¿Cómo se redacta una demanda de amparo indirecto?

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  • čas přidán 10. 01. 2015
  • En este video se abordan aspectos prácticos de la redacción de la demanda de amparo indirecto, con base en la Ley de Amparo y en la jurisprudencia.

Komentáře • 99

  • @jaimelarroyo5368
    @jaimelarroyo5368 Před 3 lety +2

    Bien muy objetivo sencillo y efectivo.todos los lics deberiamos saber lo que ud dice mas son muchos los que lo ignoran.

  • @berenicecampos3944
    @berenicecampos3944 Před 6 lety +4

    Muchas gracias por compartir su conocimiento,soy estudiante de Derecho y sus vídeos me han servido bastante.Felicidades!

  • @Gabino701
    @Gabino701 Před 7 lety +21

    Gracias por su gran sentido social. Que Dios lo bendiga.

    • @jete35
      @jete35  Před 7 lety +9

      saludos y bendiciones

  • @mariselachavezmarquez6347

    Excelente exposición, mil gracias Dr le mando un abrazo desde Tonal Jalisco México

  • @luz_miriam_siguenza_miranda

    Muchas gracias por la información!

  • @TOMASGARCIA-wc6wi
    @TOMASGARCIA-wc6wi Před rokem

    Excelente platicas Lic

  • @marckguardude6679
    @marckguardude6679 Před 6 lety +1

    Muchas gracias Licenciado soy estudiante y me ha animado a redactar, en estos momentos cursó el 8vo semestre de la licenciatura y siempre presento mis demandas en pluma y hoja blanca

  • @gogazzala
    @gogazzala Před 8 lety +11

    Gracias por compartir su sabiduría, muy valiosa para mi, gracias!

  • @breendaLozz
    @breendaLozz Před 7 lety +7

    En los juzgados federales de creen sumamente perfectos, hasta los que reciben las demandas se burlan y critican hasta porque no tienen la misma sangría todos los párrafos, ya me imagino si presentan una demanda en hojas de colores jaja. Me gustan mucho sus vídeos, me han ayudado bastante en mi trabajo, gracias por tomarse el tiempo de enseñar!!

    • @jete35
      @jete35  Před 7 lety +4

      No todos los juzgadores federales creo que sean así. Muchos somos progresistas en búsqueda de generar la mayor impartición de justicia. Gracias por sus comentarios y celebro que sean de utilidad estos videos.

    • @pitertron2260
      @pitertron2260 Před 4 lety

      SI AMIGA ASI SON RECUERDA K EN MEXICO LOS BURROS SE CREN DIOSES

  • @yulsxy.x.822
    @yulsxy.x.822 Před 5 lety +1

    Sii aquí en chile se usa mucho en las notarías las maquinas .gracias x ser tan generoso con sus conocimientos .

    • @jete35
      @jete35  Před 5 lety +1

      Es un honor poder servir académicamente.

  • @rsantana7039
    @rsantana7039 Před 2 lety

    Gracias,doctor Téllez , excelente!

  • @darioguillermoantoniocasan2794

    En Pro de Los Derechos Humanos: tomar en cuenta y respetar Derechos Humanos; asi como Creencias Religiosas. Saludos. Dios los bendiga.
    Los Derechos Humanos, se defienden; no se negocían. Favor de compartir. Gracias.
    No al Bullying, ni al castre. Favor de compartir. Gracias.

  • @jaimelarroyo5368
    @jaimelarroyo5368 Před 3 lety +1

    Completamente de acuerdo con ud sr. JURISTA.

  • @diegomunoz9762
    @diegomunoz9762 Před 4 lety

    Muchas gracias, por compartir su conocimientos con nosotros yo a penas estoy empezándo la carrera de derecho y creo que me estoy a delantando al ver este tipo de videos pero cuando ya vea esto en la escuela me va servir de mucho gracias....

  • @joseluiszazuetaduenas3883

    Excelente explicación.
    Muchas gracias!

  • @luceroramos1484
    @luceroramos1484 Před 8 lety +3

    hola me parece muy buenos sus vídeos y muy prácticos

  • @despachojuridico7140
    @despachojuridico7140 Před 4 lety

    Su catedra es motivante, gracias maestro.

  • @rogerroger513
    @rogerroger513 Před 5 lety +2

    Exelente me gusta su claridad y sensilles de explicacion gracias maestro

    • @jete35
      @jete35  Před 5 lety +1

      Gracias Roger Roger

    • @rogerroger513
      @rogerroger513 Před 5 lety +1

      Maestro gracias por su atencion que sorpresa ¡¡¡lo seguire para aprovechar sus conocimientos benditas redes mil gracias su amigo de Guadalajara

    • @jete35
      @jete35  Před 5 lety +1

      Roger Roger también le invito a conocer www.tellezespinoza.com

  • @pedrorodriguez755
    @pedrorodriguez755 Před 3 lety

    Que interesante y propia aplicación, gracias Lic

  • @ABOGANSTERKAROL
    @ABOGANSTERKAROL Před 8 lety +1

    Que bueno que llego a la tienda en el aeropuerto de Guadalajara, gracias por la pagina.

    • @jete35
      @jete35  Před 8 lety +1

      +HERIBERTO CHAVEZ Saludos, deseo le sea de utilidad.

  • @patriciavasques7055
    @patriciavasques7055 Před 3 lety +1

    Excelente enseñanza

  • @mosises
    @mosises Před 9 lety +1

    esta excelente el tip, de letra 14, creo que asi el secretario si cumple con el articulo 79 de la ley de amparo, porque me ha tocado que no leen la totalidad de la demanda y luego teines que irte al recurso para obtener el amparo.

  • @ErikaRomina-uz8lq
    @ErikaRomina-uz8lq Před rokem

    Ok.gracias maestro

  • @victordomingomorteoacosta5022

    Buenas tardes: Lic. Jose E. Tellez E.
    podría orientarnos con una charla especifica del amparo contra leyes, del tema polémico actual que los centros comerciales no se permitirá el cobro del estacionamiento a sus clientes, según las leyes estatales que han sido aprobadas en diversos estados.
    gracias.

  • @elabogadodeldiablo1445

    Excelente.maestro....gracias

  • @donovangalicia4525
    @donovangalicia4525 Před 8 lety +1

    Excelente explicación. Soy recién egresado, amante, apasionado y estudioso del amparo.
    Sí he omitido el "C." en mis pocos amparos que he tramitado.
    Me parece correcta la idea de Ave Fénix, realizar charlas de amparo mediante periscope, para tener una mejor interacción con Usted. Saludos.

    • @jete35
      @jete35  Před 8 lety +1

      Ya lo empecé a hacer; periscope

    • @donovangalicia4525
      @donovangalicia4525 Před 8 lety +1

      +Charlas de Amparo ¡Excelente Maestro! ¿Qué días y en qué horario lo encontramos en Periscope?

    • @jete35
      @jete35  Před 8 lety +2

      Donovan Galicia Depende mucho si estoy transmitiendo en vivo los jueves a las 6 pm por regla general

  • @antoniodonjuan1170
    @antoniodonjuan1170 Před 5 lety

    Jaja papel de colores, excelente Dr. Tuve el gusto de conocerlo en un congreso en Acapulco 😀

    • @jete35
      @jete35  Před 5 lety +1

      Saludos Antonio Donjuan

  • @tereramirez7501
    @tereramirez7501 Před 7 lety +2

    Estimado Magistrado, ignoro cuál sea el problema que lo aqueja, me enteré por face,sólo que por ese medio no puedo hacer contacto con Usted, dado que está saturado la solicitud de amistad; pero bueno, sólo quiero decirle que tiene Usted todo mi reconocimiento y toda mi solidaridad. Con todo cariño.Lic. Tere

    • @jete35
      @jete35  Před 7 lety +3

      Muchas gracias, también se puede inbox vía FB Charlas de Amparo

    • @tereramirez7501
      @tereramirez7501 Před 7 lety +1

      Charlas de Amparo 😁👍🏼

  • @chriztorrez
    @chriztorrez Před 6 lety +2

    Usted es mi idolo :)

    • @jete35
      @jete35  Před 6 lety +3

      Entre todos aprendemos y entre todos enseñamos

  • @korylaw443
    @korylaw443 Před 7 lety +1

    excelente

  • @BrendsAlanis
    @BrendsAlanis Před 3 lety

    👏👏👏👏

  • @carlosenriquehermosilloher658

    felicitaciones

  • @manuelalfonsosalmonnava4349

    Exelente

  • @stevengonzalez8719
    @stevengonzalez8719 Před 3 lety +1

    Un coimputado es tercero interesado? y después de obtener una negación del juez en unas garatias durante la etapa primera intermedia en audiencia ¿cuanto tiempo hay para hacer el amparo indirecto? y se pueden poner juntos otros agravios y violaciones en garantías también durante el arresto? y cuantos fojas es un amparo de unas 3 violaciones constitucionales usualmente? Soy español y no avisaron a mi consulado, luego no me dejan hacer peritajes de objetos robados, luego no me entregaron copias de la carpeta durante el arresto ni tuve vista de mi abogado durante los 3 días del arresto del robo de una laptop.

  • @luisalbertosayasvique7848

    lo dice claramente porque el si sabe

  • @robertomunro7375
    @robertomunro7375 Před rokem

    Que recurso en materia administrativo en una resolucion definitiva puede interponer la parte quejosa cuando ea Dependencia del Gobernó

  • @ricardomanzanaresrojas

    Buenas tardes lic.jose telles tengo una duda yo no soy abogado y desconosco de leyes y mi duda es si un juez despues de desir en la centencia k la detencion fue ilegal al no comprobarse el motibo de la detencion y de esa ilegalidad puede el juez poner pruebas de esa ilegalidad

  • @luisalbertosayasvique7848

    una pregunta si acepta el amparo es Provisional o tiene caducidad

  • @roseliafernandeznarvaez2339

    que puede pasar si el vecino esta mintiendo sobre de la demanda contra que con la policía me puede llevar y si no ah llegado citatorio de la demanda que pasa si no llega

  • @mariateresaquilianoescobed1395

    soy del Perú, y deseo saber si no esta reglamentada en el Codigo Procesal Constitucional, se puede aplicar el Codigo Procesal Civil en virtud del Art. I de las DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS - DISPOSICIONES FINALES, que prescribe que: Las disposiciones de este Código se aplican supletoriamente a los demás ordenamientos procesales, siempre que sean compatibles con su naturaleza; pero tomando en cuenta que de haber revisado el especifico no señala que se pueda aplicar este supletoriamente y solo en ciertos casos se procede a aplicar. por favor ayúdame

    • @jete35
      @jete35  Před 8 lety +2

      +MARIA TERESA QUILIANO ESCOBEDO En México procede la supletoriedad cuando se requiere por ser una institución necesaria para regular la figura deficiente.

  • @Arnoldo958
    @Arnoldo958 Před 2 lety

    A ESTAS ALTURAS, YA ESTA FIREL 2022

  • @roseliafernandeznarvaez2339

    que puede pasar si no me llega citatorio de la demanda sobre quejas sobre la vecinas o que se puede hacer para que procede oh que la demanda si no tiene la prueba sobre echo que paso para que proceda que puede pasar

    • @jete35
      @jete35  Před 7 lety +1

      En todo caso debe ser emplazada la parte demandada; en caso contrario, si se llega a dictar resolución sin haberla emplazado procede amparo indirecto acorde con el artículo 107, fracción VI, de la Ley de Amparo.

  • @hectorsol1048
    @hectorsol1048 Před 5 lety

    Lic. Apenas me sumerjo en el tema del amparo, me podría sugerir, algun orden para ver sus videos?

    • @jete35
      @jete35  Před 5 lety +2

      Desde el primer video intitulado concepto del juicio de amparo. Es de abajo hacia arriba. De izquierda a derecha

  • @juezdistrito
    @juezdistrito Před 5 lety

    Asimismo, la ley de amparo abrogada solo establecía la procedencia de señalar como autoridad responsable al ejecutivo federal o local en amparo contra leyes en amparo indirecto porque la ley de amparo abogada de 1936 en su art. 11 señalaba a quien promulga una ley y hasta a quien publica que seria el director del diario oficial de la federación al publicar la norma jurídica, pero, el maestro Burgoa erróneamente señalaba que promulgar y publicar eran sinónimos mas considero que no lo son. Atinadamente en la ley de amparo vigente de abril de 2013 ya se derogo las palabras promulga y publica así que por mayoría de razón en el amparo contra leyes no considero necesario llamar a juicio ni al congreso ni al ejecutivo por la sencilla razón de que la ley de amparo no lo establecen de esa manera y erróneamente la suprema corte en jurisprudencia y la doctrina de amparo establecen que si deben ser llamados. ahora bien, en la practica el congreso en su informe justificado solo se concreta a decir que es cierto el acto reclamado, el problema es que cuando promueves un amparo contra leyes federales lo que tarda en llegar la contestacion del informe violenta la justicia pronta y expedita del art. 17 constitucional y ademas los jueces de distrito les tiembla la mano para declarar leyes inconstitucionales, entonces, no veo el caso de tanto rollo para nada.

  • @juezdistrito
    @juezdistrito Před 5 lety

    Existe una antinomia en lo relativo a la autoridad responsable entre el art. 5 a los vocablos dicta, ordena y el art. 108 fracción III que habla de que cuando se impugne un amparo contra leyes hay que señalar a quien promulgue y publique, de nuevo el error que existía en el articulo 11 de la ley de amparo abrogada, si ya el artiuclo 5 de la ley de amparo de 2013 ya no contempla esas hipotesis de los vocablos promulga y publica, como se resuelve ese problema, existe o no una antinomia?

  • @juezdistrito
    @juezdistrito Před 5 lety

    El criterio de un servidor como abogado litigante y estudiante de maestría de amparo es que en un amparo contra leyes no debe señalarse al congreso o legislatura local ya que estas no dictan ni orden el acto reclamado, es decir, la ley tildada de inconstitucional y reclamada en amparo indirecto ya sea autoaplicativa o heteroaplicativa no es procedente señalar como autoridad responsable a quien creo la norma jurídica ya que la ley de amparo abrogada en su art. 11 y la ley de amparo vigente en su art, 5 establece que esta debe dicta o ordenar y el congreso no hace ni lo uno ni lo otro sino que solo la crea, ahora bien, mutatis mutandis, la jurisprudencia de la suprema corte y la doctrina incluida la del maestro Burgoa establecen de manera heterodoxa que si hay que señalar al órgano que creo la norma jurídica impugnada mas en mi humilde opinión considero que la ley de amparo no establece tal proceder. Ahora si se pretende alegar que hay que dar oportunidad al congreso como autoridad responsable de que defienda la constitucionalidad de su ley impugnada a lo cual se debe aplicar el principio donde la ley no distingue no se debe distinguir, es decir, el congreso al iniciar el proceso de ley no le dio audiencia a los gobernados, entonces no veo porque darle esa oportunidad al congreso ya que el solo creo la norma jurídica impugnada y una vez que entra en vigor ya no debe estudiarse eso en el amparo indirecto tal como se hace en el amparo directo en donde correctamente no se señala como autoridad responsable al congreso de la unión y en todo caso tendría el carácter de tercero interesado no creen?

  • @ceciliavargasalfaro7266

    Se puede adjuntar otros documentos?

  • @Coorderoojrc
    @Coorderoojrc Před 7 lety

    ¿Podría hacer un vídeo en el que explique la suspensión, aunque suene algo absurdo,pero en vez de un acto sea una omisión?

    • @jete35
      @jete35  Před 7 lety

      Depende de los efectos que genere esa omisión. He aquí la tesis siguiente: Época: Décima Época
      Registro: 2013676
      Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
      Tipo de Tesis: Aislada
      Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
      Libro 39, Febrero de 2017, Tomo III
      Materia(s): Común
      Tesis: VII.2o.T.102 L (10a.)
      Página: 2369
      TRABAJADORES DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ. PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSIÓN CONTRA LA OMISIÓN DE READSCRIBIRLOS A SU CENTRO DE TRABAJO, SIEMPRE QUE SE DEMUESTRE LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO Y EL PELIGRO EN LA DEMORA, ASÍ COMO QUE NO EXISTA IMPEDIMENTO JURÍDICO O MATERIAL.
      Conforme al nuevo marco normativo que impera a partir de las reformas constitucionales del 6 de junio de 2011 y de la entrada en vigor de la Ley de Amparo el 3 de abril de 2013, particularmente de sus artículos 113 y 147, el Alto Tribunal del País estableció criterio acerca de que es posible que se restituyan provisionalmente los derechos al solicitante de la tutela federal y hasta en tanto se resuelva en definitiva el juicio de amparo, siempre y cuando su realización sea material y jurídicamente posible, ello tras realizar el análisis de cada caso a la luz del principio de la apariencia del buen derecho, la no afectación al interés social y el peligro en la demora. Entonces, analógicamente al tópico de la suspensión contra "actos consumados", cuando se trate de un acto omisivo (con efectos positivos) atribuido a la autoridad responsable consistente en la omisión de readscribir a los trabajadores quejosos en el ejercicio de sus labores, procede conceder la medida cautelar, porque en ambos casos la finalidad perseguida decanta en que se restituya a aquéllos en el goce del derecho violado, entendido éste en restablecer las cosas al estado que tenían antes de la violación, que lo es precisamente que los trabajadores sean readscritos a su centro de trabajo; esto es, que continúen laborando, porque la nueva regulación de la suspensión del acto reclamado, permite que opere sobre las consecuencias o efectos del acto para que, por virtud de ella, el quejoso siga gozando del derecho fundamental que pretendía arrebatarle el acto violatorio, mientras se resuelve el juicio de amparo en lo principal. Bajo esa tesitura, y considerando que la medida cautelar se erige como un verdadero "amparo provisional" puede restablecerse el derecho vulnerado al mediar el ejercicio de ponderación entre la apariencia del buen derecho y el interés social, a fin de que las cosas vuelvan al estado que tenían antes de la violación. Lo anterior es así, pues se considera que la intención del legislador, al reformar el Código Electoral Número 577 para el Estado de Veracruz, nunca ha sido, ni será, perjudicar a esos trabajadores, quienes se encuentran protegidos y regulados en sus actuaciones por dicho instrumento normativo local.
      SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
      Incidente de suspensión (revisión) 74/2016. Carlos Gonzalo Corro Pitalúa y otros. 20 de octubre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Toss Capistrán. Secretario: Renato de Jesús Martínez Lemus.
      Incidente de suspensión (revisión) 114/2016. José Enrique Collía Garrido y otro. 28 de noviembre de 2016. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Carlos Moreno Correa. Secretaria: Natividad Regina Martínez Ramírez.
      Esta tesis se publicó el viernes 10 de febrero de 2017 a las 10:12 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

  • @elcoxhiloco3718
    @elcoxhiloco3718 Před 8 lety +1

    artículos que respaldel al servidor publico para ha un ascenso

    • @jete35
      @jete35  Před 8 lety +1

      +Fabian Huitron Depende en dónde labore y si hay un esquema de antigüedad y carrera profesional.

  • @GOVEAJOEL
    @GOVEAJOEL Před 7 lety +1

    hola buen dia, es procedente el amparo indirecto contra decreto expropiatorio o se sobresee? si es asi me puede apoyar con un formato en ese sentido Gracias.

    • @jete35
      @jete35  Před 7 lety +2

      El amparo indirecto sí procede contra los decretos expropiatorios. Aquí el link con jurisprudencia respectiva 200.38.163.178/sjfsist/Paginas/ResultadosV2.aspx?Epoca=1e3e10000000000&Apendice=1000000000000&Expresion=amparo%20decreto%20expropiatorio&Dominio=Rubro,Texto&TATJ=2&Orden=1&Clase=TesisBL&bc=Jurisprudencia.Resultados&TesisPrincipal=TesisPrincipal&InstanciasSeleccionadas=6,1,2,50,7&Hits=20

    • @pitertron2260
      @pitertron2260 Před 4 lety

      ES MEJOR HACERLO TU SOLO AMIGO BUSCA UN FORMATO DE AMPARO GENERAL Y TU MISMO DALE LA FORMA Y FUNDAMENTO ASI APRENDERAS MAS Y TE VA GUSTAR

  • @angelarias9280
    @angelarias9280 Před 7 lety +1

    cuando mandan a revision una resolucion de un juez que tanto tiempo tarda y puede salir la sentensia igual o se revoca .una duda buen dia lic.

    • @jete35
      @jete35  Před 7 lety +1

      La Ley de Amparo establece que debe resolver en un plazo de hasta noventa días, sin embargo depende de las cargas de trabajo del tribunal. Puede confirmar, revocar o modificar la sentencia recurrida.

    • @angelarias9280
      @angelarias9280 Před 7 lety

      Charlas de Amparo con los asuntos de despido de los examene de control y confianza sale la misma sentensia emitida por el juez o puede salir a favor si se plasmaron varias violaciones al momento del sece buena tarde lic.

    • @jete35
      @jete35  Před 7 lety

      Entiendo que se refiere al recurso de revisión que se interponga contra la sentencia dictada por el Juez de Distrito; en ese caso puede confirmar, modificar, revocar la sentencia recurrida del juez, ordenando reponer el procedimiento. Si se refiere a la del juez de Distrito depende de qué violaciones se hayan detectado.

    • @angelarias9280
      @angelarias9280 Před 7 lety +1

      Charlas de Amparo gracias mi lic. Buen dia

    • @angelarias9280
      @angelarias9280 Před 7 lety +1

      Charlas de Amparo buenas tardes.si metiero un recurso a revision segun dijo el abogado y plasmaron quince hojas donde se señalan varias violaciones que se hicieron al momento del cese por eso tenia mi duda si el juez puede ordenar que se reponga el procedimiento pero quien mejor que uds para aclarar mi duda gracias

  • @alanzamora9925
    @alanzamora9925 Před 4 lety

    que tal lic la redaccion de amparo tiene que ser extensa porque muchas personas las hacen extensas parecen biblias o tienes que ser breve ´precisa y concisa.

  • @nicolgarcia7603
    @nicolgarcia7603 Před 8 lety

    nos sentenciaron a 7 años 6 meses apelamos no la confirmaron y nos quieren trasladar a otro lugar como meter un amparo para eso y q posibilidades hay de ganar un amparo

    • @jete35
      @jete35  Před 8 lety +1

      La promoción de un amparo por conducto del defensor del sentenciado

  • @luisalbertosayasvique7848

    yo quiero un amparo mientras buscando una prescripción positiva contra el municipio

  • @franciscomaximilianogonza7561

    Y en Argentina como es

  • @avefenix5383
    @avefenix5383 Před 8 lety +1

    maestro debería usar periscope para ser más interactivo, se lo agradeceríamos

    • @jete35
      @jete35  Před 8 lety

      +Ave Fenix Gracias, veré esa plataforma.