingresos sobrepasaron el valor de $20.000,00; al presentar su declaración de impuesto a la renta se debe identificar el total de ingresos y el valor del tributo será diferente. A continuación, le compartimos el siguiente enlace donde encontrara información del régimen RIMPE: www.sri.gob.ec/rimpe De igual forma, le sugerimos revisar el instructivo de llenado del formulario que lo encuentra en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Estimado contribuyente, para el año 2024, la tabla progresiva de régimen RIMPE, se actualiza de acuerdo a la categoría y al nivel de ingresos se considera el pago. En el siguiente enlace va a encontrar la normativa con el cambio respectivo, le sugerimos revisar el art. 97.6 de la Ley del Régimen Tributario Interno: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Estimada contribuyente, si el casillero 890 le da error, pude deberse a varias circunstancias; una de ellas es que el valor de la original no se canceló, pero se está ubicando esta información en dicho casillero, proceda con la eliminación. Caso contrario, si cancelo la original pero la sustitutiva es un valor menor o sin valor a pagar, sugerimos revisar los casilleros 897,898 y 899; y la imputación al pago a realizar, se comparte el enlace donde encontrara dicha información: www.sri.gob.ec/guias-tributarias
Estimada contribuyente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 97.9 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la transferencia de dominio de bienes muebles de naturaleza corporal, derechos y la prestación de servicios efectuadas por negocios populares estarán gravadas con tarifa 0% del Impuesto al Valor Agregado. Le invitamos a verificar la normativa por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/d8fe2b8b-a4e9-4a05-b8cf-3115ec868213/LRTI_ultima_actualizacion_25032024.pdf
Buenos días disculpe abrí el RUC EN 2021 ESTABA CALIFICADO COMO RISE PAGE SOLO EL PRIMER AÑO 2021, AHORA ESTOY EN RIMPE NEGOCIO POPULAR. MI PREGUNTA ES DEBO DECLARAR EL IMPUESTO A LA RENTA DEL AÑO 2022 Y 2023 GRÁCIAS POR SU RESPUESTA
Estimada contribuyente, se aplica condonación para las cuotas RIMPE de negocios populares generadas en el año 2022. La Administración Tributaria las extinguirá de manera automática cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones: a) se registraron exclusivamente actividades económicas sujetas a RIMPE Negocio Popular; y, b) no tuvieron autorización para emitir comprobantes de venta. En los demás casos los contribuyentes deberán efectuar su declaración de impuesto a la renta para acogerse a la remisión. Le sugerimos verificar la información antes descrita por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/remision-para-intereses-multas-y-recargos En relación al año 2023, deberá presentar su declaración del impuesto a la renta. Por medio del siguiente enlace podrá revisar los pasos para la elaboración y envío de su declaración: czcams.com/video/gSby0qrHa3s/video.html
Buenos días, acabo d cancelar por la banca móvil del Banco Pichincha la declaración del RIMPE persona natural y reviso el sistema me sale pago pendiente a que se debe?
Estimada contribuyente, con la forma de pago que usted utilizo, el cruce de información se dará en un lapso de hasta 48 horas hábiles. Le sugerimos revisar el estado tributario en el siguiente enlace: srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriDeclaracionesWeb/EstadoTributario/Consultas/consultaEstadoTributario
hola una consulta fui a pagar la declaración del rimpe sin embargo me aparece como pendiente de pago pero veo si tengo deudas y obligaciones y me sale que no que tengo que hacer?
Estimado contribuyente, revise su estado tributario en el siguiente enlace: srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriDeclaracionesWeb/EstadoTributario/Consultas/consultaEstadoTributario Si el sistema le indica como obligación pendiente, debe realizar la declaración, una vez declarado el formulario de impuesto a la renta como régimen RIMPE, el sistema le otorgo un comprobante electrónico de pago, el mismo puede ser cancelado con diversas formas de pago, sean este efectivo, transferencia, etc. Pero si esta como deuda firme, es decir declaro, pero no cancelo, la opción a utilizar es: Deudas / Consulta de deudas y obligaciones que mantiene con el SRI, a continuación, toma el formulario autogenerado por el sistema. En el siguiente enlace puede encontrar las formas de pago que puede utilizar: www.sri.gob.ec/como-pago-mis-impuestos1
Buenas noches.. pero si hace 2 años ya no emitía facturas. Pero no me acerque a cerrar el RUC. Cómo podré pagar en cero este año. Xq no he facturado nada. Ayúdeme xfa
hola @aidaguarochico4246, en el siguiente enlace usted puede verificar en que estado se encuentra su RUC: srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriRucWeb/ConsultaRuc/Consultas/consultaRuc Adicional le sugerimos revisar en el siguiente enlace su estado tributario: srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriDeclaracionesWeb/EstadoTributario/Consultas/consultaEstadoTributario Si aun su RUC, estuviere activo va a depender el régimen en el cual se encuentre para cumplir sus deberes formales, si no genero actividad económica, puede realizar la suspensión de su RUC. Se comparte enlace de la guía de usuario de suspensión del RUC: www.sri.gob.ec/ruc-personas-naturales#gu%C3%ADas
hola @alixandreajav, estos casilleros corresponden a la condición de grupo prioritario como persona con discapacidad o sustituto. Le recomendamos verificar el llenado del formulario en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos1
hola @TeffaSanz, si el RUC estaba activo y adherido a RIMPE Negocio Popular, en el año 2023, la declaración y pago debe realizar hasta mayo 2024 con información que corresponde al año 2023, si sus ingresos no superen los USD 20.000, la cuota fija, es de USD 60. A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
hola @julioantoniofariasquiroz7444, la actividad que usted cita, es excluyente de régimen RIMPE, por consiguiente, el régimen a adherirse es General, esta información se encuentra establecida en el art. 97.4 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la normativa la puede verificar en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
hola @stephaniecastro642, las preguntas de perfil viene autorespondidas, cuando no cumple todas las condiciones establecidas en la consulta, en consecuencia si usted durante el año 2023 se encuentra adherido al RIMPE y además posee actividades o ingresos pertenecientes al régimen General, debe declarar el Impuesto a la Renta separando los ingresos por cada régimen, en el caso de RIMPE que no supere los $20000.00, la cuota fija, es de $60.00 y si lo supera en base a la tabla del art. 97.6 de la ley del Régimen Tributario Interno. A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Buenas tardes, a mi también me sucede lo mismo, no me da la opción Si, es automática la opción no, y yo solo tengo Rimpe Negocio Popular, no tengo ningún otra actividad y tampoco he excedido los $20.000.00 anual.
Buenas tardes, al momento de llegar al paso dos que son las preguntas ya me llega seleccionado en No la opción de rimpe negocio popular que hago en ese caso AYUDA POR FAVOR!!!!!
Estimado contribuyente, en las preguntas de perfilamiento de su formulario de Impuesto a la Renta, podrá marcar la opción ‘’SI’’ en la siguiente pregunta: ¿para el periodo fiscal a declarar se encuentra sujeto al régimen RIMPE?. Los ingresos y gastos correspondientes a su actividad económica, tendrán que declararse en los siguientes casilleros: 611, 631, 765 y 766. Además, le sugerimos colocar la información que corresponda en los casilleros 128 y 129. Podrá verificar la guía de llenado de su formulario de declaración por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Estimado contribuyente, el impuesto a la renta si solo tenía actividades régimen RIMPE negocio popular, podrá declarar hasta mayo; pero si adicional tenía registrada una actividad en régimen general la presentación era en marzo de acuerdo a su noveno digito de RUC. Le sugerimos revisar en el siguiente enlace su estado tributario: srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriDeclaracionesWeb/EstadoTributario/Consultas/consultaEstadoTributario
hola @Lobitopesantez2021, agradecemos especificar su consulta, sin embargo, compartimos el siguiente enlace donde va a encontrar el instructivo de llenado de los formularios: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Estimado contribuyente, con advertencias el sistema le permite enviar la declaración, sin embargo, estos casilleros que indica son la suma que el mismo formulario realiza en base al detalle de los ingresos y gastos. El instructivo de llenado del formulario lo va a encontrar en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Estimado contribuyente, con relación al ingreso al sistema del Facturador SRI en línea, esta Administración tiene a bien comunicarle que hemos efectuado las pruebas necesarias y el sistema se encuentra trabajando con normalidad, sin embargo, pueden presentarse algunas intermitencias Nuestra página web no genera inconvenientes de navegación, pero para el correcto funcionamiento de este sitio web se sugiere Microsoft Edge 38, Firefox 53, Chrome 58, Safari 10 (o superiores). Adicionalmente se recomienda borrar el historial y cookies de navegación.
Saludos cordiales, mi mamá es parte del Rimpe negocios populares, no nos dimos cuenta de las fechas y en la página sale valores vencidos ingresamos hoy 29 de mayo y debia pagar hasta el 18, queremos realizar el pago, por favor que debemos hacer en este caso
Estimada contribuyente, cuando se realiza una declaración y no efectúa el pago debe esperar un tiempo de hasta 72 horas para que el sistema reconozca automáticamente la deuda, la misma que se visualiza ingresando a SRI en línea con usuario y contraseña, en la opción de deudas a continuación consulta de obligaciones y deudas que mantiene con el SRI. Le invitamos a verificar el siguiente enlace de las diversas formas de pago en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/consulta-y-pago
Buenas nochces. Yo suspendí el RIMPE hace un año exactamente. No he tenido ingresos de ninguna clase. Me llegó una notificación. Supongo que no debo pagar nada, ayúdeme con información. Gracias de antemano.
hola @jordysaenzdeviteri4049, la fecha de suspensión de su RUC es primordial conocer, de acuerdo a esta se establece la última obligación tributaria a cumplir, le compartimos el siguiente enlace para confirmar esta información: srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriRucWeb/ConsultaRuc/Consultas/consultaRuc Si usted suspendió su RUC adherido a RIMPE, con año 2023, deberá efectuar la declaración de Impuesto a la Renta hasta dicho año, si los ingresos fueron de $0 a $20.000; la cuota fija, es de $60. A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
hola @jordysaenzdeviteri4049, la fecha de suspensión de su RUC es primordial conocer, de acuerdo a esta se establece la última obligación tributaria a cumplir, le compartimos el siguiente enlace para confirmar esta información: srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriRucWeb/ConsultaRuc/Consultas/consultaRuc Si usted suspendió su RUC adherido a RIMPE, con año 2023, deberá efectuar la declaración de Impuesto a la Renta hasta dicho año, si los ingresos fueron de $0,00 a $20.000,00; la cuota fija, es de $60.00. A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
hola @dmt-eidos1223, usted debe cumplir a tiempo sus obligaciones para que no se generen multas, interés o recargos, en el siguiente enlace va a encontrar un calendario tributario: www.sri.gob.ec/calendario-responsabilidades-tributarias El cálculo de las multas está tipificado en el art. 100 Ley del Régimen Tributario Interno, sin embargo, en el siguiente enlace va a encontrar una calculadora tributaria que esta parametrizada con la normativa citada: www.sri.gob.ec/calculadora-tributaria
Estimada contribuyente, de acuerdo a lo contemplado en el artículo 97.8 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la declaración del Impuesto a la Renta se presentará anualmente. Podrá verificar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace: www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/d8fe2b8b-a4e9-4a05-b8cf-3115ec868213/LRTI_ultima_actualizacion_25032024.pdf
Buenas tardes vi un vídeo donde a un señor por hacer la declaración simplificada y no poner ingresos y gastos, el sri le mando un correo diciendo que debe presentar la información real ademas le pusieron una multa por hacer en 0 a pesar de no haber superado los 20000 😢
Estimada contribuyente, al elaborar la declaración de Impuesto a la Renta como RIMPE negocio popular, si no sobrepasa los USD 20.000 no tiene que desglosar el valor de sus ingresos, sin embargo, por cruce de información se puede determinar la obligatoriedad de ubicar a detalle esa información.
Hola @ximenap1402, cuando se trata de solo ingresos en régimen RIMPE negocio popular no necesita detallar el monto de ventas o compras, a menos que sobrepase el valor de USD 20.000 el valor del tributo será sobre el ingreso total, sin deducciones o rebajas.
Buenas tardes, tengo una duda, se sigue manteniendo el pago anual de $60?, pregunto, ya que en el internet ronda una tabla de calculo sobre impuesto a la renta del RIMPE- Negocios Populares donde puedes pagar desde 0 a 60 dolares por impuesto fracción básica.
hola @jhairanthony9457, hasta el año 2023 si usted esta adherida a régimen RIMPE y sus ingresos fueron de 0 a USD 20.000, el pago mínimo es de USD 60, por consiguiente, año 2024 se actualiza la normativa con la Ley de Eficiencia Económica y generación de empleo y se modifica el art. 97.6 de la Ley del régimen Tributario Interno donde se identifica una tabla proporcional al nivel de sus ingresos de 0 a USD 20.000. La normativa la puede encontrar en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
@@SRIECUADORinforma hola mi abuela tiene 67 años y quiero hacer el trámite para que cobre el IVA, que necesito llevar al Sri para que le den su clave y usuario ? Tiene algún costo ?
Buenos días, también se debe ingresar el valor de lo ingresos de las notas de venta porque como van a identificar ingreso anual para aplicar a la nueva tabla. Adicional para pedir un préstamo se basan a la Declaración del Impuesto a la renta si no se ingresan valor en la declaración no aplican.
hola @user-sm6kv4iw6i, cuando se trata de solo ingresos en régimen RIMPE negocio popular no necesita detallar el monto total de sus notas de venta, a menos que sobrepasa el valor de USD 20.000. Sin embargo, si por requerimiento de otra entidad, usted necesita detallar el total de sus ingresos puede hacerlo. Le invitamos a verificar el instructivo de llenado del formulario disponible en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Tengo esto, no tengo idea que es??. Segun este video no sale estas advertencias???: Casillero 659. Los valores reportados en los formulario IVA por ingresos, con respecto a su declaración Renta, difieren de lo detallado en la pestaña de "Información Fiscal". Casillero 669. Los valores en los formularios IVA por costos y gastos deducibles, con respecto a su declaración Renta, difieren de lo detallado en la pestaña de "Información Fiscal"
Estimado contribuyente, con las advertencias que el sistema le indica si puede enviar la declaración, no obstante, estas alertas son porque los valores de información fiscal son distintos de los que usted tipea en el formulario. En el siguiente enlace va a encontrar el instructivo de llenado del formulario: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Estimado contribuyente, si usted ya genero actividad económica, durante el año 2023, el periodo a identificar en la declaración de impuesto a la renta será 2023. A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Estimada contribuyente, para el año 2023 si usted esta adherido a régimen RIMPE negocio popular y sus ingresos fueron de $0 a $20.000, el pago mínimo es de $60 que debe ser declarado y pagado mediante el formulario de Impuesto a la Renta de personas naturales, por consiguiente, si aún mantiene actividad económica durante el año 2024 la declaración y pago se mantiene el formulario pero el valor del impuesto fue modificado con la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo donde se identifica una tabla proporcional al nivel de sus ingresos de $0 a $20.000. La normativa la puede encontrar en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
hola @elvismullo2030, la fecha de inicio de actividades determina el cumplimiento de sus deberes formales, sin embargo, le sugerimos verificar en que régimen tributario se encuentra en el siguiente enlace: srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriRucWeb/ConsultaRuc/Consultas/consultaRuc Si usted forma parte de régimen RIMPE Negocio Popular, la única obligación es declarar Impuesto a la Renta del año 2024, el próximo año. Si fuera régimen RIMPE Emprendedor, podrá por simplificación realizar declaraciones semestrales de IVA u optar por declaraciones de IVA mensuales, y adicional la declaración de Impuesto a la Renta el próximo año. Por último, si usted es Régimen General, de acuerdo a su actividad económica las obligaciones de IVA pueden ser mensuales o semestrales. A continuación, se comparte el enlace con información adicional: www.sri.gob.ec/ruc-personas-naturales
Estimado contribuyente, si usted forma parte de RIMPE Negocio Popular queda a su elección utilizar notas de venta o facturas electrónicas, pero si usted forma parte de RIMPE Emprendedor, es de carácter obligatoria emitir comprobantes electrónicos. Le invitamos a ingresar al siguiente enlace: www.sri.gob.ec/web/intersri/rimpe?p_l_back_url=%2Fbuscador%3Fq%3Drimpe
Estimada contribuyente, la declaración de Impuesto a la Renta para el año 2024, será declarado y pagado hasta el mes de junio de 2025. En concordancia, con el artículo 230 del Reglamento a la Ley del Régimen Tributario Interno. El contribuyente, deberá liquidar su impuesto en función de lo previsto en el artículo 97.6 de la Ley del Régimen Tributario Interno. En el siguiente enlace va a encontrar las normativas: www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Gracias, fue de mucha ayuda.
Hola, y si me han hecho retenciones porque facturo a una institucion educativa, en que parte debo poner esos valores o ya el sistema los asume automaticamente?, please su ayuda, muchas gracias
Estimado contribuyente, debe realizar una sola declaración, utilizando el formulario de Impuesto a la Renta de personas naturales y sucesiones indivisas, ahí ubicara los valores de las retenciones de aquellas actividades que estuvieron excluidas de régimen RIMPE, en el casillero 845.
No obstante, el formulario por formar parte de régimen RIMPE y si sus ingresos fueron de $0,00 a $20.000,00 durante el año 2023, el pago mínimo es de $60.00.
A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Buenas noches entonces para hacer la declaración en regimen negocio popular no es necesario presentar notas de venta fisicas de ventas o servicios prestados yo soy costurera
hola @doryconfecciones5334, cuando se trata de solo ingresos en hola régimen RIMPE negocio popular no necesita detallar el monto total de sus notas de venta, a menos que sobrepasa el valor de USD 20.000
Disculpe yo lo cerré en diciembre 2023 claro que use el ruc desde marzo hasta diciembre y de igual forma como lo cerré debo pagar o no y yo me pase en compras como 70 mil dolares pero reviso en el sistema y me sale que estoy al día ya que tengo un ruc de taxi y ese aun esta activo y ya ise la declaración pero cuando quiero imprimir el documento que necesito de que no debo nada me sale que tengo una declaración pendiente pero busco y no me sale nada que solo estoy al día nada más de pronto alguien que me ayude
Hola @kevinmotorsec5704, si solo tenías actividades régimen RIMPE negocio popular, podrás declarar el impuesto a la renta hasta mayo; pero si adicionalmente tenías registrada una actividad en régimen general la presentación era en marzo de acuerdo al noveno digito de RUC. Te sugerimos revisar tu estado tributario aquí: srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriDeclaracionesWeb/EstadoTributario/Consultas/consultaEstadoTributario
Buenas, disculpe yo presto mis servicios para vender terrenos/lotes para un proyecto inmobiliario de una empresa Century21 pero aún no he firmado nada con ellos, gano por comisión si vendo gano (mis ingresos no superan los $20 mil anuales).
Qué tipo de RUC debería tener??
También debo dar factura o notas de ventas??
Qué obligaciones tributarias tengo??
(Considerando que no es un trabajo estable y gano si vendo nomas)
Estimado contribuyente, en virtud de lo previsto en el artículo 97.4 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la actividad económica de comisionista se encuentra excluida del RIMPE.
Podrá verificar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/d8fe2b8b-a4e9-4a05-b8cf-3115ec868213/LRTI_ultima_actualizacion_25032024.pdf
Por lo tanto, al abrir el RUC, será un contribuyente de Régimen General y en consecuencia, deberá facturar electrónicamente.
En relación al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, al tener las comisiones tarifa de IVA diferente de cero, deberá presentar declaraciones del IVA de manera mensual.
Además, en el caso de que sus ingresos superen el valor de la fracción básica de Impuesto a la Renta (de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 de la ley antes mencionada, deberá presentar esta declaración de manera anual.
Una pregunta yo saqué ruc por mi profesión pero también agregue otras actividades y me salió que era negocio popular cuando tenía q hacer las declaraciones me salió la del otro "IVA Semestral" por mi profesión (no genere factura) y también se que tengo que pagar por "negocio popular" el asunto es que cuando hice la del Impuesto me salía observaciones por la declaración del "IVA" como puedo solucionar eso para que me salga el valor de los 60
hola @ISABELMARTINEZ-vr2nc, al momento de contestar las preguntas de perfil usted debe considerar la información que tiene, revisar el resumen impositivo casilleros 127 y 128 que este reportado que formo parte del régimen RIMPE como negocio popular. Le invitamos a revisar el instructivo de llenado que lo encuentra en el siguiente enlace: www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Buenos días Escuela SRI.
El video es útil e informativo.
Hay algo que la ‘conductora del video’ dijo: ''aparte de emitir todas tus notas de ventas o facturas electrónicas para todas tus transacciones comerciales' que me tiene cuestionando.
🔹Yo he trabajado como freelancer desde que abrí mi RUC.
🔸En mi primer empleo me pidieron emitir notas de venta. Pero lo dejé (mi empleo) por motivos personales.
🔹Ahora estoy trabajando remotamente para un instituto de idiomas y también me pidieron RUC. Pero ellos no me solicitaron notas de venta o facturas electrónicas, ya que, el sueldo se hace mediante transacciones en plataformas de pagos electrónicos como Paypal, Bitcoin, etc.
🔸¿Estoy aún obligado a emitir facturas o notas de ventas?
No estoy seguro de cómo funciona la emisión de ''estos papeles'' para freelancers en trabajos remotos. Estaría agradecido si me ayudaran con esa información.
Estimado contribuyente, es necesario que posea un RUC en estado activo, cuando usted realiza una prestación de servicios hacia el exterior se considera una exportación, por consiguiente, usted debe sustentar esa prestación con comprobantes de venta, en relación a la prestación de FREELANCERS esta considerado como servicios profesionales y dichos comprobantes serán electrónicos.
Le compartimos el siguiente enlace donde va a encontrar el boletín de prensa número 16 con información relevante a este tipo de prestadores de servicios:
www.sri.gob.ec/boletines-2024
tenemos que sumar el valor de las notas de venta y ponerlas en el formulario o no gracias. yo las tengo físicas gracias o solo pagamos los 60 dolares y nada mas gracias por la infromacion
hola @user-bk5xn3cw6v, cuando se trata de solo ingresos en régimen RIMPE negocio popular no necesita detallar el monto total de sus notas de venta, a menos que sobrepasa el valor de $20.000.
@@SRIECUADORinformagenere la declaración pero no avance a cancelar el mismo día, fui al día siguiente a cancelar pero me dijeron q no se podía xq estaba caducada la declaración, q debo hacer para poder cancelar el valor de la declaración del rimpe??
Buenas noches, es obligatorio desglosar los ingresos ya que vi un vídeo donde por hacer la declaración simplificada y no poner ingresos y gastos, el sri le mando un correo diciendo que debe presentar la información real además le pusieron una multa a pesar de no haber superado los 20000, entonces es obligatorio o no el desglose de los ingresos? mas que nada quiero evitar algún tipo de inconvenientes.
Estimada contribuyente, al elaborar la declaración de Impuesto a la Renta como régimen RIMPE negocio popular, si no sobrepasa los $20.000,00 no tiene que desglosar el valor de sus ingresos, sin embargo, por cruce de información se puede determinar la obligatoriedad de ubicar a detalle esa información.
El instructivo de llenado del formulario lo encuentra en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Buenos días mi pregunta es, si no reporto los ingresos anules y quiero pagar de una vez y genero la orden de pago para el 2024 me seguirán cobrando los 60 dólares por no reportar los valores en el sistema del sri ?
Por que son 1 o 2 notas de ventas que se da en mi caso ,eso influye al monento de que cobren en valor anual para el 2024?
Estimado contribuyente, le recomendamos verificar la tabla progresiva para el pago del Impuesto a la Renta en el artículo 97.6 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Podrá descargar la normativa por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/d8fe2b8b-a4e9-4a05-b8cf-3115ec868213/LRTI_ultima_actualizacion_25032024.pdf
En el caso de que los ingresos percibidos se encuentren en un rango de 0.00 a 2.500 USD no existe impuesto a pagar.
Buenas tardes debo seguir pagando los $60 cada año así no tenga ingresos y ya haya suspendido mi Ruc?
Tengo esa duda, muchas gracias
Estimada contribuyente, sus obligaciones tributarias asignadas son generadas hasta la fecha de cese de actividades, como, por ejemplo, si usted suspendió con fecha 28 de diciembre 2023 y se encuentra en régimen RIMPE, dependiendo de la categoría su declaración de impuesto a la renta, debía ser presentada en este año, RIMPE emprendedor en marzo y RIMPE negocio popular en mayo, de acuerdo al noveno digito del RUC.
Le sugerimos verificar en el siguiente enlace la fecha de cese de actividades:
srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriRucWeb/ConsultaRuc/Consultas/consultaRuc
Y en el siguiente enlace su estado tributario:
srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriDeclaracionesWeb/EstadoTributario/Consultas/consultaEstadoTributario
Estimada, soy persona natural no obligado a llevar contabilidad, estoy categorizado en RIMPE Negocio Popular y he emitido Facturas + el 15% IVA
Actualmente tengo crédito tributario por adquisiciones y vengo arrastrando este crédito desde el año 2021 y hasta la presente fecha no he logrado descontar en su totalidad este crédito tributario. Tengo que facturar + el 15% IVA, de lo contario, no vamos a poder descontar el crédito tributario NUNCA.
PREGUNTA: ¿puedo realizar la declaración semestral con ingresos y egresos, para descontar del crédito tributario que tengo a favor?
OBSERVACIONES: a la final veo, que lo importante es la declaración de impuestos,
¿Existe sanciones, por lo indicado anteriormente?
Yo personalmente pienso que no debería existir ningún tipo de sanción, ya que se está cumpliendo con las obligaciones tributarias.
Por favor su respuesta, muchas gracias
Estimado contribuyente, las personas que están adheridas a régimen RIMPE negocio popular, no tienen la obligación de hacer declaraciones de IVA, por lo tanto, no poseen crédito tributario, ya que el régimen RIMPE negocio popular por su naturaleza, conforme a sus ingresos de $0,00 a $20.000,00; debe elaborar la declaración anual simplificada de Impuesto a la Renta. Respecto a la emisión de sus facturas la tarifa del IVA es 0%.
Le compartimos el siguiente enlace donde encontrara información sobre dicho régimen:
www.sri.gob.ec/rimpe
En lo referente a las sanciones, en procesos de control la Administración Tributaria, emitirá la notificación correspondiente, sobre el incumplimiento a la normativa tributaria vigente.
Y si no presento a tiempo la declaración como hago, es el mismo proceso para declarar? Solito me genera la multa el formulario?
Estimada contribuyente, el sistema de formularios esta parametrizado de acuerdo a normativa vigente, para el cálculo de interés y/o multas de acuerdo a la información reportada.
Sin embargo, usted puede guiarse en el siguiente enlace donde encontrara la calculadora tributaria para conocer el cálculo:
www.sri.gob.ec/calculadora-tributaria
Y no se añade el monto total de lo que ha vendido según las notas de ventas?
Hola @edithsandoval1164, cuando se trata de solo ingresos en régimen RIMPE negocio popular no necesita detallar el monto total de sus notas de venta, a menos que sobrepasa el valor de USD 20.000
Que hago si no me deja corregir el formulario, donde tengo una carga familiar y el casillero 751 sale con alerta
hola @katherineguachamin3923, en el anexo de gastos personales, debe ingresar las cargas familiares y volver hacer un reenvío del mismo, para lo cual debe ingresar a SRI en línea con usuario y contraseña, en la opción de Anexos, Anexo de gastos personales en línea, Generación anexo, escoge el período y envía el anexo. En un tiempo promedio de 48 horas el formulario contara con la nueva información de su anexo, le sugerimos no utilizar borradores en la declaración de Impuesto a la Renta.
Buenas tardes, en la pregunta ¿Requiere efectuar la declaración y pago del régimen RIMPE NEGOCIOS POPULARES cuyos ingresos no superan los USD 20.000 y no provienen de actividades económicas diferentes al régimen RIMPE? me sale premarcado el "No", y no deja cambiar a "SI". puede porfavor indicarme que hago.
hola @luisfelipebouttomolina5655, las preguntas de perfil viene autorespondidas, cuando no cumple todas las condiciones específicas que cita las consultas, en consecuencia si usted durante el año 2023 se encuentra adherido al RIMPE y además posee actividades o ingresos pertenecientes al régimen General, debe declarar el Impuesto a la Renta separando los ingresos por cada régimen, en el caso de RIMPE que no supere los $20.000, la cuota fija, es de $60 y si lo supera en base a la tabla del art. 97.6 de la ley del Régimen Tributario Interno.
A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Buenas tardes como cambió el iva al 15 en el facturador del sri
hola @manuelcumbal8420, el facturador Off - line se encuentra en proceso de actualización, sin embargo, el facturador SRI se encuentra en producción con los cambios respectivos de acuerdo a la normativa tributaria vigente, sin antes mencionar que la aplicación requiere firma electrónica en archivo. Le sugerimos mantenerse informado a través de nuestras cuentas oficiales.
saludos si usted me dice mis ingresos deben ser menor o iguales a $20000 que pasa en el caso que yo he facturado $30000 pero son productos de articulos que yo he vendido entoces yo pague el costo del producto mas el iva del mismo osea mis ingresos reales no son $30000 expliqueme que debo hacer sigo pagando los $60 y me mantengo en rimpe o que tengo que hacer ????
Estimado contribuyente, si durante el año 2023, los ingresos sobrepasaron el valor de $20.000,00; al presentar su declaración de impuesto a la renta se debe identificar el total de ingresos y el valor del tributo será diferente.
A continuación, le compartimos el siguiente enlace donde encontrara información del régimen RIMPE:
www.sri.gob.ec/rimpe
De igual forma, le sugerimos revisar el instructivo de llenado del formulario que lo encuentra en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
buenos dias y como va hacer la normativa vigente del año 2024 ?,que dice que se va pagar de 0 a 60 dólares me puede explicar por favor.
Ayer me dijeron que se rigen a una tabla segun los ingredos
Estimado contribuyente, para el año 2024, la tabla progresiva de régimen RIMPE, se actualiza de acuerdo a la categoría y al nivel de ingresos se considera el pago.
En el siguiente enlace va a encontrar la normativa con el cambio respectivo, le sugerimos revisar el art. 97.6 de la Ley del Régimen Tributario Interno:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Buenas tardes si estoy haciendo una declaración sustitutiva y me sale en pago previo casillero 890 error, que debo hacer?
Estimada contribuyente, si el casillero 890 le da error, pude deberse a varias circunstancias; una de ellas es que el valor de la original no se canceló, pero se está ubicando esta información en dicho casillero, proceda con la eliminación.
Caso contrario, si cancelo la original pero la sustitutiva es un valor menor o sin valor a pagar, sugerimos revisar los casilleros 897,898 y 899; y la imputación al pago a realizar, se comparte el enlace donde encontrara dicha información:
www.sri.gob.ec/guias-tributarias
Hola, estoy dentro del regimen rimpe negocio popular mi pregunta es desglosamos el iva si o no en nuestras facturas electronicas?
Estimada contribuyente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 97.9 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la transferencia de dominio de bienes muebles de naturaleza corporal, derechos y la prestación de servicios efectuadas por negocios populares estarán gravadas con tarifa 0% del Impuesto al Valor Agregado.
Le invitamos a verificar la normativa por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/d8fe2b8b-a4e9-4a05-b8cf-3115ec868213/LRTI_ultima_actualizacion_25032024.pdf
Buenos días disculpe abrí el RUC EN 2021 ESTABA CALIFICADO COMO RISE PAGE SOLO EL PRIMER AÑO 2021, AHORA ESTOY EN RIMPE NEGOCIO POPULAR. MI PREGUNTA ES DEBO DECLARAR EL IMPUESTO A LA RENTA DEL AÑO 2022 Y 2023 GRÁCIAS POR SU RESPUESTA
Estimada contribuyente, se aplica condonación para las cuotas RIMPE de negocios populares generadas en el año 2022.
La Administración Tributaria las extinguirá de manera automática cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones: a) se registraron exclusivamente actividades económicas sujetas a RIMPE Negocio Popular; y, b) no tuvieron autorización para emitir comprobantes de venta. En los demás casos los contribuyentes deberán efectuar su declaración de impuesto a la renta para acogerse a la remisión.
Le sugerimos verificar la información antes descrita por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/remision-para-intereses-multas-y-recargos
En relación al año 2023, deberá presentar su declaración del impuesto a la renta.
Por medio del siguiente enlace podrá revisar los pasos para la elaboración y envío de su declaración:
czcams.com/video/gSby0qrHa3s/video.html
Buenos días, acabo d cancelar por la banca móvil del Banco Pichincha la declaración del RIMPE persona natural y reviso el sistema me sale pago pendiente a que se debe?
Estimada contribuyente, con la forma de pago que usted utilizo, el cruce de información se dará en un lapso de hasta 48 horas hábiles.
Le sugerimos revisar el estado tributario en el siguiente enlace:
srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriDeclaracionesWeb/EstadoTributario/Consultas/consultaEstadoTributario
hola una consulta fui a pagar la declaración del rimpe sin embargo me aparece como pendiente de pago pero veo si tengo deudas y obligaciones y me sale que no que tengo que hacer?
Igual a mi, me sale q no tengo deudas, q debo hacer??
Estimado contribuyente, revise su estado tributario en el siguiente enlace:
srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriDeclaracionesWeb/EstadoTributario/Consultas/consultaEstadoTributario
Si el sistema le indica como obligación pendiente, debe realizar la declaración, una vez declarado el formulario de impuesto a la renta como régimen RIMPE, el sistema le otorgo un comprobante electrónico de pago, el mismo puede ser cancelado con diversas formas de pago, sean este efectivo, transferencia, etc.
Pero si esta como deuda firme, es decir declaro, pero no cancelo, la opción a utilizar es: Deudas / Consulta de deudas y obligaciones que mantiene con el SRI, a continuación, toma el formulario autogenerado por el sistema.
En el siguiente enlace puede encontrar las formas de pago que puede utilizar:
www.sri.gob.ec/como-pago-mis-impuestos1
Buenas noches.. pero si hace 2 años ya no emitía facturas. Pero no me acerque a cerrar el RUC. Cómo podré pagar en cero este año. Xq no he facturado nada. Ayúdeme xfa
hola @aidaguarochico4246, en el siguiente enlace usted puede verificar en que estado se encuentra su RUC:
srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriRucWeb/ConsultaRuc/Consultas/consultaRuc
Adicional le sugerimos revisar en el siguiente enlace su estado tributario:
srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriDeclaracionesWeb/EstadoTributario/Consultas/consultaEstadoTributario
Si aun su RUC, estuviere activo va a depender el régimen en el cual se encuentre para cumplir sus deberes formales, si no genero actividad económica, puede realizar la suspensión de su RUC.
Se comparte enlace de la guía de usuario de suspensión del RUC:
www.sri.gob.ec/ruc-personas-naturales#gu%C3%ADas
Buenas tardes al darle siguiente me sale error en el casillero 784 y 798, a donde tengo que ir para corregir eso
hola @alixandreajav, estos casilleros corresponden a la condición de grupo prioritario como persona con discapacidad o sustituto. Le recomendamos verificar el llenado del formulario en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos1
me sucede lo mismo, como le corregiste?
Buenas tardes, si tengo que declarar en mayo del 2024, igual selecciono en periodo fiscal 2023? no 2024?
hola @TeffaSanz, si el RUC estaba activo y adherido a RIMPE Negocio Popular, en el año 2023, la declaración y pago debe realizar hasta mayo 2024 con información que corresponde al año 2023, si sus ingresos no superen los USD 20.000, la cuota fija, es de USD 60. A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
@@SRIECUADORinforma buenos días entonces entonces el periodo fiscal de la declaración seria el 2023 me ayuda con eso porfavor
Saludos, un pequeño negocio de ganadería lechera esta obligado a abrir RUC o RIMPE.
hola @julioantoniofariasquiroz7444, la actividad que usted cita, es excluyente de régimen RIMPE, por consiguiente, el régimen a adherirse es General, esta información se encuentra establecida en el art. 97.4 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la normativa la puede verificar en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Buenas tardes, una pregunta, al seleccionar el año 2023 no me permite seleccionar SI en rimpe, me sale marcado automatico un NO. :(
hola @stephaniecastro642, las preguntas de perfil viene autorespondidas, cuando no cumple todas las condiciones establecidas en la consulta, en consecuencia si usted durante el año 2023 se encuentra adherido al RIMPE y además posee actividades o ingresos pertenecientes al régimen General, debe declarar el Impuesto a la Renta separando los ingresos por cada régimen, en el caso de RIMPE que no supere los $20000.00, la cuota fija, es de $60.00 y si lo supera en base a la tabla del art. 97.6 de la ley del Régimen Tributario Interno.
A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Buenas tardes, a mi también me sucede lo mismo, no me da la opción Si, es automática la opción no, y yo solo tengo Rimpe Negocio Popular, no tengo ningún otra actividad y tampoco he excedido los $20.000.00 anual.
Buenas tardes, al momento de llegar al paso dos que son las preguntas ya me llega seleccionado en No la opción de rimpe negocio popular que hago en ese caso
AYUDA POR FAVOR!!!!!
Estimado contribuyente, en las preguntas de perfilamiento de su formulario de Impuesto a la Renta, podrá marcar la opción ‘’SI’’ en la siguiente pregunta: ¿para el periodo fiscal a declarar se encuentra sujeto al régimen RIMPE?.
Los ingresos y gastos correspondientes a su actividad económica, tendrán que declararse en los siguientes casilleros: 611, 631, 765 y 766.
Además, le sugerimos colocar la información que corresponda en los casilleros 128 y 129.
Podrá verificar la guía de llenado de su formulario de declaración por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
mi digito termina en 6 y al generar el formulario en MAYO me sale dos mese de deuda. nunca me han cambiado a otro regimen.
Estimado contribuyente, el impuesto a la renta si solo tenía actividades régimen RIMPE negocio popular, podrá declarar hasta mayo; pero si adicional tenía registrada una actividad en régimen general la presentación era en marzo de acuerdo a su noveno digito de RUC.
Le sugerimos revisar en el siguiente enlace su estado tributario:
srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriDeclaracionesWeb/EstadoTributario/Consultas/consultaEstadoTributario
Buenas tardes me sale valor 0.00 a pagar? Que debo hacer ? Algo esta mal?
hola @Lobitopesantez2021, agradecemos especificar su consulta, sin embargo, compartimos el siguiente enlace donde va a encontrar el instructivo de llenado de los formularios:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
saludos, tengo advertencias 659 y 669 del IVA, al intentar declarar, por los 60 dólares, cuál es el error? GRACIAS su ayuda.
Estimado contribuyente, con advertencias el sistema le permite enviar la declaración, sin embargo, estos casilleros que indica son la suma que el mismo formulario realiza en base al detalle de los ingresos y gastos.
El instructivo de llenado del formulario lo va a encontrar en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
ACTULICEN EL SISTEMA OFFILINE CON EL 15% DE IVA, no se lo puede usar
Estimado contribuyente, con relación al ingreso al sistema del Facturador SRI en línea, esta Administración tiene a bien comunicarle que hemos efectuado las pruebas necesarias y el sistema se encuentra trabajando con normalidad, sin embargo, pueden presentarse algunas intermitencias
Nuestra página web no genera inconvenientes de navegación, pero para el correcto funcionamiento de este sitio web se sugiere Microsoft Edge 38, Firefox 53, Chrome 58, Safari 10 (o superiores). Adicionalmente se recomienda borrar el historial y cookies de navegación.
Saludos cordiales, mi mamá es parte del Rimpe negocios populares, no nos dimos cuenta de las fechas y en la página sale valores vencidos ingresamos hoy 29 de mayo y debia pagar hasta el 18, queremos realizar el pago, por favor que debemos hacer en este caso
Estimada contribuyente, cuando se realiza una declaración y no efectúa el pago debe esperar un tiempo de hasta 72 horas para que el sistema reconozca automáticamente la deuda, la misma que se visualiza ingresando a SRI en línea con usuario y contraseña, en la opción de deudas a continuación consulta de obligaciones y deudas que mantiene con el SRI.
Le invitamos a verificar el siguiente enlace de las diversas formas de pago en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/consulta-y-pago
Buenas nochces. Yo suspendí el RIMPE hace un año exactamente. No he tenido ingresos de ninguna clase. Me llegó una notificación. Supongo que no debo pagar nada, ayúdeme con información. Gracias de antemano.
hola @jordysaenzdeviteri4049, la fecha de suspensión de su RUC es primordial conocer, de acuerdo a esta se establece la última obligación tributaria a cumplir, le compartimos el siguiente enlace para confirmar esta información:
srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriRucWeb/ConsultaRuc/Consultas/consultaRuc
Si usted suspendió su RUC adherido a RIMPE, con año 2023, deberá efectuar la declaración de Impuesto a la Renta hasta dicho año, si los ingresos fueron de $0 a $20.000; la cuota fija, es de $60.
A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
hola @jordysaenzdeviteri4049, la fecha de suspensión de su RUC es primordial conocer, de acuerdo a esta se establece la última obligación tributaria a cumplir, le compartimos el siguiente enlace para confirmar esta información:
srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriRucWeb/ConsultaRuc/Consultas/consultaRuc
Si usted suspendió su RUC adherido a RIMPE, con año 2023, deberá efectuar la declaración de Impuesto a la Renta hasta dicho año, si los ingresos fueron de $0,00 a $20.000,00; la cuota fija, es de $60.00.
A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Como es el tema de multas por no declarar en la fecha que de calendario segun el dugito de la cedula ? Hay problema si se paga al siguiente mes ?
hola @dmt-eidos1223, usted debe cumplir a tiempo sus obligaciones para que no se generen multas, interés o recargos, en el siguiente enlace va a encontrar un calendario tributario:
www.sri.gob.ec/calendario-responsabilidades-tributarias
El cálculo de las multas está tipificado en el art. 100 Ley del Régimen Tributario Interno, sin embargo, en el siguiente enlace va a encontrar una calculadora tributaria que esta parametrizada con la normativa citada:
www.sri.gob.ec/calculadora-tributaria
Buenas tardes cada cuanto de debe declarar
Estimada contribuyente, de acuerdo a lo contemplado en el artículo 97.8 de la Ley de Régimen Tributario Interno, la declaración del Impuesto a la Renta se presentará anualmente.
Podrá verificar la normativa antes citada por medio del siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/o/sri-portlet-biblioteca-alfresco-internet/descargar/d8fe2b8b-a4e9-4a05-b8cf-3115ec868213/LRTI_ultima_actualizacion_25032024.pdf
Buenas tardes vi un vídeo donde a un señor por hacer la declaración simplificada y no poner ingresos y gastos, el sri le mando un correo diciendo que debe presentar la información real ademas le pusieron una multa por hacer en 0 a pesar de no haber superado los 20000 😢
Siendo rimpe negocio popular
Estimada contribuyente, al elaborar la declaración de Impuesto a la Renta como RIMPE negocio popular, si no sobrepasa los USD 20.000 no tiene que desglosar el valor de sus ingresos, sin embargo, por cruce de información se puede determinar la obligatoriedad de ubicar a detalle esa información.
Y COMO SE DECLARA SI TENGO COMPRAS ?
Hola @ximenap1402, cuando se trata de solo ingresos en régimen RIMPE negocio popular no necesita detallar el monto de ventas o compras, a menos que sobrepase el valor de USD 20.000 el valor del tributo será sobre el ingreso total, sin deducciones o rebajas.
Buenas tardes, tengo una duda, se sigue manteniendo el pago anual de $60?, pregunto, ya que en el internet ronda una tabla de calculo sobre impuesto a la renta del RIMPE- Negocios Populares donde puedes pagar desde 0 a 60 dolares por impuesto fracción básica.
hola @jhairanthony9457, hasta el año 2023 si usted esta adherida a régimen RIMPE y sus ingresos fueron de 0 a USD 20.000, el pago mínimo es de USD 60, por consiguiente, año 2024 se actualiza la normativa con la Ley de Eficiencia Económica y generación de empleo y se modifica el art. 97.6 de la Ley del régimen Tributario Interno donde se identifica una tabla proporcional al nivel de sus ingresos de 0 a USD 20.000.
La normativa la puede encontrar en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
@@SRIECUADORinforma hola mi abuela tiene 67 años y quiero hacer el trámite para que cobre el IVA, que necesito llevar al Sri para que le den su clave y usuario ? Tiene algún costo ?
Buenos días, también se debe ingresar el valor de lo ingresos de las notas de venta porque como van a identificar ingreso anual para aplicar a la nueva tabla. Adicional para pedir un préstamo se basan a la Declaración del Impuesto a la renta si no se ingresan valor en la declaración no aplican.
hola @user-sm6kv4iw6i, cuando se trata de solo ingresos en régimen RIMPE negocio popular no necesita detallar el monto total de sus notas de venta, a menos que sobrepasa el valor de USD 20.000.
Sin embargo, si por requerimiento de otra entidad, usted necesita detallar el total de sus ingresos puede hacerlo.
Le invitamos a verificar el instructivo de llenado del formulario disponible en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Este canal estaba muy bien, porque lo djearon morir :(
Tengo esto, no tengo idea que es??. Segun este video no sale estas advertencias???: Casillero 659. Los valores reportados en los formulario IVA por ingresos, con respecto a su declaración Renta, difieren de lo detallado en la pestaña de "Información Fiscal".
Casillero 669. Los valores en los formularios IVA por costos y gastos deducibles, con respecto a su declaración Renta, difieren de lo detallado en la pestaña de "Información Fiscal"
Estimado contribuyente, con las advertencias que el sistema le indica si puede enviar la declaración, no obstante, estas alertas son porque los valores de información fiscal son distintos de los que usted tipea en el formulario.
En el siguiente enlace va a encontrar el instructivo de llenado del formulario:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Buenas noches, voy a pagar hoy, igual se selecciona 2023?
Sí
Estimado contribuyente, si usted ya genero actividad económica, durante el año 2023, el periodo a identificar en la declaración de impuesto a la renta será 2023.
A continuación, le compartimos el enlace del instructivo de llenado del formulario:
www.sri.gob.ec/formularios-e-instructivos
Sii sacaste el RUC el año pasado si tiene que declarar
SI MI INGRESO ES DE 4500 DEBO PAGAR APARENTEMENTE $ 5.00 PERO EL SISTEMA NO PERMITE. :(
Estimada contribuyente, para el año 2023 si usted esta adherido a régimen RIMPE negocio popular y sus ingresos fueron de $0 a $20.000, el pago mínimo es de $60 que debe ser declarado y pagado mediante el formulario de Impuesto a la Renta de personas naturales, por consiguiente, si aún mantiene actividad económica durante el año 2024 la declaración y pago se mantiene el formulario pero el valor del impuesto fue modificado con la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo donde se identifica una tabla proporcional al nivel de sus ingresos de $0 a $20.000.
La normativa la puede encontrar en el siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional
Si abri el ruc el 19 de marzo de 2024 cuando deberia pagar ?
hola @elvismullo2030, la fecha de inicio de actividades determina el cumplimiento de sus deberes formales, sin embargo, le sugerimos verificar en que régimen tributario se encuentra en el siguiente enlace:
srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/SriRucWeb/ConsultaRuc/Consultas/consultaRuc
Si usted forma parte de régimen RIMPE Negocio Popular, la única obligación es declarar Impuesto a la Renta del año 2024, el próximo año.
Si fuera régimen RIMPE Emprendedor, podrá por simplificación realizar declaraciones semestrales de IVA u optar por declaraciones de IVA mensuales, y adicional la declaración de Impuesto a la Renta el próximo año.
Por último, si usted es Régimen General, de acuerdo a su actividad económica las obligaciones de IVA pueden ser mensuales o semestrales.
A continuación, se comparte el enlace con información adicional:
www.sri.gob.ec/ruc-personas-naturales
El siguiente año te toca por qué este año se declara todas las actividades del año pasado
estando en rimpe puedo hacer facturas electronicas?
Estimado contribuyente, si usted forma parte de RIMPE Negocio Popular queda a su elección utilizar notas de venta o facturas electrónicas, pero si usted forma parte de RIMPE Emprendedor, es de carácter obligatoria emitir comprobantes electrónicos.
Le invitamos a ingresar al siguiente enlace:
www.sri.gob.ec/web/intersri/rimpe?p_l_back_url=%2Fbuscador%3Fq%3Drimpe
Hola, me pueden asesorar, mi hijo tiene rimpe negoció popular pero recién abrio su ruc este 22 de mayo 2024 cuanto le toca pagar $60 el proximo año ??
Estimada contribuyente, la declaración de Impuesto a la Renta para el año 2024, será declarado y pagado hasta el mes de junio de 2025.
En concordancia, con el artículo 230 del Reglamento a la Ley del Régimen Tributario Interno.
El contribuyente, deberá liquidar su impuesto en función de lo previsto en el artículo 97.6 de la Ley del Régimen Tributario Interno.
En el siguiente enlace va a encontrar las normativas:
www.sri.gob.ec/web/intersri/normativa-tributaria-legislacion-nacional