Análisis Económico del Derecho: Escuela de Chicago y Escuela Austriaca | Alejandro Baldizón

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  • čas přidán 28. 07. 2024
  • Alejandro Baldizón presenta el análisis económico del Derecho, que surge como disciplina a principios del siglo XX, con el desarrollo de la economía de bienestar, donde Arthur C. Pigou, uno de sus principales exponentes, con otros economistas, consideraban necesaria la intervención del Estado para corregir las fallas del mercado.
    Comenta Baldizón que posteriormente estas ideas fueron replanteadas por Ronald H. Coase, desde una perspectiva diferente, por medio de su teorema del costo social, que define como un problema de externalidades negativas y positivas, de las cuales muestra algunos ejemplos que se refieren a beneficios o costos que no reflejan su precio real en el mercado.
    Asimismo, explica cómo se utilizan las herramientas de la economía para analizar el Derecho, desde el punto de vista de la Escuela de Chicago, y enfoque de la Escuela Austriaca, que a su criterio integra mucho mejor la teoría económica y legal porque se basa en la dinámica del mercado y en los postulados básicos de la acción humana propuestos por Friedrich A. Hayek y que están plasmados en su obra Derecho legislación y libertad, donde afirma que el Derecho es el resultado de un proceso espontáneo que se descubre y no se inventa.
    00:00 | Créditos iniciales
    00:22 | Introducción por Alejandro Baldizón
    02:50 | Origen del análisis económico del Derecho
    03:42 | Mecanismo para corregir las fallas del mercado
    07:24 | El análisis del Derecho de Ronald H. Coase
    08:40 | Problema del costo social
    14:00 | La perspectiva de Ronald H. Coase
    18:00 | Análisis de Coase sobre los costos sociales
    19:57 | Diferencias entre externalidad y lesión al Derecho
    23:45 | Respuesta de Ronald H. Coase a Arthur C. Pigou
    25:19 | Límites para los acuerdos privados
    29:15 | Ejemplo del teorema de Coase
    32:26 | Costos de transacción del teorema de Coase
    33:37 | Factores influyentes en acuerdos privados
    35:48 | Análisis económico del Derecho de la Escuela de Chicago
    37:17 | Razonamiento económico de las normas jurídicas
    37:45 | Derecho penal
    43:44 | Derecho laboral
    46:11 | Razonamiento económico de los contratos
    49:37 | Eficiencia económica del Derecho
    52:08 | Common law frente a Derecho Civil
    53:21 | Perspectiva de la Escuela Austriaca
    57:03 | Aporte principal de Friedrich A. Hayek
    57:36 | Orden espontáneo
    01:07:35 | Perspectiva de la Escuela Austriaca
    01:10:48 | Palabras de agradecimiento y despedida
    01:11:09 | Créditos finales
    Alejandro Baldizón
    Alejandro Baldizón es miembro del Consejo Administrativo del Centro para el Análisis de las Decisiones Públicas (CADEP) y profesor del Instituto de Estudios Políticos y Relaciones Internacionales (EPRI) de la Universidad Francisco Marroquín. Obtuvo su Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales por esta misma casa de estudios.
    25 de septiembre de 2010
    Visita: newmedia.ufm.edu/video/analis...

Komentáře • 6

  • @Txalo_Guerrero
    @Txalo_Guerrero Před 7 lety +2

    Que buena exposición del profesor Baldizón. Saludos desde Chile

  • @renatogranadosortiz9226
    @renatogranadosortiz9226 Před 2 měsíci

    Excelente conferencia de AED escuela de chicago y escuela de austria.

  • @andressaavedraduarte4936
    @andressaavedraduarte4936 Před 5 lety +2

    buen sonido. se agradece

  • @iurispenalags9344
    @iurispenalags9344 Před 9 lety +4

    Lo que encuentro más que sancionable cuando se exterioriza, que lo mejor el arreglo de las partes es lo más óptimo... muy coherente; pero cuando existe el perjuicio del colectivo, la sanción es el legislador es quien determina el resarcir el daño pero es quien menos conoce y se perjudica. Sólo quien sufre de los daños es quien debe hacer valer la tesis...

    • @hegarpa
      @hegarpa Před 8 lety +1

      +Irving Rivera Diaz si , pero existen incentivos perversos a sobredimensionar los daños que recibes en pos de una mayor compensacion, ademas de que cuantificar esa percepcion subjetiva es muy dificil, y si encima hay involucrados muchos agentes los procesos de negociacion se tienden a estancar.

  • @TakaConDaga
    @TakaConDaga Před 4 lety +2

    Qué loco pensar que tomamos siempre decisiones racionales como mirar los años y tipo de pena antes de cometer un delito. Qué loco pensar que hubo un momento cero en el que nos pusimos de acuerdo como individuos en algo (la teoría contractualista). ¡Qué loco pensar que el derecho se descubre! Eso si estaría bueno para mis discusiones con amigos de las ciencias duras. Y qué loco pensar que siempre se está en situación de negociar. Muy interesante la exposición!