Despido Laboral y Renuncia al Trabajo en Costa Rica
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- čas přidán 11. 08. 2022
- Diferencias entre el despido y la renuncia en Costa Rica
Descubre en este video la guía definitiva sobre despidos y renuncias laborales en Costa Rica, con la perspectiva experta de la abogada Gabriela Monge, de BG&A Abogados Corporativos. En una fascinante entrevista con el programa "Buen Día" de Teletica, Gabriela desentraña las diferencias y matices legales entre el despido y la renuncia en el marco laboral costarricense.
Si alguna vez te has preguntado cuáles son los plazos para denunciar un despido injustificado, si es legal forzar a un empleado a firmar una carta de despido sin responsabilidad patronal, o qué implicaciones tiene dar un preaviso en caso de renuncia, este video es para ti.
No solo analizamos las consecuencias legales de despidos y renuncias, sino que también profundizamos en situaciones complejas como la renuncia forzada, el acoso laboral, el correcto contenido de una carta de despido, y el cálculo de indemnizaciones laborales. ¿Y qué sucede en situaciones de incapacidad, el cierre de una empresa, o ante la falta de vacaciones? También lo exploramos.
Este video es un recurso imprescindible tanto para empleadores como para trabajadores en Costa Rica, brindándote una visión clara y precisa sobre tus derechos y obligaciones laborales. Entra en el universo laboral costarricense de la mano de una experta. ¡No te lo pierdas!
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Correo: info@bgacorp.com
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Pregunta el patrono puede mover la labor sin aser ajuste de salario abiendo una tarifa
Si yo renuncio y trabajo me preaviso
Me sorprende esta entrevista. Preguntas muy oportunas del caballero y mucha claridad y de la abogada en sus explicaciones. Abordaron bastante extensión en el tema.
Buena nota, buenas preguntas y muy buenas las respuestas de la abogada.
Puedo cambiar el abogado que lleva My caso laboral de cobro de día libre absoluto y horas extras ya que es ineficiente y de muy mal trato igual que su acesor legal que debo hacer
Hola
Como se calcula el preaviso es verdad que son los ultimos 6 salarios
El patrono puede mover la labor sin aser ajuste de tarifa
Porfavor ocupo una respuesta
Una pregunta me pueden despedir por enfermedad ?
Q pasa si no cumplen con loq está en mi contrato
Entonces si se renuncia y se hace preaviso por 15 días.. en la liquidación le vienen pagados esos 15 días ? O no? O solo es para que no le cobren o rebajen el preaviso
Si yo renuncio y trabajo mi presa aviso
Y tube 5 años sin seguro que puedo hacer
Me paso algo similar solo que trabaje como por 6 meses, yo lo que hice fue ir al ministerio de trabajo y ellos me hicieron un calculo de mi liquidacion y era muy buena plata porque no me pagaban el seguro. Te recomiendo que hagas lo mismo
Tengo 5 años de trabajar en la misma empresa y ya no puedo seguir laborando por salud Pregunto de cuánto sería mi liquidación????
Para calcular tu liquidación si decides dejar de trabajar por motivos de salud, es importante considerar las siguientes partidas:
Vacaciones no disfrutadas: Te deben pagar los días de vacaciones acumulados.
Aguinaldo proporcional: Te corresponde el aguinaldo proporcional al tiempo trabajado en el año.
Cesantía: Dependiendo del motivo de tu salida y si se considera un despido justificado, podrías tener derecho a la cesantía.
Preaviso: Si no puedes dar el preaviso por razones de salud, es importante documentar y justificar esta situación para evitar que te lo descuenten.
Dado que mencionas que no puedes seguir laborando por motivos de salud, lo ideal sería consultar con un abogado laboral para que te asesore sobre tus derechos específicos y te ayude a documentar correctamente tu situación.
Cálculo aproximado:
Vacaciones no disfrutadas: Supongamos que tienes 15 días acumulados:
Pago por vacaciones
=
15
,
000
colones/d
ı
ˊ
a
×
15
d
ı
ˊ
as
=
225
,
000
colones
Pago por vacaciones=15,000 colones/d
ı
ˊ
a×15 d
ı
ˊ
as=225,000 colones
Aguinaldo proporcional: Si has trabajado medio año:
Aguinaldo proporcional
=
450
,
000
colones
12
×
6
=
225
,
000
colones
Aguinaldo proporcional=
12
450,000 colones
×6=225,000 colones
Cesantía: Por 5 años trabajados:
Cesant
ı
ˊ
a
=
450
,
000
colones/a
n
˜
o
×
5
a
n
˜
os
=
2
,
250
,
000
colones
Cesant
ı
ˊ
a=450,000 colones/a
n
˜
o×5 a
n
˜
os=2,250,000 colones
Preaviso: Si no puedes dar el preaviso por motivos de salud y está documentado adecuadamente, no se descontará.
Total aproximado:
Total
=
Pago por vacaciones
+
Aguinaldo proporcional
+
Cesant
ı
ˊ
a
Total=Pago por vacaciones+Aguinaldo proporcional+Cesant
ı
ˊ
a
Total
=
225
,
000
colones
+
225
,
000
colones
+
2
,
250
,
000
colones
=
2
,
700
,
000
colones
Total=225,000 colones+225,000 colones+2,250,000 colones=2,700,000 colones
Por lo tanto, tu liquidación aproximada sería 2,700,000 colones.
Es fundamental que consultes con un abogado laboral para asegurarte de que todos los aspectos legales y específicos de tu situación de salud se consideren adecuadamente y se protejan tus derechos.
Sii uno tiene 11 años cumplidos y nunca ne an dado una liquidación cada año cm lo hace muchos patronos ? Yo renuncio por q ya estoy mal de salud y renuncio tengo derecho a una liquidación????? O no .
Si vas a tener derecho de Liquidación, por salud ya sea por una carta de tu doctor que vea que no puedes continuar esto debe ser respetado por tu patrono y por parte de recursos humanos que no puedes continuar por temas de salud, que no puedes seguir laborando en tu trabajo sin embargo hay veces que tu patrono solo quiere tu renuncia y no querer darte esta liquidación y tendrías que hablar con ministerio de trabajo para que te paguen este derecho antes de eso tienes que poner una carta por el motivo que estas abandonando el trabajo y no puede continuar laborando, tienes que tener siempre un respaldo y ver si antes de dejar el trabajo ellos acepten que normalmente si lo hacen pero si fuese el caso y no quieren dártelo deberás hablar mejor con MTS así ellos te ayudarían con tu caso
Tengo 5 años de trabajar en la misma empresa a cuanto me toca la liquidación
Te recomiendo usar Chat GPT esto es una inteligencia artificial que puedes ayudarte, Pregunta claramente que eres de CR y tu caso y el te ayudara yo es que he investigado porque en mi trabajo me ha servido investigar de esto y que no me lleven hablado pero siertamente me ha ayudado investigar un poco de esto
Si yo tengo 24 años y me tratan diferente Alos de más como pagarles más que yo teniendo menos años k yo
En ese caso tu puedes hacer un reclamo, ya sea que haces el mismo trabajo tienes más experiencia, sin embargo a esto tu estas estudiando o sacando certificados y tu experiencia es muy valiosa en el trabajo, puedes pedir un aumento de dinero en RRHH para llegar un acuerdo con tu patrono, muchas veces pasa esto y te suben o de puesto y empiezas a ganar más o simplemente te dicen que no pueden hacer eso y que sigas como estas porque simplemente no ven tu capacidad laboral en este caso es como cuando te dicen que puedes crecer mucho en esta empresa y no es así te estresas y renuncias, por eso es mejor hablarlo "ok no se pudo" puede que haya algun tipo de discriminación en tu caso y que sea investigado por MTS, que llevas años laborando no te aumentaron el salario así como a los otros o no estan parejos estas personas estudiaron hacen lo mismo que yo o tenemos puestos iguales, pero uno gana más y yo no se puede decir que es un tipo de abuso y discriminación laboral es mejor poner una carta pidiendo que el salario sea al mismo que a tus compañeros ya s si no lo respetan consultaro con MTS para que pongan atencion a tu caso o simplemente tu empresa no quiere darte oportunidades de crecimiento financiero o crecimiento laboral como puestos o así.
Muchas de esas personas terminan renunciando, pero ojo a tu caso puede ser discriminación por no ser el mismo salario que el de tu compañeros.
Fayesio mi patron tengo derecho liquidasion
Sí, si tu empleador fallece, tienes derecho a una liquidación. En Costa Rica, cuando un empleador fallece, la relación laboral se extingue y el trabajador tiene derecho a recibir todas las prestaciones correspondientes como si hubiera sido despedido sin responsabilidad patronal. Esto incluye:
Vacaciones no disfrutadas: Deben pagarte los días de vacaciones acumulados.
Aguinaldo proporcional: Te corresponde el aguinaldo proporcional al tiempo trabajado en el año.
Cesantía: Te corresponde la cesantía por los años trabajados.
Preaviso: Te deben pagar el preaviso si no se dio, aunque en este caso es probable que se considere como dado automáticamente por el fallecimiento.
Yo tengo una consulta. Yo quiero renunciar xque tengo 11 años y nunca me an liquidado
Componentes de la Liquidación al Renunciar:
Vacaciones no disfrutadas: Pago por los días de vacaciones acumulados.
Aguinaldo proporcional: Parte del aguinaldo correspondiente al tiempo trabajado en el año.
Preaviso: No se paga ni se descuenta si das el preaviso correspondiente (en tu caso, un mes).
Si renuncias pierdes el derecho a la cesantía y la cesantía es lo más que paga si llevas tanto años laborando, imaginate que si llevas 1 año la cesantía a ti te paga 300mil colones + lo que ganas + vacaciones + aguinaldo + preaviso
Eso si te llegasen a despedir pero si renuncias solo es vaciones + agunaldo + preaviso
Es como el salario completo de un mes a fin de mes o aveces pagan despues de 30 días habiles tienen las empresas para pagarte esto,
Por eso todos buscan una manera para que los despidan puedes hablar con tu jefe que ya no quieres seguir laborando y tratar de llegar a un acuerdo o bien poner la renuncia con el 1 mes de preaviso
Ahora si trabajas + de 1 año es un mes de preaviso
Si trabajas + 3 meses y menos de un año son 2 semanas de preaviso
Espero que te sirva y recuerda que lo mejor esta por venir, es malo estar tanto rato en un mismo lugar si vez que las oportunidades están en otro espacio, vas a ver que es la mejor decisión si sientes que ya eso no va contigo!
Suerte!
Si no me paga seguro ?
Es obligatorio de toda empresa privada o publica pagarte tu seguro, ahora bien si no es una empresa y tu trabajas con él solo por ganarte algo y laboras menos de 8 hrs esto se considera trabajo de 2da solo para generar algo, a mi me ha pasado pero como no es una oficina o bien trabajaba menos de 8hrs y los horarios eran disparejos un día si y otro día no eso lo que estas haciendo es ayudar a un emprendimiento, sin embargo es ilegal tener a tus trabajadores sin seguro previo, lo mas recomendable es que este te pague un seguro por parte de la CCSS que se llama seguro voluntario, este tiene que ser pagado por el patrono siempre y cuando haya un acuerdo escrito por el patrono antes de empezar a trabajar, sin esto es como trabajarle o ayudarle a alguien porque no hay documentos por escrito, ahora bien si quieres este seguro deberías de hablar con el patrono que te asegure antes de trabajar y que te lo rebajen del sueldo próximo a ganar, haya tu si quieres un seguro o no, ahora si te dice que si te aseguro hay algo por escrito y no estas asegurado puedes reclamarle al MTS que no te dieron un seguro y que no sigas laborando hasta que este pague o no sigas laborando más con esta persona o empresa y se daba una investigación al patrono o empresa porque no estabas asegurado, recuerda que si no recibes esto debe haber más dinero que el que recibes entonces pueden investigar un poco más y que el patrono te devuelva esos días no pagados por que no hubo seguro.
Esos abogados son unos delincuentes
Si no me paga seguro ?
debes de tener seguro siempre el patron debe de pagartelo sino ve a MTS y haz la consulta pueda que te paguen esos días y te den una liquidación buena plata puedes hacer te lo recomiendo, esto antes de 1 año despues de 1 año ya no es valido, puedes entregar pruebas de contratos escritos o hablados