¿Cómo se registra un fonograma? en la Dirección Nacional de Derecho de Autor de Colombia? 2019

Sdílet
Vložit
  • čas přidán 21. 08. 2024
  • Te contamos paso a paso como se registra un fonograma (disco) en la DNDA.

Komentáře • 186

  • @jesuscamilofigueroa2681
    @jesuscamilofigueroa2681 Před 4 lety +69

    1. Si la canción la hiciste tú, lo agregas como obra individual a tu nombre. (Los derechos son completamente tuyos)
    2. Si la canción la hicieron 2 o más personas, lo haces como obra colectiva y agregas los nombres de los demás autores (Los derechos son compartidos entre los autores)
    3. Si la canción va a quedar a nombre de una banda o agrupación "empresa" debes hacer el registro en nombre de una persona jurídica y debes probar que la banda o agrupación está establecida legalmente (Los derechos son del dueño de la banda, agrupación y/o empresa) como es el caso de las canciones de la "Fania All Stars" hay muchos compositores, intérpretes y demás personas, pero las canciones pertenecen a la Fania All Stars... One Direction, Back Street Boys, Guns n' Roses etc... Es decir el o los dueños legales de estas agrupaciones son los dueños de todos los derechos de las canciones!
    4. QUÉ TE RECOMIENDO HACER YO!... todas mis canciones yo mismo las produzco en una maqueta bien hecha y registro el FONOGRAMA a mi nombre (yo me quedo con todos los derechos) y si no me da pereza hacer la partitura de la canción también la registro como OBRA MUSICAL. ¿Por qué la maqueta la produzco yo mismo? porque si la maqueta es producida por alguien más, el productor se queda con los derechos patrimoniales y los derechos son compartidos. (Los derechos patrimoniales son los que me permiten cobrar y recibir dinero por la reproducción de mi canción)
    5. Cuando hago música para cine y tv o jinggles para comerciales, campañas o para otra persona natural o jurídica, se registra como OBRA POR ENCARGO y los derechos morales SON SÓLO MÍOS, pero los derechos patrimoniales le pertenecen a la persona que me está pagando por hacer esa canción, (Es decir a mí me están pagando por hacer una canción en específico, con ciertas características y hay un acuerdo de por medio) en el registro debes adjuntar el contrato o acuerdo firmado por ambas partes!
    6. Si estoy en una banda que NO es mía, y yo NO soy el dueño legalmente... Yo hago la canción, aún no se la muestro a nadie... la registro a mi nombre (Punto número 1) y luego si se la muestro a la banda... si ellos quieren comercializar la canción, hago una cesión de derechos patrimoniales por un tiempo LIMITADO (3 o 5 años o lo que tú quieras) al representante o dueño de la banda!... en ese contrato hago un acuerdo económico, cuánto voy a recibir por cada reproducción o venta de esa canción, qué porcentaje me toca y después que ese contrato se acaba... SAYCO (debo estar registrado en sayco) se encarga de pagarme a MÍ sólo a mí como único dueño por cada vez que usen o se reproduzca mi canción o mis canciones y si me muero esos derechos e ingresos le quedan a mi familia! SAYCO se encarga de cuidar que cada artista, autor o intérprete reciba lo que le pertenece por derecho.
    7. Si yo tengo una canción que ya está registrada y ya está publicada y alguien la quiere usar para una película, para un video, para una campaña o para cualquier cosa o proyecto, esa persona debe pedirme permiso para usar la canción (si o si debe haber un acuerdo escrito de por medio por seguridad de ambas partes) en la mayoría de casos hay acuerdos económicos de por medio que deben también quedar estipulados en el contrato. OJO hay un límite para que esa persona use mi canción, Yo le di permiso para usarla en 1 película, "El hombre invisible" esa persona no la puede usar en 2 películas, ahí es un abuso y eso tiene consecuencias legales que defienden al autor y dueño de los derechos!
    8. Si tienes un contrato discográfico aquí siempre debes tener asesoría por abogados especializados en temas musicales! porque si la canción nace dentro del contrato, la compañía discográfica se queda con los derechos... peeeero si la canción ya tú la habías registrado a tu nombre se hace una cesión de derechos y aquí hay un poco más de seguridad para ti porque ya la canción es tuya y legalmente hay un comprobante. Cada cosa que firmes o hagas dentro de un contrato discográfico es mejor que lo leas 10 veces y siempre con la asesoría de abogados especializados en música, no cualquier abogado!
    9. Lo mejor es que vayas a la Dirección Nacional de Derechos de Autor y recibas asesoría directamente con ellos, te lo van a explicar con paciencia y bien explicado... y si quieres publicar y vender tu música, es mejor estar registrado en SAYCO - ACINPRO y también pasar hasta allá y recibir información y asesoría directa con personas especializadas en temas musicales. Espero te sirva mi comentario tan largo y a los que lo lean también! jejeje... feliz tarde ;)

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 4 lety +3

      Gracias por tu comentario

    • @damianoficial1
      @damianoficial1 Před 4 lety +1

      Excelente explicación . Muchísimas gracias!

    • @theyhasser
      @theyhasser Před 4 lety

      Muchas gracias q buena información!!! Una pregunta q pasa si las letras de canciones se registran en una registraduria? 🙏🙏🙏🙏🙏

    • @jesuscamilofigueroa2681
      @jesuscamilofigueroa2681 Před 4 lety +1

      @@theyhasser hola... ese proceso no lo conozco... la letras de tus canciones las registras en la Dirección Nacional de Derechos de Autor como obra literaria... pero en un registraduría no tengo idea y no sé si es posible...

    • @theyhasser
      @theyhasser Před 4 lety +1

      @@jesuscamilofigueroa2681 muchas gracias!!! DTB

  • @juanesteban3223
    @juanesteban3223 Před 5 lety +10

    estos derechos de autor tienen cubrimiento mundial, o solo nacional. en caso de ser necesario un registro internacional, ante que entidad se lleva a cabo.

  • @JAMESRX115
    @JAMESRX115 Před 5 lety +5

    Me surge una duda no se si es muy tonta o no, si bien registrar el fonograma es protejer la autoria del audio, que pasa con la letra de lo que se diga o cante alli, también cobija la autoria de la letra o, deberia hacerce a su vez o por aparte el registro de ésta como obra literaria o musical para protejer la letra si se tiene o no la partitura, gracias

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 5 lety +2

      Hola! las letras de las canciones se registran como obras literarias y si tienes las partituras, se registran como obras musicales.

    • @JAMESRX115
      @JAMESRX115 Před 5 lety

      @@DERECHODEAUTORCOL mil gracias por su oportuna respuesta

    • @camilogil694
      @camilogil694 Před 5 lety +2

      @@DERECHODEAUTORCOL Yo tampoco sabía eso, ya que me entero, me parece una terrible burocracia y fuera de eso, ya no entiendo qué se supone que es lo que protege entonces el registro de fonogramas, ya que según esto, un arreglista puede tomar la canción registrada como fonograma, arreglarla, cambiarle notas o modificarla y registrarla como propia (si el autor no registró la letra de su canción, con mayor razón). Además tengan en cuenta que la gran mayoría de autores no tienen conocimiento musical, pero sí un gran talento; por ende no tienen la manera de generar las partituras, y si tienen la economía para tal fin, tener que pagarle a un músico para transcribir su creación a partitura o siendo muy de buenas, que tenga un amigo músico que le haga el favor. Y seamos sensatos, la gran mayoria de los casos, al menos en personas naturales, en particulares, eso no se va a dar; por ende, el objetivo del registro de fonogramas, debiera ser facilitar la protección de las creaciones musicales, resumiendo los trámites, asi estos sean digitales, permitiendo registrar tonada y letra al mismo tiempo la letra (especialmente para el caso de los compositores que también son autores de la cración), a través del registro de fonogramas. Modifiquen eso por favor.

    • @EsNoguera
      @EsNoguera Před 4 lety

      @@camilogil694 Asi es compa. Mano de vueltas para uno no perder su obra

  • @albeiromatamusic925
    @albeiromatamusic925 Před 3 lety +1

    Buenos días. Me pueden ayudar con éstas inquietudes:
    1. El marco melódico es partitura de qué? Voz principal o instrumental o ambos?
    2. El Editor de audio ( DAW ) debe ser registrado cuando se trata de música digital, con samples virtuales, excepto la voz o algún instrumento como guitarra?
    3. Dónde se registra el logo, diseño del CD's, marca registrada y el Copyright?
    4. Cuando es un álbum o álbumes: letra, melodías ( instrumentos virtuales MIDI) voces... se dice, cantautor y productor musical... Qué tiene que ver después SAYCO, ACIMPRO en esto?
    5. Tiene algún costo económico estos registros virtuales?
    6. Desafortunadamente no sé leer partitura pero he creado las melodías instrumentales y voces. Se registran como fonograma?
    7. Cómo se promociona sin necesidad de editora secundaria o principal para lograr a una plataforma digital como Spotify, CZcams, etc?
    8. Antes de subir un vídeo a CZcams, también se debe registrar al que filmó el vídeo aunque la canción sea de uno?
    9. Se registran el que hizo la mezcla y masterización de las canciones así sea diferente al cantautor compositor?
    Muchas gracias por su pronta respuesta
    Saludos y bendiciones desde Pasto.

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety

      Hola Albeiromatamusic®, te invitamos a realizar esta solicitud de consulta a través del correo info@derechodeautor.gov.co
      Gracias por escribirnos.

  • @juanmanuelardilaquiroga6227

    Hola!
    Tengo dos inquietudes:
    1. ¿Cuánto tiempo debo esperar para registrar el fonograma después de haber registrado la partitura como obra musical? O por el contrario, ¿puedo registrarlas al mismo tiempo?
    2. ¿Mi canción debe estar completamente mezclada y masterizada para poder hacer el registro de fonograma?
    Gracias!

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před rokem +1

      Muy buena tarde estimado Juan Manuel Ardila Quiroga.
      Agradecemos tu comentario y respondemos tus inquietudes a continuación:
      1. Puedes registrarlas al mismo tiempo y el trámite demora 15 días hábiles.
      2. Debes tener tu obra completa y finalizada para realizar el registro de obras de forma gratuita.
      ¡Quedamos atentos de lo que requieras!

    • @juanmanuelardilaquiroga6227
      @juanmanuelardilaquiroga6227 Před rokem

      @@DERECHODEAUTORCOL gracias!

  • @ZTYLER---
    @ZTYLER--- Před 6 měsíci

    Lo mejor es hacer el trámite por que me paso con un EP de mi autoria que se publicó por medio de un sello discografico, pero el admon de dicho sello falleció y resulta que mi ep de 3 pistas lo subieron desde otro sello sin mi consentimiento y sin ninguna retribución económica, y la verdad quedé desamparado ante este hecho. Por eso la recomendación es que dediquemos tiempo a esto tan importante y así no ser victimas de robo de nuestras producciones, es algo triste pero real por eso en mi proximo lanzamiento haré el tramite para que no me suceda lo mismo saludos.

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 6 měsíci

      ¡Muchas gracias por tomarse el tiempo de comentar su experiencia y su caso en particular!
      Para nosotros es un honor fomentar la importancia del registro de obras en Colombia. Cualquier duda, sugerencia o solicitud que tengas relacionada a derecho de autor y nuestros servicios no dudes en contactarnos.
      ¡Un fuerte abrazo y feliz 2024!

  • @Branetoficialcom
    @Branetoficialcom Před 5 lety

    Mejoró el audio, gracias por la información, muchas gracias.

  • @RENEMPful
    @RENEMPful Před 5 lety +4

    srs @derechodeautor quisiera por favor me aclararan una duda: Si registro un "fonograma" (guitarra + voz) con mis canciones, las cuales también ya están registradas como "obra literaria" y no como "obra musical", me da algún tipo de derecho sobre una canción que haga otra persona con otra letra, pero siguiendo la misma melodía de mis canciones? En otras palabras: Qué derecho resguardo con el fonograma?
    Saludos y gracias de antemano

  • @christianesteban1527
    @christianesteban1527 Před 5 lety +2

    Buenas tardes, tengo una duda que traté de resolver llamando pero ahora no me queda tan claro. Cuando llamé pregunté si los datos del productor (paso 2) son los datos del ingeniero de sonido que grabó los instrumentos en el estudio o de los autores como tal y me dijeron que era de los autores NO del ingeniero. Ahora cuando veo este video y según yo siempre he entendido SÍ son los datos del ingeniero los que hay que poner. Me lo pueden aclarar una vez más?

  • @ja23videos
    @ja23videos Před 4 lety +1

    que bueno pofin pude registrar mis caciones

  • @Creyente.7
    @Creyente.7 Před 5 lety +1

    Gracias buena ayuda✌️

  • @paddyrecords1375
    @paddyrecords1375 Před 5 lety +3

    Saludos, como puedo eliminar una obra la cual registré con un nombre pero después quise cambiarlo por otro. como puedo eliminar una obra para volver hacer el registro nuevamente con la corrección? gracias.

  • @luisda182
    @luisda182 Před 5 lety +3

    Buenas Tardes. ¿Un fonograma puede ser incluso "a capella"?

  • @eskanderaceval
    @eskanderaceval Před 3 lety +1

    Si la canción es música electrónica, es decir, fue hecha en una computadora con instrumentos sintéticos, aún así debo registrar una partitura o con sólo registrar la grabación ya es suficiente???

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety +1

      Hola Eskander, para registrar en la categoría de Obra Musical es necesario adjuntar la partitura sin importar el género o tipo de música. sin embargo, si no cuentas con la partitura, puedes registrar tu obra en la categoría de Fonograma como la fijación de los sonidos en medio magnético.
      Para más información puedes comunicarte a la línea 7868220 y solicitar una asesoría en registro.

  • @marcelaortizescobar7124
    @marcelaortizescobar7124 Před 3 lety +3

    Buen día! Una pregunta, yo tengo registrado un EP en fonograma, pero si por ejemplo quisiera re grabar ese EP con otros instrumentos o en versión acústica, y sin cambiar nada de fondo, tendría que volverlo a registrar?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety +1

      Hola Marcela, es correcto, si tu obra tiene cambios significativos, se debe realizar un nuevo registro.

  • @jhonnyordonez4604
    @jhonnyordonez4604 Před 3 lety +2

    Buen video. Una inquietud: Tengo canciones grabadas en mi celular, voz y guitarra, se pueden registrar como fonogramas? Y si es posible, como sería el proceso? Gracias por su respuesta.

    • @joaocompositor18
      @joaocompositor18 Před 3 lety

      Hola amigo - Recuerda que es fijación de sonido "Se entiende por fonograma toda fijación exclusivamente sonora de la ejecución de una obra o de otro sonido". Particularmente yo he registrado las canciones que he grabado a través de mi celular (Siempre y cuando tenga buena calidad).
      El hecho de que se nombre CD, no implica que la fijación sea exclusiva de este objeto...

  • @miguelosornomusic308
    @miguelosornomusic308 Před 5 lety +1

    ¿Y que se hace si la obra lleva "en trámite" hace más de 15 días?

  • @andresbayona5271
    @andresbayona5271 Před 5 lety +3

    Tengo una duda una vez registrado mi fonograma (una maqueta de la canción) después puedo editar todos los sonidos y demás sin problema ?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 5 lety +1

      Si los cambios que le realizas al fonograma son de fondo, si lo debes volver a registrar.

  • @AngelAzaOficial
    @AngelAzaOficial Před 6 měsíci +1

    Espero una respuesta muy pronto muchas gracias

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 6 měsíci

      ¡Muchas gracias por comentar! Un fuerte abrazo y recuerde que la DNDA está para servirle.
      ¡Feliz día!

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 6 měsíci

      ¡En los próximos días estaremos compartiendo el respectivo número de radicado de su solicitud donde encontrará la respuesta!

  • @leandruna
    @leandruna Před 4 lety

    ¿Cual es la Diferencia entre Registrar El Guión Melódico o el fonograma, Alguna de las dos tiene mas valides a la hora de registrar en una casa de recaudo como Sayco?

  • @nidaves
    @nidaves Před 5 lety +1

    Cordial saludo, mis canciones sin registrar ya subidas a mi canal CZcams, se deberían registrar como obras públicas? igualmente son inéditas porque la letra y la música son mías , pero tengo duda al respecto, gracias por su ayuda.

  • @velaradoproducciones7326

    Muchas gracias por el tutorial!

  • @andresbayona5271
    @andresbayona5271 Před 5 lety +2

    Después de que la obra me aparece registrada , de donde saco el certificado de que está a mi nombre ?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 5 lety

      Hola Andrés, debes ingresar de nuevo al registro en línea con tu usuario y una vez ahí, puedes descargar tus certificados.

  • @KEYWARDJ
    @KEYWARDJ Před 5 lety +1

    tengo una duda los fonogramas, lo registran el artista o el productor musical. ?

  • @GeemozWayOficial
    @GeemozWayOficial Před 5 lety +2

    Excelente

  • @minechadter1581
    @minechadter1581 Před 5 lety

    Woww me gustó mucho el video

  • @viviramirezv
    @viviramirezv Před 4 lety +1

    llevo esperando mas de los 15 días y sigue apareciendo en tramite

  • @higiniodelahozhigidio1535

    Excelente información. De que manera podría registrar, a su nombre, las canciones que dejo grabadas en casetes, (ya las trasladamos a cd) con su propia voz, acompañado únicamente por su guitarra un hermano fallecido hace 25 años. Creó música y letra de las mismas, pero no dejó partituras. No se casó, no dejo descendencia. Papá ya fallecido también. Le sobrevive su madre anciana, y sus hermanos. Por favor si tienen algún número o forma de contactarlos para una asesoría se los agradezco.

  • @exitosmusicalesoficial
    @exitosmusicalesoficial Před rokem +1

    Si es una obra que hicimos entre varios pero tenemos distintos porcentajes, cómo la registro?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před rokem

      Muy buen día,
      Te comentamos que para registrar obras en colaboración, debes agregar todos los datos de los autores que participaron, sin importar los porcentajes.
      SI tienes dudas puedes escribirnos a info@derechodeautor.gov.co

  • @marevalo_music
    @marevalo_music Před 2 lety +1

    Hola, necesito ayuda con un problema.
    Al final cuando voy a subir el archivo de audio no me dije dice ¨Archivo no valido¨ y pues ya me fije que el archivo sea wav o mp3 y con ninguno funciona

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 2 lety

      Muy buena tarde Mario.
      Te comentamos que tu duda puede ser resuelta a través del correo: info@derechodeautor.gov.co

  • @waltermendoza3476
    @waltermendoza3476 Před 4 lety +1

    El año de fijacion es cuando hice el primer sonido del fonograma que registro o el primer sonido que compuse quien me explica por favor ?

    • @reyyamid
      @reyyamid Před 3 měsíci

      El primer sonido que compusiste

  • @ViajeModular
    @ViajeModular Před 3 lety

    muchas gracias !

  • @AlejandroLopez-rf5sn
    @AlejandroLopez-rf5sn Před 4 lety

    Suscrito!!! Jaja, muchas gracias por la info!!

  • @NewSuperUser
    @NewSuperUser Před 4 lety +1

    Y ese registro aplica internacionalmente o cubre los derechos solo a nivel nacional?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 4 lety

      NewSuperUser, los efectos del registro solo aplican para Colombia.
      Gracias por comentar.

  • @zicrizabdi
    @zicrizabdi Před 4 lety +4

    Debería existir la posibilidad de subir los mp3 de las canciones por separado y no un archivo largo.
    Eso es raro. jajajajajaj
    Así como se suben para las las plataformas digitales, una lista de mp3 y sale.

  • @marcelaortizescobar7124

    Cuando dices adjuntar las canciones del álbum en un solo archivo, te refieres a que debo hacer,por ejemplo, un solo mp3 de todas?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety

      Marcela Ortiz Escobar: correcto, debes adjuntar un solo archivo digital con las obras del álbum. O la otra opción es hacer una solicitud de registro individual por cada canción. Para más información puedes comunicarte a nuestra línea 7868220.

    • @JoseFernandez-qp5ns
      @JoseFernandez-qp5ns Před 3 lety

      @@DERECHODEAUTORCOL eso se debe hacer por medio de un archivo rar o deben ir todas las canciones en una pista?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety

      @@JoseFernandez-qp5ns la plataforma de registro en línea acepta archivos en .rar, por tanto puedes tener tus pistas individuales y no es una sola.

  • @santiagocorreapareja3710
    @santiagocorreapareja3710 Před 4 lety +1

    Hola, tengo una duda. Si al diligenciar el formulario en la opción dónde debo decir si la obra es "inédita" o "pública" pongo que es "inédita" y después de un tiempo, cuando se me apruebe mi solicitud, decida subirla a alguna plataforma (Spotify, itunes etc...) para hacerla PÚBLICA, ¿Ahí ya no sería válida esa protección de derecho de autor, ya qué dejó de ser inédita y se volvió pública, o mi canción sigue estando protegida legalmente? Gracias.

  • @TecnoHeaven
    @TecnoHeaven Před 2 lety +1

    Una pregunta como hago para registara una caccion de musica electronica? ya que no tengo partitura (solo el archivo generado por el programa)

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 2 lety

      Puedes registrar tu fonograma en formato mp3.
      Ya que la partitura es para el registro de obras musicales.
      ¡Quedamos muy atentos de lo que requieras!

  • @leozauriel6043
    @leozauriel6043 Před 5 lety +2

    Un saludo. Gracias por la información. Necesito preguntar: Para el caso de un álbum indican que se debe subir un solo archivo (6:26), pero no admite archivos comprimidos. ¿Como se pueden entonces subir las canciones como un solo archivo? si solo permiten los Tipos de Archivos .asx;.mp3;.wav;.wma y .MP3 ?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 5 lety

      @@EmilioAnzolaMusic Muy buena respuesta Emilio, gracias por ayudarnos a responder los interrogantes de nuestros creadores.

    • @kluxi8
      @kluxi8 Před 5 lety

      @@EmilioAnzolaMusic Hummm, sigo confundida, o sea que no se suben 12 archivos (1 por canción), sino uno sólo con toooodas las canciones? es decir, un solo archivo de fácilmente 35 minutos de duración? O se sube un .zip? Gracias!

    • @KEYWARDJ
      @KEYWARDJ Před 5 lety

      @@EmilioAnzolaMusic LO HICE ASI TAL COMO LO EXPLICAS Y ME MANDA UN ERROR , EL AUDIO DURA 33:50, Y PESA 77,5 MB , OSEA EL CARGA EL AUDIO COMPLETO DEL ALBUN DE 10 CANCIONES, PERO A LA HORA DE FINALIZAR EL REGISTRO ME SALE UN ERRROR DE UN POCO DE LETRAS

    • @KEYWARDJ
      @KEYWARDJ Před 5 lety

      @@EmilioAnzolaMusic MUCHAS GRACIAS EMILIO, AL FINAL LO PUDE HACER, ERA TAL COMO DECIAS, SOLO QUE ACTUALICE LA PAGINA Y HICE EL PROCESO NUEVAMENTE Y LISTO, MUCHAS GRACIAS BROW

    • @sethssalix541
      @sethssalix541 Před 4 lety

      @@EmilioAnzolaMusic¿La única manera de poner todas las canciones es en un archivo de audio? ¿O también se puede en .zip o en una carpeta?

  • @AngelAzaOficial
    @AngelAzaOficial Před 6 měsíci +1

    Helloooo una pregunta puedo inscribir mis fonogramas musical solo como interprete de toda la obra

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 6 měsíci

      Hola
      @AngelAzaOficial, hemos trasladado su solicitud de información a la Oficina de Registro de la DNDA, quedando bajo el número de radicado 1-2024-16615, con el cual le puede hacer seguimiento a la respuesta a través del siguiente aplicativo: 52.247.48.139:8083/ConsultaRadicado/
      Como no tenemos sus datos completos, dicha respuesta será publicada en el link de "Respuestas anónimas o sin datos de envío" con el número de radicado antes mencionado. Ver link: www.derechodeautor.gov.co:8080/respuestas-a-prqs-anonimas-o-sin-direccion-de-respuesta
      ¡Estamos para servirle!

  • @mcmalexshortsoficial4005
    @mcmalexshortsoficial4005 Před 2 lety +1

    Buenos dias,una pregunta ¿como puedo registrar mis canciones si utilizan fragmentos o samples de otras canciones?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 2 lety

      Hola Mc Malex Oficial
      Te comentamos que todas tus dudas podrán ser respondidas a través del correo: info@derechodeautor.gov.co.
      ¡¡Recuerda que estamos para servirte!!

  • @elydaniels2387
    @elydaniels2387 Před 3 lety +1

    Bno, entonces, si me quedo claro,?, para registrar las canciones, en fonograma, no es necesario, registrarlas con, las partituras?. Estoy en lo correcto. 🤔

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety +1

      Toby Rock: es correcto, en la categoría de registro de fonograma, no es necesario adjuntar partitura de la obra.
      Gracias por comentar.

  • @valrg89
    @valrg89 Před 3 lety +1

    Hola! Tengo una inquietud: ¿si ya registré una canción como obra musical (con la partitura), es necesario registrarla también como fonograma? ¿O sólo es suficiente con el registro como obra musical? ¡Gracias!

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety +2

      Valrg89: No es necesario hacer el registro de la obra en ambas categorías. Son registro independientes y no dependen el uno del otro. Es la decisión del autor si desea hacerlo. Ten en cuenta que en la categoría de fonograma, la protección de derecho de autor solo aplica a la fijación de los sonidos.
      Gracias por comentar

  • @dbetan2754
    @dbetan2754 Před rokem +1

    Hola amigos. En mi caso, quiero registrar fonograma de una persona ya fallecida, ¿cómo debo proceder?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před rokem

      ¡Hola te damos la bienvenida a la Dirección Nacional de Derecho de Autor! Inicialmente nos gustaría mencionar que a través de estas respuestas no resolvemos casos en específico, con esta salvedad, te contamos que el Registro de obras ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor podrá ser solicitado por las personas facultadas para tal fin, acreditándose como tal con la documentación aportada en el trámite del registro. Si deseas más información sobre temas de derecho de autor o derechos conexos, comunícate a través de la línea (601) 786 8220 o escríbenos al correo info@derechodeautor.gov.co.

  • @Watusi-zulian
    @Watusi-zulian Před měsícem +1

    la pagina mantiene caida, poderian solucionarlo porfa, por los colombianos artistas muchas gracias

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 29 dny

      ¡Gracias por su comentario!
      Nos disculpamos por las molestias y le informamos que estamos trabajando en mejorar nuestros sitios web.
      ¡Quedamos atentos de lo que se requiera!

  • @katerindanielarodriguez2563

    Buenas noches, como puedo agregar un comentario a la parte de observaciones? No veo un espacio donde pueda escribir una observación, muchas gracias por su atención.

  • @lapistastation336
    @lapistastation336 Před 5 lety

    Tengo una pregunta, si tengo la partitura y la letra, en la partitura debo incluir la linea melódica, o la partitura podría ser exclusivo lo instrumental?

  • @user-qr9gm8dy9y
    @user-qr9gm8dy9y Před rokem +1

    no pude anexar el fonograma me sale que archivo invalido y es mp3 como piden.. por favor que hago ?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před rokem

      Muy buena tarde, si gustas puedes escribirnos al correo info@derechodeautor.gov.co o a la línea telefónica: 6017868220.

  • @danielgallego2298
    @danielgallego2298 Před 4 lety

    me suplantaron, registraron mi cedula y cuando envio una solicitud por correo info me envian un link que no carga y no me puedo registrar

  • @introspeccion-rockmelodico1443

    Buenos dias, gracias por la información, tengo una pregunta; hice este proceso con un tema que grabe y lo registre como inedito, hace un par de dias, hay algun problema si lo subo a youtube antes de que se complete el tramite, osea antes de los 15 dias ??

  • @user-qr9gm8dy9y
    @user-qr9gm8dy9y Před 11 měsíci +1

    Buenos dias NO coge el MP3 siempre llego al paso 4 y siempre sale que archivo invalido cuando esta bien es mp3 a donde puedo llamar?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 10 měsíci

      Estimado usuario, por favor verifique la categoría de registro seleccionada, pues en obra musical no se admite el formato mp3. Para el registro de fijación sonora debe seleccionar la opción de fonograma.
      Cualquier duda que tenga, no dude en contactarse con nosotros. ¡Recuerde que la DNDA está para servirle!

  • @mattpuerta
    @mattpuerta Před 4 lety +2

    El sitio web no funciona, ¿qué hago?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 4 lety +2

      Hola Mateo Puerta, queremos disculparnos contigo ya que durante este periodo del año estuvimos realizando unas modificaciones a nuestra página web; agradecemos tu comentario y te informamos que en este momento ya puedes hacer uso del registro de obras: www.registroenlinea.gov.co/portal.htm y de nuestro portal web: derechodeautor.gov.co/

  • @miguelthrasher
    @miguelthrasher Před 3 lety

    Si tengo fonogramas, partituras y letra; debería registrar fonogramas y obra musical? O con los fonogramas es suficiente.

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety

      Miguel M. Vargas: Nuestra recomendación es registrar la obra en la categoría de "Obra Musical" ya que cuenta con la partitura.
      Cuando no se cuenta con este documento , se recomienda el registro de fonograma.
      Gracias por comentar.

  • @user-qr9gm8dy9y
    @user-qr9gm8dy9y Před rokem +1

    INGRESO LOS DATOS Y ME SALE QUE NO ESTAN INGRESADOS HA SIDO IMPOSIBLE. ADONDE PUEDO LLAMAR? GRACIAS

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před rokem

      Muy buena tarde, si gustas puedes escribirnos al correo info@derechodeautor.gov.co o a la línea telefónica: 6017868220.

  • @moisong680
    @moisong680 Před 4 lety

    BUENAS TARDES, TENGO UNA DUDA..LUEGO DE REGISTRAR UNA CANCION O FONOGRAMA, SE PUEDE AGREGAR UNA PERSONA COMO AUN INTELECTUAL, ME REFIERO A DESPUES DE HABER HECHO EL REGISTRO? EJEMPLO. DESPUES DE UN MES

  • @urbanrhradio
    @urbanrhradio Před 5 lety +1

    Me gustas saber cómo hago para registras mi logo de mi marca

  • @luismurgas8132
    @luismurgas8132 Před 4 lety

    Buenas tardes! Estoy tratando de suscribirme y cuando lleno él formulario algunos datos me los rechaza como por ejemplo dice que él tipo y él numero de documento ya existen???

  • @alfonsopereira6474
    @alfonsopereira6474 Před 5 lety

    Hola derechos de autor. Tengo solo el fonograma de mi canción, puedo registrar solo el fonograma y mi canción estará segura? o es obligatorio también registrar la partitura.

  • @dj23luchin20
    @dj23luchin20 Před 2 lety

    Agame un favor esta página es la misma de sayco y acimpro

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 2 lety +1

      Muy buena tarde,
      Te comentamos que nosotros somos la Dirección Nacional de Derecho de Autor de Colombia, encargada de la protección de los derechos de autor y conexos de los autores y artistas colombianos.
      Sayco y Acinpro son Sociedades de Gestión Colectiva.

  • @homestudiomusik
    @homestudiomusik Před 4 lety

    Gracias, bueno tengo un álbum que estoy terminando de mezclar. Son 15 canciones. Y todo lo he realizado yo, y lo registraré como fonogramas. La letra y la música (los sonidos y la melodía) la he compuesto yo. La pregunta es ¿debo inscribir las letras aparte como literarias o es suficiente con el registro de fonograma ya que están la letra y la música en los mismos fonogramas. Es que creo que si registro las letras aparte, tendré que registrar las canciones o fonogramas como derivadas de las literarias y pues las he compuesto paralelamente en algunos casos la letra primero y en otros la música y la letra ya que son la misma obra. Mil gracias

    • @miguelgese5052
      @miguelgese5052 Před 4 lety

      Hola, ¿Cómo hiciste al final con ese asunto? ¿registraste las letras aparte? ¿O solo con el fonograma era suficiente?

    • @homestudiomusik
      @homestudiomusik Před 4 lety +2

      Registré las letras, cada una como obra literaria. Y luego registré cada canción terminada como fonograma. Y todo salió perfecto. Luego subí a una distribuidora digital una canción para probar y también subió sin problema. Y luego subí un álbum con 12 canciones y funcionó también (ya revisaron y aprobaron y enviaron a las tiendas en 8 días está la primer canción y en trece el álbum en tiendas digitales). Éxitos

    • @miguelgese5052
      @miguelgese5052 Před 4 lety +1

      @@homestudiomusik Mil gracias compañero.

  • @oscarcelis402
    @oscarcelis402 Před 2 lety +1

    como puedo recuperar un fonograma que registre en la pagina? pues perdí el archivo 😥

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 2 lety

      Muy buen día Oscar,
      Puedes enviarnos un correo a info@derechodeautor.gov.co, para que la oficina de registro pueda brindarte una copia de tu obra.
      ¡Quedamos atentos de lo que requieras!

  • @lordaeron15
    @lordaeron15 Před 3 lety

    Buenas Tardes, en la pagina 3 que información se debe dar en donde dice "Numero"? Gracias

  • @luisfernandogeneshernandez2067

    Y si yo quiero aparecer con el mismo nombre que en la cédula, ya que no tengo pseudónimo, ¿Qué opción debo encoger?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety

      Luis: En el caso de no utilizar pseudónimo, el formulario se debe llenar con los datos que aparecen en la cédula. No es necesario escoger otra opción.
      Gracias por escribirnos.

  • @donsanatorioep5235
    @donsanatorioep5235 Před 4 lety +1

    Si registro un beat , pista instrumental , para tenerlo bajo mi dominio perp despues decido vender ese beat o pista a otra persona q tengo que hacer ??

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 4 lety

      Hola Encanijado & Pisquiatro , puedes comunicarnos con nosotros para recibir una asesoria jurídica a nuestra línea: (571) 3418177 de 8:30 am a 5:00 pm; quedamos atentos a lo que necesites.

  • @bichuborgir2
    @bichuborgir2 Před 4 lety

    Buenas noches! he intentado "subir" una carpeta zip con las canciones como 4000 mil veces y aparece "internal server error" ¿que pasa pues!?

  • @LMRVshort
    @LMRVshort Před 5 lety

    Existe alguna relación entre la DNDA y alguna otra asociación internacional de gestión de derechos como BMI o ASCAP?, es necesario registrar la obra en ambas o solo basta en Colombia?

    • @jeyalexis724
      @jeyalexis724 Před 4 lety

      La DNDA sólo protege tu obra.. Estas confundiendo las cosas.
      Comparable a Ascap o Bmi sería Sayco.

  • @J-kinf
    @J-kinf Před 4 lety

    Buenas. tengo preguntas. Se puede editar el fonograma. Como se hace .

  • @miltoncordoba8616
    @miltoncordoba8616 Před 2 lety

    COMO HAGO PARA REGISTRAR SOLO UN AUDIO DONDE ESTOY CANTANDO LA CANCIÓN CON GUITARRA SOLAMENTE Y PUES SIN TENER LA PARTITURA? GRACIAS

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 2 lety

      Milton muy buena tarde, te comentamos que para registrar el audio puedes hacerlo como fonograma.
      Acá el video tutorial actualizado: studio.czcams.com/users/videoX7gseYkE53Q/comments

  • @alvarocastillo1033
    @alvarocastillo1033 Před 4 lety

    hola derechos de autor como puedo escuchar mi fonograma ya registrado

  • @ValkorEvo
    @ValkorEvo Před 5 lety

    ¿En el título de la obra se escribe el nombre del álbum o el nombre de la agrupación? Gracias.

    • @jesuscamilofigueroa2681
      @jesuscamilofigueroa2681 Před 4 lety

      En el título de la obra se escribe el nombre de la canción o del álbum si son varias canciones (Yo prefiero registrar una por una)...
      1. Si la canción la hiciste tú, lo agregas como obra individual a tu nombre. (Los derechos son completamente tuyos)
      2. Si la canción la hicieron 2 o más personas, lo haces como obra colectiva y agregas los nombres de los demás autores (Los derechos son compartidos entre los autores)
      3. Si la canción va a quedar a nombre de una banda o agrupación "empresa" debes hacer el registro en nombre de una persona jurídica y debes probar que la banda o agrupación está establecida legalmente (Los derechos son del dueño de la banda, agrupación y/o empresa) como es el caso de las canciones de la "Fania All Stars" hay muchos compositores, intérpretes y demás personas, pero las canciones pertenecen a la Fania All Stars... One Direction, Back Street Boys, Guns n' Roses etc... Es decir el o los dueños legales de estas agrupaciones son los dueños de todos los derechos de las canciones!
      4. QUÉ TE RECOMIENDO HACER YO!... todas mis canciones yo mismo las produzco en una maqueta bien hecha y registro el FONOGRAMA a mi nombre (yo me quedo con todos los derechos) y si no me da pereza hacer la partitura de la canción también la registro como OBRA MUSICAL. ¿Por qué la maqueta la produzco yo mismo? porque si la maqueta es producida por alguien más, el productor se queda con los derechos patrimoniales y los derechos son compartidos. (Los derechos patrimoniales son los que me permiten cobrar y recibir dinero por la reproducción de mi canción)
      5. Cuando hago música para cine y tv o jinggles para comerciales, campañas o para otra persona natural o jurídica, se registra como OBRA POR ENCARGO y los derechos morales SON SÓLO MÍOS, pero los derechos patrimoniales le pertenecen a la persona que me está pagando por hacer esa canción, (Es decir a mí me están pagando por hacer una canción en específico, con ciertas características y hay un acuerdo de por medio) en el registro debes adjuntar el contrato o acuerdo firmado por ambas partes!
      6. Si estoy en una banda que NO es mía, y yo NO soy el dueño legalmente... Yo hago la canción, aún no se la muestro a nadie... la registro a mi nombre (Opción número 1) y luego si se la muestro a la banda... si ellos quieren comercializar la canción, hago una cesión de derechos patrimoniales por un tiempo LIMITADO (3 o 5 años o lo que tú quieras) al representante o dueño de la banda!... en ese contrato hago un acuerdo económico, cuánto voy a recibir por cada reproducción o venta de esa canción, qué porcentaje me toca y después que ese contrato se acaba... SAYCO (debo estar registrado en sayco) se encarga de pagarme a MÍ sólo a mí como único dueño por cada vez que usen o se reproduzca mi canción o mis canciones y si me muero esos derechos e ingresos le quedan a mi familia! SAYCO se encarga de cuidar que cada artista, autor o intérprete reciba lo que le pertenece por derecho.
      7. Si yo tengo una canción que ya está registrada y ya está publicada y alguien la quiere usar para una película, para un video, para una campaña o para algo, esa persona debe pedirme permiso para usar la canción (si o si debe haber un acuerdo escrito de por medio por seguridad de ambas partes) en la mayoría de casos hay acuerdos económicos de por medio que debe también quedar estipulados en el contrato OJO hay un límite para que esa persona use mi canción, Yo le di permiso para usarla en 1 película, "El hombre invisible" esa persona no la puede usar en 2 películas, ahí es un abuso y eso tiene consecuencias legales que defienden al autor y dueño de los derechos!
      8. Si tienes un contrato discográfico aquí siempre debes tener asesoría por abogados especializados en temas musicales! porque si la canción nace dentro del contrato, la compañía discográfica se queda con los derechos... peeeero si la canción ya tú la habías registrado a tu nombre se hace una cesión de derechos y aquí hay un poco más de seguridad para ti porque ya la canción es tuya y legalmente hay un comprobante. Cada cosa que firmes o hagas dentro de un contrato discográfico es mejor que lo leas 10 veces y siempre con la asesoría de abogados especializados en música, no cualquier abogado!
      9. Lo mejor es que vayas a la Dirección Nacional de Derechos de Autor y recibas asesoría directamente con ellos, te lo van a explicar con paciencia y bien explicado... y si quieres publicar y vender tu música, es mejor estar registrado en SAYCO - ACINPRO y también pasar hasta allá y recibir información y asesoría directa con personas especializadas en temas musicales. Espero te sirva mi comentario tan largo y a los que lo lean también! jejeje... feliz tarde ;)

  • @danielortega72
    @danielortega72 Před 3 lety

    hola, saludos y bendiciones para todos, yo debo registrar una canción si la letra es de otra persona pero yo le hice arreglos y la grabe en otro género ?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety

      Daniel: Para resolver esta inquietud específica le invitamos a comunicarse a las líneas (571) 7868220 ó 018000127878 en horario de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m. y solicitar una asesoría jurídica gratuita.

  • @jjguedez676
    @jjguedez676 Před 5 lety +1

    Los extranjeros también se pueden registrar?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 4 lety +2

      Hola Jackson, los extranjeros deben realizar el registro en físico; dirigiéndose a nuestra única sede ubicada en Bogota en la Calle 28 #13a - 15 (Piso 17), con el soporte en digital de su obra sea en CD o USB

  • @ludwinghernanbautistabauti9806

    si no se de partituras como fonogramas quedan mias las cansiones

  • @rocketforall.7866
    @rocketforall.7866 Před 5 lety

    Escribí mal mi nombre en la cuenta de DNDA y no permite cambiarlo en la actualización de datos. ¿ que debo hacer?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 5 lety

      Debes enviar un correo a info@derechodeautor.gov.co con dicha solicitud.

  • @surviving111
    @surviving111 Před 4 lety

    Holaaaa muy buenas tardes tengo una pregunta me gustaría saber cómo demandar que alguien más está tocando una música mía que ya está registrada y compuesta por mi y por más que se les dijo lo siguen tocando ?

    • @jcmp95
      @jcmp95 Před 4 lety

      requiere un abogado.

  • @grxyrxse666
    @grxyrxse666 Před 3 lety

    Si lo que quiero registrar es un remix?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety +1

      GrxyRxse: Si las obras que componen el remix son de su autoría, no hay ningún problema, la obra podrá ser registrada en la categoría de fonograma. De lo contrario, si son obras de varios autores, deberá contar con la autorización previa y expresa de cada uno.

  • @jesusalvarez9431
    @jesusalvarez9431 Před rokem

    SI LA CANCIÓN YO LA ESCRIBÍ ,Y LA CANTE, GRABE, Y CREE LA MELODÍA AL COMPONERLA , Y SOLO ESTUVIERON LOS AREGLISTAS PARA LA GRABACIÓN ...COMO RESULTARÍA ESTO????

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před rokem

      ¡Hola Jesus Alvarez, recibe un saludo desde la DNDA de Colombia!
      Te comentamos que inicialmente debes diferenciar si tu obra es en colaboración o colectiva, según cómo se haya realizado su composición.
      Si deseas puedes solicitar una asesoria jurídica sin ningún costo, a la línea (601) 786 8220 de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m
      ¡Estamos para servirte!

  • @isaacdavid9663
    @isaacdavid9663 Před 4 lety

    buenas tardes, podrian ayudarme a recuperar mi contraseña ?

  • @sr.solfybriceremsista4638

    Y que hago con las partituras, primero dijistes ten las partituras y luego nunca mencionaste que hacer con ellas

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 4 lety

      Hola Sr Solfy bruce remsista, te comentamos que en el video se mencionan las partituras para hacer énfasis al registro de obras musicales, no para el registro de fonograma.
      Si quieres registrar dicha creación con tu partitura, te recomendamos ver el tutorial de registro de obras musicales : czcams.com/video/Cynwzzw5j18/video.html
      ¡Gracias por comentar!

  • @96esteban43
    @96esteban43 Před 4 lety

    Cómo puedo registrar un pseudónimo o nombre artístico?

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 4 lety +1

      96 Esteban: el registro de un pseudónimo, se debe hacer ante una notaría. Para mayor información puede comunicarse con la Registraduría Nacional del Estado Civil.
      Gracias por comentar.

  • @AcademiaArpaysabana
    @AcademiaArpaysabana Před 2 lety

    QUE SE PONE EN LA CASILLA NUMERO??

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 2 lety

      Muy buena tarde,
      Allí debes agregar el número del álbum o fonograma que desea registrar.

  • @moisong680
    @moisong680 Před 4 lety

    LA PREGUNTA SE DEBE A QUE SOY VENEZOLANO PERO ME ROBARON EL PASAPORTE Y EL DOCUMENTO QUE SOLICITAN ES ES..PERO YO TENGO MI PEP.

  • @JeisonPoison
    @JeisonPoison Před rokem

    y en la parte de "NUMERO" que se pone?, entre a ver este video por eso y se saltaron esa parte 😅

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před rokem

      Hola! Come estas? :)
      Claro que si.
      Mira en fonogramas pueden haber varias “versiones” del mismo fonograma, entonces existe la posibilidad que del fonograma “AAAA” exista la grabación 1 y la grabación 2 y así sucesivamente.
      En caso de que no hayan más grabaciones respecto a ese fonograma, se deberá diligenciar el númeri“1” en este espacio. Se entenderá entonces (para efectos de registro) que ese registro del fonograma “AAAA” es el No 1.
      ¡Muchas gracias por tu comentario!

    • @jeisonleonardoguevara
      @jeisonleonardoguevara Před rokem

      @@DERECHODEAUTORCOL muchas gracias

  • @magicmanmusic7592
    @magicmanmusic7592 Před 3 lety

    me aparece supuestamente un llio legal por un fonograma mio

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety

      David Ruiz: le invitamos a comunicarse a nuestra línea 7868220 y pedir una asesoría jurídica gratuita.
      Gracias por comentar.

  • @Lenny42O
    @Lenny42O Před 3 lety

    Alguien que me pueda guiar

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety

      Lenny te invitamos a comunicarte a nuestra línea 7868220 y solicitar una asesoría jurídica gratuita en horario de lunes a viernes de 8:30 am a 5 pm

  • @PerpetuoBeats
    @PerpetuoBeats Před 4 lety

    La plataforma esta caida!

  • @willcato7090
    @willcato7090 Před rokem

    esa pagina de derechos de autor nunca funciona.

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před rokem

      En este momento www.registroenlinea.gov.co se encuentra funcionando con normalidad. ¡Nos disculpamos por las molestias!

  • @andresgarzon2678
    @andresgarzon2678 Před 2 lety +1

    Hl fue rechazado

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 2 lety

      ¡Que gusto saludarte!
      Te comentamos que tu solicitud debe realizarse a través del correo info@derechodeautor.gov.co, también puedes tener una asesoría jurídica gratuita con nuestros abogados expertos de lunes a viernes a partir de las 8:30 a.m. a 5:00 p.m. en la línea telefónica: 6017868220.
      ¡Quedamos atentos de lo que requieras y muy agradecidos con tu mensaje!

  • @osovitor28
    @osovitor28 Před rokem

    Como siempre el DNDA con videos de porquería, mal grabados (audio y video) para no pagar a profesionales. Plataforma de la mierda que no sirve para nada. La acabo de abrir y sigue igual de perversa. A ver si en esta administración esto cambia o empeora.

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před rokem

      Muy buena tarde,
      La labor de cada uno de estos contenidos ha sido con mucho esmero para los creadores y artistas colombianos, de hecho tenemos este mismo video actualizado para que puedas verlo con nuevas actualizaciones. Por otra parte nuestro sitio web de www.registroenlinea.gov.co se encuentra funcionando con normalidad.
      ¡Quedamos muy atentos de lo que requieras!

    • @osovitor28
      @osovitor28 Před rokem

      @@DERECHODEAUTORCOL Video hecho con pasantes, no con profesionales, claro pero cultura en Bogotá no tiene dinero para pagar. No pues, como la luchan!, ¿que es esto?, y claro la plataforma funciona normalmente mal, no abría hace más de 6 años la web para registrar una canción y me encuentro con la misma pero con colores diferentes. Que atraso señores. El esmero no solo es en que las cosas funcionen si no en que se hagan bien, bonitas, amigables para el usuario.

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před rokem +1

      @@osovitor28 te invitamos a que conozcas la Dirección Nacional de Derecho de Autor.
      Por lo pronto aceptamos tus sugerencias y estamos en pro a mejorar nuestras plataformas.
      Quedamos muy atentos de lo que requieras.

  • @juanchogomezmusic6972
    @juanchogomezmusic6972 Před 3 lety

    Esta realmente muy mal explicado, demasiado mal explicado muchas cosas...

    • @DERECHODEAUTORCOL
      @DERECHODEAUTORCOL  Před 3 lety

      Gracias por tu comentario, si tienes alguna inquietud puedes comunicarte a nuestra línea 7866220 en Bogotá y solicitar una asesoría en registro.